Propuesta de resolución común - RC-B8-0110/2019Propuesta de resolución común
RC-B8-0110/2019

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN COMÚN sobre Zimbabue

13.2.2019 - (2019/2563(RSP))

presentada de conformidad con el artículo 135, apartado 5, y el artículo 123, apartado 4, del Reglamento interno
para sustituir a las propuestas de Resolución siguientes:
B8‑0110/2019 (ECR)
B8‑0118/2019 (Verts/ALE)
B8‑0119/2019 (S&D)
B8‑0120/2019 (ALDE)
B8‑0124/2019 (EFDD)
B8‑0125/2019 (PPE)

Cristian Dan Preda, Elmar Brok, David McAllister, José Ignacio Salafranca Sánchez‑Neyra, Marijana Petir, Eduard Kukan, Patricija Šulin, Jarosław Wałęsa, Tunne Kelam, Roberta Metsola, Csaba Sógor, Bogusław Sonik, Milan Zver, Adam Szejnfeld, Michaela Šojdrová, Pavel Svoboda, Lorenzo Cesa, Giovanni La Via, Antonio López‑Istúriz White, Tomáš Zdechovský, Krzysztof Hetman, Anders Sellström, Seán Kelly, Francis Zammit Dimech, Deirdre Clune, Ivo Belet, Dubravka Šuica, Sandra Kalniete, Ivana Maletić, Anna Záborská, Romana Tomc, Andrey Kovatchev, Laima Liucija Andrikienė, László Tőkés, Anna Maria Corazza Bildt, Jiří Pospíšil, Stanislav Polčák, Inese Vaidere en nombre del Grupo PPE
Elena Valenciano, Victor Boştinaru, Soraya Post, Aleksander Gabelic en nombre del Grupo S&D
Charles Tannock, Notis Marias, Karol Karski, Geoffrey Van Orden, Jana Žitňanská, Valdemar Tomaševski, Raffaele Fitto, Ryszard Czarnecki, Jadwiga Wiśniewska, Ruža Tomašić, Monica Macovei, Branislav Škripek, Jan Zahradil en nombre del Grupo ECR
Catherine Bearder, Nedzhmi Ali, Petras Auštrevičius, Beatriz Becerra Basterrechea, Izaskun Bilbao Barandica, Dita Charanzová, Gérard Deprez, Marian Harkin, Filiz Hyusmenova, Ivan Jakovčić, Petr Ježek, Ilhan Kyuchyuk, Valentinas Mazuronis, Louis Michel, Javier Nart, Urmas Paet, Maite Pagazaurtundúa Ruiz, Carolina Punset, Frédérique Ries, Robert Rochefort, Marietje Schaake, Jasenko Selimovic, Pavel Telička, Ramon Tremosa i Balcells, Ivo Vajgl, Johannes Cornelis van Baalen, Hilde Vautmans, Mirja Vehkaperä, Cecilia Wikström en nombre del Grupo ALDE
Judith Sargentini, Maria Heubuch, Bodil Valero, Barbara Lochbihler, Margrete Auken en nombre del Grupo Verts/ALE
Ignazio Corrao, Rolandas Paksas, Piernicola Pedicini, Fabio Massimo Castaldo en nombre del Grupo EFDD


Procedimiento : 2019/2563(RSP)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
RC-B8-0110/2019
Textos presentados :
RC-B8-0110/2019
Textos aprobados :

Resolución del Parlamento Europeo sobre Zimbabue

(2019/2563(RSP))

El Parlamento Europeo,

–  Vistas sus anteriores Resoluciones sobre Zimbabue,

–  Vistos el informe final de la misión de observación electoral de la Unión en las elecciones armonizadas de Zimbabue de 2018 y la carta enviada el 10 de octubre por el jefe de dicha misión al presidente Mnangagwa en relación con las conclusiones principales del informe final,

–  Vista la declaración del portavoz de la VP/AR, de 17 de enero de 2019, sobre la situación en Zimbabue,

–  Vistas las declaraciones efectuadas el 24 de julio de 2018 y el 18 de enero de 2019 por el portavoz del alto comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Zimbabue,

–  Visto el comunicado conjunto emitido tras la reunión de los ministros de Asuntos Exteriores de la Unión Europea y de la Unión Africana de los días 21 y 22 de enero de 2019,

–  Visto el informe de seguimiento de la Comisión de Derechos Humanos de Zimbabue tras la huelga general conocida como «Stay Away», del 14 al 16 de enero de 2019 y los posteriores disturbios,

–  Visto el informe de la comisión de investigación de Zimbabue sobre la violencia posterior a las elecciones del 1 de agosto,

–  Vista la declaración del portavoz de la VP/AR, de 2 de agosto de 2018, sobre las elecciones en Zimbabue,

–  Vista la declaración conjunta, de 2 de agosto de 2018, de las misiones internacionales de observación electoral desplegadas en las elecciones armonizadas de Zimbabue en la que se denunciaba el uso excesivo de la fuerza por parte de la policía y el ejército para acallar las protestas,

–  Vista la declaración local conjunta, de 9 de agosto de 2018, de la delegación de la Unión, los jefes de misión de los Estados miembros de la Unión presentes en Harare y los jefes de misión de Australia, Canadá y los Estados Unidos, sobre la persecución de la oposición en Zimbabue,

–  Vistas las Conclusiones del Consejo de la Unión, de 22 de enero de 2018, sobre la actual transición política en Zimbabue,

–  Vista la Decisión (PESC) 2017/288 del Consejo, de 17 de febrero de 2017, por la que se modifica la Decisión 2011/101/PESC relativa a medidas restrictivas contra Zimbabue[1],

–  Vista la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, de junio de 1981, que ha sido ratificada por Zimbabue,

–  Vista la Constitución de Zimbabue,

–  Visto el Acuerdo de Cotonú,

–  Vistos el artículo 135, apartado 5, y el artículo 123, apartado 4, de su Reglamento interno,

A.  Considerando que el pueblo zimbabuense soportó durante muchos años un régimen autoritario dirigido por el presidente Robert Mugabe, quien conservó su poder mediante corrupción, violencia, elecciones plagadas de irregularidades y un aparato de seguridad brutal;

B.  Considerando que, el 30 de julio de 2018, Zimbabue celebró sus primeras elecciones presidenciales y parlamentarias tras la dimisión de Robert Mugabe en noviembre de 2017; que las elecciones ofrecieron al país la oportunidad de romper con la historia de elecciones polémicas marcadas por el abuso de los derechos políticos y humanos y la violencia promovida por el Estado;

C.  Considerando que, el 3 de agosto de 2018, la Comisión Electoral de Zimbabue declaró a Emmerson Mnangagwa ganador de las elecciones presidenciales con el 50,8 % de los votos, frente al 44,3 % del candidato de la oposición Nelson Chamisa; que la oposición impugnó inmediatamente los resultados y alegó que las elecciones fueron fraudulentas; que el Tribunal Constitucional desestimó estas acusaciones por falta de pruebas y el presidente Mnangagwa fue investido oficialmente el 26 de agosto para un nuevo mandato;

D.  Considerando que en el informe final de la misión de observación electoral de la Unión se afirma que las cifras presentadas por la Comisión Electoral de Zimbabue contienen numerosas anomalías e imprecisiones y se formularon preguntas suficientes para generar dudas sobre la exactitud y fiabilidad de las cifras presentadas;

E.  Considerando que, el día después de las elecciones, el retraso en el anuncio de los resultados ya había provocado un estallido de violencia poselectoral que dejó seis muertos y numerosos heridos en las protestas convocadas por la oposición; que los observadores internacionales, incluida la Unión, condenaron la violencia y el uso excesivo de la fuerza por parte del ejército y de las fuerzas de seguridad interior;

F.  Considerando que la Comisión de Derechos Humanos de Zimbabue publicó una declaración el 10 de agosto de 2018 sobre las elecciones armonizadas de 2018 y el entorno postelectoral en el que confirmaba que fuerzas militares agredieron a manifestantes, expresaba su profunda preocupación ante la brutalidad y la conducta violenta de la policía, y afirmaba que se vulneraron los derechos fundamentales de los manifestantes; que la Comisión ha pedido al gobierno que establezca un diálogo nacional;

G.  Considerando que el 26 de agosto de 2018, al jurar su cargo en Harare, el presidente Emmerson Mnangagwa prometió un futuro más brillante, compartido por todos los zimbabuenses, más allá de los partidos, con un compromiso inquebrantable del gobierno con el constitucionalismo, un afianzamiento del Estado de Derecho, el principio de separación de poderes, la independencia del poder judicial y políticas que atraerían capital tanto nacional como mundial;

H.  Considerando que en septiembre de 2018 el presidente Mnangagwa creó una comisión de investigación que, en diciembre de 2018, concluyó que las manifestaciones que provocaron lesiones y grandes daños a bienes fueron incitadas y organizadas tanto por las fuerzas de seguridad como por miembros de la Alianza MDC, y que el despliegue del ejército estaba justificado y era conforme a la Constitución; que la oposición rechazó dicho informe; que la comisión ha pedido que se investigue dentro de las fuerzas de seguridad y se procese a quienes hayan cometido delitos, y ha recomendado el pago de una indemnización a las víctimas;

I.  Considerando que las tensiones políticas han aumentado drásticamente desde las elecciones y persisten las denuncias de violencia, lo que pone en grave riesgo la trayectoria democrática iniciada en el país;

J.  Considerando que el hundimiento de la economía, la falta de acceso a los servicios sociales y el incremento del precio de los productos más básicos ha llevado a las personas a la ira; que entre el 14 y el 18 de enero de 2019 Zimbabue asistió a una oleada de protestas y manifestaciones durante una huelga nacional a iniciativa del Congreso de Sindicatos de Zimbabue tras un aumento del 150 % en el precio de los combustibles; que las protestas también respondían al aumento de la pobreza, el mal estado de la economía y la degradación de las condiciones de vida;

K.  Considerando que, ante este movimiento de protesta, el 14 de enero de 2019, el gobierno denunció un «plan deliberado de socavar el orden constitucional» y aseguró que iba a «responder adecuadamente a quienes conspiran para sabotear la paz»;

L.  Considerando que la policía antidisturbios respondió con violencia excesiva y violaciones de los derechos humanos, incluido el uso de munición real, detenciones arbitrarias, secuestros, redadas en instalaciones médicas que tratan a las víctimas de la represión, juicios rápidos y masivos de los detenidos, tortura de detenidos, casos de violación y destrucción de bienes públicos y privados;

M.  Considerando que la Comisión de Derechos Humanos designada por el gobierno hizo público un informe en el que revelaba que soldados y policía habían recurrido sistemáticamente a la tortura;

N.  Considerando que los disturbios se han saldado con 17 muertos y cientos de heridos; que alrededor de mil personas han sido detenidas, incluidos niños de edades comprendidas entre los 9 y los 16 años, y que se ha denegado la fianza a dos tercios de los detenidos; que muchos siguen detenidos ilegalmente y podrían haber sido objeto de palizas y agresiones durante su detención;

O.  Considerando que las pruebas demuestran que el ejército ha sido responsable en gran medida de los actos de asesinato, violación y robo a mano armada; que cientos de activistas y miembros de la oposición siguen escondiéndose;

P.  Considerando que los observadores en materia de derechos humanos y los actores locales e internacionales, incluida la Unión, han condenado ampliamente la respuesta del Gobierno a las protestas como «desproporcionada» y «excesiva»;

Q.  Considerando que la interrupción de las telecomunicaciones se ha convertido en un instrumento del régimen para bloquear la coordinación de las manifestaciones organizadas a través de las redes sociales; que se bloqueó repetidamente las comunicaciones móviles y terrestres, además de internet y los canales de las redes sociales, a fin de impedir el acceso a la información y la comunicación y de ocultar las violaciones masivas de los derechos humanos que el Estado se preparaba para cometer; que el Tribunal Supremo de Zimbabue declaró ilegal el uso de la Ley sobre la interceptación de comunicaciones para suspender las comunicaciones en línea;

R.  Considerando que las autoridades organizaron una búsqueda masiva puerta a puerta de manifestantes, arrancando de sus hogares a manifestantes pacíficos, defensores de los derechos humanos, activistas políticos, destacados dirigentes de la sociedad civil y a sus familiares;

S.  Considerando que países vecinos como Sudáfrica se han convertido en un polo de atracción para los zimbabuenses que huyen de la opresión política y de las dificultades económicas;

T.  Considerando que la policía ha utilizado continuamente la legislación de manera indebida, como por ejemplo la Ley sobre orden público y seguridad, a fin de justificar la represión de los miembros de la oposición y de los defensores de los derechos humanos, así como de prohibir manifestaciones legítimas y pacíficas;

U.  Considerando que el historial de Zimbabue con respecto a los derechos humanos y la democracia es uno de los peores del mundo; que la población de Zimbabue y los defensores de los derechos humanos siguen sufriendo ataques, incitación al odio, campañas de difamación, actos de intimidación y acoso, y que periódicamente surgen denuncias de actos de tortura;

V.  Considerando que el presidente llamó al diálogo nacional, que se inició el 6 de febrero, e invitó a todos los partidos políticos a participar, pero que el Movimiento por el Cambio Democrático (MDC), el principal partido de la oposición, se negó a adherirse;

W.  Considerando que Zimbabue es un país signatario del Acuerdo de Cotonú, cuyo artículo 96 establece que el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales es un elemento esencial de la cooperación entre la ACP y la Unión;

1.  Destaca su deseo unánime de que Zimbabue se convierta en una nación pacífica, democrática y próspera en la que todos los ciudadanos reciban un trato adecuado y sean iguales ante la ley, y en la que los órganos del Estado actúen en nombre de los ciudadanos y no en su contra;

2.  Condena firmemente la violencia que se desató durante las recientes protestas en Zimbabue; cree firmemente que la protesta pacífica forma parte de un proceso democrático y que el uso excesivo de la fuerza como respuesta debe evitarse en todas las circunstancias;

3.  Insta al presidente Mnangagwa a que se mantenga fiel a sus promesas de investidura, avance rápidamente para controlar la situación y coloque otra vez al país en la senda de la reconciliación y el respeto de la democracia y del Estado de Derecho;

4.  Insta a las autoridades de Zimbabue a que pongan fin de inmediato a los abusos cometidos por las fuerzas de seguridad y a que investiguen, de manera rápida e imparcial, todas las denuncias de uso excesivo de la fuerza por parte de la policía y funcionarios estatales, a fin de esclarecer las responsabilidades individuales, con vistas a garantizar la rendición de cuentas; recuerda que la Constitución del país define un organismo independiente para investigar las reclamaciones de conducta indebida por parte de la policía y el ejército, pero que el gobierno aún debe constituirlo;

5.  Insta al gobierno de Zimbabue a que retire urgentemente todo el personal militar y la milicia juvenil desplegados en todo el país que aterrorizan a la población, lo que supone una clara violación de la Constitución de Zimbabue;

6.  Estima que la libertad de reunión, asociación y expresión son elementos esenciales de toda democracia; hace hincapié en que expresar una opinión de manera no violenta es un derecho constitucional de todos los ciudadanos de Zimbabue, y recuerda a las autoridades su obligación de proteger el derecho de todos los ciudadanos a manifestarse contra el deterioro de sus condiciones sociales y económicas; pide al Gobierno que ponga fin a la persecución específica de dirigentes y miembros del Congreso de Sindicatos de Zimbabue;

7.  Destaca el papel fundamental que desempeña la oposición en una sociedad democrática;

8.  Insta a las autoridades de Zimbabue a que liberen inmediata e incondicionalmente a todos los presos políticos;

9.  Pide al gobierno de Zimbabue que cumpla las disposiciones de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los defensores de los derechos humanos y de los instrumentos de derechos humanos que ha ratificado Zimbabue;

10.  Manifiesta su profunda preocupación ante las denuncias de violaciones de las garantías procesales mediante juicios rápidos y masivos; insiste en que el poder judicial debe respetar el Estado de Derecho y garantizar que se respeten, en todas las circunstancias, su independencia y el derecho a un juicio justo; denuncia todas las detenciones efectuadas sin presentar cargos;

11.  Pide a las autoridades de Zimbabue que emprendan una investigación rápida, exhaustiva, imparcial e independiente de las denuncias de violaciones y abusos de los derechos humanos, incluidas la violación y la violencia sexual por parte de las fuerzas de seguridad, y que lleven a los responsables ante la justicia; pide que el acceso a los servicios médicos se proporcione universalmente a las víctimas de violencia sexual sin temor a represalias;

12.  Condena el cierre de internet que permitió a las autoridades ocultar las violaciones de los derechos humanos cometidas por el ejército y las fuerzas de seguridad interior y obstaculizar la denuncia independiente y la documentación de abusos durante la represión e inmediatamente después de las elecciones; resalta que el acceso a la información es un derecho que las autoridades deben respetar con arreglo a sus obligaciones constitucionales e internacionales;

13.  Denuncia el uso abusivo y el carácter restrictivo de la Ley sobre orden público y seguridad, e insta a las autoridades de Zimbabue a que adapten la legislación a las normas internacionales para la protección y promoción de los derechos humanos;

14.  Expresa su especial preocupación ante la situación económica y social de Zimbabue; recuerda que los principales problemas del país son la pobreza, el desempleo, la desnutrición crónica y el hambre; considera que estos problemas solo pueden resolverse mediante la aplicación de políticas ambiciosas en materia de empleo, educación, salud y agricultura;

15.  Pide a todos los agentes políticos que actúen con responsabilidad y mesura, y en particular que se abstengan de incitar a la violencia;

16.  Recuerda al gobierno de Zimbabue que el apoyo de la Unión Europea y sus Estados miembros en el contexto del Acuerdo de Cotonú, y para el comercio, el desarrollo y la asistencia económica, está condicionado al respeto del Estado de Derecho y de los convenios y tratados internacionales en los que es parte;

17.  Recuerda que el apoyo a largo plazo depende de reformas generales y no de meras promesas; aboga por un compromiso europeo con Zimbabue basado en valores y firme en su posición frente a las autoridades del país;

18.  Insta al gobierno a que aplique de inmediato las recomendaciones sobre la violencia postelectoral que formuló la comisión de investigación, en especial el fomento de la tolerancia política y el liderazgo responsable, y la constitución de un diálogo nacional que sea creíble, inclusivo, transparente y responsable;

19.  Toma nota de la voluntad del gobierno de cumplir los compromisos en materia de reformas; subraya, no obstante, que estas reformas deben ser tanto políticas como económicas; anima al gobierno, a la oposición, a los representantes de la sociedad civil y a los líderes religiosos a que entablen un diálogo nacional en igualdad de condiciones en el que se respeten y protejan los derechos humanos;

20.  Pide al gobierno que aplique plenamente las recomendaciones formuladas por la misión de observación electoral de la Unión, en especial en lo relativo al Estado de Derecho y a un entorno político inclusivo; subraya las diez recomendaciones prioritarias que destaca la misión de la Unión y se recogen en la carta enviada el 10 de octubre de 2018 por el jefe de misión al presidente Mnangagwa, en especial: para crear la igualdad de condiciones para todos los partidos políticos y garantizar un marco jurídico más claro y coherente; para reforzar la Comisión Electoral de Zimbabue haciendo que sea verdaderamente independiente y transparente, con lo que se recupere la confianza en el proceso electoral; para garantizar que el fortalecimiento de la independencia de dicha comisión la libere de la supervisión gubernamental a la hora de aprobar sus reglamentos; y para crear un proceso electoral más integrador;

21.  Pide a la delegación de la Unión y a las embajadas de los Estados miembros en Zimbabue que sigan de cerca la evolución del país y que utilicen todos los medios adecuados para apoyar a los defensores de los derechos humanos, las organizaciones de la sociedad civil y los sindicatos, promover los elementos esenciales del Acuerdo de Cotonú y respaldar a los movimientos en favor de la democracia;

22.  Pide a la Unión que intensifique su diálogo político con Zimbabue en materia de derechos humanos sobre la base del artículo 8 del Acuerdo de Cotonú;

23.  Pide al Consejo Europeo que revise sus medidas restrictivas contra particulares y entidades en Zimbabue, incluidas las medidas actualmente suspendidas, a la luz de las responsabilidades por la reciente violencia estatal;

24.  Insta a la comunidad internacional, en especial a la Comunidad para el Desarrollo del África Meridional y a la Unión Africana, a que proporcione una asistencia más activa a Zimbabue a fin de hallar una solución democrática sostenible a la crisis actual;

25.  Insta a los países vecinos a que cumplan las disposiciones del Derecho internacional y a que protejan a quienes huyen de la violencia en Zimbabue brindándoles asilo, en especial a corto plazo;

26.  Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, al SEAE, al Gobierno y al Parlamento de Zimbabue, a los Gobiernos de los Estados miembros de la Comunidad para el Desarrollo del África Meridional y de la Unión Africana, y al secretario general de la Commonwealth.

 

 

Última actualización: 13 de febrero de 2019
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