Propuesta de resolución común - RC-B9-0056/2020Propuesta de resolución común
RC-B9-0056/2020

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN COMÚN sobre Nigeria, en particular los recientes atentados terroristas

15.1.2020 - (2020/2503(RSP))

presentada de conformidad con el artículo 144, apartado 5, y el artículo 132, apartado 4, del Reglamento interno
para sustituir a las propuestas de Resolución siguientes:
B9‑0056/2020 (ECR)
B9‑0059/2020 (Verts/ALE)
B9‑0062/2020 (S&D)
B9‑0064/2020 (PPE)
B9‑0065/2020 (Renew)

Michael Gahler, Tomáš Zdechovský, Željana Zovko, David McAllister, Sandra Kalniete, Antonio López‑Istúriz White, Milan Zver, Roberta Metsola, Lefteris Christoforou, Stelios Kympouropoulos, Krzysztof Hetman, Manolis Kefalogiannis, Arba Kokalari, Loucas Fourlas, Loránt Vincze, David Lega, Peter van Dalen, Isabel Wiseler‑Lima, Karlo Ressler, Romana Tomc, Michaela Šojdrová, Vladimír Bilčík, Tomislav Sokol, Luděk Niedermayer, Cindy Franssen, Sunčana Glavak, Inese Vaidere, Stanislav Polčák, Jiří Pospíšil, Mircea‑Gheorghe Hava, Vasile Blaga, Gheorghe‑Vlad Nistor, Dan‑Ştefan Motreanu, Ioan‑Rareş Bogdan, Isabel Benjumea Benjumea
en nombre del Grupo PPE
Kati Piri, Carlos Zorrinho
en nombre del Grupo S&D
Phil Bennion, Andrus Ansip, Petras Auštrevičius, Malik Azmani, Stéphane Bijoux, Izaskun Bilbao Barandica, Gilles Boyer, Sylvie Brunet, Catherine Chabaud, Dita Charanzová, Olivier Chastel, Jérémy Decerle, Engin Eroglu, Fredrick Federley, Klemen Grošelj, Christophe Grudler, Bernard Guetta, Antony Hook, Ivars Ijabs, Irena Joveva, Moritz Körner, Ondřej Kovařík, Ilhan Kyuchyuk, Karen Melchior, Shaffaq Mohammed, Javier Nart, Jan‑Christoph Oetjen, Urmas Paet, Samira Rafaela, Frédérique Ries, María Soraya Rodríguez Ramos, Susana Solís Pérez, Nicolae Ştefănuță, Ramona Strugariu, Viktor Uspaskich, Hilde Vautmans, Marie‑Pierre Vedrenne, Chrysoula Zacharopoulou
en nombre del Grupo Renew
Erik Marquardt
en nombre del Grupo Verts/ALE
Raffaele Fitto, Nicola Procaccini, Anna Fotyga, Elżbieta Kruk, Assita Kanko, Bert‑Jan Ruissen, Evžen Tošenovský, Alexandr Vondra, Jan Zahradil, Veronika Vrecionová, Valdemar Tomaševski, Emmanouil Fragkos, Carlo Fidanza, Ruža Tomašić, Ryszard Antoni Legutko, Karol Karski, Charlie Weimers, Adam Bielan, Ryszard Czarnecki, Beata Kempa, Andżelika Anna Możdżanowska, Joanna Kopcińska, Jadwiga Wiśniewska, Joachim Stanisław Brudziński, Witold Jan Waszczykowski, Izabela‑Helena Kloc, Zbigniew Kuźmiuk, Beata Szydło, Anna Zalewska, Zdzisław Krasnodębski, Tomasz Piotr Poręba
en nombre del Grupo ECR
Fabio Massimo Castaldo


Procedimiento : 2020/2503(RSP)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
RC-B9-0056/2020
Textos presentados :
RC-B9-0056/2020
Textos aprobados :

Resolución del Parlamento Europeo sobre Nigeria, en particular los recientes atentados terroristas

(2020/2503(RSP))

 

El Parlamento Europeo,

 Vistas sus anteriores resoluciones sobre Nigeria, en particular la última de 18 de enero de 2018[1],

 Vista la declaración atribuida al portavoz del secretario general de las Naciones Unidas, de 24 de diciembre de 2019, sobre Nigeria,

 Visto el informe del enviado especial para la promoción de la libertad de religión o creencias fuera de la Unión, de 25 de noviembre de 2019,

 Vista la declaración final de la Relatora Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias, de 2 de septiembre de 2019, acerca de su misión a Nigeria,

 Visto el comunicado de prensa del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, de 31 de julio de 2019, sobre los ataques terroristas en el nordeste de Nigeria,

 Vista la declaración del portavoz de la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (VP/AR), de 29 de julio de 2018, sobre el atentado terrorista perpetrado por Boko Haram en Borno, al nordeste de Nigeria,

 Vista la sección sobre Nigeria del Informe mundial de 2019 de Human Rights Watch,

 Vistas las observaciones finales del Comité de Derechos Humanos sobre Nigeria, de 29 de agosto de 2019, a falta de su segundo informe periódico,

 Vista la Declaración de Naciones Unidas sobre la eliminación de todas las formas de intolerancia y discriminación fundadas en la religión o las convicciones,

 Vistas las Orientaciones de la UE sobre el fomento y la protección de la libertad de religión o creencias, de 2013,

 Vista la concesión del Premio Sájarov del Parlamento Europeo a la Libertad de Conciencia a la defensora de los derechos humanos Hauwa Ibrahim en 2005,

 Visto el Índice Mundial de Terrorismo de 2019,

 Vista la carta sobre las restricciones a las acciones humanitarias en el nordeste de Nigeria, dirigida por el presidente de la Comisión de Desarrollo al VP/AR y al comisario de Ayuda Humanitaria y Gestión de Crisis,

 Vista la Constitución de la República Federal de Nigeria, en particular las disposiciones contenidas en el capítulo IV sobre la protección de la libertad de religión y el derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión,

 Vista la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, de 1989, ratificada por Nigeria en abril de 1991,

 Vista la Convención de las Naciones Unidas de 1979 sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW),

 Visto el Acuerdo de Cotonú,

 Vista la Declaración Universal de Derechos Humanos,

 Vistos el artículo 144, apartado 5, y el artículo 132, apartado 4, de su Reglamento interno,

A. Considerando que la situación relativa a la seguridad en Nigeria se ha deteriorado considerablemente en los últimos años, lo que supone una grave amenaza para la seguridad regional e internacional; que se han generalizado las violaciones de los derechos humanos y los asesinatos en masa, sobre todo en la región nororiental del país; que la insurrección de Boko Haram en Nigeria ha causado la muerte de más de 36 000 personas desde el año 2009;

B. Considerando que el país ha entrado en su décimo año de conflicto armado regionalizado; que el extremismo violento y las actividades terroristas, en particular, están en aumento con grupos yihadistas como Boko Haram y el Estado Islámico en la provincia de África Occidental (ISWAP, por sus siglas en inglés), que van ganando poder e influencia; que, desde 2009, Boko Haram lleva perpetrando ataques contra la policía, el ejército, políticos, escuelas, edificios religiosos, instituciones públicas y la población civil en Nigeria, con una periodicidad cada vez mayor; que la gran mayoría de las víctimas son musulmanes;

C. Considerando que Nigeria es el tercero de los 163 países que figuran en el Índice Mundial de Terrorismo, por detrás de Irak y Afganistán, ocupando así el tercer lugar en la lista de países más afectados por el terrorismo;

D. Considerando que la situación relativa a la seguridad se ha visto agravada por una escalada de violencia religiosa y étnica en algunas zonas del país, en particular el conflicto en el Cinturón Central agrícola del país, donde agricultores y pastores nómadas están enfrentados por el control de la tierra y los recursos hídricos;

E. Considerando que el ISWAP tiene actualmente detenidos a decenas de prisioneros, entre ellos líderes cristianos, miembros de las fuerzas de seguridad y trabajadores humanitarios;

F. Considerando que la población de Nigeria, la más numerosa de África, se divide casi por igual entre musulmanes y cristianos; que el país alberga a la mayor comunidad cristiana de la región, con casi 30 millones de cristianos que viven en el norte de Nigeria; que la rivalidad histórica entre el norte predominantemente musulmán y el sur cristiano se ha intensificado drásticamente con la propagación del Islam radical;

G. Considerando que el ISWAP reivindicó la ejecución de once personas a través de un vídeo difundido el 26 de diciembre de 2019; que el grupo alegó que todos los asesinados eran cristianos y que el ataque se perpetró como represalia por la muerte del líder del Estado Islámico, Abubaker al Bagdadi, en Siria;

H. Considerando que estos asesinatos forman parte de una serie más amplia de actos terroristas, incluido el ataque, el 24 de diciembre de 2019, a una aldea cristiana cercana a Chibok, que provocó la muerte de siete vecinos y el secuestro de una joven, el asesinato de tres civiles cerca de Biu el 23 de diciembre de 2019, y el asesinato de siete civiles en Nganzai el 22 de diciembre de 2019;

I. Considerando que, según la organización Humanitarian Aid Relief Trust, más de 6 000 cristianos han sido asesinados desde 2015 por grupos yihadistas o han perdido la vida como consecuencia de la política de «tu tierra o tu sangre» llevada a cabo por militantes de la etnia fulani; que en los Estados donde impera la sharía los cristianos son objeto de una discriminación continua y, a menudo, son considerados ciudadanos de segunda clase;

J. Considerando que, si bien el presidente Muhammadu Buhari ha condenado los asesinatos y ha instado a la población a que no esté dividida por motivos religiosos, estos ataques se han llevado a cabo con total impunidad, y los autores rara vez se ven obligados a rendir cuentas; que el informe de Amnistía Internacional ha demostrado que las fuerzas de seguridad de Nigeria han cometido negligencias deliberadas en relación con los ataques mortales contra las comunidades de agricultores;

K. Considerando que Human Rights Watch ha informado de que el ejército nigeriano tiene detenidos a más de 3 600 menores, la mitad de ellos niñas, bajo la sospecha de estar vinculados a grupos armados islamistas y no estatales, basándose a menudo en pruebas escasas o inexistentes; que muchos de los detenidos han sido víctimas de abusos, incluida la violencia sexual, y han fallecido por enfermedad, hambre, deshidratación o heridas de bala; que el ejército ha denegado sistemáticamente el acceso a los centros de internamiento para poder comprobar las condiciones de detención en las que se encuentran los menores;

L. Considerando que la situación de las niñas y las mujeres en Nigeria es especialmente problemática debido a las prácticas discriminatorias generalizadas, el acceso limitado a los servicios sanitarios y a la educación, la extendida práctica de la mutilación genital femenina y los matrimonios infantiles;

M. Considerando que la Corte Penal Internacional (CPI) ha establecido que existen motivos fundados para creer que Boko Haram y las fuerzas de seguridad nigerianas han cometido en Nigeria crímenes contra la humanidad en virtud del artículo 7 del Estatuto de Roma, incluidos el asesinato y la persecución; que, en su informe de 2019 sobre los exámenes preliminares, la CPI concluye que, a pesar de que las autoridades nigerianas han adoptado una serie de medidas para determinar la responsabilidad penal de los presuntos autores, las medidas de investigación o enjuiciamiento adoptadas hasta la fecha en relación con los miembros de Boko Haram y las fuerzas de seguridad nigerianas parecen haber sido limitadas tanto en su alcance como en su profundidad;

N. Considerando que desde 2015 el Gobierno ha sido criticado por su inadecuada gestión de la insurgencia islámica en todo el país; que el ejército y la policía de Nigeria se enfrentan a una infinidad de amenazas para la seguridad, están desbordados y no tienen la capacidad de hacer frente a crisis de seguridad simultáneas;

O. Considerando que la Fuerza Multinacional Conjunta, desde su creación en 2015, ha expulsado a grupos terroristas de muchas zonas que se encuentran bajo su control, si bien la región sigue siendo muy inestable; que la reciente retirada de 1 200 soldados chadianos, coincidiendo con un aumento de la violencia en la región nororiental, ha suscitado preocupación entre la población; que, tras esta retirada, cientos de civiles nigerianos instalados en las inmediaciones huyeron del territorio por temor a nuevos ataques yihadistas;

P. Considerando que la Unión Europea, la República Federal de Alemania y la Comunidad Económica de los Estados del África Occidental (CEDEAO) pusieron en marcha, en octubre de 2019, un proyecto relativo a la Arquitectura y las Operaciones de Paz y Seguridad (EPSAO); que el objetivo del proyecto es reforzar los mecanismos y la capacidad de la CEDEAO para gestionar los conflictos y apoyar un entorno posconflicto en África Occidental;

Q. Considerando que la situación en Nigeria ha desencadenado una crisis humanitaria sin precedentes y ha provocado el desplazamiento de más de dos millones de personas en el nordeste, según la Oficina de Coordinación de Asuntos Humanitarios (OCAH) de las Naciones Unidas; que, según Human Rights Watch, la mayoría de los desplazados internos no pueden ejercer sus derechos básicos a la alimentación, la vivienda, la educación, la salud y la protección frente a los daños, así como su derecho a la libertad de circulación; que la Unión ha destinado 28,3 millones de euros al apoyo de las operaciones de asistencia humanitaria en el país; que los fondos actuales están lejos de cubrir todas las necesidades de ayuda humanitaria;

R. Considerando que, según la sección sobre Nigeria del Informe mundial de 2019 de Human Rights Watch, más de 35 000 desplazados internos regresaron a comunidades del noreste en 2018, pese a los problemas de seguridad y la falta de necesidades básicas, como los alimentos y el alojamiento;

S. Considerando que casi la mitad de la población nigeriana vive en condiciones de pobreza extrema; que se calcula que más de siete millones de nigerianos necesitan asistencia vital urgente;

T. Considerando que miles de nigerianos están arriesgando sus vidas en rutas migratorias hacia la Unión, con la esperanza de encontrar mejores condiciones económicas, sociales y de seguridad para vivir;

U. Considerando que el espacio humanitario en el país ha disminuido, debido al secuestro y el asesinato de varios trabajadores humanitarios; que ocho trabajadores humanitarios fueron asesinados en 2019, sumando un total de veintiséis que han perdido la vida en el conflicto desde 2011; que los riesgos para la seguridad suelen obstaculizar la prestación de ayuda y han provocado el abandono de muchas organizaciones humanitarias;

V. Considerando, además, que el Gobierno ha suspendido las actividades de varios organismos de ayuda internacionales y organizaciones benéficas, alegando que actuaban como blanqueadores de capitales para grupos islamistas; que, en septiembre de 2019, las fuerzas armadas nigerianas solicitaron, sin previo aviso, el cierre de las organizaciones Acción contra el Hambre y Mercy Corps, dejando a 400 000 personas sin acceso a ayuda humanitaria;

W. Considerando que, de conformidad con el artículo 8 del Acuerdo de Cotonú, la Unión mantiene, con carácter periódico, un diálogo político con Nigeria sobre los derechos humanos y los principios democráticos, que incluye cuestiones como la discriminación étnica, religiosa y racial;

1. Lamenta los ataques terroristas que han tenido lugar en el país; reitera su preocupación por la prolongada crisis en Nigeria y la inestable situación de seguridad en el nordeste, y condena firmemente las reiteradas violaciones de los derechos humanos, del Derecho internacional y del Derecho humanitario, ya estén basadas en motivos religiosos o étnicos;

2. Condena, especialmente, el reciente aumento de la violencia contra las comunidades étnicas y religiosas, en particular contra las instituciones religiosas y los fieles;

3. Transmite sus condolencias a las familias de las víctimas y expresa su solidaridad con el pueblo nigeriano, que lleva sufriendo las consecuencias del terrorismo en la región desde hace más de una década;

4. Insta a las autoridades nigerianas a que garanticen el respeto de los derechos humanos en el país y a que protejan a la población civil del terrorismo y de la violencia; insiste en que estos esfuerzos deben realizarse respetando plenamente los derechos humanos y el Estado de Derecho, en consonancia con las obligaciones internacionales del país;

5. Considera toda forma de exterminio de seres humanos o de limpieza étnica una atrocidad y un crimen contra la humanidad; insta al Gobierno de Nigeria a que aborde las causas subyacentes de la violencia, garantizando la igualdad de derechos para todos los ciudadanos y adoptando legislación para luchar contra la discriminación; insiste, en este sentido, en la necesidad de seguir promoviendo el diálogo interreligioso y la coexistencia pacífica de los ciudadanos, independientemente de su religión, colaborando con todas las partes interesadas pertinentes, incluido el Consejo Interreligioso de Nigeria;

6. Recuerda que las mujeres y los niños son los más vulnerables a las consecuencias de los conflictos, el terrorismo y la violencia en el país; lamenta que cada vez sean más los menores reclutados por grupos terroristas y utilizados como niños soldados o terroristas suicidas;

7. Manifiesta su profunda preocupación por los informes sobre malos tratos infligidos a los menores detenidos en instalaciones militares; pide a las autoridades nigerianas que permitan el acceso de las Naciones Unidas a sus instalaciones militares de detención, que firmen un protocolo de entrega oficial para garantizar que los niños detenidos por las fuerzas militares sean rápidamente entregados a las autoridades responsables de la protección del menor, y que pongan fin a la detención militar de menores; insiste en que la respuesta en materia de lucha contra el terrorismo, así como el marco judicial y policial, deben adaptarse para proteger los derechos de las poblaciones más vulnerables, incluidos los niños;

8. Recuerda a las autoridades nigerianas su obligación de proteger los derechos de los menores y de garantizar protección y atención a las personas afectadas por actos de terrorismo o conflictos, en particular garantizando su acceso a la educación; recuerda, además, que la educación y las oportunidades económicas son instrumentos poderosos contra la radicalización e insta a los socios internacionales a que apoyen una oferta educativa accesible y de calidad como parte de una estrategia antiterrorista en la región;

9. Manifiesta su profunda preocupación por el hecho de que las mujeres nigerianas sigan siendo víctimas de discriminación, violencia, abusos sexuales y violaciones; insta a Nigeria a que aplique plenamente la CEDAW; insta a que se preste un mayor apoyo a las víctimas de la violencia sexual y de género generalizada, incluido el apoyo psicológico;

10. Insiste en que la lucha contra la impunidad es fundamental para la estabilidad del país y la construcción de una paz duradera; pide, por consiguiente, a las autoridades nigerianas que lleven a cabo investigaciones inmediatas, exhaustivas y transparentes para llevar a los autores ante la justicia y exigirles responsabilidades; pide, además, la aplicación de medidas para mejorar la capacidad y la independencia del sistema judicial de Nigeria como medio para promover el recurso eficaz a la justicia penal para combatir la violencia, el terrorismo y la corrupción;

11. Lamenta el estancamiento del progreso en la lucha contra Boko Haram y el ISWAP, así como el aumento del número y la gravedad de los ataques suicidas y los ataques directos contra posiciones militares; recuerda que el presidente de Nigeria, Muhammadu Buhari, fue reelegido en 2019 bajo la promesa de derrotar el extremismo violento promovido por Boko Haram y otros grupos terroristas, e insta al presidente a que cumpla sus promesas electorales;

12. Apoya los objetivos del proyecto relativo a la Arquitectura y las Operaciones de Paz y Seguridad liderado por la UE y la CEDEAO; anima a que los Estados miembros den su firme apoyo para contribuir al desarrollo de capacidades y a la resolución de conflictos en África Occidental;

13. Reitera su apoyo a la Fuerza Multinacional Conjunta regional y elogia sus esfuerzos por luchar eficazmente contra el terrorismo y restablecer la estabilidad en la región del lago Chad; recuerda que el terrorismo no conoce fronteras y pide a los países de la región que sigan coordinando sus esfuerzos para garantizar la seguridad en toda la región;

14. Anima a seguir reformando el sector de la seguridad en Nigeria a fin de reforzar la capacidad de los actores nacionales y regionales en la lucha contra el terrorismo; pide al Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) y a los Estados miembros que continúen prestando asistencia técnica de la UE en este ámbito;

15. Advierte contra una instrumentalización del conflicto entre los agricultores y los pastores como medio para difundir el odio por motivos religiosos; insta al Gobierno nigeriano a que aplique el Plan nacional de transformación del ganado cuyo objetivo es proteger los intereses tanto de los agricultores como de los pastores; considera que es necesario adoptar nuevas medidas, como el refuerzo de los mecanismos de mediación y resolución de conflictos, de reconciliación y de consolidación de la paz;

16. Destaca la interdependencia existente entre desarrollo, democracia, derechos humanos, buena gobernanza y seguridad en el país; considera que la acción militar por sí sola no basta para luchar eficazmente contra el terrorismo; pide al Gobierno de Nigeria que desarrolle una estrategia global que aborde las causas profundas del terrorismo, centrándose en un enfoque preventivo que tenga por objeto eliminar el atractivo de la ideología terrorista, reducir las oportunidades de captación y radicalización y cortar su financiación, así como apoyando y financiando programas de las organizaciones de la sociedad civil centrados en la comunidad;

17. Pide a la Unión Europea, a la Unión Africana y a la comunidad internacional que intensifiquen sus esfuerzos en apoyo de la lucha contra el terrorismo en Nigeria, y que sigan prestando asistencia política y de seguridad en todo el país, así como en toda la región;

18. Manifiesta su profunda preocupación por el impacto de la situación de seguridad en el país en la eficacia de la ayuda humanitaria y la ayuda al desarrollo; insta a la Unión a proseguir sus esfuerzos humanitarios y de desarrollo, no solo en Nigeria, sino también en el conjunto de la región; acoge con satisfacción los 50 millones de euros adicionales prometidos por la Unión en 2019 para apoyar la recuperación y la resiliencia en Nigeria;

19. Reconoce las presiones bajo las que se encuentran Nigeria y los países vecinos a causa de los desplazamientos regionales; pide una mayor coordinación de los donantes y un mayor apoyo a la población desplazada en Nigeria, incluidos recursos financieros adicionales de la comunidad internacional; recuerda que los fondos de desarrollo no deben desviarse de su objetivo inicial de erradicar la pobreza en todas sus formas;

20. Condena todos los ataques contra el personal o las instalaciones de ayuda humanitaria e insta a que se tomen medidas para garantizar la seguridad de los trabajadores humanitarios y un entorno seguro para que las organizaciones humanitarias lleven a cabo su labor esencial;

21. Manifiesta su profunda preocupación por la rápida intensificación del cambio climático y su impacto en la vida y los medios de subsistencia, en particular en el Cinturón Central; reitera que es necesario encontrar soluciones a largo plazo para proteger los recursos naturales y garantizar el acceso a los mismos; recuerda que hacer frente a la emergencia climática es un componente fundamental para garantizar la estabilidad económica y la paz en la región;

22. Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, al Servicio Europeo de Acción Exterior, al vicepresidente de la Comisión / alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, al presidente y al Parlamento de Nigeria, a la Unión Africana, a la Asamblea Parlamentaria Paritaria ACP-UE y al Parlamento Panafricano.

Última actualización: 15 de enero de 2020
Aviso jurídico - Política de privacidad