PROPUESTA DE RESOLUCIÓN COMÚN sobre la situación de los derechos humanos en Kazajistán
10.2.2021 - (2021/2544(RSP))
para sustituir a las propuestas de Resolución siguientes:
B9-0144/2021 (The Left)
B9-0145/2021 (Verts/ALE)
B9-0146/2021 (S&D)
B9-0147/2021 (Renew)
B9-0148/2021 (ECR)
B9-0149/2021 (PPE)
Michael Gahler, Róża Thun und Hohenstein, Sandra Kalniete, Antonio López-Istúriz White, Miriam Lexmann, Janina Ochojska, Isabel Wiseler-Lima, Tomáš Zdechovský, Vladimír Bilčík, Inese Vaidere, Vangelis Meimarakis, Michaela Šojdrová, Tomas Tobé, Christian Sagartz, Loránt Vincze, Magdalena Adamowicz, Ivan Štefanec, Eva Maydell, Luděk Niedermayer, Lefteris Christoforou, Jiří Pospíšil, Elżbieta Katarzyna Łukacijewska, Stanislav Polčák, Krzysztof Hetman, Stelios Kympouropoulos, Maria Walsh, Seán Kelly, Peter Pollák, Romana Tomc, Loucas Fourlas, Ioan-Rareş Bogdan
en nombre del Grupo PPE
Kati Piri, Isabel Santos, Andris Ameriks
en nombre del Grupo S&D
Petras Auštrevičius, Izaskun Bilbao Barandica, Olivier Chastel, Vlad Gheorghe, Klemen Grošelj, Bernard Guetta, Svenja Hahn, Irena Joveva, Karin Karlsbro, Moritz Körner, Nathalie Loiseau, Javier Nart, Urmas Paet, Frédérique Ries, María Soraya Rodríguez Ramos, Michal Šimečka, Nicolae Ştefănuță, Ramona Strugariu
en nombre del Grupo Renew
Viola Von Cramon-Taubadel, Hannah Neumann
en nombre del Grupo Verts/ALE
Assita Kanko, Valdemar Tomaševski
en nombre del Grupo ECR
Malin Björk
en nombre del Grupo The Left
Fabio Massimo Castaldo
Resolución del Parlamento Europeo sobre la situación de los derechos humanos en Kazajistán
El Parlamento Europeo,
– Vista su Resolución, de 14 de marzo de 2019, sobre la situación de los derechos humanos en Kazajistán[1] y sus anteriores resoluciones sobre Kazajistán, incluidas las de 18 de abril de 2013[2], 15 de marzo de 2012[3] y 17 de septiembre de 2009[4],
– Visto el Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzado (ACC Reforzado) entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Kazajistán, por otra, firmado en Astaná el 21 de diciembre de 2015 y que entró en vigor el 1 de marzo de 2020 tras su ratificación por todos los Estados miembros,
– Vistas las Conclusiones del Consejo, de 17 de junio de 2019, sobre la nueva Estrategia de la UE para Asia Central,
– Visto el informe por país sobre Kazajistán recogido en el Informe anual 2019 de la UE sobre los derechos humanos y la democracia en el mundo,
– Vistos la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura,
– Vistas la 17.ª reunión del Consejo de Cooperación UE-Kazajistán, celebrada el 20 de enero de 2020, la 12.ª reunión del Diálogo UE-Kazajistán sobre Derechos Humanos, de los días 26 y 27 de noviembre de 2020, y la 18.ª reunión del Comité de Cooperación UE-Kazajistán, del 25 de septiembre de 2020,
– Visto el examen periódico universal sobre Kazajistán del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, de 12 de marzo de 2020,
– Visto el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos,
– Vistas las declaraciones del portavoz del Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) de 1 de febrero de 2021 sobre la creciente presión ejercida sobre las ONG de derechos humanos en Kazajistán, de 11 de enero de 2021 sobre las elecciones parlamentarias en Kazajistán, y de 7 de enero de 2021 sobre las medidas para abolir la pena de muerte,
– Vista la declaración de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE), de 10 de enero de 2021, sobre sus resultados y conclusiones preliminares en relación con las elecciones en Kazajistán,
– Visto el artículo 144 de su Reglamento interno,
A. Considerando que en las últimas semanas se ha observado un deterioro preocupante de la situación general de los derechos humanos y una represión contra las organizaciones de la sociedad civil en Kazajistán, con la imposición de duras restricciones de los derechos a la libertad de expresión, de reunión pacífica y de asociación; que la sociedad civil y las organizaciones de derechos humanos que trabajan en Kazajistán han sido sometidas a una presión y una penalización crecientes por parte de las autoridades del país, lo que obstaculiza los esfuerzos de reforma y limita la labor esencial de la sociedad civil;
B. Considerando que, el 21 de diciembre de 2015, la Unión Europea y Kazajistán firmaron un Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzado (ACC Reforzado) al objeto de ofrecer un marco amplio para un diálogo político más profundo y una cooperación en materia de justicia, asuntos de interior y en otros muchos ámbitos; que este Acuerdo hace especial hincapié en la democracia, el Estado de Derecho, los derechos humanos, las libertades fundamentales, el desarrollo sostenible y la cooperación con la sociedad civil; que el ACC Reforzado entró en vigor el 1 de marzo de 2020 tras su ratificación por todos los Estados miembros;
C. Considerando que la nueva Estrategia de la UE para Asia Central incide en el compromiso de la Unión con Asia Central en cuanto la protección y promoción del Estado de Derecho, los derechos humanos y las libertades fundamentales, incluida la libertad de asociación y expresión, y la creación de un entorno propicio para la sociedad civil y los defensores de los derechos humanos; que la Unión proporciona una importante ayuda a Kazajistán en relación con la COVID-19, incluido su reciente apoyo financiero a un envío de la Organización Mundial de la Salud (OMS) de más de 8 000 kg de suministros médicos el 29 de enero de 2021;
D. Considerando que el SEAE ha calificado las elecciones parlamentarias del 10 de enero de 2021 en Kazajistán como una oportunidad perdida para demostrar la aplicación eficaz de reformas políticas y su proceso de modernización desde las últimas elecciones, mientras que las recomendaciones formuladas desde hace tiempo por la Oficina de Instituciones Democráticas y Derechos Humanos (OIDDH) de la OSCE sobre diversas cuestiones siguen sin abordarse, entre ellas las relacionadas con las libertades fundamentales, la imparcialidad de la administración electoral, el derecho al sufragio activo y pasivo, la inscripción de votantes, los medios de comunicación y la publicación de los resultados electorales; que, según las conclusiones preliminares de la OSCE/OIDDH y de la Asamblea Parlamentaria de la OSCE, el marco jurídico en Kazajistán todavía no permite celebrar elecciones de acuerdo a las normas internacionales;
E. Considerando que las deficiencias sistémicas en relación con el respeto de la libertad de asociación, de reunión y de expresión siguen restringiendo el panorama político y que la falta de una pugna política real y de grupos de oposición política —no se ha inscrito ningún nuevo partido desde 2013— deja a los votantes sin una verdadera posibilidad de elección; que las elecciones democráticas son la piedra angular de la realización de reformas políticas y la construcción de una sociedad libre y abierta;
F. Considerando que dos movimientos de oposición, el Koshe Partiyasy y la Opción Democrática de Kazajistán, fueron prohibidos en virtud de resoluciones judiciales secretas que los califican de organizaciones «extremistas» sin derecho de apelación; que diecisiete dirigentes del Koshe Partiyasy han sido enviados a centros de prisión preventiva de conformidad con el artículo 405 y el artículo 182 del Código Penal de Kazajistán y corren el riesgo de sufrir largas penas de prisión; que presos acusados de respaldar a la Opción Democrática de Kazajistán siguen cumpliendo sus penas de prisión; que veintiséis presos políticos —incluidos Almat Zhumagulov, Aset Abishev, Kenzhebek Abishev, Askhat Zheksebayev, Kairat Klyshev, Yerbol Yeskhozin, Abai Begimbetov, Asel Onlabekkyzy, Yerkin Sabanshiyev, Zhanat Zhamaliyev, Diana Baimagambetova, Noyan Rakhimzhanov y Askar Kayyrbek— han sido víctimas de persecución política en relación con su apoyo a estos movimientos;
G. Considerando que Opción Democrática de Kazajistán, partido opositor que no está registrado, no fue autorizado a participar en estas elecciones, ya que el 22 de febrero de 2020 las autoridades impidieron que celebrase su congreso fundacional en Almaty; que, sin celebrar un congreso de este tipo, es imposible que un partido se registre; que miembros del partido se enfrentaron a presiones por parte de las autoridades, ya que algunos de ellos fueron detenidos por supuestas violaciones administrativas y otros no pudieron viajar al lugar del congreso;
H. Considerando que, durante la campaña electoral y el día de las elecciones, las autoridades kazajas intentaron extremar la censura en internet, cortando repetidamente internet y obligando a los ciudadanos a instalar un «certificado de seguridad nacional» que permite la interceptación del tráfico codificado en la web; que el control estatal sobre internet está aumentando, también mediante intentos de restringir el flujo de información mediante la censura y el control de internet, cierres de internet, así como exigiendo de nuevo a los ciudadanos que instalen un «certificado de seguridad nacional» que permita la interceptación del tráfico en línea de los usuarios de internet;
I. Considerando que durante la campaña se llevaron a cabo detenciones masivas; que el día de las elecciones las autoridades detuvieron de forma ilegal al menos a 350 manifestantes pacíficos en diez ciudades diferentes; que las autoridades kazajas evitan de forma rutinaria que tengan lugar aquellas protestas pacíficas que critiquen las políticas gubernamentales; que la ley de reunión pacífica y las enmiendas a las leyes sobre partidos políticos y elecciones aprobadas en mayo de 2020 no respetan los derechos fundamentales de los ciudadanos de Kazajistán;
J. Considerando que la misión limitada de observación electoral de la OIDDH informó de que el trabajo de los observadores independientes era obstaculizado e imposibilitado por las autoridades, mientras que se permitía a los observadores progubernamentales supervisar el proceso electoral; que las ONG de derechos humanos informaron de que un número considerable de observadores independientes en las elecciones legislativas del 10 de enero de 2021 fueron objeto de intimidación, detenciones administrativas y multas;
K. Considerando que el panorama de medios de comunicación está dominado por canales de propiedad estatal o subvencionados por el Estado; que, entre enero y julio de 2020, siete periodistas fueron objeto de ataques físicos y veintiún periodistas, blogueros y activistas fueron detenidos, siete de ellos, mientras estaban informando; que, en 2020, las autoridades incoaron más de 38 procesos penales contra periodistas por presuntos delitos como la difusión de información falsa y la incitación; que todos los principales periódicos nacionales de la oposición fueron prohibidos en 2016 y que los periodistas independientes siguen sufriendo acoso; que las autoridades presentaron cargos penales contra el redactor jefe del periódico independiente Uralskaya Nedelya, Lukpan Akhmedyarov, por sus informaciones sobre el funcionamiento corrupto de la élite local, y que agredieron físicamente y encarcelaron a Saniya Toiken, periodista del servicio de RFE/RL en Kazajistán, en numerosas ocasiones por su cobertura de las concentraciones pacíficas y de las elecciones parlamentarias de 2021;
L. Considerando que, entre febrero y noviembre de 2020, cinco activistas de la oposición fueron asesinados o murieron en circunstancias poco claras tras una continua persecución política por sus actividades de oposición, a saber, el bloguero y víctima de torturas Dulat Agadil, su hijo de 17 años, Zhanbolat Agadil, quien fue un testigo clave de la detención arbitraria de su padre, Amanbike Khairolla, Serik Orazov y Garifulla Embergenov; que las autoridades no han llevado a cabo investigaciones exhaustivas y transparentes sobre sus muertes; que reviste una suma importancia llevar ante la justicia a los responsables de ordenar y cometer estos delitos y garantizar que se abstengan de perseguir a activistas de la sociedad civil y familiares que busquen la verdad sobre las víctimas; que las autoridades kazajas reprimieron al menos a 200 activistas que participaban en las honras fúnebres en honor de Dulat Agadil o que organizaban actividades de recaudación de fondos para su familia y las de otros presos políticos; que 57 de ellos están acusados de «extremismo», incluida Dametkan Aspandiyarova, madre de tres niños, quien se encuentra actualmente bajo arresto domiciliario y se enfrenta a una pena de hasta doce años de prisión acusada de extremismo por organizar un acto de recaudación de fondos en apoyo de la familia de Dulat Agadil;
M. Considerando que en las cárceles de Kazajistán ha predominado el uso de la tortura y los malos tratos, y que cada año la organización The Coalition Against Torture (Coalición contra la Tortura) denuncia al menos 200 casos de torturas; que los autores de estos abusos han gozado de impunidad, mientras que la defensora de los derechos humanos Elena Semenova ha sido demandada por colonias penitenciarias por exponer en las redes sociales el uso de la tortura en el sistema penitenciario kazajo;
N. Considerando que, a pesar de los llamamientos del Relator Especial de las Naciones Unidas[5], de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa y de la Unión Europea, las autoridades kazajas abusan de unas leyes vagas y excesivamente amplias en materia de extremismo para perseguir a la oposición y a los defensores de los derechos humanos; que, en virtud de esta legislación, desde el 22 de octubre de 2020, día en que las autoridades anunciaron la fecha de las elecciones, el número de asuntos penales por motivos políticos se ha duplicado aumentando a 99, específicamente basados en acusaciones de «extremismo»; que 69 de los afectados corren peligro de ser detenidos de forma inminente, como en el caso de la activista Gulzipa Dzhaukerova, y que 11 activistas fueron puestos bajo arresto domiciliario sobre la base de falsas acusaciones de «extremismo»;
O. Considerando que a varias ONG independientes de derechos humanos, como ECHO, Erkindik Kanaty, Kazakhstan International Bureau for Human Rights and the Rule of Law, o International Legal Initiative, se les han impuesto recientemente fuertes multas y se les ha ordenado la suspensión de sus actividades durante al menos tres meses a partir del 25 de enero de 2020, en virtud de fundamentos jurídicos poco claros; que, en represalia por llevar a cabo actividades de vigilancia, las autoridades acosan e incluso procesan penalmente a defensores de los derechos humanos entre los que se encuentran Sholpan Dzhanzakova, Anna Shukeyeva, Raigul Sadyrbayeva, Aizhan Izmakova, Daniyar Khassenov, Altynai Tuksikova, Dana Zhanay, Nazym Serikpekova, Alma Nurusheva, Abaibek Sultanov, Zukhra Nariman, Ulbolsyn Turdiyeva, Aliya Zhakupova, Roza Musayeva y Barlyk Mendygaziyev; que, entre octubre y noviembre de 2020, se notificó al menos a quince organizaciones que habían infringido el artículo 460, apartado 1, del Código de infracciones administrativas, supuestamente por no haber informado de forma adecuada a las autoridades acerca de la recepción de financiación extranjera;
P. Considerando que, en 2020, 112 personas, tres organizaciones benéficas y una empresa comercial fueron condenadas por ejercer la libertad de religión o de creencias;
Q. Considerando que prevalece una corrupción generalizada entre las élites gobernantes en Kazajistán, como lo demuestra el hecho de que el país ocupe el puesto 94 en el Índice de Percepción de la Corrupción 2020 de Transparency International, y que imposibilita el ejercicio de los derechos humanos, la justicia social y el desarrollo socioeconómico;
R. Considerando que, en el contexto de la pandemia de COVID-19, el Gobierno utilizó indebidamente las restricciones que impuso por la pandemia como un pretexto para intensificar la represión política contra la sociedad civil, los defensores de los derechos humanos, las voces de la oposición y los trabajadores médicos que denunciaban los fracasos del Gobierno a la hora de contener el brote;
S. Considerando que, el 21 de enero de 2021, dos personas de etnia kazaja, Kazakhs Murager Alimuly y Kaisha Akankyzy, que habían huido de China por temor a ser encarcelados en campos de concentración, fueron posteriormente golpeados y acuchillados por asaltantes desconocidos, y que debe prestarse suficiente atención a las continuas tensiones étnicas en las regiones meridionales de Kazajistán; que continúan los violentos enfrentamientos étnicos en Kazajistán, en especial en el sur del país, donde en febrero de 2020 los enfrentamientos entre kazajos y miembros de la etnia dungana provocaron la muerte de once personas, decenas de heridos y que más de 23 000 personas, en su mayoría dunganos, fueran expulsadas de sus hogares;
T. Considerando que las autoridades kazajas abusaron de los mecanismos de cooperación penal internacional, incluidas las notificaciones rojas y la asistencia judicial mutua de Interpol, para procesar a Bota Jardemalie, refugiada política en Bélgica, abogada y defensora de los derechos humanos, e incautarse de todos sus documentos; que, el 29 de septiembre de 2020, el Tribunal Nacional de Derecho de Asilo de Francia concedió asilo político al fundador de Opción Democrática de Kazajistán, Mukhtar Ablyazov, condenado en rebeldía a cadena perpetua por un tribunal kazajo, en vulneración del derecho de defensa y subrayando el carácter sistémico y político del aparato represivo de Kazajistán y de su uso indebido de los procedimientos civiles y penales;
U. Considerando que las autoridades kazajas siguen teniendo en el punto de mira a sindicatos y activistas sindicales independientes; que en 2020 se modificó la Ley sindical para suprimir los requisitos de afiliación sindical y de registro en dos fases; que, a pesar de esta modificación, la administración municipal de Shymkent archivó su demanda contra el sindicato industrial de trabajadores de los sectores del combustible y la energía (Industrial Trade Union of Fuel and Energy Workers, ITUFEW) aduciendo que las alegaciones eran infundadas, que las disposiciones ya no estaban en vigor o que no eran aplicables al ITUFEW;
V. Considerando que la igualdad de género sigue siendo un problema en Kazajistán; que las ONG afirman que la violencia contra las mujeres no se notifica lo suficiente y que existe una baja tasa de enjuiciamiento en estos casos, así como en los casos de acoso sexual; que la COVID-19 ha creado un nuevo obstáculo para que las niñas accedan en igualdad de condiciones a la información y a la educación, según las Naciones Unidas; que las víctimas carecen de protección suficiente y que los funcionarios judiciales y policiales y los proveedores de servicios no reciben formación para identificar, prevenir y responder a la violencia contra las mujeres;
W. Considerando que las personas LGBTI en Kazajistán se siguen enfrentando a dificultades jurídicas y siguen siendo objeto de discriminación; que, en junio de 2020, el Parlamento kazajo adoptó enmiendas discriminatorias al nuevo código sanitario que regulan aspectos de la asistencia sanitaria para las personas transgénero; que el proceso para cambiar la identidad de género en Kazajistán sigue siendo invasivo y humillante;
1. Insta al Gobierno de Kazajistán a que actúe de conformidad con sus obligaciones internacionales y respete los derechos humanos y las libertades fundamentales consagrados en los artículos 1, 4, 5 y 235 del ACC Reforzado; pide a las autoridades de Kazajistán que cumplan las normas internacionales y respeten el marco jurídico para la celebración de elecciones, y que sigan las recomendaciones de la misión limitada de observación electoral de la OIDDH, incluidas las relativas a las libertades fundamentales garantizadas constitucionalmente, la participación de la sociedad civil, el pluralismo político y la imparcialidad de la administración electoral, el derecho de sufragio activo y pasivo, el registro de votantes, los medios de comunicación y la publicación de los resultados electorales;
2. Pide al Gobierno de Kazajistán que retire los cargos de motivación política y ponga fin a todas las formas de detención arbitraria, represalias y acoso contra activistas de derechos humanos, organizaciones religiosas, organizaciones de la sociedad civil, sindicatos, periodistas y movimientos de oposición política, y que permita a las personas expresar libremente sus opiniones políticas, religiosas y de otro tipo; pide al Gobierno que modifique la nueva ley de reunión pacífica para garantizar esta libertad;
3. Insta al Gobierno de Kazajistán a la inmediata puesta en libertad y la plena rehabilitación de todos los presos políticos, en particular, Almat Zhumagulov, Aron Atabek, Nurgul Kaluova, Saltanat Kusmankyzy, Daryn Khassenov, Ulasbek Akhmetov, Kenzhebek Abishev, Yerzhan Yelshibayev, Aset Abishev, Igor Chuprina, Ruslan Ginatullin, Askhat Zheksebayev, Kairat Klyshev, Yerbol Yeskhozin, Abai Begimbetov, Asel Onlabekkyzy, Yerkin Sabanshiyev, Zhanat Zhamaliyev, Diana Baimagambetova, Noyan Rakhimzhanov y Askar Kayyrbek, y a que suspenda sin demora las medidas de prisión preventiva y arresto domiciliario y las restricciones de la libertad impuestas a la sociedad civil y activistas opositores, usuarios de medios sociales y manifestantes pacíficos; pide al Gobierno de Kazajistán que revise los casos e indemnice a los antiguos presos políticos y víctimas de torturas Iskander Yerimbetov, Maks Bokayev y Mukhtar Dzhakishev, de conformidad con las recomendaciones del Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas sobre la Detención Arbitraria y el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas;
4. Acoge con satisfacción las medidas adoptadas por el Gobierno de Kazajistán para archivar los asuntos de motivación política contra defensores de los derechos humanos Daniyar Khassenov y Abaibek Sultanov, si bien manifiesta su preocupación por la fabricación de un nuevo asunto penal contra este último en el que se le imputan cargos de «extremismo»; pide al Gobierno de Kazajistán que levante todos los cargos de motivación política que pesan contra el filántropo Barlyk Mendygaziyev y ponga fin a la persecución por motivos políticos de sus familiares y antiguos asociados;
5. Condena el empleo abusivo de la legislación de lucha contra el extremismo contra los partidarios de los movimientos opositores pacíficos Opción Democrática de Kazajistán (DCK) y Koshe Partiyasy, e insta a las autoridades a que permitan el pluralismo y la competencia políticos; insta al Gobierno de Kazajistán a que aplique las recomendaciones del Parlamento Europeo, el Relator Especial sobre la promoción y la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales en la lucha contra el terrorismo y la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, que condenan la aplicación arbitraria de la legislación de lucha contra el extremismo;
6. Pide a Kazajistán que aplique reformas destinadas a fomentar la modernización, la democracia y la estabilidad del país, y que redoble los esfuerzos para reformar el sistema político de Kazajistán con el fin de desarrollar el parlamentarismo y un sistema multipartidista, y para ampliar la participación ciudadana; observa la creación de un Consejo Supremo para las Reformas y toma nota del anuncio por las autoridades kazajas de una nueva fase de reformas, en particular sobre cuestiones relacionadas con la aplicación de la ley, el sistema judicial y la priorización de los derechos humanos; destaca la importancia de continuar con este proceso, incluidos los cambios en la ley electoral y la plena aplicación de las recomendaciones de la OSCE/OIDDH;
7. Pide a las autoridades kazajas que dejen de utilizar el Código Penal contra activistas, blogueros, periodistas y otras personas por ejercer su derecho a la libertad de expresión;
8. Acoge con satisfacción la decisión de las autoridades kazajas de anular las multas y permitir que las ONG reanuden sus actividades, tal como se anunció el 3 de febrero de 2021; pide que se levante la prohibición del desempeño del activismo, de tres años de duración, impuesta a Max Bokayev, y que se le permita continuar su trabajo esencial; pide a las autoridades de Kazajistán que dejen de hacer un uso indebido de los sistemas de información financiera para presionar a los grupos de derechos humanos, que retiren las acusaciones infundadas de infracciones administrativas contra los grupos objeto de supuestas infracciones de normas de notificación, que adapten la legislación y las prácticas en materia de notificación de ingresos extranjeros a las normas internacionales, en particular derogando el artículo 460, apartados 1 y 2, del Código de Infracciones Administrativas, y que, en su lugar, protejan y faciliten la importante labor de la sociedad civil;
9. Reitera su firme convicción de que perseguir a ONG independientes mediante inspecciones fiscales injustificadas y acosar a los defensores de los derechos humanos y a movimientos tales como Bostandyq Kz, Femina Virtute, Veritas, 405 y Elimay, así como a activistas de la sociedad civil, mediante detenciones administrativas, multas y procesos penales, no solo obstruye los esfuerzos de reforma ya realizados por las autoridades, sino que también es perjudicial para la reputación internacional de Kazajistán;
10. Lamenta la preocupante situación de la libertad de los medios de comunicación en el país y pide al Gobierno de Kazajistán que ofrezca un entorno libre y seguro a los periodistas independientes;
11. Insta al Gobierno de Kazajistán a que permita que los sindicatos independientes se registren y operen de conformidad con las normas laborales internacionales ratificadas por Kazajistán, sin injerencias ni acoso; lamenta profundamente la suspensión de seis meses de las operaciones del sindicato industrial de trabajadores de los sectores del combustible y la energía (ITUFEW) por el Tribunal Económico Interdistrital Especializado de Shymkent, el 5 de febrero de 2021, por su presunto no registro conforme a la Ley sindical; anima al Gobierno de Kazajistán a que aplique de manera significativa la Ley sindical, modificada en mayo de 2020;
12. Observa con preocupación el nuevo proyecto de ley sobre organizaciones benéficas, que impone medidas reguladoras adicionales a las organizaciones de la sociedad civil y contradice directamente la lógica y las mejores prácticas del trabajo benéfico, así como la reciente iniciativa de crear una asociación de organizaciones de donantes bajo la égida del Gobierno, que corre el riesgo de ser utilizada indebidamente para controlar las organizaciones de donantes, limitando aún más su independencia y la asunción de sus propias actividades;
13. Pide a las autoridades que luchen contra todas las formas de violencia contra las mujeres, en particular garantizando canales de denuncia eficaces y accesibles y medidas de protección que tengan en cuenta las necesidades de las víctimas y su confidencialidad; pide encarecidamente que se ponga fin a la impunidad y que se tomen medidas para garantizar que se impongan sanciones penales adecuadas a los autores, también en casos de violencia doméstica; insta a las autoridades kazajas a que tipifiquen la violencia doméstica como delito independiente y a que velen por la imposición de sanciones penales a los autores; pide a las autoridades kazajas que consideren los refugios y servicios para supervivientes de la violencia doméstica «servicios esenciales», y que faciliten el acceso a ellos para todas las mujeres y niñas, también durante la crisis del coronavirus;
14. Insiste en que deben respetarse plenamente los derechos de la comunidad LGBTI; pide al Gobierno de Kazajistán que garantice el principio de no discriminación contra la comunidad LGBTI, prohibiendo también por ley la discriminación por motivos de identidad de género u orientación sexual; pide una formación adecuada de los funcionarios judiciales y policiales, así como de los proveedores de servicios, para garantizar que las personas LGBTI reciban una atención y protección adecuadas;
15. Insta al Gobierno de Kazajistán a que garantice la seguridad de la etnia kazaja y otros grupos minoritarios que han huido de los campos de concentración de China, incluida la concesión del estatuto de refugiado permanente a Murager Alimuly y Kaisha Akankyzy, y a que preste suficiente atención a las continuas tensiones étnicas en sus regiones meridionales;
16. Desaconseja a las autoridades kazajas el uso abusivo de mecanismos de cooperación judicial como el sistema de notificaciones rojas y las solicitudes de asistencia judicial mutua de Interpol con el fin de perseguir a los opositores del régimen en el extranjero y obtener acceso a información confidencial;
17. Acoge con satisfacción la abolición en Kazajistán de la pena de muerte para todos los delitos, con la ratificación, el 2 de enero de 2021, del Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, convirtiéndose así en el 88.º Estado parte en el Acuerdo; insta al Gobierno de Kazajistán a que cumpla sus promesas de tolerancia cero frente a la tortura y garantice que cualquier denuncia de tortura sea plenamente investigada y que los responsables sean llevados ante la justicia;
18. Insta al Gobierno de Kazajistán a que erradique la tortura y los malos tratos en las cárceles, respete los derechos de los presos y garantice unas condiciones de vida adecuadas, la higiene y un entorno seguro para hacer frente a las amenazas que plantea la COVID-19;
19. Pide a Kazajistán que introduzca salvaguardias adecuadas para los datos personales y refuerce la legislación en materia de protección de datos, así como que limite el uso de tecnologías de vigilancia digital invasivas e introduzca un marco regulador que prohíba claramente la vigilancia digital arbitraria e ilegal, incluido el reconocimiento facial, de conformidad con los derechos humanos;
20. Pide a la Unión y a sus Estados miembros que, también en cumbres y otras reuniones de alto nivel, en foros multilaterales y a través de las representaciones locales, apoyen firmemente a la sociedad civil, que adopten medidas adicionales para prestar apoyo a la sociedad civil kazaja a través de la Comisión, incluida, entre otras cosas, la ampliación de los regímenes de subvenciones financieras a las organizaciones de la sociedad civil que promueven los derechos humanos, los valores democráticos, el Estado de Derecho y las libertades fundamentales en Kazajistán, en particular los defensores de los derechos humanos, y que refuercen los contactos interpersonales con los ciudadanos de Kazajistán; subraya que la ayuda financiera a Kazajistán debe tener por objeto apoyar a la sociedad civil y a las víctimas de persecución política, y no al régimen autoritario;
21. Anima a la Delegación de la UE en Kazajistán a que impulse su compromiso con los miembros locales de la sociedad civil organizando reuniones periódicas y formulando sus recomendaciones durante las reuniones oficiales con funcionarios del Gobierno kazajos;
22. Insta a la Delegación de la UE en Kazajistán a que haga un seguimiento de las violaciones de los derechos humanos en curso y adopte una posición pública con respecto a las violaciones, a que preste asistencia a las víctimas de la persecución política y a los activistas encarcelados asistiendo a los juicios contra personas críticas con el Gobierno y defensores de los derechos humanos y solicitando visitas a las cárceles, y a que reaccione con rapidez y determinación ante cualquier acto contrario a los principios del Estado de Derecho, la democracia y los derechos humanos;
23. Recuerda el régimen general de sanciones de la UE en materia de derechos humanos, aprobado recientemente, que permite a la Unión perseguir a los autores de violaciones graves de los derechos humanos en todo el mundo, lo que, en el caso de Kazajistán, permitiría perseguir a personas, entidades y organismos implicados en violaciones generalizadas y sistemáticas de los derechos humanos o asociadas a ellas; pide al vicepresidente de la Comisión / alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (VP/AR) y a los Estados miembros que consideren la posibilidad de imponer sanciones selectivas a las personas responsables de violaciones de los derechos humanos;
24. Pide que los derechos humanos ocupen el primer lugar en el compromiso de la UE con Asia Central; hace hincapié en que unas relaciones políticas y económicas más profundas con la Unión, como las que se prevén en el ACC Reforzado, deben basarse en valores compartidos y corresponderse con un compromiso activo y concreto de Kazajistán de llevar a cabo reformas democráticas derivadas de sus obligaciones y compromisos internacionales;
25. Pide a la Comisión y al VP/AR que lleven a cabo una revisión exhaustiva del ACC Reforzado a la luz de los recientes acontecimientos y de los resultados de la revisión de la política comercial;
26. Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, al vicepresidente de la Comisión / alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, al representante especial de la Unión Europea para Asia Central, a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros y al presidente, el Gobierno y el Parlamento de la República de Kazajistán.
- [1] DO C 23 de 21.1.2021, p. 83.
- [2] DO C 45 de 5.2.2016, p. 85.
- [3] DO C 251 E de 31.8.2013, p. 93.
- [4] DO C 224 E de 19.8.2010, p. 30.
- [5] Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la promoción y la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales en la lucha contra el terrorismo.