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Reglamento interno del Parlamento Europeo
8ª legislatura - Enero 2017
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ÍNDICE
ÍNDICE ANALÍTICO
NOTA A LOS LECTORES

TÍTULO VII  : DE LOS PERÍODOS DE SESIONES
CAPÍTULO 6  : DE  LA OBSERVANCIA DEL REGLAMENTO Y LAS MOCIONES DE PROCEDIMIENTO

Artículo 185  : Mociones de procedimiento

1.    Las peticiones de palabra para las siguientes mociones de procedimiento tendrán prioridad sobre otras peticiones de palabra:

(a)    proponer que no ha lugar a deliberar (artículo 187),

(b)    pedir la devolución a comisión (artículo 188),

(c)    pedir el cierre del debate (artículo 189),

(d)    pedir el aplazamiento del debate o de la votación (artículo 190); o

(e)    pedir la suspensión o el levantamiento de la sesión (artículo 191).

En estas peticiones solamente podrán intervenir, además del peticionario, un orador en contra y el presidente o ponente de la comisión competente.

2.    El tiempo de uso de la palabra no excederá de un minuto.

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