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Reglamento interno del Parlamento Europeo
8ª legislatura - Febrero 2019
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ÍNDICE
APÉNDICE
NOTA A LOS LECTORES
COMPENDIO DE LOS ACTOS JURÍDICOS PRINCIPALES RELACIONADOS CON EL REGLAMENTO INTERNO DEL PARLAMENTO

TÍTULO VII : DE LOS PERÍODOS DE SESIONES
CAPÍTULO 2 : DEL ORDEN DE LOS TRABAJOS DEL PARLAMENTO

Artículo 151 : Breve presentación

Previa solicitud del ponente y a propuesta de la Conferencia de Presidentes, el Parlamento podrá decidir asimismo que un asunto que no requiera un amplio debate sea objeto de una breve presentación en el Pleno a cargo del ponente. En tal caso, la Comisión tendrá la posibilidad de réplica, a la que seguirá un debate de hasta diez minutos de duración en el que el presidente podrá conceder el uso de la palabra a los diputados que lo soliciten, por un período máximo de un minuto cada uno.

Última actualización: 22 de mayo de 2019Aviso jurídico - Política de privacidad