1. El Parlamento votará por regla general a mano alzada.
Sin embargo, el presidente podrá decidir en cualquier momento que se utilice el sistema de votación electrónica en las votaciones.
2. El presidente declarará que se abre y se cierra la votación.
Una vez que el presidente haya declarado una votación abierta, no se admitirá el uso de la palabra, excepto la del propio presidente, antes de que la votación se declare cerrada.
3. Al calcular si se ha aprobado o rechazado un texto, solo se computarán los votos emitidos a favor y en contra, excepto en aquellos casos en que los Tratados establezcan una determinada mayoría.
4. Cuando el presidente decida que el resultado de una votación a mano alzada es dudoso, se votará de nuevo utilizando el sistema de votación electrónica y, en caso de avería del sistema de votación, por posición de sentado o levantado.
5. El presidente comprobará y anunciará el resultado de la votación.
6. Se dejará constancia del resultado de las votaciones.