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Reglamento interno del Parlamento Europeo
9ª legislatura - Junio de 2020
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ÍNDICE
NOTA A LOS LECTORES
COMPENDIO DE LOS ACTOS JURÍDICOS PRINCIPALES RELACIONADOS CON EL REGLAMENTO INTERNO DEL PARLAMENTO

TÍTULO XIV : OTRAS DISPOSICIONES

Artículo 238 : Símbolos de la Unión

1.   El Parlamento reconocerá y hará suyos los siguientes símbolos de la Unión:

-   la bandera que representa un círculo de doce estrellas doradas sobre fondo azul;

-   el himno tomado del «Himno a la Alegría» de la Novena Sinfonía de Ludwig van Beethoven;

-   la divisa «Unida en la diversidad».

2.   El Parlamento celebrará el Día de Europa el 9 de mayo.

3.   Se izará la bandera en todos los edificios del Parlamento y en los actos oficiales. La bandera estará presente en todas las salas de reunión del Parlamento.

4.   Se interpretará el himno en la apertura de todas las sesiones constitutivas y en otras sesiones solemnes, especialmente aquellas que se celebren para recibir a Jefes de Estado o de Gobierno y saludar a los nuevos diputados tras una ampliación.

5.   La divisa figurará en los documentos oficiales del Parlamento.

6.   La Mesa examinará otros posibles usos de los símbolos en el seno del Parlamento. La Mesa establecerá disposiciones detalladas de aplicación del presente artículo.

Última actualización: 25 de junio de 2020Aviso jurídico - Política de privacidad