ANEXO VI : COMPETENCIAS DE LAS COMISIONES PARLAMENTARIAS PERMANENTES(1)
XI. Comisión de Transportes y Turismo
Comisión competente para:
1. el desarrollo de una política común para los transportes por ferrocarril, por carretera, por vía navegable, así como para el transporte marítimo y aéreo, en particular:
a) las normas comunes aplicables a los transportes dentro de la Unión Europea,
b) el establecimiento y el desarrollo de redes transeuropeas en el sector de las infraestructuras de transporte,
c) la prestación de servicios de transporte y las relaciones en el ámbito del transporte con países terceros,
d) la seguridad en el transporte,
e) las relaciones con los órganos y las organizaciones internacionales de transportes,
f) la Agencia Europea de Seguridad Marítima, la Agencia Ferroviaria de la Unión Europea, la Agencia de la Unión Europea para la Seguridad Aérea y la Empresa Común SESAR;