Resolución del Parlamento Europeo sobre la Comunicación de la Comisión: "Incrementar el potencial del turismo como generador de empleo - Seguimiento de las conclusiones y recomendaciones del Grupo de Alto Nivel sobre Turismo y Empleo” (COM(1999) 205
- C5-0112/1999
- 1999/2115(COS)
)
- Vista la Comunicación
de la Comisión (COM(1999) 205
- C5-0122/1999
),
- Vistas las conclusiones del Consejo de 21 de junio de 1999 sobre turismo y empleo(1)
,
- Vista la letra u) del artículo 3 del Tratado CE,
- Visto el Pacto para el Empleo anunciado en la Cumbre de Colonia en junio de 1999 y las orientaciones para el empleo presentadas en septiembre de 1999 por la Comisión Europea,
- Visto el artículo 2 del Tratado CE y sobre todo el objetivo de alcanzar "un alto nivel de empleo”,
- Visto el artículo 160 de su Reglamento,
- Vistos el informe de la Comisión de Política Regional, Transportes y Turismo y la opinión de la omisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Oportunidades y de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales (A5-0030/2000
),
A. Considerando que el turismo, junto con las iniciativas, los servicios, las infraestructuras y las empresas vinculadas al sector, es la principal actividad de los países avanzados y representa la nueva frontera de la ocupación, en particular para los jóvenes y las mujeres,
B. Considerando que el Pacto europeo por el Empleo de Colonia preveía la identificación de los sectores de mayor creación de empleo y la supresión de los obstáculos al empleo en el sector de servicios, en el que se encuentra el sector del turismo,
C. Considerando que el desarrollo del turismo puede traducirse en un crecimiento del nivel de empleo, así como en la mejora de la calidad del mismo, por lo que es necesario establecer políticas atentas a la utilización, la valorización y la gestión de los recursos y atracciones culturales y naturales, así como al fomento, la gestión, la educación de la demanda en materia de turismo, el establecimiento de un consenso en el seno de la comunidad de acogida y el aumento de la hospitalidad,
D. Considerando que el turismo es un sector económico en constante expansión a escala europea y mundial, en el plano tanto productivo como del empleo, y que para muchas ciudades, regiones y municipios de la Unión representa un recurso económico y cultural particularmente importante,
E. Considerando, sin embargo, que esta expansión no se traduce siempre ni en todas partes en puestos de trabajo nuevos y mejores y que, además, la cuota total europea de turistas está estancada desde 1970; considerando, en particular, como ha subrayado el Grupo de alto nivel, que los elevados niveles de empleo previstos sólo se podrán alcanzar estableciendo condiciones justas y adoptando las medidas necesarias para aumentar al máximo el potencial turístico,
F. Considerando que el turismo es un sector compuesto por multitud de actividades que presentan características de producción distintas, con grandes necesidades de mano de obra y capaz de emplear a personas con perfiles profesionales muy variados, tanto desde el punto de vista de la tipología como de la especialización,
G. Considerando la ausencia de fundamento jurídico específico para la política del turismo en el Tratado de Amsterdam; considerando que esta situación no favorece el desarrollo de una visión suficientemente amplia y coherente del turismo entre los Estados miembros ni, por consiguiente, la utilización plena del potencial que constituye para el empleo; y recordando, no obstante, que en el ámbito de las políticas regionales de la Unión Europea se pueden promover iniciativas estrechamente vinculadas a la promoción del turismo rural, ambiental, cultural, del turismo orientado a la investigación y a la formación, o a congresos, y del turismo termal, de la tercera edad y deportivo,
H. Considerando que, desde hace tiempo, el Parlamento Europeo insiste en pedir al Consejo que adopte un programa plurianual para el turismo, con objeto de mejorar, por una parte, la coordinación entre las diferentes acciones comunitarias y, por otra, la sinergia con las políticas de turismo de los Estados miembros,
I. Considerando que la Unión Europea, a la luz del estrecho vínculo existente entre turismo y empleo y en el respeto del principio de subsidiariedad, debe contribuir en primer lugar a mejorar el conocimiento del fenómeno para poner en evidencia su potencial en términos de creación de puestos de trabajo, a partir de la elaboración de estadísticas fiables y elocuentes desde el punto de vista económico, así como reforzar la competitividad y la identidad del turismo comunitario,
J. Considerando que el desarrollo del turismo comunitario se vincula estrechamente a su sostenibilidad respecto de los objetivos comunitarios, de los derechos de la población local, de la calidad de vida, en primer lugar de la seguridad,
K. Considerando que, en muchas ocasiones, se ha reconocido a nivel europeo que el turismo es una conquista social irreversible y que, en consecuencia, se deberían fomentar todas las iniciativas destinadas a satisfacer la demanda social,
L. Considerando que el 95% de las empresas que componen el sector está constituido por pequeñas y medianas empresas, a las cuales se han de garantizar intervenciones de apoyo para la mejora y el mantenimiento de los niveles de calidad necesarios para operar en un mercado turístico multicultural, competitivo y global; que la Comunidad Europea dispone de los instrumentos para promover la capacidad de las PYME de crecer con la evolución del mercado y de crear empleo,
M. Considerando que la formación y la movilidad de la mano de obra constituyen instrumentos fundamentales de la estrategia de lucha contra el desempleo en Europa, especialmente por lo que respecta al sector turístico,
N. Considerando que la diversidad geográfica, histórica, cultural y ambiental constituye una riqueza y la principal motivación turística de las regiones comunitarias y que, en consecuencia, la Unión Europea debe comprometerse a apoyar las actividades encaminadas a fomentar y valorizar la especificidad, reforzar la identidad, en un marco de referencia unitario que refuerce la capacidad global de atracción de todo el sistema turístico comunitario, en una perspectiva de cooperación con los países candidatos a la adhesión y con los países de la cuenca del Mediterráneo,
O. Considerando que el desarrollo de infraestructuras de transporte eficaces y sostenibles, así como la difusión de las nuevas tecnologías de la información revisten una importancia creciente para la competitividad del sector turístico,
P. Considerando que el turismo podría constituir un potencial importante de creación de empleo, incluso para las ciudades pequeñas y las zonas rurales, cuyo patrimonio artístico y cultural se infravalora a menudo y no se promociona de la manera adecuada;
Q. Considerando que el turismo de masas puede constituir una amenaza para los recursos ambientales y culturales de zonas sensibles, como las costeras y las de montaña, si no se gestionan adecuadamente los flujos turísticos y el desarrollo urbano;
R. Considerando que en muchas regiones de la UE, las avalanchas turísticas se producen únicamente en periodos del año limitados, y que habría que desligar al turismo, entendido como recurso económico, de la estación, sobre todo incentivando el turismo de la tercera edad, familiar y juvenil,
S. Considerando que una política de incremento del empleo en el sector turístico se ha de concebir dentro del contexto de la evolución del mercado de trabajo, teniendo en cuenta las especificidades territoriales, y que debe prever, de todas formas, negociaciones entre los interlocutores sociales afectados,
1. Comparte la estrategia global señalada por el Grupo de Alto Nivel sobre Turismo y Empleo; se congratula de que las conclusiones de dicho Grupo hayan sido objeto de un informe específico de la Comisión y que hayan sido parcialmente recogidas en la Comunicación sobre las políticas comunitarias de fomento del empleo (COM(1999) 167
);
2. Considera fundamental que el objetivo del incremento del empleo en el sector turístico esté estrechamente vinculado a la lucha contra el empleo sumergido y los distintos tipos de discriminación de los grupos más débiles de la oferta laboral (mujeres, jóvenes, etc.);
3. Expresa su convencimiento de que es necesario tener debidamente en cuenta las razones de los trabajadores y las de los empresarios, a fin de orientar la evolución del mercado del trabajo en el sector turístico hacia metas satisfactorias desde el punto de vista social y económico;
4. Lamenta la ausencia de un fundamento jurídico específico para la política del turismo en los Tratados y considera que la resolución de esta cuestión es esencial para el futuro de la política turística, por lo que los Estados miembros deberían debatir el asunto con ocasión de la próxima reforma de los Tratados;
5. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que coordinen las políticas comunitarias de fomento del empleo derivado del turismo con las políticas nacionales de empleo;
6. Estima que la acción de la Unión Europea puede contribuir a la creación de mecanismos de programación y de proyectos en el ámbito de las políticas regionales que promuevan el empleo y al mismo tiempo protejan y valoricen el potencial paisajístico, cultural, histórico y ambiental que forman el origen de la industria del turismo, en particular en las regiones ultraperiféricas e insulares, que se caracterizan por un equilibrio ecológico y demográfico frágil;
7. Considera fundamental que el desarrollo del turismo y la creación de nuevos servicios capaces de crear empleo y orientar a las autoridades nacionales y regionales en la elaboración de las estrategias de programación para los objetivos 1, 2 y 3 de los Fondos estructurales y del Fondo de Cohesión, figuren de pleno derecho en las líneas directrices para los programas estructurales del período 2000-2006;
8. Estima que los proyectos cofinanciados por la Unión podrían contribuir positivamente a crear servicios e infraestructuras que favorezcan la movilidad de los turistas hacia y en las zonas alejadas de alto interés turístico, especialmente las regiones ultraperiféricas, la recuperación de las zonas en declive, así como la descentralización de los itinerarios turísticos y culturales y el desarrollo de las zonas con un fuerte potencial turístico;
9. Pide a la Comisión que apoye decididamente el turismo rural por tratarse de un instrumento esencial y poco desarrollado para la creación de empleo y la mejora de la renta, especialmente en las regiones más desfavorecidas;
10. Pide a la Comisión que defina las prioridades estratégicas para el desarrollo del sector turístico, propone que la acción de la Unión Europea en favor del turismo se centre en objetivos delineados sobre esta base y pide al Consejo que adopte cuanto antes un programa plurianual en favor del turismo que defina las medidas más urgentes, establezca las tareas y el ámbito de intervención comunitarios, en concertación con las iniciativas de los Estados miembros;
11. Expresa su deseo de que en la próxima Cumbre comunitaria sobre el trabajo, que tendrá lugar en Lisboa el primer semestre del 2000, el turismo, en tanto que sistema productivo y sector capaz de crear nuevos puestos de trabajos, figure con pleno derecho en las líneas directrices de la política europea para el empleo;
12. Insta a la Comisión a que procure, con el instrumento de las orientaciones para las políticas de empleo para el año 2000, que los Estados miembros tengan en cuenta en mayor medida al turismo y a las actividades relacionadas con él, en particular en sus planes de acción nacional para el empleo;
13. Pide que se fomenten proyectos innovadores en zonas sensibles como son las zonas de la costa y de la montaña, que se hallan bajo la presión del turismo de masas y en un proceso de urbanización rápida, sobre la base de los principios siguientes: la adopción de un límite máximo de desarrollo urbano, el paso a una política turística basada en la calidad y el fomento de acuerdos de cooperación entre los operadores turísticos y la comunidad local, a fin de gestionar de manera apropiada los flujos turísticos y apoyar la economía local de manera sostenible;
14. Pide a la Comisión que estudie hasta qué punto es posible elaborar una lista de criterios que permita garantizar que se fomentará también el sector turístico en las decisiones de las distintas Direcciones Generales sobre proyectos para los que se ponen a disposición créditos del presupuesto comunitario;
15. Opina, por consiguiente, que, en los programas comunitarios orientados a la creación persistente de puestos de trabajo, así como al apoyo de las pequeñas y medianas empresas, el fomento del sector turístico debería constituir un objetivo de igual importancia;
16. Expresa su convencimiento de que la creación de puestos de trabajo nuevos mejores y sostenibles en el sector del turismo y actividades afines depende estrechamente del refuerzo de los niveles de calidad y seguridad de la oferta turística europea, por lo que los principios de calidad y seguridad deben convertirse en los elementos clave de la contribución de la Unión Europea a las políticas nacionales de turismo;
17. Estima que ya no se pueden aplazar la elaboración y la utilización de un registro unitario para las estadísticas sobre turismo que faciliten a las instituciones comunitarias, nacionales y regionales, a los empresarios y a los sindicatos, a las escuelas y universidades y a los operadores del sector en general información fiable sobre el turismo, sobre los fenómenos económicos y sociales que lo acompañan, sobre la dinámica del empleo y sobre el potencial de formación profesional de quienes prestan servicios turísticos y de creación de nuevos puestos de trabajo;
18. Pide, en consecuencia, a la Comisión que elabore cuanto antes un informe sobre el grado de transposición de la Directiva 95/57/CE relativa a la recogida de datos estadísticos en el sector del turismo, así como una propuesta de mejora de dicha directiva por lo que concierne a los indicadores del empleo, al turismo sostenible y a la demanda social;
19. Pide a la Comisión que lleve a cabo una verificación financiera de las políticas y programas comunitarios que apoyan actualmente a la industria del turismo, con vistas a lograr una mejor coordinación de las acciones de la UE;
20. Solicita la elaboración de una tabla de indicadores de sostenibilidad (económica, social y ambiental) que los gobiernos locales y nacionales puedan adoptar para apoyar el establecimiento de políticas y estrategias de desarrollo turístico;
21. Pide a los Estados miembros y a la Comisión que fomenten métodos de formación para directivos y responsables de la gestión de los recursos endógenos del territorio, con el que colaborará el personal contratado in situ, capaces de organizar y gestionar sistemas de acogida para cada tipo de turismo, faciliten asistencia técnica a las PYME, permitan el acceso de las PYME y microempresas del sector turístico a fuentes de capitales adecuadas, especialmente en materia de capital de riesgo, organicen en red todo el potencial del territorio en cuanto a capacidad de acogida turística, recursos ambientales, históricos y culturales, enología y gastronomía para valorizar la producción típica, animación, transportes locales e intermodales;
22. Pide a la Comisión Europea que incorpore el parámetro del trabajo femenino en el sector turístico al cuarto programa plurianual en favor de las pequeñas y medianas empresas;
23. Pide a la Comisión Europea que incorpore la dimensión turística al quinto programa de acción para el período 2001-2005 relativo a la realización de la igualdad de oportunidades;
24. Insta a la Comisión y a los Estados miembros que agrupen iniciativas en el ámbito del turismo que tengan por objeto facilitar el turismo para grupos sociales organizados, para favorecer nuevas formas de turismo en nuevas localidades, y fomentar, en particular, el descubrimiento por los europeos continentales de los destinos europeos ultraperiféricos, para explorar el potencial de empleo mediante el turismo deportivo y para diversificar las temporadas de afluencia turística con el fin de crear puestos de trabajo estables durante todo el año, en particular en los balnearios en declive;
25. Pide a la Comisión que se mantenga vigilante para que la naturaleza ya muy flexible del empleo en el sector turístico no se convierta en un factor de discriminación negativa, en particular por lo que se refiere al nivel de remuneración, formación, condiciones de empleo y tiempo de trabajo;
26. Pide a los Estados miembros que incorporen el principio de la igualdad de oportunidades en el sector turístico a los programas nacionales contra el desempleo, alentando la contratación y la movilidad horizontal y vertical de las mujeres en las empresas turísticas mediante medidas concretas como la aplicación de las directivas relativas a la igualdad de oportunidades, la intensificación de los controles en las empresas para combatir el trabajo clandestino, la concesión de primas a las empresas por la contratación de personal femenino especializado, etc.
27. Pide a los Estados miembros que alienten y fomenten la estrecha colaboración entre las entidades públicas competentes en materia de derechos de la mujer e igualdad de oportunidades y las escuelas de turismo de todos los niveles, para que se preste especial atención a que el contenido de los programas de enseñanza tenga en cuenta las características específicas y las posibilidades de las mujeres y prepare a éstas para las necesidades y exigencias actuales del mercado; pide asimismo a los Estados miembros que fomenten el turismo de la tercera edad;
28. Considera importante que se realicen y fomenten la recopilación, preparación, producción y difusión de informaciones importantes y "buenas prácticas” en la materia; insta a la Comisión a cofinanciar acciones piloto de intercambio de experiencias y de "benchmarking”, en particular de los sectores relativos a la fijación de las estrategias locales, la protección del medio ambiente, la calidad de las prestaciones y la formación en las nuevas profesiones turísticas; que para la optimización de estos objetivos deben intensificarse los efectos de sinergia mediante una estrecha cooperación y concordancia con los programas existentes;
29. Pide a la Comisión que vele por la aplicación efectiva de las reglas de competencia en los sectores estrechamente vinculados al turismo, en particular para combatir las distorsiones, los monopolios y los oligopolios que debilitan a cientos de pequeñas y medianas empresas que operan en el sector;
30. Insta a la Comisión, a los Estados miembros y a las autoridades regionales competentes a incrementar los contactos con los Estados candidatos a la adhesión y con los países de la cuenca mediterránea con el fin de mejorar o de racionalizar, en el caso de que ya existan, las formas de cooperación para el desarrollo de proyectos comunes susceptibles de crear nuevos puestos de trabajo, para definir y gestionar nuevas actividades turísticas, en el trabajo inducido, en los sectores complementarios, en la valorización de las regiones internas y del turismo relacionado con la salud, incluidos los recursos hidrotermales, los itinerarios culturales para la recuperación con fines turísticos de los pueblos en vías de abandono, etc., y también para contener el fenómeno de la emigración no cualificada;
31. Insta a los Estados miembros a adoptar medidas fiscales positivas para las pequeñas y medianas empresas, en particular las orientadas a reducir las cargas que gravan el trabajo, con el fin de favorecer el crecimiento del empleo en los sectores con alta intensidad de mano de obra, entre los cuales figuran las actividades turísticas;
32. Pide a los Estados miembros que adopten todas las medidas necesarias para facilitar el acceso de las pequeñas y medianas empresas que operan en el sector del turismo a los instrumentos comunitarios existentes (Fondos estructurales, V Programa marco de investigación, Leonardo, JEV (empresas conjuntas europeas), LIFE, etc.) y para favorecer la innovación y la colaboración;
33. Encarga a su Presidenta que transmita la presente resolución a la Comisión, al Consejo y a los Gobiernos de los Estados miembros.
- Vista la Directiva 97/67/CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a las normas comunes para el desarrollo del mercado interior de los servicios postales de la Comunidad y la mejora de la calidad del servicio(1)
,
- Vista su Resolución de 14 de enero de 1999 sobre los servicios postales de la Comunidad(2)
,
A. Reiterando una vez más su posición sobre la necesidad de un servicio universal de gran calidad como un objetivo clave de la Directiva 97/67/CE y como uno de los elementos fundamentales de cualquier política comunitaria en este ámbito,
B. Recordando que, de conformidad con el artículo 7 de la Directiva 97/67/CE, la Comisión debe presentar antes del término de 1998 nuevas propuestas sobre la continuación de una liberalización gradual y controlada del mercado postal interior y que hasta la fecha todavía no se ha presentado dicha propuesta,
C. Consciente de la importancia económica y social de los servicios postales en la Unión Europea y, por consiguiente, de la importancia de los estudios de impacto realizados por la Comisión en esta materia,
D. Considerando que, hasta la fecha, la Comisión no ha contestado a las solicitudes expuestas por el Parlamento Europeo en su citada Resolución de 14 de enero de 1999,
1. Reitera su solicitud de que la Comisión presente los diversos estudios de viabilidad sobre las repercusiones económicas y sociales de las posibilidades de liberalización, tal como está previsto;
2. Pide a la Comisión que tenga en cuenta el papel activo del Parlamento en la preparación de la nueva propuesta, como lo contempla el apartado 3 del artículo 7 de la Directiva 97/67/CE, para facilitar los procedimientos legislativos y compensar por los retrasos acumulados debidos a la no intervención de la Comisión;
3. Pide a la Comisión que adopte una posición sobre las declaraciones expuestas en su citada Resolución de 14 de enero de 1999 antes de presentar ninguna propuesta específica;
4. Encarga a su Presidenta que transmita la presente resolución al Consejo, a la Comisión, al Comité Económico y Social, al Comité de las Regiones y a los Parlamentos de los Estados miembros.