Resolución del Parlamento Europeo sobre la comunicación de la Comisión sobre la complementariedad de las políticas de la Comunidad y de los Estados miembros en el ámbito de la cooperación al desarrollo (COM(1999) 218
- C5-0179/1999
- 1999/2156(COS)
)
El Parlamento Europeo,
- Vista la comunicación de la Comisión (COM(1999) 218
- C5-0179/1999
),
- Visto el apartado 1 del artículo 47 de su Reglamento,
- Visto el informe de la Comisión de Desarrollo y Cooperación (A5-0227/2000
),
A. Recordando sus resoluciones de 28 de octubre de 1993(1)
sobre coordinación reforzada de la ayuda al desarrollo de los Estados miembros y de la CEE, de 21 de febrero de 1997(2)
sobre la comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo sobre la complementariedad entre la política comunitaria de cooperación al desarrollo y las políticas de los Estados miembros y de 17 de febrero de 2000 sobre la coherencia de las diferentes políticas de la Unión con la política de desarrollo(3)
,
B. Recordando que, de conformidad con el artículo 177 del Tratado CE, la política de la Comunidad en el ámbito de la cooperación al desarrollo será complementaria de las llevadas a cabo por los Estados miembros,
C. Recordando la resolución del Consejo de 21 de mayo de 1999 relativa a la complementariedad;
D. Recordando que, en virtud del artículo 180 Tratado CE, la Comunidad y los Estados miembros coordinarán sus políticas en materia de cooperación al desarrollo y concertarán sus programas de ayuda, también en el marco de organizaciones internacionales y de conferencias internacionales,
E. Recordando que la Unión Europea es el primer donante mundial de ayuda pública al desarrollo,
F. Considerando que la complementariedad de las políticas de desarrollo debería formar parte de una estrategia global que incluyera asimismo la coherencia y la coordinación de dichas políticas,
G. Recordando, en particular, que en diversas ocasiones ha subrayado la importancia de avanzar en materia de coordinación y complementariedad, con el fin de realizar mejor los objetivos de la política europea de desarrollo, pero lamentando la falta de voluntad política real demostrada hasta ahora por el Consejo y los Estados miembros, en este sentido,
H. Considerando que la diferencia de perspectivas a que obedecen las políticas nacionales y la política europea es una de las causas de la falta de coordinación entre la política comunitaria de ayuda al desarrollo y las políticas naciones de las Estados en este ámbito,
I. Convencido de que la Unión Europea constituye el nivel adecuado para remover los obstáculos políticos y avanzar hacia el objetivo de la complementariedad de las políticas de los Estados miembros y de la Comunidad,
J. Considerando que en aquellas ocasiones en que la Comisión y los Estados miembros han actuado coordinadamente en el marco de organizaciones y conferencias internacionales, como es el caso, por ejemplo, de la Conferencia de Pekín y la Conferencia de El Cairo, los resultados han sido plenamente satisfactorios,
K. Considerando los nuevos mecanismos que se han puesto en práctica por parte de las instituciones de Bretton Woods a partir de 1999, entre los que destacan el Marco integral de desarrollo (Comprehensive Development Framework) y el Documento estratégico de lucha contra la pobreza (Poverty Reduction Strategy Paper),
L. Manifestándose favorable a la propuesta de la Comisión, y esperando que permita avanzar en el ámbito de la complementariedad,
M. Considerando que los retos mundiales, en particular las desigualdades y las disparidades que crecen conforme avanza la mundialización, imponen un refuerzo de la política de cooperación al desarrollo de la Unión Europea, y que los avances en materia de complementariedad permitirían este refuerzo,
N. Considerando que la Comisión prevé en su comunicación sobre la reforma de la gestión de la ayuda exterior la simplificación del procedimiento de comitología,
1. Lamenta que los objetivos más importantes de la ayuda de la Unión Europea, a saber, la complementariedad, la coordinación y la coherencia, se examinen por separado y no de forma coherente;
2. Pide al Consejo y a la Comisión que aceleren sus trabajos en materia de complementariedad, y, en particular, que apliquen las diversas resoluciones adoptadas por el Consejo y el Parlamento europeo sobre el tema;
3. Celebra que en el último periodo, y sobre la base de las experiencias piloto realizadas en algunos países, se haya podido avanzar en la transmisión de informaciones y la concertación sobre el terreno;
4. Considera, no obstante, que los Estados miembros deben intensificar los intercambios de información y la comunicación con la Comisión a fin de mejorar la coordinación entre ellos y hacer factible la complementariedad de las políticas de desarrollo;
5. Lamenta, sin embargo, que la Comisión no haya elaborado un balance de conjunto, que habría permitido poner de manifiesto las dificultades y, quizás, precisar más los medios para avanzar con mayor rapidez;
6. Considera, como el Consejo y la Comisión, que la coordinación operacional, siempre que se realice en un marco coherente, es el mejor medio para realizar el objetivo de complementariedad de las políticas de los Estados miembros y de la política comunitaria y poder influir de manera significativa en los mecanismos de coordinación internacional que incluyen a todos los donantes;
7. Pide al Consejo y a la Comisión que modifiquen el sistema de comitología concentrando la participación de los Estados miembros en la fase de programación, de manera que se garantice la complementariedad en la programación y una mayor agilidad en la fase de ejecución de proyectos individuales;
8. Aprueba las propuestas de la Comisión en materia de coordinación operativa y de gestión de los recursos humanos de la Unión;
9. Hace hincapié en que un requisito indispensable para lograr una mayor complementariedad es la descentralización de las capacidades decisorias, tanto dentro de la UE como dentro las administraciones de cooperación para el desarrollo de los Estados miembros, y pide a la Comisión que, a la mayor brevedad posible, exponga sus proyectos de fortalecimiento del proceso de descentralización;
10. Considera que es necesario, para mejorar la eficacia de la ayuda comunitaria, un aumento de los recursos humanos de la Comunidad dedicados a gestionar los fondos de cooperación al desarrollo;
11. Considera conveniente que la Comisión haya seleccionado una serie de ámbitos en los que dispone de ventajas particulares, pero lamenta que entre ellos no se haya incluido la responsabilidad general de reflexión y de propuesta en materia de política de desarrollo; esta reflexión, realizada en estrecha colaboración con los Estados miembros, constituye una condición indispensable para alcanzar el objetivo de la complementariedad, y permite, además, hacer valer las sensibilidades y las concepciones europeas en los foros internacionales;
12. Considera prioritario reforzar la coherencia, en el sentido amplio del término, de las acciones de desarrollo de la Unión Europea, con el fin de mejorar la eficacia de las políticas de la Unión Europea y su credibilidad;
13. Pide a la Comisión que elabore a la mayor brevedad posible un plan de acción operativo para determinar y proponer los ámbitos de acción y los instrumentos prioritarios que permitan acelerar la puesta en práctica de la complementariedad;
14. Considera que la Comisión debería ir más allá de la presente comunicación y presentar un texto de conjunto que abarcara la complementariedad, la coherencia y la coordinación, con el fin de reforzar en términos generales las políticas de desarrollo comunitarias y bilaterales en el seno de la Unión Europea, y aumentar así la visibilidad de la misma;
15. Lamenta que la cuestión de la coordinación en los ámbitos internacionales, de importancia decisiva, no reciba atención suficiente en las preocupaciones expresadas por la Comisión y en las propuestas que presenta;
16. Invita al Consejo y a la Comisión a que, en el marco de la complementariedad, la coherencia y la coordinación operativa de la cooperación tengan en cuenta la existencia de agentes no gubernamentales, particularmente las ONGD, y apoye y estimule su participación en las instancias de coordinación comunitarias y de los Estados miembros;
17. Destaca que la coordinación in situ, para ser eficaz, debería llevarse a cabo bajo la responsabilidad de los países afectados en el marco de las estrategias elegidas por éstos;
18. Señala, al igual que la Comisión, que los avances en materia de complementariedad requieren a la vez una voluntad política suficiente y medios operativos; celebra que en los últimos tiempos esta voluntad política se haya reforzado a nivel general en la Unión, a pesar de la reticencia de algunos Estados miembros, pero reclama que este refuerzo de la voluntad política se vea reflejado en acciones concretas;
19. Pide al Consejo y a la Comisión que informen al Parlamento de los progresos concretos que se hagan con las iniciativas proyectadas y actuales de promoción de la complementariedad, especialmente en relación con el proceso de elaboración de los documentos estratégicos nacionales;
20. Lamenta que, como sucede en otros ámbitos de la política de desarrollo, la Comisión no disponga de los medios suficientes de reflexión y de análisis, lo que la lleva a utilizar trabajos realizados por organismos que no tienen la misma sensibilidad política y social que la UE y pide en consecuencia un refuerzo suficiente de las capacidades de la Comisión en esta materia;
21. Deplora que la Comisión no haya realizado un balance de la coordinación en los ámbitos internacionales y pide que se lleve a cabo un estudio sobre las posibilidades reales de coordinación de la Comisión y los Estados miembros en organizaciones y conferencias internacionales, con el objetivo de hacer más complementarias y eficaces sus actuaciones en estos foros; pide al secretario General del Consejo y Representante de la PESC la elaboración de un estudio sobre las posibilidades de coordinación de las posiciones de los Estados miembros en los distintos foros internacionales;
22. Pide encarecidamente que se ponga en práctica a la mayor brevedad posible el marco armonizado para los documentos de estrategia por países de la Comunidad, presentado por la Comisión;
23. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que coordinen sus servicios en el exterior a fin de que la complementariedad sea efectiva sobre el terreno; pide a la Comisión, en este sentido, que contemple el objetivo de la complementariedad en sus previsiones de descentralización y de reforma de las delegaciones;
24. Encarga a su Presidenta que transmita la presente resolución al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos de los Estados miembros.