Resolución del Parlamento Europeo sobre la gestión de la política regional y de los Fondos Estructurales (2001/2066(INI))
El Parlamento Europeo,
– Visto el artículo 158 del Tratado constitutivo de la CE,
– Visto el artículo 163 de su Reglamento,
– Visto el informe de la Comisión de Política Regional, Transportes y Turismo (A5&nbhy;0006/2002),
A. Considerando que el objetivo de las acciones de los Fondos Estructurales de la UE es fortalecer la cohesión económica, social y territorial y reducir las diferencias de desarrollo entre las regiones así como fomentar su desarrollo sostenible, en particular, en las regiones que se encuentran en una situación más desfavorecida, en las regiones ultraperiféricas, en las regiones insulares y en las zonas rurales,
B. Considerando que las políticas económicas nacionales y las diferentes áreas de política de la UE, sus objetivos y medidas han de coordinarse de tal forma que se respalden mutuamente y contribuyan a fortalecer la cohesión social, económica y territorial,
C. Considerando que la futura ampliación constituirá un gran reto para la política de cohesión y dará lugar a presiones para que se realicen reformas en la política regional,
D. Considerando que también se están detectando problemas en la ejecución de los Fondos Estructurales en el período que acaba de comenzar, por lo que ahora sería un buen momento para evaluar la situación con arreglo a las experiencias del anterior y del actual período de programación y estudiar fórmulas para su mejora,
E. Recordando que el objetivo fundamental de la reforma de los Fondos Estructurales llevada a cabo por la Agenda 2000 era la simplificación, lo cual se ha llevado a cabo en lo que se refiere tanto al número de programas objetivo como de iniciativas comunitarias,
F. Considerando que, tras las mejoras introducidas por la reforma de los Fondos Estructurales por parte de la Agenda 2000, la ejecución de los mismos deberá seguir progresando y que estos avances serán también posibles en el marco de la legislación vigente,
1. Considera que en la ejecución de los Fondos Estructurales se deberá lograr un aprovechamiento de los créditos eficaz y orientado a los resultados, una ejecución de los proyectos acorde con el calendario, la mejor calidad posible de los proyectos y un control adecuado, por parte de la Comisión y las autoridades nacionales, de la correcta utilización de los créditos;
2. Hace hincapié en que la financiación debe orientarse de la manera más directa y eficaz posible a las regiones y comunidades locales a través de los gobiernos nacionales; considera que las regiones deben poder diversificarse a fin de aprovechar los Fondos Estructurales eficazmente; que las acciones deben dirigirse a las regiones y comunidades locales que tengan una gran necesidad de ayuda y padezcan problemas específicos y que sean capaces de aprovechar la ayuda de manera eficaz;
3. Lamenta la poca información disponible sobre buenas prácticas e insta a la Comisión a que mejore su información en este aspecto; recuerda que quienes se encargan a nivel regional y local de la aplicación consideran que las oportunidades de formación y las reuniones deberían utilizarse como instrumentos de apoyo, junto con las publicaciones e Internet, para la difusión de las buenas prácticas;
Negociaciones de los programas
4. Considera lamentable que para las negociaciones sobre los documentos de los programas se empleara una media de entre ocho y doce meses en lugar del plazo establecido de cinco meses; expresa su sorpresa ante el hecho de que, casi dos años después del inicio del período de programación, aún no se hayan aprobado todos los programas, pero señala igualmente que esto se ha debido a los retrasos en que han incurrido algunos Estados miembros;
5. Señala que la Comisión aprobó las orientaciones generales con tanto retraso que la preparación de los programas ya estaba muy avanzada en los Estados miembros y en las regiones;
6. Lamenta el enorme retraso de la Comisión en aprobar los documentos de orientación de las iniciativas comunitarias y de las acciones innovadoras; recuerda que este retraso dio lugar a la pérdida de parte de los créditos para acciones innovadoras;
7. Considera que los Estados miembros deben hacer frente a sus propias responsabilidades y crear las condiciones para que puedan respetarse los plazos y normas establecidos para las negociaciones de los programas; hace hincapié en que debería existir un plazo dentro del cual la Comisión debiese dar su respuesta;
8. Pide a la Comisión que reflexione acerca de la posibilidad de diferenciar los períodos de programación de los programas objetivo de los de las iniciativas comunitarias a fin de que no se produzcan pausas entre los períodos de programación y que la fase de elaboración de todos los programas y las negociaciones no se produzcan al mismo tiempo, como de hecho ocurre actualmente debido a los retrasos;
9. Considera que se podrían seguir unificando y simplificando las directrices para la elaboración de los programas; observa que algunos Estados miembros desearían una relación y unos contactos más directos con la Comisión; recuerda que no se conseguirá incluir a empresas en los programas si los procesos son largos y complicados;
10. Insta a la Comisión y a los Estados miembros a que comprueben si la parte complementaria del documento del programa responde a los objetivos iniciales consistentes en hacer más flexible la ejecución de los programas y aumentar la calidad de los mismos;
Gestión y ejecución
11. Insta a los Estados miembros a que desarrollen sistemas de gestión y control adecuados y a que vinculen la evaluación de los programas a la toma de decisiones; hace hincapié en que los Estados miembros y las autoridades regionales y locales, principalmente en los países candidatos, deben destinar recursos humanos suficientes y cualificados para la gestión de los programas de los Fondos Estructurales;
12. Lamenta que en algunos Estados miembros la política rectora de la administración central dificulte la ejecución de los programas de los Fondos Estructurales en las regiones; considera que la administración central no debería desempeñar un papel dominante, sino más bien de coordinación, apoyo y garante del control de legalidad;
13. Hace hincapié en que los programas y proyectos no deberían estar demasiado fragmentados; considera que la gestión y sus gastos, así como el control y el seguimiento deberían ser flexibles y proporcionales a la importancia del programa o proyecto en su conjunto; insta a los Estados miembros y a la Comisión a estudiar cuál sería el nivel adecuado de gestión y de seguimiento en el caso de los proyectos pequeños;
14. Considera que la evaluación debería dejar de ser únicamente un puro mecanismo de control final y casi exclusivamente financiero para pasar a integrar desde el inicio la programación y la elaboración de proyectos con el fin de ayudar a simplificar la gestión, el seguimiento y el control, y que esta evaluación deberá incluir prioritariamente no sólo los indicadores financieros sino indicadores de la calidad de los programas y proyectos y su eficacia social y cohesiva;
15. Insta a la Comisión a presentar propuestas concretas (por ejemplo, vía las buenas prácticas) de gestión y simplificación más flexibles y con mayor capacidad de adaptación a los cambios producidos por la aceleración de la coyuntura económica, social y medioambiental que, de hecho, condiciona la aplicación y continuidad de programas y proyectos; en este sentido, insta a la Comisión a elaborar un mecanismo suficiente de respuesta rápida ante acontecimientos de tipo catástrofe natural o medioambiental, reestructuración industrial, movimientos migratorios, etc.;
16. Considera que aún deberían mejorarse la evaluación de los proyectos y los criterios utilizados; señala que las regiones pueden utilizar también como instrumento para la evaluación de la calidad de los programas y proyectos los indicadores de eficacia orientativos que se siguen en el procedimiento presupuestario; considera que las normas de los diferentes Fondos deberían ser más uniformes y que incluso se debería conseguir un Fondo único de desarrollo regional en 2007;
17. Señala que la cooperación se considera beneficiosa en los Estados miembros y en las regiones y que se ha respetado satisfactoriamente, si bien de diferentes maneras, en los diferentes Estados miembros; lamenta que la cooperación se haya aplicado de manera desigual en los distintos Estados miembros y que se haya consultado a algunos sectores (ONG, comunidades locales, etc.) sólo en la última fase;
18. Exige que se respete el principio de adicionalidad y que se controle su respeto de manera eficaz; considera que debería intensificarse el seguimiento de este principio y aclararse las disposiciones; exige que la Comisión reforme y clarifique las normas relativas al respeto de la adicionalidad; considera que también debería hacerse un seguimiento de la adicionalidad en el marco del programa y a nivel regional; pide, por último que se prevea un régimen de sanciones adecuado para los casos en que no se respete este principio;
19. Considera que, a pesar de que la reserva de eficacia es, por su importe, marginal, puede resultar, en principio, un estímulo importante para las regiones, sobre todo al aplicarse en el territorio de un Estado miembro; considera que la reserva de eficacia debe dirigirse allí donde se puedan obtener más resultados con los recursos adicionales;
20. Lamenta que las regiones consideren complicados los proyectos comunitarios cofinanciados, transfronterizos y transnacionales; recuerda que con los proyectos transfronterizos y transnacionales se puede obtener un valor añadido real; pide que se defina el concepto de zona transfronteriza, habida cuenta también del proceso de ampliación en curso y de los programas previstos para las regiones y las zonas transfronterizas y destinados específicamente a ellas;
21. Insta a la Comisión a que evalúe si se han tenido suficientemente en cuenta las necesidades de las zonas urbanas y rurales en el nuevo programa del objetivo 2 y si se ha logrado la compatibilidad de las iniciativas comunitarias URBAN y LEADER con los programas del objetivo 2;
Financiación
22. Lamenta que las regiones sigan percibiendo que las normas de financiación son complicadas, hasta cierto punto confusas y de variada interpretación; considera que las instrucciones deberían ser sencillas y claras y que las regiones deberían recibir suficiente asesoramiento y orientación a la hora de aplicar las normas;
23. Considera que la norma de financiación n+2 es necesaria y debe respetarse;
24. Insta a aquellos Estados miembros que cuentan con los mayores remanentes de pago en el anterior período de programación de los Fondos Estructurales a que los utilicen y a que eviten los retrasos en el actual;
25. Considera que durante el período de programación de los Fondos Estructurales debe haber cierta flexibilidad para modificar los porcentajes de financiación de las diferentes acciones, prioridades, programas e incluso fondos, intercambiándolos entre sí con el acuerdo expreso del Estado miembro interesado y de la Comisión;
26. Insta a la Comisión a que halle soluciones rápidas y eficaces al problema de la cofinanciación de los proyectos financiados a partir de los fondos sectoriales en los Estados miembros, cuando dicho problema exista, mediante un diálogo con los Gobiernos nacionales y los interlocutores sociales;
Seguimiento y control
27. Opina que la importancia y las posibilidades de ejecución de los proyectos deben clarificarse de manera realista en la fase de aprobación y debe comprobarse si los objetivos establecidos y el contenido de los programas responden a las necesidades reales de las regiones y si las normas son lo suficientemente flexibles; señala que la calidad de las evaluaciones ex ante del período de programación iniciado varía considerablemente, según la Comisión, entre los Estados miembros y las regiones;
28. Considera que deben evitarse los controles paralelos y que las instancias que controlan la financiación deben homogeneizar las inspecciones; recuerda que un exceso de control reduce la innovación;
29. Considera que el Parlamento debería hacer un seguimiento más eficaz de la calidad y los resultados de los programas de los Fondos Estructurales y mejorar el seguimiento presupuestario; subraya que el Parlamento debería contar con canales claros y transparentes en la obtención de información y en la organización del seguimiento; considera que la Comisión debe proporcionar informes periódicos y actualizaciones sobre el rendimiento económico y la calidad de los programas de los Fondos Estructurales para ayudar al Parlamento Europeo a ejercer más rigurosamente el control de los programas;
30. Considera que la función del Parlamento Europeo en el control, el seguimiento y la evaluación de la política estructural es una garantía para los ciudadanos de la eficacia de las políticas comunitarias en materia regional, por ello resulta primordial la visibilidad y protagonismo de esa función; propone establecer, a fin de proporcionar a la comisión competente información de fondo sobre la gestión de la política regional comunitaria, un grupo de trabajo oficioso que vigile la aplicación de los programas de los Fondos Estructurales y su ejecución presupuestaria y evalúe los resultados de los mismos;
31. Considera que los informes anuales de los Fondos Estructurales y del Fondo de Cohesión aparecen demasiado tarde para poder funcionar como instrumentos de evaluación eficaces y que no son suficientes para llevar a cabo un seguimiento eficaz de la ejecución de los Fondos Estructurales;
32. Insta a la Comisión a seguir realizando las revisiones anuales estratégicas de los programas de los Fondos estructurales y, por consiguiente, a seguir mejorando la evaluación y la elaboración de informes sobre la ejecución de los Fondos Estructurales; considera que el seguimiento actual se centra excesivamente en el grado de ejecución del presupuesto y que el seguimiento de la calidad debería desempeñar un papel más importante, incluyendo la contribución a la puesta en práctica de las estrategias de la Unión referentes al desarrollo sostenible y al empleo;
33. Considera que en las regiones y en los Estados miembros se debería intentar llevar a cabo un autocontrol de la ejecución de los programas y proyectos, así como mejorar, por propia iniciativa, la gestión de las acciones de los Fondos Estructurales y la calidad y la eficacia de los programas y proyectos;
34. Considera que la aplicación de los programas y proyectos debería reforzarse aún más a través de estudios sobre la eficacia de los recursos, de estrategias de salida claramente expresadas y de un mayor uso de medidas de liberación de créditos para aquellos proyectos que no se hayan puesto aún en marcha dos años después de su aprobación;
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35. Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución al Consejo y a la Comisión.