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 Texto íntegro 
Procedimiento : 2002/0167(CNS)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : A5-0336/2002

Textos presentados :

A5-0336/2002

Debates :

Votaciones :

Textos aprobados :

P5_TA(2002)0477
P5_TA(2002)0478
P5_TA(2002)0479
P5_TA(2002)0480
P5_TA(2002)0481
P5_TA(2002)0482
P5_TA(2002)0483
P5_TA(2002)0484
P5_TA(2002)0485
P5_TA(2002)0486
P5_TA(2002)0487
P5_TA(2002)0488
P5_TA(2003)0108
P5_TA(2003)0109
P5_TA(2003)0110
P5_TA(2003)0111
P5_TA(2003)0112
P5_TA(2003)0113
P5_TA(2003)0114
P5_TA(2003)0115
P5_TA(2003)0116
P5_TA(2003)0117
P5_TA(2003)0118
P5_TA(2003)0119

Textos aprobados
PDF 197kWORD 28k
Jueves 27 de marzo de 2003 - Bruselas
Modificación de los actos constitutivos del Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional a raíz del nuevo Reglamento financiero *
P5_TA(2003)0119A5-0336/2002

Resolución legislativa del Parlamento Europeo sobre la propuesta de Reglamento del Consejo por el que se modifica el Reglamento (CEE) n° 337/75 en lo referente a las normas presupuestarias y financieras aplicables al Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional, así como al acceso a los documentos de dicho Centro y se deroga el Reglamento (CEE) n° 1416/76 (COM(2002) 406 – C5&nbhy;0439/2002 – 2002/0180(CNS))

(Procedimiento de consulta)

El Parlamento Europeo,

–  Vista la propuesta de la Comisión al Consejo (COM(2002) 406(1)),

–  Consultado por el Consejo, de conformidad con el artículo 308 del Tratado CE (C5-0439/2002),

–  Visto el artículo 67 de su Reglamento,

–  Vistos el informe de la Comisión de Presupuestos y las opiniones de la Comisión de Control Presupuestario y de la Comisión de Comisión de Libertades y Derechos de los Ciudadanos, Justicia y Asuntos Interiores (A5-0336/2002),

1.  Aprueba la propuesta de la Comisión en su versión modificada en la sesión del 22 de octubre de 2002(2);

2.  Pide a la Comisión que modifique en consecuencia su propuesta, de conformidad con el apartado 2 del artículo 250 del Tratado CE;

3.  Pide al Consejo que le informe, en caso de que pretenda apartarse del texto aprobado por el Parlamento;

4.  Solicita la apertura del procedimiento de concertación previsto en la Declaración común de 4 de marzo de 1975, en caso de que el Consejo pretenda apartarse del texto aprobado por el Parlamento;

5.  Pide que se le consulte de nuevo, en caso de que el Consejo se proponga modificar sustancialmente la propuesta de la Comisión;

6.  Encarga a su Presidente que transmita la posición del Parlamento al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas.

(1) DO C 331 E de 31.12.2002, p. 82.
(2) P5_TA(2002)0488

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