Resolución del Parlamento Europeo sobre "Una Europa más amplia. Relaciones con los países vecinos: un nuevo marco para las relaciones con nuestros vecinos del Este y del Sur de Europa" (COM(2003) 104 - 2003/2018(INI))
El Parlamento Europeo,
– Vista la Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo "Una Europa más amplia. Relaciones con los países vecinos: un nuevo marco para las relaciones con nuestros vecinos del Este y del Sur de Europa" (COM(2003) 104),
– Vista la Comunicación de la Comisión "Sentar las bases de un nuevo instrumento de vecindad" (COM(2003) 393),
– Vista la Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo "Un nuevo impulso a las iniciativas de la UE en el ámbito de los derechos humanos y la democratización, en colaboración con los socios mediterráneos - Orientaciones estratégicas" (COM(2003) 294),
– Vista la propuesta de la Comisión de un Reglamento del Consejo relativo al establecimiento de un régimen de tráfico fronterizo menor en las fronteras terrestres exteriores de los Estados miembros (COM(2003) 502),
– Visto el documento titulado "Una Europa segura en un mundo mejor" elaborado por el Alto Representante de la UE para la PESC, respaldado por el Consejo Europeo en Salónica el 20 de junio de 2003,
– Vistas las Conclusiones del Consejo de 16 de junio de 2003 sobre "Una Europa más amplia. Relaciones con los países vecinos",
– Visto el Segundo plan de acción de la Comisión para la dimensión septentrional, respaldado por el Consejo Europeo en Bruselas en octubre de 2003,
– Visto el Informe sobre el Desarrollo Humano Árabe referido al año 2002 publicado por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD),
– Vista su Resolución de 11 de junio de 2002 sobre las relaciones entre la Unión Europea y la Unión del Magreb Árabe: puesta en marcha de una cooperación privilegiada,(1)
– Vista su Resolución de 16 de enero de 2003 sobre el Plan de acción (2004-2006) para la dimensión septentrional,(2)
– Vista su Resolución de 19 de junio de 2003 sobre la Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento relativa a un método abierto de coordinación de la política comunitaria en materia de inmigración y sobre la Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento "Integración de las cuestiones de migración en las relaciones de la Unión Europea con países terceros"(3),
– Vistas sus anteriores resoluciones sobre los países y regiones limítrofes de la UE ampliada,
– Vistos el apartado 2 del artículo 47 y el artículo 163 de su Reglamento,
– Vistos el informe de la Comisión de Asuntos Exteriores, Derechos Humanos, Seguridad Común y Política de Defensa y la opinión de la Comisión de Presupuestos (A5&nbhy;0378/2003),
A. Considerando que para la UE ampliada es esencial no tener unas fronteras exteriores cerradas y definir una estrategia para las relaciones con los vecinos del este y del sur de la Unión Europea ampliada y aplicarla para compartir y desarrollar la paz, la estabilidad, el respeto de los derechos humanos, la democracia y la prosperidad a una gran zona común y contribuir así positivamente a la construcción de un nuevo orden internacional basado en el multilateralismo,
B. Considerando el gran interés que reviste para la UE, habida cuenta del éxito de la experiencia en los países adherentes de la Europa Central y Oriental, que se dé un nuevo impulso a la construcción, en los países de la Europa Oriental, de una sociedad democrática, basada firmemente en el Estado de Derecho, respetuosa de los derechos humanos y en transición hacia una economía de mercado y unos sistemas sociales y de protección del medio ambiente eficientes y sostenibles; considerando que, en este contexto, la UE debería dar incentivos y brindar apoyo a todos los niveles apropiados, teniendo en cuenta las necesidades de la nueva situación en la nueva frontera Schengen de la Europa Oriental,
C. Considerando que todos los países situados en la nueva frontera exterior oriental de la UE han de hacer frente a problemas estructurales similares, pero parece indispensable realizar un análisis específico por país con el fin, por ejemplo, de tener en cuenta la gestión del conflicto en Chechenia, el déficit democrático en Belarús, los conflictos regionales en torno a Nagorno Karabaj, Abjazia u Osetia del Sur, así como los problemas con Moldova a raíz de la situación en la región de Transdniéster, que dificultan los progresos generales en los sectores político y económico,
D. Considerando que uno de los desafíos de la estrategia relativa a una Europa más amplia - Relaciones con los países vecinos será lograr en los países interesados un nuevo impulso para compartir con la UE los valores de la seguridad, la democracia y una economía de mercado estable, y que la perspectiva de un acuerdo de asociación, como posible marco futuro para las relaciones con la UE, podría constituir un estímulo adecuado para los países con los que la UE actualmente no mantiene acuerdos de este tipo,
E. Considerando que la estrategia relativa a una Europa más amplia - Relaciones con los países vecinos que acaba de iniciarse corresponde ciertamente a la tarea más importante de la UE, a saber contribuir a la paz, la seguridad, la democracia y la estabilidad económica allí donde le sea posible; que esta estrategia debe evitar, por tanto, que surja una nueva línea de separación con nuestros vecinos orientales dentro de Europa,
F. Considerando, a este respecto, que el mensaje que se desprende de la declaración conjunta de finales de septiembre de 2003 de Rusia, Ucrania, Belarús y Kazajstán sobre la creación de un espacio económico común para finales de septiembre debe examinarse teniendo en cuenta la iniciativa sobre una Europa más amplia - Relaciones con los países vecinos,
G. Considerando que las relaciones de buena vecindad entre las dos orillas de la frontera marítima mediterránea revisten una importancia aún mayor para la Europa ampliada, y que, en paralelo con su actual ampliación al Este del continente europeo, la Unión Europea debe, también, profundizar y reforzar sus lazos con sus vecinos mediterráneos y del Oriente Próximo,
H. Considerando que situaciones diferentes en los Estados vecinos del Este y el Sur deben dar lugar a planteamientos equitativos pero diversos con el fin de hacer posible la creación, en el momento debido, de una zona de bienestar y valores comunes sobre la base de una integración económica más profunda, unas relaciones políticas y culturales más intensas y una cooperación transfronteriza más estrecha,
I. Considerando que la prevención de conflictos, la solución pacífica de los existentes y la lucha contra el terrorismo deben constituir el punto de partida de la estrategia de seguridad europea, y valorando positivamente las primeras orientaciones que figuran en el documento presentado a la Consejo Europeo de Salónica por el Alto Representante de la PESC,
J. Considerando que también es necesario desarrollar medios para abordar con mayor eficacia los desafíos relacionados con la seguridad no militar como los riesgos nucleares, la contaminación grave, el contrabando de armas y las actividades de las redes de delincuencia internacional y criminalidad organizada, incluidos los graves delitos de traficar con drogas, con inmigrantes ilegales y el tráfico de mujeres y niños para su explotación con fines sexuales,
K. Considerando que la nueva política de Europa más amplia - Relaciones con los países vecinos tendrá que evaluar las actuales políticas y acuerdos de la UE si se pretende que signifique un paso adelante, con independencia de las actuales y futuras aspiraciones de algunos de los países interesados en adherirse a la UE a largo plazo o en establecer relaciones contractuales particulares con ella, y no en contradicción con estas aspiraciones,
L. Considerando que, en la Comunicación de la Comisión titulada "Una Europa más amplia. Relaciones con los países vecinos: un nuevo marco para las relaciones con nuestros vecinos del Este y del Sur de Europa", se examinan las relaciones con Rusia, los NEI occidentales y los países vecinos mediterráneos y que, por consiguiente, sus eventuales repercusiones presupuestarias se inscribirían actualmente en la rúbrica 4 del presupuesto de la UE (acciones exteriores),
M. Considerando que el nuevo marco propuesto no se ha reflejado todavía plenamente en medidas concretas ni contiene elementos suficientemente firmes que permitan a la Autoridad Presupuestaria evaluar sus repercusiones presupuestarias definitivas, y que la Comisión anuncia que tales repercusiones se reflejarán en las propuestas presupuestarias de ejercicios siguientes,
1. Declara que la nueva frontera de la Unión ampliada debería ser considerada una ocasión positiva para los países y regiones directamente afectados, con el objetivo de establecer una red de relaciones profundizadas; en consecuencia, considera que la misión de la Unión Europea debería ser desarrollar un modelo amplio y efectivo de vecindad con estos países y regiones, capaces de favorecer la búsqueda de soluciones más eficaces a los problemas que plantean la interdependencia y la globalización;
2. Considera, a este respecto, que es necesario definir un sistema coherente de relaciones entre los 25 países de la Unión ampliada, aquellos con los que, en diversos términos, se está ya de acuerdo sobre su futura adhesión a la Unión y aquellos cuyas posibilidades de adhesión no están decididas todavía, así como con todos los demás vecinos, basado en el respeto de los derechos humanos, de la democracia y del Estado de Derecho, del diálogo entre culturas y del codesarrollo por medio de políticas convergentes, prestando atención específica a las diferentes realidades subregionales;
3. Opina que la política de una Europa más amplia - Relaciones con los países vecinos y el nuevo instrumento de vecindad deben emplearse en nuestras relaciones con todos nuestros vecinos y que la dimensión geográfica de la "vecindad" debe tomar en consideración todas las áreas esenciales para garantizar una continuidad territorial efectiva y la sostenibilidad política de la estrategia de la Unión y, al mismo tiempo, deben establecer unas diferencias claras entre las regiones y países cubiertos, en particular, en función de los tipos de problemas de que se trate, de su nivel de respeto de la democracia y los derechos humanos y las libertades individuales, y de su interés y capacidad para entablar una cooperación más estrecha;
4. Señala que, con este fin, los acuerdos, los contactos económicos y los vínculos culturales ya existentes constituyen, por una parte, un punto de partida adecuado para profundizar las estructuras que han demostrado ser válidas, pero que, por otra, se ha de tomar en consideración la diferencia en las situaciones de nuestros vecinos orientales y meridionales;
5. Hace hincapié específicamente en los instrumentos ya existentes (acuerdos de asociación, iniciativa comunitaria INTERREG y programas PHARE, TACIS, CARD, MEDA, así como los acuerdos de asociación y cooperación y de libre comercio), y subraya que ningún tercer país ha de verse obstaculizado en su progreso individual por las deficiencias que presenten otros países terceros en el sector correspondiente;
6. Afirma que el análisis de las nuevas amenazas a la seguridad global derivadas del terrorismo, de los conflictos regionales, de los conflictos étnico-religiosos, de los fundamentalismos extremistas y de los que recurren a la violencia en nombre de la religión requiere una capacidad aún mayor de desarrollar políticas incluyentes basadas en un multilateralismo eficaz y democrático;
7. Apoya el uso de la política de una Europa más amplia - Relaciones con los países vecinos como uno de los instrumentos para el ulterior desarrollo de la asociación UE-Rusia pero considera que, por razones relacionadas con su tamaño, recursos y sus propias ambiciones, las relaciones UE&nbhy;Rusia fuera de este marco continuarán siendo muy importantes; subraya, no obstante, que no debe haber diferencias en términos de atención al respeto de los derechos humanos y espera que Rusia dé pasos concretos en este ámbito; reafirma que la situación actual en Chechenia y el estado de la democracia suponen en la actualidad obstáculos al pleno desarrollo de la asociación UE-Rusia;
8. Pide que la Comisión y el Consejo, dentro de la incitativa de una Europa más amplia - Relaciones con los países vecinos, desarrollen una política específica para los países del sur del Cáucaso, con especial interés en la prevención de conflictos;
9. Pide asimismo que las relaciones con el Mediterráneo tomen en consideración, además de a los países que ya forman parte de la Asociación Euromediterránea, a Libia y Mauritania, que participan en ésta última como observadores y que pertenecen sobre todo a la Unión del Magreb Árabe, que se encuentra en formación;
10. Pide que se preste una particular atención a los países del AELC, es decir, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza, y a los países del continente europeo que, por su dimensión o por propia decisión, no han participado en el proceso de ampliación de la Unión (Andorra, Mónaco, San Marino y la Santa Sede), pero ya están integrados de distintas formas en estructuras europeas y, por lo tanto, pueden contribuir activamente al desarrollo de este proceso;
11. Subraya que la puesta en marcha de la nueva política de una Europa más amplia - Relaciones con los países vecinos no debe tener absolutamente ningún efecto en el estatuto de países candidatos que tienen Bulgaria y Rumania (con el objetivo de adherirse en 2007) y Turquía (en diciembre de 2004, el Consejo Europeo decidirá si se abren las negociaciones de adhesión y, en caso afirmativo, en qué fecha), en el posible estatuto de países candidatos que podrían obtener los países de los Balcanes Occidentales (objetivo último de adhesión a la UE confirmado por el Consejo Europeo de marzo y junio de 2003) ni en los criterios que deberán cumplirse para la adhesión en la UE;
12. Opina que, independientemente de la cuestión de una posible adhesión de Turquía, se debería incluir a este país en la nueva política de una Europa más amplia - Relaciones con los países vecinos;
13. Considera que la inclusión de los países de los Balcanes Occidentales en una nueva política global de una Europa más amplia - Relaciones con los países vecinos podrá realizarse a través de su participación en la Asociación Euromediterránea y que, en cualquier caso, se debe dar la prioridad máxima a la integración subregional en esta zona como paso esencial hacia una ulterior integración en las estructuras europeas; subraya que la plena cooperación de los países en cuestión con el Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia (TPIY) sigue siendo un factor importante de esta participación, dado que constituye la base de la reconciliación y el desarrollo de la confianza mutua entre los pueblos;
14. Considera que la nueva política de una Europa más amplia - Relaciones con los países vecinos no sólo no es contraria a las aspiraciones de algunos países europeos vecinos de adherirse a la UE o de establecer con ella relaciones contractuales de diversas clases, sino que, aunque no coincide con la política de ampliación, puede constituir un elemento importante para la aproximación de estos países a la capacidad de poder presentar, sobre la base de los progresos realizados en la aproximación a los niveles de la Unión, una solicitud de ingreso de conformidad con el artículo 49 del Tratado de la Unión; considera asimismo que la nueva política de una Europa más amplia - Relaciones con los países vecinos no debe excluir formas de asociación en una etapa ulterior;
15. Hace hincapié, mientras tanto, en que, de conformidad con el artículo 49 del Tratado de la Unión Europea, cualquier Estado europeo que respete los principios de libertad, democracia, respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales y del Estado de Derecho podrá solicitar el ingreso como miembro de la Unión y subraya que el reconocimiento inequívoco del derecho de los países que expresen sin ambigüedades sus aspiraciones europeas, como Ucrania y Moldova, a alcanzar la categoría de Estados miembros de la UE cuando satisfagan todos los criterios políticos y económicos necesarios para ello debería significar un poderoso incentivo para la cooperación de todos ellos en el marco de la iniciativa de una Europa más amplia - Relaciones con los países vecinos;
16. Considera que el instrumento de la vigilancia, ejercida por la Comisión, de la aproximación a las normas de la UE, que fue desarrollado para los países candidatos, debería ponerse a la disposición de los países que aspiren a ingresar en la UE en un futuro más o menos lejano;
17. Considera que, para tener el mayor efecto, la nueva política de una Europa más amplia - Relaciones con los países vecinos debería incluir una gran región paneuropea y mediterránea articulada en dimensiones a nivel bilateral, subregional y regional (incluida la dimensión septentrional y la cooperación en las regiones del Mar Negro y del Mar Mediterráneo); hace referencia a las diferencias geopolíticas entre los vecinos orientales y meridionales y considera que, si bien debería haber un margen importante para desarrollar la cooperación subregional y regional en el Sur, para los Estados limítrofes del Este resulta prometedor un enfoque bilateral ya que parece casi imposible lograr una cooperación regional a causa de las diferencias;
18. A este respecto, y por lo que se refiere a los nuevos vecinos de la Europa del Este:
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Reconoce que la resolución del conflicto de Transdniéster mejoraría muy considerablemente las condiciones de progreso económico y social en Moldova y liberaría a Europa de una fuente de inestabilidad; observa con interés que el Consejo examina las ideas expresadas a favor de enviar a aquella región una misión civil o militar de la UE;
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Observa que la UE proporciona a Moldova préstamos para equilibrar la balanza de pagos y que estos préstamos resultan necesarios, entre otros razones, por las barreras que la UE sigue oponiendo a los productos exportados por Moldova; lamenta que persista esta incoherencia entre las políticas comunitarias que afectan a Moldova y pide a la Comisión que aborde este asunto;
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Se congratula de la iniciativa conjunta de todos los partidos parlamentarios en su llamamiento de apoyo a la aspiración de Moldova de integrarse en la UE, que se está convirtiendo cada vez más en un elemento integrador del país;
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Señala que la situación política en Belarús, el único país con un gobierno dictatorial que queda en Europa, sigue haciendo que resulte inadecuado establecer vínculos de cooperación con este país en numerosos ámbitos; pide, sin embargo, que se intensifique el apoyo de la UE a la sociedad civil y a la oposición democrática y que se aprovechen las posibilidades existentes de apoyar el desarrollo de la sociedad civil en Belarús y subraya la importancia de preparar un plan de acción para crear las condiciones previas necesarias para establecer relaciones entre la UE y este país;
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Considera que Ucrania, por su tamaño, su situación geográfica y sus profundos vínculos históricos, culturales, económicos y de otro tipo con Europa central y occidental y con Rusia, así como por su potencial para convertirse en un socio cada vez más valioso para la UE en ámbitos esenciales, debe recibir una función de especial importancia en el contexto de la nueva política de una Europa más amplia - Relaciones con los países vecinos; apoya el deseo de Ucrania de integración y la dedicación actual del Consejo y la Comisión a la preparación del Plan de acción para Ucrania;
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Señala que el proyectado establecimiento de un espacio económico común junto con Rusia, Belarús y Kazajstán podría dificultar una mayor cooperación entre Ucrania y la UE; opina que sólo una Ucrania realmente democrática e independiente y que haya desarrollado una sociedad abierta comparable a la de los nuevos Estados miembros puede decidir su orientación final; pide una estrecho seguimiento de la situación de la democracia durante el periodo previo a las elecciones presidenciales de 2004; opina asimismo que, en apoyo de quienes respaldan el proceso de reforma, la UE debería dejar la puerta de la adhesión abierta;
19. Y, por lo que se refiere a la región mediterránea y del Oriente Medio:
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Considera que se debe refundar el actual acuerdo euromediterráneo de asociación y cooperación mediante iniciativas sectoriales bilaterales y multilaterales, bien mediante la creación de una Fundación por el Diálogo de las Culturas, situándolo en el marco más amplio de la nueva política de una Europa más amplia - Relaciones con los países vecinos; reafirma la prioridad de un desarrollo más enérgico de las relaciones subregionales en el Magreb y el Mashreq, lo que, por otra parte, constituye el objetivo último de los acuerdos de asociación concluidos de forma bilateral, pero destinados a evolucionar y a contribuir a un mayor grado de integración regional; reafirma la necesidad de que la UE ponga en marcha, en estas regiones, programas de fuerte visibilidad, velando por asociar plenamente a ellos a las sociedades civiles de los países interesados;
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Recuerda que toda cooperación multilateral euromediterránea coherente y eficaz debe integrar plenamente, más allá de las dimensiones socioeconómicas, el respeto y la defensa de los derechos humanos, la educación y la lucha contra la exclusión social y la pobreza; exige que estos principios fundamentales se apliquen con firmeza y constancia en las relaciones de la UE con sus socios mediterráneos y, muy en particular, en el marco de los programas MEDA y los acuerdos de asociación actuales y futuros;
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Preconiza, en este contexto, la transformación de los acuerdos de asociación bilaterales en acuerdos multilaterales con todos los países asociados del Proceso de Barcelona;
20. Considera que la nueva política de una Europa más amplia - Relaciones con los países vecinos puede ofrecer cooperación en torno a tres espacios políticos comunes:
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primer espacio: político, humano, cívico y cultural
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segundo espacio: de la seguridad (interior y exterior)
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tercer espacio: del codesarrollo económico y social sostenible;
y que, además, en cada uno de estos espacios puede desarrollarse un determinado número de políticas comunes;
21. Considera que el concepto de una Europa más amplia - Relaciones con los países vecinos debe comprender una política común dedicada a los derechos humanos, la ciudadanía y la democracia y el Estado de Derecho, así como una política común para el desarrollo de la sociedad civil, con especial atención a la existencia de unos medios de comunicación creíbles y al respeto del pluralismo, la educación, la investigación, la cultura y la asistencia sanitaria; acoge muy favorablemente a este respecto la reciente Comunicación de la Comisión relativa a las acciones llevadas a cabo por la UE con los socios mediterráneos en este ámbito y subraya la importancia que reviste que las recomendaciones que se recogen en ella se apliquen sistemática, firme y coherentemente, en particular por medio de objetivos y de criterios de referencia claros y públicos en los distintos planos de acción, incluyendo especialmente el respeto de los instrumentos internacionales en materia de derechos humanos; reafirma la necesidad de incluir en estas prácticas y en pie de igualdad el fomento y la protección de los derechos de la mujer; considera importante reforzar todas las modalidades de diálogo intercultural para permitir a los pueblos euromediterráneos consolidar el respeto mutuo, la comprensión y la tolerancia; recuerda el papel activo y fundamental desempeñado por el Parlamento Europeo en estos ámbitos y reafirma que la garantía de toda legitimidad democrática se basa en un mayor control democrático de estos procesos;
22. Considera que la política de una Europa más amplia - Relaciones con los países vecinos debe comprender medidas comunes en el ámbito de la inmigración ilegal, lucha contra el terrorismo, comercio ilegal, la defensa del orden jurídico internacional, la lucha contra la corrupción y la prevención y solución de conflictos, para todo lo cual deben garantizarse los principios jurídicos de la UE;
23. Considera que, habida cuenta del objetivo de desarrollar un clima de confianza y colaboración reforzada con los países vecinos, así como la cooperación regional transfronteriza, la seguridad de las fronteras exteriores de la Unión Europea en relación con el tráfico de drogas, el fraude con las subvenciones, la inmigración ilegal, el tráfico de seres humanos, la lucha contra el terrorismo y el control veterinario y alimentario debería llevarse a cabo en estrecha cooperación con los nuevos países vecinos; cree que a la hora de vigilar las fronteras exteriores deben utilizarse también el sistema de navegación Galileo y el sistema de observación por satélite GMES y que, además, deberían unificarse los equipos tecnológicos con se dotan las policías de aduanas;
24. Apoya, en particular, la propuesta de crear una agencia para la gestión y la coordinación operativa de las fronteras encargada, principalmente, de observar de manera adecuada los flujos migratorios del Este y del Sur, para establecer, además, el necesario clima de confianza y colaboración con los países vecinos;
25. Considera que la política de una Europa más amplia - Relaciones con los países vecinos debe comprender una política destinada a facilitar la libre circulación de personas, mercancías, servicios y capitales; una política macroeconómica y monetaria que salvaguarde la cohesión social, una política microeconómica y de empleo con la puesta en marcha de programas específicos de asistencia técnica y financiera, y una política de infraestructuras y redes; a este respecto, considera que debe atribuirse una importancia particular al factor energético, para el que es deseable el desarrollo de políticas convergentes de la Unión Europea y sus vecinos poseedores de recursos energéticos; finalmente, es necesario desarrollar una política medioambiental y una política social vinculadas estrechamente con las políticas económicas mencionadas;
26. Señala a la Comisión la situación sanitaria y medioambiental que sufren Belarús y Ucrania a raíz de la catástrofe de Chernóbil; pide el desarrollo de un programa de ayudas médicas y suministro de equipos hospitalarios, dada la precariedad de los recursos y medios de estos países;
27. Afirma que estos tres espacios y las respectivas políticas comunes deberán contar con una dotación financiera adecuada; en este marco, el BERD debería desempeñar un papel importante y el BEI debería recibir el mandato y los recursos apropiados para extender los préstamos a toda la Europa del Este, incluidas Moldova y Ucrania, mientras que, para el Mediterráneo y el Oriente Próximo, la filial del BEI debe desarrollarse para ser capaz de atender a las necesidades futuras de la nueva estrategia, también mediante contribuciones financieras de otros países del Mediterráneo;
28. Considera que el desarrollo de los tres espacios deberá crear ante todo las condiciones generales para compartir progresivamente con todos los países interesados unos valores y unos principios comunes; al mismo tiempo, será necesario aprovechar, sobre todo para la política del espacio económico y social, las diversas dimensiones regionales y subregionales para tener en cuenta las características específicas de las diversas zonas y los diversos países;
29. Considera, en este respecto, la conveniencia de tener en cuenta, como una nueva opción, el establecimiento de una zona de libre comercio que podría abarcar aspectos del mercado interior así como de seguridad interior y exterior ("Espacio Económico Europeo Plus") entre la UE y sus vecinos europeos, sin descartar futuras adhesiones;
30. Recuerda asimismo que uno de los objetivos del Proceso de Barcelona para el futuro es el establecimiento de una zona de libre comercio justo en el Mediterráneo, y subraya que la política de vecindad tiene como objetivo, entre otros, la reducción de la pobreza y la creación de una zona de prosperidad compartida;
31. Señala a la Comisión la existencia de eurorregiones ecológicas entre los nuevos Estados miembros y los nuevos países vecinos, como las reservas de Bialowieska (Polonia/Belarús), de Nieman (Polonia/Lituania/Belarús), de Polesia (Ucrania/Belarús/Polonia), de gran importancia para el continente europeo;
32. Acoge con satisfacción el talante general de la iniciativa de una Europa más amplia - Relaciones con los países vecinos, pero indica asimismo que las regiones afectadas ya participan en la actualidad en importantes programas de cooperación geográfica de la UE y toma nota de que la Comunicación no ofrece ninguna indicación clara sobre cómo se simplificarán esos programas o se incrementará su eficacia y cuál será su aportación, en última instancia, para la consecución de los ambiciosos objetivos de la nueva iniciativa;
33. Observa que en la Comunicación se menciona expresamente "una mayor asistencia financiera"; considera, sin perjuicio de la importancia de las relaciones con los vecinos de la Unión, que los márgenes disponibles dentro de las actuales perspectivas financieras no han permitido la financiación de nuevas necesidades sin recortes en otros ámbitos; subraya que los importes financieros deberían constituir un importante elemento en el contexto de la negociación de las nuevas perspectivas financieras para 2007 y ejercicios ulteriores;
34. Considera que la nueva relación reforzada con los países vecinos de la Unión va más allá de lo que se han considerado tradicionalmente "acciones exteriores" para terceros países y confiere una nueva dimensión a la asociación; estima, por ello, que podría examinarse la posibilidad de hacer accesible la rúbrica 7 de las perspectivas financieras (estrategia de preadhesión) o de otro ajuste de las actuales rúbricas, con una adecuada financiación a partir de 2006;
35. Considera que podría cubrirse con cargo a la rúbrica 7 (estrategia de preadhesión) al menos la financiación correspondiente a CARDS, en el marco de un instrumento de vecindad, con arreglo a la propuesta de transferir de la rúbrica 4 (acciones exteriores) a esa rúbrica las relaciones de la UE con los Balcanes;
36. Acoge con satisfacción el llamamiento realizado por el Consejo a la Comisión, recogido en sus conclusiones de 16 de junio de 2003 y en la Cumbre UE-Ucrania del 7 de octubre de 2003, en el sentido de que adopte las medidas necesarias para profundizar las relaciones bilaterales con Ucrania, Moldova y los socios del Mediterráneo meridional mediante la elaboración de planes de acción; considera no obstante que el conjunto de la política de una Europa más amplia - Relaciones con los países vecinos deberá estar dotado de planes de acción coherentes;
37. Insiste en que el procedimiento propuesto para el funcionamiento de esos planes de acción debe respetar plenamente las prerrogativas legislativas y presupuestarias del Parlamento y rechaza toda propuesta que pueda conferir al Consejo una predominancia en cuestiones políticas; subraya que las cuestiones políticas han de abordarse en el marco de los procedimientos establecidos y garantizar los derechos de las dos ramas de las autoridades legislativa y presupuestaria;
38. Subraya que los planes de acción deberían integrarse en los ámbitos comunes de cooperación; prefiere, por consiguiente, que las medidas de cooperación y las medidas relativas a los niveles de integración se ajusten en lo posible entre sí, ya que ello aumentaría la transparencia y contribuiría a limitar la carga de la Comisión en términos de gestión; pide, en particular, la definición de un mecanismo claro para la ejecución de las medidas relativas a la democracia y los derechos humanos que habrá de incluirse en los planes de acción a fin de evitar la ineficacia de las cláusulas actuales sobre derechos humanos;
39. Subraya la importancia de que se adopte como punto de partida para la política de una Europa más amplia - Relaciones con los países vecinos la evaluación de los acuerdos e instrumentos financieros ya existentes que se refieran a los nuevos vecinos de la UE y de que se tenga en cuenta esta evaluación a la hora de elaborar los planes de acción regionales y por países; pide que se le asocie estrechamente a la política de una Europa más amplia - Relaciones con los países vecinos con la participación, mediante un informe anual, en la evaluación de los planes de acción;
40. Considera que la UE deberá en primer lugar apoyar las solicitudes de adhesión a la OMC que presenten los países vecinos que aún no son miembros, lo que implica la adopción de medidas importantes hacia la aproximación de su legislación a la de la Unión Europea;
41. Apoya la propuesta de la Comisión, recogida en su Comunicación sobre el nuevo instrumento de vecindad, relativa a programas de vecindad como soluciones provisionales a los problemas burocráticos que se arrastran desde hace tiempo y que complican en gran medida la ayuda de la UE a la cooperación transfronteriza; pide que estos programas se ejecuten en el plazo más breve posible; lamenta que el llamamiento realizado por el Parlamento para adoptar medidas en este ámbito no haya recibido una respuesta adecuada mucho antes, así como que la rigidez de las perspectivas financieras vaya a retrasar el lanzamiento del nuevo instrumento de vecindad hasta 2007; pide que el instrumento propuesto, además de la dimensión transfronteriza, se aplique como proyecto piloto en algunas partes de la frontera y se destine ya a la cooperación transnacional, al modo, concretamente, de los mecanismos de INTERREG III B; subraya que la cooperación transfronteriza deberá incluir las regiones y países que tienen fronteras marítimas comunes;
42. Subraya que la cooperación transfronteriza y la cooperación interregional constituyen un elemento clave para reforzar las relaciones con los Estados vecinos y pide que se aplique un instrumento con los mecanismos de INTERREG III A y C que incluya la participación de las entidades regionales y locales;
43. Celebra la propuesta, en el marco de la iniciativa general de una Europa más amplia - Relaciones con los países vecinos, de crear un nuevo instrumento de vecindad para promover las acciones transfronterizas y remediar la situación actual, que resulta insatisfactoria debido al diferente carácter de los instrumentos de financiación utilizados hoy en día (INTERREG para la participación de los Estados miembros en los proyectos y TACIS y PHARE para la participación de los países vecinos); observa asimismo que MEDA y CARDS deberían estar comprendidos en la iniciativa;
44. Considera que el nuevo instrumento para las relaciones de vecindad en las fronteras exteriores de la Unión ampliada debe estar vinculado a los programas y procesos de la política exterior, teniendo en cuenta al mismo tiempo las diversas prioridades regionales existentes; cree que este instrumento debe combinar los objetivos vinculados a la política exterior y a la cohesión social y económica; insiste en que el instrumento debe hallar su inspiración en las enseñanzas extraídas de experiencias anteriores en la cooperación transfronteriza;
45. Llama la atención, en la definición de los programas de nueva vecindad y de los instrumentos futuros de nueva vecindad, sobre los diferentes problemas que afectan a los países con una frontera terrestre con la UE ampliada y a aquellos con los que la UE comparte fronteras marítimas; se muestra convencido, en este sentido, de que el Acuerdo de Schengen debería permitir, a escala pequeña y local, el movimiento fronterizo de las poblaciones, preservando y desarrollando de este modo las relaciones transfronterizas tradicionales;
46. Señala que los programas de nueva vecindad y los instrumentos de nueva vecindad deben ser fácilmente accesibles para las entidades regionales y locales que podrán participar directamente en su gestión; pide, en este sentido, a la Comisión que emprenda la creación de una infraestructura consular de la UE en las regiones fronterizas para hacerse cargo de la necesaria simplificación de los procedimientos de visado y facilitar una ejecución descentralizada de los programas;
47. Acoge con satisfacción la propuesta de reglamento de la Comisión relativa al establecimiento de un régimen de tráfico fronterizo menor en las fronteras terrestres exteriores de los Estados miembros y considera que esta propuesta es un paso importante para garantizar que las nuevas fronteras de Schengen no serán un obstáculo a los intercambios comerciales, sociales y culturales ni a la cooperación regional: toma nota, no obstante, de que estos riesgos siguen existiendo en relación con otras regiones de los países vecinos afectados que no son las regiones fronterizas y que, por consiguiente, deberían adoptarse otras medidas, siempre que sea posible;
48. Hace hincapié una vez más a este respecto en el importante papel que corresponde a los nuevos Estados miembros a la hora de trabajar enérgicamente en favor del diálogo político en sus fronteras, de la creación progresiva de una zona de libre comercio mediante planes de acción nacionales y del refuerzo de la cooperación transfronteriza;
49. Está convencido de que la existencia de varios organismos diferentes de las que forman parte los países objeto de la presente resolución constituye un punto de partida positivo para garantizar la dimensión institucional multilateral de la estrategia de la Unión y la gestión de las políticas comunes; recuerda que el diálogo político y las instituciones consiguientes deberán tener en cuenta los diferentes componentes (gubernamentales y parlamentarios), las instituciones descentralizadas y la sociedad civil organizada;
50. Aboga, en relación con la nueva iniciativa de una Europa más amplia - Relaciones con los países vecinos, por que
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se refuerce la actuación común de la UE en las instituciones internacionales existentes (OSCE, Consejo de Europa);
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se intensifique la cooperación con el Consejo de Europa, en particular, por su experiencia en el ámbito de la consolidación de los procesos democráticos y de la construcción del Estado de Derecho;
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se tenga en cuenta la posible ampliación de la OSCE hacia los países del Mediterráneo y de Oriente Próximo o, cuando menos, el desarrollo de procesos de cooperación con estos países;
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se revitalice la Conferencia Europea como un instrumento de cooperación en el marco de la nueva política de una Europa más amplia - Relaciones con los países vecinos en el que puedan participar asimismo como miembros de pleno derecho los países del Cáucaso meridional;
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se cree, durante la Presidencia italiana, la Asamblea Parlamentaria Euromediterránea para dar una dimensión parlamentaria estable al Proceso de Barcelona y su futura ampliación a los demás países de la región mediterránea y de Oriente Próximo;
51. Invita a los países incluidos en la nueva política de una Europa más amplia - Relaciones con los países vecinos que todavía no lo hayan hecho a firmar, ratificar y aplicar estrictamente todos los tratados internacionales en vigor sobre medidas de lucha antiterrorista, respetando plenamente la Carta de las Naciones Unidas; solicita a la vez la puesta en marcha de una red de contactos que permitan el intercambio de información y cooperación en la lucha contra el terrorismo;
52. Apoya, con el fin de consolidar el respeto de los derechos humanos en la zona del Mediterráneo, la creación de instituciones independientes en los países afectados capaces de garantizar la aplicación efectiva de los derechos derivados de acuerdos bilaterales y multilaterales; pide a todos los países interesados que aún no lo hayan hecho que se adhieran a la propuesta de moratoria de la pena de muerte y a la Corte Penal Internacional;
53. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión así como a los Gobiernos y a los Parlamentos de los Estados miembros y de los países candidatos, a las Naciones Unidas, al Consejo de Europa, a la OSCE y a los Gobiernos de los países mencionados en la presente Resolución.