Resolución del Parlamento Europeo sobre el estado de previsiones del Parlamento Europeo con vistas a un presupuesto rectificativo de la Unión Europea para el ejercicio 2004 (nuevo Estatuto de los funcionarios) (2004/2013(BUD))
El Parlamento Europeo,
– Vistos el artículo 272 del Tratado CE y el artículo 177 del Tratado Euratom,
– Visto el Reglamento (CE, Euratom) nº 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas(1), y, en particular, sus artículos 37 y 38,
– Visto el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2004, aprobado el 18 de diciembre de 2003(2),
– Visto el Acuerdo interinstitucional, de 6 de mayo de 1999, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre la disciplina presupuestaria y la mejora del procedimiento presupuestario(3),
– Visto el anteproyecto de estado de previsiones aprobado por la Mesa el 9 de febrero de 2004,
– Vistos el artículo 92 y el Anexo IV de su Reglamento,
– Visto el informe de la Comisión de Presupuestos (A5-0072/2004),
A. Considerando que está previsto que el Estatuto de los funcionarios revisado entre en vigor el 1 de mayo de 2004,
B. Considerando que, para respetar el Estatuto de los funcionarios revisado, se ha de adaptar técnicamente la plantilla de personal 2004 para tener en cuenta los nuevos grados durante el período de transición y se ha de crear una partida presupuestaria para el personal contractual con una mención "pro memoria" (p.m.),
1. Aprueba el estado de previsiones adjunto a la presente Resolución a la espera de un presupuesto rectificativo para el ejercicio 2004 que tenga en cuenta el Estatuto de los funcionarios revisado;
2. Pide a su Secretario General que le transmita, antes del 15 de abril de 2004, información suplementaria sobre los siguientes puntos:
a)
correspondencia entre antiguos y nuevos grados;
b)
disposiciones relativas a la integración en su secretaría general de agentes temporales de grupos políticos;
c)
clarificación de los criterios para el nuevo nivel de los jefes de unidad;
3. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución junto con el estado de previsiones adjunto al Consejo y a la Comisión.
DO C 172 de 18.6.1999, p. 1. Acuerdo modificado por la Decisión 2003/429/CE (DO L 147 de 14.6.2003, p. 25).
ANEXO: ESTADO DE PREVISIONES
TÍTULO 1- GASTO RELACIONADO CON LAS PERSONAS QUE TRABAJAN CON LA INSTITUCIÓN
CAPÍTULO 11 - PERSONAL EN ACTIVO
Nueva partida
Partida 1115 Personal contractual
Presupuesto 2004
APPR
Nuevo importe
p.m.
p.m.
Observaciones
Reglamentación aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas, aprobada el ... de 2004, con particular referencia a los artículos 1, 3 bis y 3 ter.