Resolución del Parlamento Europeo sobre el papel de las escuelas y de la educación escolar en el fomento del acceso público a la cultura (2002/2268(INI))
El Parlamento Europeo,
– Visto el Tratado por el que se instituye la Comunidad Europea y, en particular, sus artículos 149, 150 y 151,
– Vista la Resolución del Consejo de 28 de octubre de 1999 sobre la incorporación de la historia en la acción cultural de la Comunidad(1),
– Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo de Lisboa de los días 23 y 24 de marzo de 2000,
– Vista la Decisión nº 508/2000/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 14 de febrero de 2000, por la que se establece el programa "Cultura 2000"(2),
– Vista la Decisión nº 253/2000/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de enero de 2000, por la que se establece la segunda fase del programa de acción comunitario en materia de educación Sócrates(3),
– Vista su Resolución de 16 de enero de 2001 sobre la evaluación de la calidad de la educación escolar(4),
– Vista su Resolución de 6 de febrero de 2002 sobre los sistemas de educación y de formación(5),
– Vista su Resolución de 5 de septiembre de 2002 sobre el tercer informe de la Comisión sobre la ciudadanía de la Unión(6),
– Visto el informe de la Comisión sobre el Consejo Europeo de primavera de 21 de enero de 2004 "Hagamos Lisboa – reformas para la Unión ampliada" (COM(2004) 29),
– Visto el artículo 163 de su Reglamento,
– Visto el informe de la Comisión de Cultura, Juventud, Educación, Medios de Comunicación y Deporte (A5-0080/2004),
A. Considerando que el Consejo Europeo de Lisboa celebrado en marzo de 2000 estableció el objetivo estratégico de convertir a la Unión Europea en la economía basada en el conocimiento más dinámica y competitiva del mundo para 2010,
B. Considerando que la reunión del Consejo de Educación celebrada el 12 de febrero de 2001 definió los siguientes tres objetivos estratégicos para conseguir los objetivos fijados en Lisboa:
-
aumentar la calidad y la eficacia de los sistemas de educación y de formación en la Unión Europea,
-
facilitar el acceso universal a los sistemas de educación y de formación,
-
abrir al mundo los sistemas de educación y de formación.
C. Considerando que el Consejo de Educación adoptó en mayo de 2003 cinco criterios de referencia europeos con vistas a la realización de dichos objetivos,
D. Considerando que la Comisión señala en su Comunicación "Educación y formación 2010" (COM(2003) 685) que existe un déficit en la inversión en recursos humanos destinados a la educación en los Estados miembros,
E. Considerando que la Comisión, en su informe, anteriormente mencionado, al Consejo Europeo de primavera, indica que conviene que los Estados miembros realicen unas inversiones más eficaces, es decir, que delimiten y fomenten los ámbitos que, en materia de enseñanza y de formación, produzcan los resultados más apreciables,
F. Considerando que el respeto y la promoción de la diversidad cultural y lingüística, así como el hecho de compartir un patrimonio cultural común actúan como fuerzas positivas en el proceso de integración y de desarrollo de la UE,
G. Considerando que el proceso de integración europea y la mundialización plantean nuevos retos a las diversas culturas europeas y a los sistemas educativos de los distintos Estados miembros, especialmente cuando se trata de promover el conocimiento de la cultura y la historia de los demás Estados miembros, sin perder de vista la importancia de la cultura nacional,
H. Considerando que un estudio del año 2000 del Eurobarómetro(7) muestra que la mayoría de los ciudadanos de la UE no cree en la existencia de una identidad cultural europea compartida,
I. Considerando que el interés por la cultura se inculca ya durante la infancia y que, además del hogar familiar, desempeñan también un papel fundamental los centros de enseñanza, especialmente las escuelas, pero también los parvularios y otros establecimientos,
J. Considerando que en las escuelas, especialmente las de las aglomeraciones urbanas, hoy en día un gran número de los alumnos o sus padres no son originarios del país en el que van a la escuela, y que, por ello, corresponde a las escuelas desempeñar una importante función de integración también en el ámbito cultural; considerando asimismo que tal situación constituye al mismo tiempo una magnífica oportunidad de intercambio cultural y aprendizaje intercultural,
K. Considerando que ha de despertarse el interés cultural en la escuela mediante medidas específicas, por ejemplo, a través de la organización y participación en concursos de pintura, fotografía y películas, encuentros con artistas en la escuela, visitas a centros y asistencia a actos culturales de los alrededores, viajes de estudio al extranjero e intercambio de alumnos,
L. Considerando que los cursos de lengua desempeñan un papel fundamental en el aprendizaje de otras culturas, ya que el contacto con otras lenguas es siempre también un contacto con otras culturas, formas de pensar, literaturas, expresiones artísticas, etc.,
1. Lamenta que sólo el 17 % de los alumnos de 15 años de la Unión posea las aptitudes educativas básicas (lectura, escritura, aritmética) que responden al nivel medio establecido por la OCDE;
2. Pide a los Estados miembros, en particular a los que invierten en la enseñanza un porcentaje de su PIB inferior al promedio de la Unión Europea, que aumenten sus inversiones en recursos humanos en el ámbito de la enseñanza;
3. Señala que la educación escolar en Europa debe poner más énfasis en la adquisición de un conocimiento básico del proceso de la integración europea; señala, además, que la dimensión europea debe estar presente en todas las materias escolares y no sólo en las materias relacionadas directamente con este tema, como historia, filosofía, geografía, economía, literatura y arte;
4. Recuerda que las lenguas son la expresión de la riqueza y la diversidad de las culturas y reitera su apoyo al objetivo de la Comunidad Europea de que cada alumno pueda aprender dos lenguas además de la propia lengua materna;
5. Pide a los Estados miembros que faciliten la formación continua a los docentes en materia de integración europea para cerciorarse de que los estudiantes de distintos Estados miembros de la UE dispongan de un conocimiento básico unificado de este tema;
6. Opina que los proyectos de fomento de la enseñanza de la integración europea en la escuela no deben financiarse sólo mediante los programas culturales y educativos de la UE, sino también por otros programas relevantes;
7. Cree que, en el contexto de la enseñanza de la historia, es necesario contrarrestar la tendencia de concentrarse sobre todo en el siglo XX, en detrimento de las fases anteriores de civilización que constituyen la base de la cultura, la literatura, la filosofía, el arte y la música europeas;
8. Señala que es necesario sensibilizar a la población de los Estados miembros de la UE en relación con la historia y la cultura de los países de la Europa central y oriental y viceversa;
9. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que en los programas de investigación europeos se fomenten los proyectos sobre los grandes ejes de la civilización europea, tales como el Derecho común, la historia de las instituciones y de la educación, las normas de convivencia, las prácticas sociales y antropológicas y las manifestaciones artísticas;
10. Cree que es necesario que los sistemas educativos europeos fomenten la sensibilización hacia las culturas y formas de vida de todos los pueblos europeos, así como hacia los valores comunes europeos;
11. Subraya la contribución aportada en el seno de los diversos Estados miembros al respeto y la promoción de la diversidad cultural y lingüística;
12. Destaca la necesidad de educar a los jóvenes a través de actividades y estructuras culturales que cuenten con el apoyo financiero de las autoridades competentes a todos los niveles;
13. Señala que el programa europeo para la juventud ya fomenta la mentalización en relación con los valores comunes europeos y trabaja para desarrollar un sentimiento de ciudadanía europea; recomienda que este programa se amplíe para que puedan beneficiarse del mismo los maestros y los alumnos de escuelas;
14. Señala que el acceso al patrimonio cultural europeo es una condición previa fundamental para el proceso de integración, así como una fuerza motriz para la consolidación de un sentido de la ciudadanía europea;
15. Recomienda que el conocimiento del patrimonio cultural de Europa sea un componente natural de los programas escolares en toda la UE;
16. Pide a la Comisión que elabore un texto escolar sobre historia de la cultura europea (arte, pensamiento, ciencia, etc.) que, tras ser aprobado por el Consejo, pueda constituir, respetando el principio de subsidiariedad, una asignatura común en los programas educativos de todos los Estados miembros;
17. Señala que dentro de la escuela y de la enseñanza escolar existe toda una serie de posibilidades de fomentar el intercambio cultural y religioso entre los estudiantes, incluso más allá de las fronteras culturales de Europa, y de fomentar así el aprendizaje cultural, por ejemplo, permitiendo que los niños hablen de su país de origen o del país de origen de sus padres, expliquen costumbres y hábitos e informen sobre su propia experiencia como extranjeros en un entorno cultural diferente;
18. Subraya la necesidad de intensificar las políticas activas públicas en el mantenimiento del patrimonio cultural común; insta igualmente a las asociaciones reconocidas en Europa a que incrementen su implicación en la defensa y educación sobre el patrimonio histórico y artístico;
19. Señala que la acción de la Comisión Netd@ys Europe asocia el cine europeo con las escuelas; señala, en este contexto, que sería oportuno ampliar este tipo de proyectos y fomentar la cooperación, por ejemplo, a través del cine escolar, la presentación de profesiones mediáticas, la invitación a directores de cine, etc.; propone, además, que el programa MEDIA contribuya a sensibilizar y a interesar a los alumnos por el cine europeo; señala que una red paneuropea de la infancia constituiría una manera eficaz de fomentar y difundir películas europeas de gran calidad;
20. Pide a los Estados miembros que apoyen la iniciación en las artes del espectáculo en la escuela desde una perspectiva europea de colaboración entre docentes y artistas;
21. Pide con insistencia que se mejore la calidad y se facilite el acceso a los servicios pedagógicos de los museos, teatros, bibliotecas y otras estructuras culturales; hace un llamamiento a las escuelas para que se abran a tales establecimientos e instituciones culturales y busquen el contacto y el intercambio, que sólo pueden resultar beneficiosos para ambas partes;
22. Subraya que la participación de los niños en actividades artísticas y culturales es un factor importante para el desarrollo de sus facultades creativas, y que el desarrollo de su potencial creativo beneficia a sus vidas personales y profesionales futuras; subraya, en este contexto, la importancia de la cooperación entre la escuela y la célula familiar, la cual puede aportar una contribución importante al respecto;
23. Celebra que cada vez se reconozca de manera más amplia y a todos los niveles en la UE que el éxito educativo y profesional de las personas depende de la elaboración de programas escolares que valoren igualmente la capacidad académica y la capacidad creativa;
24. Anima a las escuelas, a las células familiares, a los establecimientos culturales y a los creadores de cultura a una cooperación más estrecha en el ámbito de la educación cultural; anima a las escuelas a que aprovechen mejor las oportunidades que ofrece la diversidad de los contextos culturales de sus estudiantes en el marco de la educación cultural;
25. Subraya la importancia del intercambio de alumnos, los viajes de estudio a otros países y los cursos de lenguas para conocer y vivir las culturas europeas y no europeas y pide, por ello, a las autoridades responsables de los Estados miembros y de la Unión Europea que fomenten en mayor medida tales medidas;
26. Considera que la música, las bellas artes y el teatro son un componente fundamental de la cultura y de la historia de cada uno de los Estados miembros y del patrimonio cultural europeo y, por tanto, recomienda que se conceda una mayor prioridad a dichas disciplinas en la educación escolar;
27. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión así como a los Gobiernos de los Estados miembros.