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RC-B6-0622/2005

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Jueves 1 de diciembre de 2005 - Bruselas
Situación de los derechos humanos en Camboya, Laos y Vietnam
P6_TA(2005)0462RC-B6-0622/2005

Resolución del Parlamento Europeo sobre la situación de los derechos humanos en Camboya, Laos y Vietnam

El Parlamento Europeo,

–  Visto el informe anual de la Unión Europea sobre los derechos humanos en 2005,

–  Vistas sus resoluciones anteriores sobre Camboya, Laos y Vietnam, concretamente su Resolución de 28 de abril de 2005 sobre los derechos humanos en el mundo en 2004(1),

–  Vistos los acuerdos de cooperación de 1997 entre la Comunidad Europea, por una parte, y el Reino de Camboya y la República Democrática Popular de Laos, por otra, y el acuerdo de cooperación de 1995 entre la UE y la República Socialista de Vietnam,

–  Vistas las Orientaciones de la UE sobre la protección de los defensores de los derechos humanos, aprobadas por el Consejo Europeo el 14 de junio de 2004,

–  Visto el apartado 4 del artículo 103 de su Reglamento,

A.  Reconociendo los importantes progresos que han realizado los tres países en los últimos años en lo que se refiere al desarrollo económico y apoyando sus esfuerzos por entablar relaciones con los interlocutores regionales y no regionales en los foros multilaterales,

B.  Apoyando las acciones emprendidas por la Unión Europea, sus Estados miembros y otros miembros de la comunidad internacional en favor de los programas gubernamentales destinados a reducir la pobreza,

C.  Lamentando que las reformas económicas y sociales no hayan ido acompañadas hasta la fecha de las reformas adecuadas en materia de derechos políticos y civiles,

D.  Felicitándose de la celebración, en junio de 2005, de las primeras reuniones de los grupos de trabajo UE-Vietnam y UE-Laos con vistas al refuerzo institucional, la reforma administrativa, la gobernanza y los derechos humanos, pero considerando que la situación de los derechos fundamentales sigue siendo todavía preocupante,

Camboya

E.  Considerando que, el 3 de febrero de 2005, la Asamblea Nacional del Reino de Camboya suspendió la inmunidad parlamentaria de tres diputados del partido de Sam Rainsy, a saber, su presidente, Sam Rainsy, así como Chea Poch y Cheam Channy,

F.  Considerando que Cheam Channy y su adjunto Khom Piseth fueron juzgados por un tribunal militar a pesar de que, según la legislación nacional camboyana, los civiles no pueden ser llevados ante tribunales militares,

G.  Considerando que el tribunal militar no respetó los derechos de la defensa y que Cheam Channy fue sentenciado a siete años de prisión y posteriormente privado de su mandato parlamentario,

H.  Considerando que la situación de las mujeres en Camboya es particularmente preocupante, dado que se ven confrontadas con la discriminación y unas dificultades colosales en varios ámbitos, tal como se constataba en su Resolución de 13 de enero de 2005 sobre la trata de mujeres y niños en Camboya(2),

I.  Considerando que la suspensión de la inmunidad parlamentaria de estos tres diputados de la oposición, los recientes arrestos y detenciones de periodistas (Mam Sonando, director de la emisora de radio Beehive), y docentes (Rong Chhun, Presidente de la Asociación camboyana de docentes independientes) y los cargos formulados contra Chea Mony presidente del Sindicato libre de trabajadores, Men Nath presidente de la Asociación de funcionarios y Ea Channa miembro del Movimiento estudiantil por la democracia, son sintomáticos del deterioro general en lo que concierne a las libertades civiles en Camboya y de una represión extrema de los disidentes políticos,

J.  Considerando que no hay garantía alguna en cuanto a la independencia y la imparcialidad del sistema judicial y, por consiguiente, en cuanto a su capacidad para celebrar, sin interferencias políticas, los juicios de los líderes de los jemeres rojos en el tribunal creado especialmente para este fin,

Laos

K.  Considerando que, a pesar de las enérgicas protestas de la Unión Europea, diversas organizaciones internacionales y otros miembros de la comunidad internacional, las autoridades de la República Democrática Popular de Laos continúan tomando medidas que coartan la libertad de expresión, la libertad de prensa, la libertad de asociación, la libertad de reunión y la libertad religiosa,

L.  Considerando que los medios de comunicación internacionales y las organizaciones de defensa de los derechos humanos continúan informando de abusos cometidos contra la población hmong, cuya situación en términos humanitarios sigue siendo preocupante,

M.  Considerando que los principales líderes del Movimiento del 26 de octubre de 1999, de carácter pacífico, que pidieron reformas democráticas, a saber, Thongpraseuth Keuakoun, Seng-Aloun Phengphanh, Bouavanh Chanmanivong y Keochay, siguen detenidos, y que otro de sus líderes, Khamphouvieng Sisa-At, murió en prisión a consecuencia de los malos tratos y las privaciones,

N.  Considerando que a los observadores extranjeros, en particular a los de Amnistía Internacional, se les ha denegado el acceso al territorio de Laos,

Vietnam

O.  Acogiendo favorablemente la adopción por Vietnam en junio de 2005 de un Plan director de acción sobre el desarrollo de las relaciones UE-Vietnam en el horizonte de 2010, así como la mayor disposición del Gobierno a debatir cuestiones de derechos humanos,

P.  Reconociendo el progreso sustancial realizado por la República Socialista de Vietnam en materia de derechos económicos y sociales, tal como señalan los indicadores sociales y el índice de desarrollo humano del PNUD,

Q.  Considerando que las autoridades vietnamitas siguen imponiendo restricciones a la libertad de expresión y la libertad de prensa, en particular, mediante el establecimiento en 2004 de una fuerza policial encargada de censurar Internet y el encarcelamiento de "ciberdisidentes" como Nguyen Dan Que, Pham Hong Son, Nguyen Vu Binh y Nguyen Khac Toan bajo acusaciones de espionaje, simplemente por haber difundido información en Internet,

R.  Considerando que las minorías indígenas de las mesetas (central y septentrional), en particular los montañeses (degar), sufren discriminación y medidas tales como la confiscación de sus tierras ancestrales o la represión religiosa,

S.  Considerando que desde 1975 se viene persiguiendo sistemáticamente a la Iglesia Budista Unificada de Vietnam (IBUV) por su compromiso con la libertad religiosa, los derechos humanos y las reformas democráticas; considerando que está prohibida desde 1981, sus propiedades han sido confiscadas y sus escuelas, universidades e instituciones sociales y culturales han sido destruidas; y considerando que el Patriarca de la IBUV, Thich Huyen Quang, y el segundo dignatario, Thich Quang Do, han estado detenidos arbitrariamente durante casi veinticinco años,

T.  Considerando que los miembros de los comités locales de la IBUV creados en 2005 en nueve provincias centrales y meridionales de Vietnam han sido objeto de acoso policial sistemático por prestar ayuda a la población de estas provincias pobres, y considerando que Thich Vien Phuong, monje de la IBUV, ha sido condenado a pagar una multa equivalente a 43 mensualidades del salario base simplemente por haber filmado un llamamiento en favor de los derechos humanos y la democracia en Vietnam que fue enviado por Thich Quang Do a la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en abril de 2005,

U.  Tomando nota del testimonio aportado por el monje budista Thich Thien Minh, quien recientemente abandonó un campo de reeducación tras 26 años de detención, con respecto a las terribles condiciones a las que se ven sometidos los prisioneros en el campo Z30A de Xuan Loc, en particular, los sacerdotes católicos Pham Minh Tri y Nguyen Duc Vinh, quienes estuvieron detenidos durante más de 18 años, y Ngo Quang Vinh, un miembro de la secta budista Hoa Hao, de 87 años de edad,

V.  Tomando nota de que, a pesar de haberse promulgado en 2004 una nueva Ley sobre creencias y religión para codificar todos los aspectos de la vida religiosa, siguen en vigor numerosas restricciones impuestas a la Iglesia Budista Unificada de Vietnam y a las iglesias protestantes, incluida la Iglesia Menonita,

W.  Considerando que el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas formuló recomendaciones (ref. CCPR/CO/75/VNM de 26 de julio de 2002) a las autoridades vietnamitas en relación con la Estrategia de desarrollo del ordenamiento jurídico, un plan de diez años de duración financiado en parte por países donantes, entre ellos algunos Estados miembros,

Camboya

1.  Expresa su apoyo al Representante Especial del Secretario General de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Camboya, e insiste en que se instaure lo antes posible el Tribunal independiente de los jemeres rojos, tal como se acordó con las Naciones Unidas en junio de 2003;

2.  Pide a las autoridades camboyanas:

   que liberen inmediata e incondicionalmente a Cheam Channy y restablezcan su mandato parlamentario así como la inmunidad parlamentaria de Sam Rainsy y de los otros dos representantes de su partido, tal como pedían el Parlamento, en su Resolución de 10 de marzo de 2005 sobre Camboya(3), y la Unión Interparlamentaria, en su Resolución de 19 de octubre de 2005;
   que se comprometan a realizar reformas políticas e institucionales para crear un Estado democrático regido por el Estado de Derecho y basado en el respeto de las libertades fundamentales;
   que demuestren su voluntad de combatir de forma efectiva las plagas endémicas de la corrupción, la deforestación masiva -que conlleva el desplazamiento de población- y la industria del turismo sexual, y de rechazar la actual cultura de impunidad y procesar a todos los implicados en tales actividades;

3.  Pide al Consejo y a la Comisión que creen un grupo de trabajo sobre el refuerzo institucional, la reforma administrativa, la gobernanza y los derechos humanos, y que le comuniquen los resultados de este trabajo;

4.  Sugiere, entre otros puntos, que una delegación ad hoc del Parlamento visite Camboya lo antes posible para evaluar la situación de los parlamentarios, representantes de los medios de comunicación y líderes sindicales detenidos en el país y poner fin a la detención de todos los presos políticos;

Laos

5.  Pide a las autoridades laosianas que:

   liberen a todos los presos políticos y presos de conciencia, incluidos los líderes del Movimiento del 26 de octubre de 1999, los cristianos encarcelados por no renunciar a su fe, los hmong y, en particular, Thao Moua y Pa Phue Khang, guías al servicio de periodistas europeos, detenidos en 2003;
   elaboren y pongan en práctica lo antes posible todas las reformas necesarias para democratizar el país, garantizar la manifestación pacífica de la oposición política y garantizar la celebración rápida de unas elecciones según el sistema de partidos, bajo observación internacional, con el fin de lograr la reconciliación nacional;
   apliquen programas que permitan la integración de la población hmong y de otras minorías étnicas y religiosas en la sociedad laosiana, preservando al mismo tiempo sus derechos sociales y políticos, para mejorar con urgencia su situación en materia de derechos humanos y sus condiciones de vida;
   autoricen a las agencias especializadas de las Naciones Unidas y a los representantes de organizaciones humanitarias el acceso sin restricciones, para que puedan visitar, con total independencia, a los presos políticos, a la población hmong y a todas las minorías étnicas y religiosas de Laos;
   ratifiquen sin demora el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos;

6.  Pide a la Comisión que siga de cerca la situación de la comunidad hmong y respalde los programas gubernamentales concebidos para las minorías étnicas;

Vietnam

7.  Pide a las autoridades vietnamitas que:

   con ocasión del 30º aniversario del final de la guerra de Vietnam, entablen un diálogo auténtico con todos los sectores de la población sobre el desarrollo económico, social, intelectual y político de Vietnam;
   emprendan reformas políticas e institucionales conducentes a la democracia y al Estado de Derecho, empezando por permitir el multipartidismo y garantizar el derecho de todas las corrientes de opinión a expresar sus puntos de vista;
   apliquen la Estrategia de desarrollo del ordenamiento jurídico de acuerdo con las recomendaciones formuladas por el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y las disposiciones del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos;
   pongan fin a todas las formas de represión de los miembros de la Iglesia Budista Unificada de Vietnam y reconozcan oficialmente su existencia y la de otras iglesias no reconocidas en el país;
   pongan en libertad a todos los presos políticos y presos de conciencia vietnamitas detenidos por haber ejercido legítima y pacíficamente sus derechos a la libertad de opinión, de expresión, de prensa y de religión, en especial Thich Huyen Quang y Thich Quang Do, considerados por las Naciones Unidas como víctimas de detención arbitraria(4);
   garanticen el pleno ejercicio de los derechos fundamentales consagrados en la Constitución vietnamita y en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en particular permitiendo la creación de una prensa verdaderamente libre;
   garanticen la repatriación segura, en el marco del Acuerdo entre Camboya, Vietnam y el ACNUR, de los montañeses (degar) que huyeron de Vietnam, y que permitan al ACNUR y a las ONG internacionales realizar un seguimiento adecuado de la situación de los retornados;

Aspectos generales

8.  Apoya los proyectos que financiará la Comisión para promover el desarrollo del periodismo y apoyar los programas de creación de capacidades en la Asamblea Nacional de Laos, así como las actividades en Vietnam inducidas por el Grupo de trabajo sobre el refuerzo institucional, la reforma administrativa, la gobernanza y los derechos humanos;

9.  Pide al Consejo y a la Comisión que impliquen plenamente al Parlamento en la labor de los Grupos de trabajo UE-Vietnam y UE-Laos sobre el refuerzo institucional, la reforma administrativa, la gobernanza y los derechos humanos;

10.  Pide al Consejo y a la Comisión que realicen una evaluación detallada de las políticas de aplicación llevadas a cabo en Camboya, Laos y Vietnam desde la firma de los Acuerdos de asociación y cooperación, teniendo en cuenta el artículo 1 de dichos Acuerdos, que reitera que el respeto de los principios democráticos y los derechos fundamentales es un elemento esencial de los mismos, y que le informen de los resultados al respecto;

o
o   o

11.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, al Secretario General de las Naciones Unidas y a los Gobiernos y Parlamentos de Laos, Vietnam y Camboya.

(1) Textos Aprobados, P6_TA(2005)0150.
(2) DO C 247 E de 6.10.2005, p. 161.
(3) Textos Apobados, P6_TA(2005)0081.
(4) Opinión 18/2005 del Grupo de Trabajo sobre la detención arbitraria, 26 de mayo de 2005.

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