Resolución del Parlamento Europeo sobre el grado de preparación de Rumanía para su adhesión a la Unión Europea (2005/2205(INI))
El Parlamento Europeo,
– Vistas las conclusiones de la Presidencia del Consejo Europeo de Bruselas de los días 16 y 17 de diciembre de 2004,
– Visto el Tratado de adhesión a la Unión Europea firmado por Rumanía el 25 de abril de 2005,
– Vistos los informes regulares de la Comisión sobre los progresos realizados por Rumanía en el camino de la adhesión que cubren el período comprendido entre 1998 y 2004 y el documento de estrategia de la Comisión sobre los progresos realizados en el proceso de ampliación (COM(2004)0657),
– Vistos todos los informes y las resoluciones que ha presentado a este respecto desde el inicio del proceso de adhesión hasta la fecha,
– Visto el informe de seguimiento exhaustivo, de 25 de octubre de 2005, sobre la preparación para la adhesión a la Unión Europea de Bulgaria y Rumanía (COM(2005)0534),
– Visto el artículo 45 de su Reglamento,
– Visto el informe de la Comisión de Asuntos Exteriores (A6-0344/2005),
A. Considerando que Rumanía y Bulgaria figuraban en 2000 entre los países candidatos a la adhesión junto con otros países que ya son miembros de la Unión, que la quinta adhesión no está completa y que debería concluirse en interés de Rumanía y de la Unión y en el respeto de los compromisos contraídos por ambas partes,
B. Considerando que la firma del Tratado de adhesión ha abierto una nueva etapa hacia la adhesión de Rumanía a la Unión, que Rumanía participa ya en los trabajos del Consejo Europeo y del Consejo como observador, y que 35 observadores rumanos se unieron el 26 de septiembre de 2005 a nuestros trabajos,
C. Considerando que desde el último informe de la Comisión se han constatado mejoras considerables,
D. Considerando que los progresos no han sido satisfactorios en determinados ámbitos y que Rumanía debe tomar medidas inmediatas para colmar estas lagunas y poderse adherir a la Unión el 1 de enero de 2007,
E. Considerando que la perspectiva de la adhesión actúa como un potente catalizador para las reformas al movilizar a los diferentes actores de la vida política, económica, social y civil,
F. Considerando que la fecha real de la adhesión se determinará sobre la base de la recomendación de la Comisión, una vez que se haya realizado un análisis riguroso del grado de preparación de Rumanía,
1. Reitera que la adhesión de Rumanía constituye un objetivo común de la Unión y de Rumanía con el que se cumplirá, junto con la adhesión de Bulgaria, la quinta ampliación de la Unión, impulsada por el importante movimiento de liberación en Europa Central y Oriental;
2. Mantiene su deseo de que Rumanía y Bulgaria se adhieran a la Unión el 1 de enero de 2007, en la medida en que cada uno de los dos países cumpla las condiciones fijadas en el Tratado de adhesión;
3. Recuerda el intercambio de cartas entre el Presidente del Parlamento Europeo y el Presidente de la Comisión sobre la plena asociación del Parlamento Europeo en todos los casos de activación de una de las cláusulas de salvaguarda contempladas en el Tratado de adhesión; señala que el Parlamento adoptará una posición sobre esta cuestión y, en particular, sobre el calendario de adhesión, en función del grado de realización de las reformas necesarias, en particular, en cuanto a los requisitos para la adhesión relativos al ordenamiento judicial y la lucha contra la corrupción y sobre la base de la evaluación pormenorizada de la situación que realizará la Comisión la próxima primavera; espera que, a este respecto, la Comisión y Rumanía trabajen en estrecha colaboración con el Parlamento;
4. Manifiesta asimismo su deseo de que la adhesión de Rumanía y Bulgaria se lleve a cabo de manera solidaria, pero insiste en que en último extremo las solicitudes de los dos países deberán examinarse y evaluarse en función de sus respectivos méritos propios;
5. Destaca que el esfuerzo en favor de las reformas solicitado por la Unión Europea a Rumanía redunda en beneficio de ambas partes, ya que permite que Rumanía disfrute plenamente de las ventajas de la adhesión y garantiza que ésta se lleve a cabo en las mejores condiciones;
6. Reconoce la importante contribución de Rumanía a la estabilidad del conjunto de la región de la Europa sudoriental y el papel que sigue jugando en el estímulo de la seguridad y la prosperidad regionales;
7. Toma nota de la evaluación de los preparativos para la adhesión de Rumanía incluida en el informe de seguimiento de la Comisión, y comparte las conclusiones que figuran en ella;
En este contexto:
–
Se felicita de los importantes progresos que se han realizado, en particular en lo que se refiere a la libertad de expresión, la justicia, la integración de las minorías, la protección de la infancia, la restitución de los bienes y la política de competencia;
–
Destaca que se han de seguir realizando esfuerzos, sobre todo para llevar a buen fin la reforma de la administración pública, garantizar el correcto funcionamiento del sistema judicial, conseguir que las relaciones entre los ciudadanos y las instituciones se asienten en unas bases sanas y transparentes, luchar contra la delincuencia y el tráfico ilegal, avanzar en la integración de la minoría romaní y concluir la aplicación del acervo comunitario;
–
Manifiesta su preocupación por la persistente información sobre malos tratos infligidos por el personal encargado de la aplicación de las leyes, incluido un recurso excesivo a la fuerza y el uso de la fuerza que puede causar la muerte, de que son víctimas ciudadanos de la etnia romaní; pide a Rumania que mejore el tratamiento judicial de estos casos;
–
Manifiesta su preocupación por los persistentes retrasos que se están produciendo en algunos ámbitos, a saber, la mejora de la capacidad administrativa, la lucha contra la corrupción y la aplicación del acervo comunitario en determinados sectores de la agricultura, los contratos públicos y el medio ambiente;
8. Considera que la lucha contra la corrupción es altamente prioritaria, en particular, contra la corrupción a gran escala, la corrupción a todos los niveles del poder judicial, de las agencias responsables de la aplicación de la ley y de la administración pública, y que debe perseguirse con determinación a todos los niveles mediante una aplicación estricta de la ley y de los procedimientos legales correspondientes y una verdadera concienciación sobre la gravedad del problema y de sus consecuencias;
9. Señala que la frontera exterior de Rumanía se convertirá en frontera exterior de la Unión Europea;
10. Insiste en la necesidad de que se prosiga con la reforma del sistema judicial en el respeto de los objetivos y del calendario fijado en el Plan de acción y velando, con los recursos financieros y humanos necesarios, por su aplicación efectiva, en particular en lo que se refiere a la lucha contra todo tipo de tráfico ilegal (sobre todo el tráfico de drogas y la trata de seres humanos), así como reforzando el control financiero;
11. Alienta decididamente al Parlamento rumano a que apruebe sin demora el Código Penal propuesto por el Gobierno, cuyo objetivo consiste en suprimir las disposiciones relativas a las calumnias, y a que ajuste dicho Código a la legislación de todos los Estados miembros de la Unión Europea;
12. Considera que la aprobación por el Gobierno rumano de la ley sobre la mediación constituiría un progreso en la vía de la reducción del número de asuntos pendientes de resolución judicial;
13. Recuerda asimismo la necesidad de incrementar los recursos humanos y materiales para mejorar considerablemente la gestión y la seguridad de las fronteras, a fin de luchar contra estos tipos de tráfico ilegal, la delincuencia organizada y la inmigración ilegal;
14. Comprueba que, pese a que los resultados económicos son alentadores, la pobreza sigue estando muy extendida y el nivel de vida está muy por debajo de la media de la Unión Europea, lo que hace necesario un mayor esfuerzo de cohesión y solidaridad;
15. Considera particularmente urgente la adopción de medidas destinadas a reforzar la capacidad administrativa de las instituciones y a crear el dispositivo necesario para la gestión y los controles financieros, con objeto de conseguir que los créditos asignados se utilicen con eficacia y transparencia; tiene el firme convencimiento de que aún deben hacerse esfuerzos concertados y sostenidos en materia de reforma administrativa, ya que ésta es la clave del éxito en la aplicación del acervo comunitario;
16. Recomienda que la ayuda de preadhesión para agricultura y desarrollo rural se dedique fundamentalmente al establecimiento de asociaciones para la programación de un desarrollo rural sostenible que incluyan a la sociedad civil, el sector público y el sector privado, empleando en particular el método ascendente del enfoque LEADER, que actualmente también está disponible para programas de preadhesión;
17. Pide al Gobierno rumano que realice esfuerzos adicionales en lo que se refiere a la aplicación de la legislación sobre medio ambiente, y solicita que se consulte a los países vecinos y que se apliquen rigurosamente las normas conforme al espíritu de las propuestas pertinentes de la UE en examen (por ejemplo, la gestión de los residuos de las industrias extractivas), concediendo especial atención a los proyectos mineros a gran escala con implicaciones medioambientales importantes, como en el caso de Roşia Montană;
18. Destaca los efectos desastrosos de las inundaciones que se produjeron en el verano de 2005, las más graves desde hace cien años, y que afectaron temporalmente a más de un 60 % del país, provocando graves daños y destruyendo completamente las viviendas de muchas personas en varias regiones; solicita a la Comisión que examine en qué medida podrían utilizarse los fondos de ayuda de preadhesión para ayudar a las personas y a las regiones que se han visto seriamente afectadas por las inundaciones;
19. Pide a la Comisión y al Consejo que apoyen los esfuerzos del Gobierno rumano por proteger el entorno único del delta del Danubio, que forma parte de un emplazamiento del patrimonio mundial de la UNESCO y que actualmente está en peligro por las obras que las autoridades de Ucrania han reanudado en el brazo de Bystroe;
20. Insta a Rumanía a que adopte y aplique la legislación veterinaria, con el fin de garantizar la seguridad alimentaria y evitar la transmisión de enfermedades animales;
21. Hace hincapié en la necesidad de acelerar la aplicación de la legislación sobre la restitución de los bienes;
22. Considera asimismo urgente la aplicación del derecho de propiedad intelectual para evitar el pirateo y la usurpación de marca;
23. Toma nota con satisfacción de las mejoras que han conseguido las autoridades rumanas en el ámbito de la protección de la infancia e insta al Gobierno rumano a dar una solución a las solicitudes de adopción internacional presentadas durante la moratoria de junio de 2001, velando por que se examinen todos los asuntos a la luz de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño y de la ley rumana sobre el estatuto jurídico de la adopción, con el fin de permitir las adopciones entre países, cuando esté justificado y resulte apropiado, en estos casos especiales;
24. Recuerda la necesidad urgente de mejorar la protección de las personas que padecen una discapacidad mental, cuyas condiciones de vida y de atención sanitaria siguen sin ser satisfactorias, en particular, las personas con discapacidades intelectuales y con problemas de salud mental acogidas en centros asistenciales; pide una acción inmediata del Gobierno rumano con el fin de desmantelar los grandes centros asistenciales para personas discapacitadas, en favor de centros asistenciales de menor tamaño y más orientados a una vida en comunidad, contando con una ayuda financiera importante de la Comisión destinada específicamente a tal efecto; destaca, sin embargo, la necesidad vital de adoptar todas las medidas necesarias para aplicar la ley de 2002 sobre la salud mental y la protección de las personas afectadas por trastornos psicológicos;
25. Comprueba que la aplicación de las leyes antidiscriminación y de las medidas adoptadas por Rumanía en favor de la población romaní representa un paso adelante, pero considera que se debe continuar con el esfuerzo de lograr su integración, aplicando una política de tolerancia cero por lo que se refiere al racismo contra la población romaní, así como garantizando en particular un mejor acceso a una educación de calidad y al mercado de trabajo y asociando plenamente a los medios de comunicación;
26. Señala su malestar por los reiterados retrasos en la adopción de la ley sobre las minorías; manifiesta su preocupación por la persistencia de medidas discriminatorias en las leyes electorales, que han sido recogidas en el proyecto de ley sobre las minorías; desea que la ley sobre las minorías se adopte lo más pronto posible, respetando los criterios políticos;
27. Afirma una vez más que se deben adoptar medidas complementarias para garantizar la protección de la minoría húngara, de conformidad con los principios de subsidiaridad y autonomía cultural; pide a las autoridades rumanas que apoyen plenamente la mejora del nivel de educación de la minoría húngara, poniendo a disposición los recursos financieros necesarios;
28. Pide a la Comisión que siga controlando los preparativos para la adhesión con rigor y objetividad y que ayude a las autoridades rumanas en el cumplimiento de sus compromisos, así como que se comprometa a controlar los progresos realizados, no sólo en términos de compromisos cumplidos, sino también por lo que se refiere a su aplicación a nivel local, en aquellos ámbitos en los que ya se han pedido cambios en los informes precedentes;
29. Reitera su exigencia de que la Comisión le informe con regularidad de sus trabajos de control y de que se le asocie plenamente a la decisión final sobre un posible uso de la cláusula de salvaguardia;
30. Aprueba el enfoque adoptado por la Comisión de que la decisión sobre el posible aplazamiento de la fecha de adhesión se tomará teniendo en cuenta los resultados logrados por Rumanía de aquí a la primavera de 2006;
31. Reafirma su deseo, respaldado en una importante voluntad política, de que Rumanía se adhiera el 1 de enero de 2007, pero destaca que el cumplimiento de este deseo depende en primer lugar de la capacidad de las autoridades rumanas para cumplir los compromisos contraídos en el Tratado de adhesión, ya que, de no ser así, se activarán las cláusulas de salvaguardia;
32. Pide a las autoridades rumanas que colmen de manera satisfactoria las lagunas detectadas, a fin de permitir la adhesión de Rumanía con arreglo al calendario previsto;
33. Pide a los Estados miembros de la Unión que aún no lo hayan hecho que ratifiquen lo antes posible el Tratado de adhesión de Rumanía a la Unión Europea;
34. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión, así como a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros y de Rumanía.