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Procedimiento : 2005/2053(INI)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : A6-0014/2006

Textos presentados :

A6-0014/2006

Debates :

PV 15/02/2006 - 13
CRE 15/02/2006 - 13

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PV 16/02/2006 - 6.7

Textos aprobados :

P6_TA(2006)0067

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Jueves 16 de febrero de 2006 - Estrasburgo
Gestión de riesgos y crisis en la agricultura
P6_TA(2006)0067A6-0014/2006

Resolución del Parlamento Europeo sobre la gestión de riesgos y crisis en la agricultura (2005/2053(INI))

El Parlamento Europeo,

–  Vista la Comunicación de la Comisión al Consejo sobre la gestión de riesgos y crisis en la agricultura (COM(2005)0074),

–  Visto el memorando de la Comisión de 6 de septiembre de 2005 (MEMO/05/302), por el que se establece un "Plan de cinco puntos para reaccionar ante la subida de los precios del petróleo",

–  Visto el estudio realizado por encargo del Parlamento Europeo titulado "Gestión de riesgos y crisis en la agricultura",

–  Visto el artículo 45 de su Reglamento,

–  Visto el informe de la Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural (A6-0014/2006),

A.  Considerando que los riesgos de la producción agrícola surgen a distintos niveles y, por lo tanto, deben evaluarse y afrontarse de forma diferenciada:

   por una parte, hay riesgos a escala de la explotación agrícola, es decir, riesgos individuales derivados de inversiones y financiación, de la aplicación de métodos de producción determinados o relativos al desarrollo de los precios de producción y comercialización;
   por otra parte, existen riesgos relacionados con las condiciones marco exteriores naturales y económicas, como, por ejemplo, el cambio climático y los cambios en el régimen de precipitaciones, las cada vez más numerosas catástrofes naturales, o las repercusiones de la liberalización del comercio de productos agrícolas, así como las alteraciones producidas en el mercado como consecuencia de los intercambios comerciales,

B.  Considerando que la gestión de riesgos en la agricultura, de conformidad con los objetivos de la Política Agrícola Común (PAC) debe estar prioritariamente al servicio del público, garantizando el suministro a la población de productos agrícolas alimentarios sanos y de materias primas agrícolas, así como un medio ambiente intacto,

C.  Considerando que desde la última reforma de la PAC, en junio de 2003, se han suprimido cada vez más medidas de estabilización del mercado y de los precios, reemplazándolas por pagos disociados directos a los agricultores, lo cual, por una parte, hace que los agricultores se orienten en mayor medida por el mercado, y, por otra, aumenten los riesgos derivados de la producción,

D.  Considerando que dicha reforma ha introducido al mismo tiempo el principio de "condicionalidad", por el que se imponen requisitos a los agricultores por lo que respecta a la protección del medio ambiente y de los animales,

E.  Señalando que, dado que se está configurando progresivamente un entorno de mayor riesgo que el existente en un pasado reciente, ya que se espera que tanto la diversidad como la intensidad y la frecuencia de los riesgos agrícolas evolucionen a peor para los agricultores, se prevé que la evolución de los riesgos agrícolas resulte de la intensidad y frecuencia de los fenómenos naturales, la coyuntura económica y los riesgos relacionados con ella, los riesgos tecnológicos, las percepciones sociales acerca del medio ambiente y la seguridad alimentaria y el comportamiento de los consumidores,

F.  Considerando que aumentarán los riesgos para la producción agrícola que suponen el cambio climático, la degradación del suelo, la escasez de agua, la erosión de los recursos genéticos y otros factores,

G.  Considerando los riesgos particulares derivados de las nuevas tecnologías, como la aplicación de la ingeniería genética en la agricultura, que se asocia con futuros efectos desconocidos en los organismos vivos y el medio ambiente, los cuales deberán afrontarse aplicando los principios de precaución y de "quien contamina, paga",

H.  Considerando que la fuerte dependencia que sufre la agricultura de la Unión Europea de las energías fósiles para abonos, productos fitosanitarios y maquinaria entraña riesgos derivados de las oscilaciones de los precios del petróleo y de su escasez, los cuales deben ser atajados mediante el ahorro y una mayor utilización de energías renovables,

I.  Recordando que los seguros agrícolas se incluyen en las ayudas estatales aceptadas por la Organización Mundial del Comercio y que socios comerciales como los EE.UU. y Canadá activan de forma sistemática tanto ayudas internas a los mecanismos de seguro de los ingresos derivados de la agricultura para compensar las repercusiones de desastres naturales, como pagos excepcionales de urgencia para compensar daños y pérdidas de ingresos por modificación de los precios del mercado (apartados 7 y 8 del anexo 2 del Acuerdo de la OMC sobre la Agricultura), creando de este modo una "red de seguridad" que garantice una política de ingresos para los agricultores, algo que la UE no puede ignorar,

J.  Considerando que las tres opciones consideradas por la Comisión con respecto a la gestión de riesgos y crisis (seguros contra catástrofes naturales, mutualidades y garantía de los ingresos) no son en realidad medidas de prevención para reducir el riesgo o los daños, sino modelos de financiación de compensaciones en caso de daños,

K.  Considerando que la Comisión propone financiar estas medidas mediante el punto porcentual de modulación o mediante los programas nacionales de desarrollo regional, lo cual, en opinión de expertos, distaría mucho de cubrir el volumen de créditos necesarios para las medidas propuestas,

L.  Considerando que los jóvenes agricultores son especialmente vulnerables ante crisis y catástrofes, ya que con frecuencia se encuentran profundamente endeudados de resultas de la adquisición de su explotación,

M.  Considerando que los nuevos Estados miembros están excluidos del mecanismo de modulación hasta el año 2013, y que los pagos directos en estos países están regulados por un mecanismo de incremento gradual (phasing-in), por lo que es preciso garantizarles la posibilidad de recurrir a otros medios en el marco de la PAC,

Propuestas de la Comisión
En general

1.  Se felicita por el enfoque de la Comisión consistente en examinar distintas opciones para la gestión de riesgos y crisis; no obstante, manifiesta sus reservas con respecto a la filosofía subyacente a unas propuestas centradas exclusivamente en compensaciones e indemnizaciones; pide a la Comisión que recurra más a medidas preventivas, como el recurso a la vacunación y la mejora del control de las importaciones ilegales, para reducir los riesgos y evitar las crisis;

2.  Considera que, para conferir una mayor coherencia a la política de gestión de riesgos y crisis, debe procurarse:

   que las compañías de seguros, públicas o privadas, y las sociedades de seguros mutuos ejerzan sus actividades de seguros directos para la cobertura de riesgos asegurables, de forma autónoma o tras su integración en un régimen de seguros agrícolas;
   que los Estados se limiten a cubrir los riesgos específicos relacionados con desastres naturales no asegurables y que se permita, bajo ciertas condiciones, la financiación estatal de estas actividades;
   que se autoricen las ayudas de Estado a las primas de seguro y la financiación estatal de los reaseguros de las compañías aseguradoras, a condición de que se inscriban en el marco comunitario;
   que la participación de los aseguradores y de los agricultores asegurados sea optativa;

3.  Considera que, en lo referente a la financiación comunitaria, en el caso de que se adopte un marco común para la política de seguros e indemnizaciones agrícolas, pueden tomarse en consideración los escenarios siguientes:

   habrá cierta financiación comunitaria para cubrir una parte de los gastos de creación y funcionamiento de los sistemas de protección de los ingresos agrícolas;
   tanto la financiación nacional como la comunitaria serán compatibles con las regulaciones actuales o futuras vigentes en el marco de los acuerdos de la OMC;
   se financiarán sólo los sistemas que satisfagan los requisitos mínimos que fije la política común o que se ajusten a un calendario de adaptaciones pertinentes;

4.  Destaca, en este contexto, los daños cada vez mayores originados por los cambios climáticos y las catástrofes naturales, como inundaciones, sequías e incendios, y sobre los daños producidos por las epizootias, que se propagan por el mundo de forma cada vez más acelerada a causa de los transportes de animales y las importaciones ilegales;

5.  Opina que las propuestas de la Comisión no tienen suficientemente en cuenta los riesgos y las crisis potenciales que implica la liberalización de los mercados agrícolas en el marco de las negociaciones de la OMC; pide por ello a la Comisión que evalúe más exactamente los instrumentos y las medidas que puedan servir para evitar el hundimiento de los precios, crisis en los mercados, pérdidas de ingresos de los agricultores y todos los obstáculos a la continuación de su actividad, y que permitan reaccionar con eficacia, y que efectúe un análisis de la incidencia de las medidas de incremento de los precios de coste en el ámbito del bienestar animal y en el medio ambiente;

6.  Considera que las propuestas de la Comisión deberían tener en cuenta las situaciones de crisis gravemente perjudiciales para los productores comunitarios surgidas de restricciones a las exportaciones de productos agrícolas de la Unión impuestas por países terceros; pide, por consiguiente, a la Comisión que complete en este sentido la definición de situación de crisis;

7.  Se opone firmemente a toda renuncia a la preferencia comunitaria; considera absolutamente indispensable una revisión más pormenorizada de los instrumentos y las medidas para la prevención de riesgos y la gestión de crisis que se aplican en la Unión y sus Estados miembros; destaca especialmente a este respecto la posibilidad de orientar la oferta para evitar el exceso de producción y la caída de los precios, así como los nuevos programas de desarrollo rural; sigue considerando justificado el recurso a las medidas previstas por las organizaciones comunes de mercados en ámbitos especialmente sensibles, como la producción de frutas y hortalizas, y considera necesario mantener este recurso en la inminente revisión de la organización común de mercado (OCM) de las frutas y hortalizas;

8.  Pide a la Comisión que introduzca un mecanismo de red de seguridad al que podría recurrirse no solo en situaciones de crisis de la OCM de la carne de vacuno, sino también para otros sectores como las frutas y hortalizas, el vino, la carne de porcino y las aves de corral;

9.  Pide a la Comisión que estudie la posible eficacia de determinadas medidas específicas como son:

   la ayuda al almacenamiento en casos de caída súbita de los precios,
   la ayuda a la transformación con miras a descongestionar el mercado en los casos en que sea factible esta salida,
   la adopción de medidas de promoción para eliminar el probable efecto negativo en la opinión pública y para reducir al mínimo sus repercusiones (como se hizo, por ejemplo, en el caso del consumo de carne de vacuno tras la crisis de la encefalopatía bovina),
   la ayuda a la reducción voluntaria de la producción cuando las perspectivas de comercialización sean desfavorables;

10.  Recomienda, habida cuenta de la amplia supresión de aranceles acordada en el marco de la OMC para los productos agrícolas, que se definan las condiciones de acceso al mercado, como medida preventiva, con objeto de evitar el dumping económico, ecológico y social; considera justificadas las exacciones a las que se someten las importaciones de productos agrícolas cuando las condiciones de producción violen los derechos humanos así como los acuerdos internacionales y la normativa europea en materia de protección del medio ambiente y de los animales; propone destinar el producto de dichas exacciones a garantizar la seguridad alimentaria y prevenir crisis en los países en desarrollo afectados;

11.  Considera que la Comisión debería proponer posibles fuentes de financiación de los créditos propuestos en favor de los nuevos Estados miembros; entiende que los medios financieros utilizados a tal fin no deberían inducir una reducción de las ayudas que los nuevos Estados miembros reciben en el marco de pagos directos y de la ayuda al desarrollo de las zonas rurales;

12.  Considera aceptable que la Comisión, los Estados miembros, la industria agroalimentaria y las explotaciones agrícolas cofinancien medidas para prevenir riesgos y hacer frente a crisis, siempre que dicha cofinanciación se pueda imponer como obligatoria y no conduzca a desigualdades entre Estados miembros y agrupaciones de agricultores;

13.  Habida cuenta de la necesidad y el efecto de prevención de riesgos de las medidas de desarrollo regional, se manifiesta en contra de la propuesta de la Comisión de financiar la gestión de riesgos y crisis únicamente mediante un punto porcentual de la modulación; por el contrario, a la vista de los desafíos que se deben afrontar, considera necesario incrementar los recursos destinados a la prevención de crisis, incluidos los créditos consignados en la reserva; propone, en este contexto, que se haga una excepción al principio de la anualidad del presupuesto para reaccionar ante las fluctuaciones de las necesidades en caso de crisis;

14.  Pide a la Comisión, en vista de que el volumen de los fondos procedentes de la modulación varía según los distintos Estados miembros, que estudie fuentes alternativas de financiación de estas medidas, que quedarán a la elección de los Estados miembros, como, por ejemplo, mediante un porcentaje que se determinará sobre la base del valor bruto de su producción agrícola;

15.  Pide a la Comisión que elabore un análisis cuantitativo que permita una evaluación fidedigna de los efectos de la escasez de petróleo que se perfila, así como de escenarios posibles para hacer frente a este problema, previendo una posibilidad de conceder ayudas a la compra de combustibles cuando sus precios experimenten aumentos excepcionales; considera que, al mismo tiempo, deberá lograrse que el cultivo de plantas energéticas resulte más atractivo para los productores, incrementando sustancialmente la ayuda por superficie en el marco del Reglamento (CE) nº 1782/2003 del Consejo(1);

16.  Pide a la Comisión que examine la forma de incentivar a los agricultores, en el marco de pagos directos y de programas de desarrollo rural, para que utilicen métodos económicos y de otra naturaleza que reduzcan el riesgo;

17.  Pide a la Comisión que, en todas sus acciones relativas a la gestión de riesgos y crisis, preste una atención especial a la posición de los jóvenes agricultores;

18.  Considera que la política de seguros contra las crisis en la agricultura deberá basarse en la flexibilidad y en un enfoque pluralista, ya que la elección de un único modelo de gestión de crisis no es viable a causa de la complejidad de los sistemas de seguros y las particularidades nacionales;

Por lo que se refiere a la opción 1: Cofinanciación de las catástrofes naturales por regímenes de seguros privados

19.  Considera que, en vista de la pluralidad de los instrumentos ofrecidos por los regímenes de seguros, el papel que desempeña el seguro es importante por los motivos siguientes:

   a) es el instrumento más acreditado del mercado, el más completo en términos institucionales y el más conocido y aplicado,
   b) es, por la razón anterior, más adecuado que otros instrumentos para un mercado internacional de productos agrícolas,
   c) la subvención de las primas de seguros es una ayuda claramente aceptada en el marco de la OMC,
   d) el mercado de seguros cuenta con una experiencia considerable en este ámbito y ya ha permitido remediar situaciones muy complejas, al mismo tiempo que permite que se utilicen instrumentos innovadores en materia de seguros;

20.  Acoge con satisfacción la reflexión de la Comisión relativa a la cofinanciación de las primas satisfechas por los agricultores en concepto de seguros contra los efectos de catástrofes naturales y de apoyo a sistemas de reaseguro; considera que esta opción exige un compromiso de recursos con cargo a los presupuestos comunitario y nacionales claramente superior al punto porcentual de modulación; entiende que las condiciones de acceso deben establecerse con suma precisión y que cabe considerar también la posibilidad de respaldar esta solución recurriendo a los presupuestos nacionales;

21.  Toma nota de que, en bastantes Estados miembros, el sistema ya funcionaba de forma satisfactoria y pide a la Comisión que presente análisis más pormenorizados, por riesgos específicos (por ejemplo, granizo, sequía, huracanes) y por cultivos (por ejemplo, trigo, maíz, colza) de las prestaciones ofrecidas por las compañías de seguros privadas contra las catástrofes naturales y las epizootias, de sus costes y de su posición en relación con la competencia y que los compare con los costes y las prestaciones actuales de las autoridades públicas nacionales y europeas;

22.  Pide a la Comisión que establezca un sistema de seguro público financiado por la Unión Europea para los distintos sectores y modos de producción, con el fin de crear mejores condiciones políticas marco para la gestión de riegos y la prevención de crisis;

23.  Pide a la Comisión que establezca un sistema de reaseguro coherente y accesible para todos los Estados miembros en el marco de la PAC;

Por lo que se refiere a la opción 2: Mutualidades

24.  Se felicita por la intención de la Comisión de fomentar las mutualidades constituidas por productores; destaca en este contexto la enorme importancia de las organizaciones de productores, las cuales pueden lograr una mejor cobertura en razón del reparto de riesgos y la agrupación de intereses, en comparación con los mercados de capitales y las compañías de seguros privadas;

25.  Destaca los beneficios que ofrece la responsabilidad colectiva en cuanto a los fondos sectoriales o intersectoriales, ya que, por lo que se refiere a la puesta en común de infraestructuras, a la utilización de ayudas públicas y a las reservas de los productores, permite esperar una mayor movilización, también en relación a las medidas de prevención;

26.  Pide a la Comisión que examine la posibilidad de proteger a los agricultores contra caídas de los precios mediante contratos de futuros sobre materias primas y precios garantizados, o contra pérdidas de mercancías mediante regímenes de seguros privados;

27.  Considera indispensables medidas de acompañamiento nacionales y comunitarias para estimular las aportaciones y las contribuciones del sector privado mediante deducciones de impuestos y facilidades crediticias, con el fin de facilitar así la participación de los productores en las mutualidades propuestas; destaca especialmente las exigencias y las propuestas modélicas del Parlamento Europeo, expuestas en su Resolución de 15 de noviembre de 2000(2) sobre la organización común de mercados en el sector de la carne de porcino;

28.  Pide a la Comisión que en las opciones 1 y 2 examine la posibilidad de diferenciar entre la gestión de riesgos social y la gestión de riesgos del sector privado y, si hubiera lugar a ello, que module las ayudas concedidas según el tamaño de la explotación y las medidas de prevención de crisis emprendidas;

Por lo que se refiere a la opción 3: Cobertura básica contra las crisis de ingresos

29.  Toma nota de las propuestas de la Comisión sobre la prestación de una cobertura básica contra las crisis de ingresos y considera que esta cuestión debe debatirse en el contexto de la futura revisión de la PAC;

30.  Destaca las dificultades que supone establecer y reconocer los daños sufridos y las pérdidas de ingresos, que ya existen actualmente a escala nacional; parte de la base de que dicho sistema implicará una pesada carga administrativa y originará costes elevados;

31.  Pide a la Comisión que no prevea ayudas públicas a la renta en caso de crisis, que entrarían en competencia con los regímenes de seguros privados, sino que, por el contrario, haga estos regímenes más fiables y eficaces mediante sistemas adecuados de rendición de cuentas y de control;

32.  Señala que la Comisión debería imponerse como misión esencial la instauración de un modo de intervención rápida y flexible capaz de responder a todas las situaciones de crisis y que simplifique al máximo los trámites burocráticos, que absorben un tiempo considerable y comprometen la eficacia de las medidas;

o
o   o

33.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión.

(1) DO L 270 de 21.10.2003, p. 1.
(2) DO C 223 de 8.8.2001, p. 176.

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