Resolución del Parlamento Europeo sobre la ejecución de una estrategia forestal para la Unión Europea (2005/2054(INI))
El Parlamento Europeo,
– Vista su Resolución, de 30 de enero de 1997, sobre la estrategia forestal de la Unión Europea(1),
– Vista la Comunicación de la Comisión, de 18 de noviembre de 1998, sobre una estrategia de la UE para el sector forestal (COM(1998)0649),
– Vista la Resolución del Consejo, de 15 de diciembre de 1998, sobre una estrategia forestal para la Unión Europea(2),
– Visto el Informe especial nº 14/2000 del Tribunal de Cuentas sobre la Ecologización de la PAC(3),
– Vista la Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo titulada "Informe sobre la ejecución de la estrategia forestal de la UE" (COM(2005)0084) y el documento de trabajo de los servicios de la Comisión adjunto a la comunicación sobre las acciones e iniciativas ejecutadas en el contexto de la estrategia forestal de la UE en el período 1999–2004,
– Visto el Informe especial nº 9/2004 del Tribunal de Cuentas sobre las medidas forestales en el marco de la política de desarrollo rural(4),
– Vistas las Conclusiones del Consejo de Ministros de Agricultura y Pesca, reunido en Bruselas el 30 de mayo de 2005, sobre un plan de acción de la UE en favor de los bosques,
– Visto el estudio de 21 de junio de 2005 elaborado por su comisión competente y por el Office National des Forêts (ONF) de Francia sobre las perspectivas para la estrategia forestal europea,
– Visto el proyecto de dictamen del Comité de las Regiones, de 12 de septiembre de 2005, titulado "Informe sobre la ejecución de la estrategia forestal de la Unión Europea",
– Visto el anteproyecto de dictamen del Comité Económico y Social Europeo, de 4 de agosto de 2005, sobre la Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo titulada "Informe sobre la ejecución de la estrategia forestal de la UE",
– Visto el artículo 45 del Reglamento,
– Vistos el informe de la Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural y la opinión de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria (A6-0015/2006),
Aspectos generales
A. Considerando que los principios fundamentales de la estrategia forestal de la UE, es decir, la explotación forestal sostenible y el mantenimiento y refuerzo del papel plurifuncional de los bosques, también en relación con la biodiversidad, y de su fauna, sobre la base del principio de subsidiariedad, no resultan cuestionados por la elaboración del plan de acción de la UE para la gestión sostenible de los bosques propuesto por la Comisión; que la estrategia forestal de la UE consiste en un proceso dinámico y que está abierto a la integración de nuevos elementos; que el plan de acción de la UE debe considerarse un instrumento complementario que permitirá llegar a una mejor armonización de los objetivos y las medidas en los diferentes ámbitos de actuación,
B. Considerando que, cuando el crecimiento económico se combina con importantes valores medioambientales, tales como el mantenimiento sostenible de las funciones protectoras y la biodiversidad de los bosques, y con el desarrollo de la agricultura, la industria forestal aporta una contribución excepcional para lograr los objetivos de Lisboa y de Gotemburgo;
C. Considerando que, aunque ni el Tratado de la Unión Europea ni el Tratado por el que se establece una Constitución ofrecen un fundamento jurídico para una política forestal común, la influencia de las distintas políticas comunitarias sobre los bosques no ha dejado de aumentar,
D. Considerando que en ocasiones los Estados miembros definen de formas muy diversas lo que entienden por "bosque", por lo que la evaluación de las medidas comunitarias relevantes para el bosque es necesariamente incompleta,
E. Subrayando que el punto de partida para todas las decisiones que afecten a los bosques europeos debe ser la diversidad que éstos presentan y los diferentes retos medioambientales a los que se enfrentan;
Elemento estratégico 1: Participación activa en todos los procesos internacionales relacionados con el sector forestal
F. Considerando que los Estados miembros, con su participación activa en todos los procesos internacionales relacionados con el sector forestal, han atendido a la demanda del Consejo de una estrategia forestal europea,
G. Subrayando la importancia que reviste la conservación de unos ecosistemas forestales intactos para proteger la biodiversidad de conformidad con los acuerdos internacionales, en particular mediante acciones como el Convenio de Río de 1992 sobre la Diversidad Biológica o la iniciativa destinada a frenar la desaparición de especies para 2010, adoptada en el Consejo Europeo de Gotemburgo en 2001 y en Johannesburgo en 2002; convencido de que, con el fin de seguir avanzando en este sentido, es esencial definir suficientes zonas de reservas naturales y adaptar en mayor grado los métodos de gestión forestal a las exigencias biológicas en el marco de la ordenación del territorio,
Elemento estratégico 2: Cumplimiento de las obligaciones internacionales a través de programas forestales nacionales
H. Considerando que los programas forestales nacionales y subnacionales (PFN) constituyen el elemento central de la realización de los objetivos de la estrategia forestal de la UE y deben garantizar la armonización y la coherencia entre los requisitos políticos nacionales y los compromisos internacionales,
Elemento estratégico 3: Mejora de la coordinación, comunicación y cooperación en todos los ámbitos de actuación política relacionados con el sector forestal
I. Considerando que no ha cambiado nada en cuanto a la necesidad fundamental, ya destacada en 1998, de mejorar la coordinación, la comunicación y la cooperación en todos los ámbitos políticos comunitarios relacionados con el sector forestal (políticas agrícola, de medio ambiente, de energía, de investigación, industrial, del mercado interior, comercial y de ayuda para el desarrollo) entre la Comisión y los Estados miembros y entre los Estados miembros,
Elemento estratégico 4: Fomento de la gestión sostenible de los bosques en el marco de la política de conservación y desarrollo de las zonas rurales
J. Considerando que, a nivel comunitario, la política de desarrollo del espacio rural es el elemento principal para la ejecución de la estrategia forestal, lo que se traduce por el hecho de que entre 2000 y 2006 se dedicaron, en el marco de la política de desarrollo rural, 4 800 millones de euros a medidas forestales, de los cuales la mitad se destinó a la reforestación de tierras agrícolas y la otra mitad a otro tipo de medidas forestales,
Elemento estratégico 5: Protección de los bosques europeos
K. Considerando que el sector forestal debe organizarse de manera sostenible desde el punto de vista económico, ecológico, social y cultural y que la protección de los bosques, el seguimiento de los daños a los bosques, el saneamiento de las masas forestales dañadas y la prestación de servicios medioambientales, en particular la regulación del ciclo hidrológico, forman parte integrante de la gestión forestal sostenible; considerando que un objetivo central en relación con los bosques es el mantenimiento de su viabilidad, protegiéndolos contra los incendios y contra la contaminación atmosférica, pero también contra la contaminación del suelo y del agua, y protegiéndolos de los daños causados por las enfermedades y los parásitos dañinos, así como por la erosión,
L. Considerando deseable garantizar la biodiversidad en las zonas forestales y prever la regulación y el uso duradero de la fauna silvestre que coloniza de forma natural dichos espacios con miras a la permanencia de estas especies, respetando el equilibrio forestal y cinegético,
M. Considerando, no obstante, que las medidas de prevención de incendios previstas en la política de desarrollo rural están resultando insuficientes para hacer frente al fenómeno de los incendios forestales, que es la principal causa de deterioro de los bosques en la Unión Europea y una de las razones de la desertización acelerada que experimentan muchas regiones europeas; lamentando igualmente la falta de coordinación entre los programas realizados a nivel regional o nacional, coordinación que debería reforzarse mediante el establecimiento de líneas estratégicas comunitarias, con el fin de alcanzar una mayor sintonía en las medidas de prevención aplicadas por las distintas administraciones nacionales y locales; considerando que la Comisión debería recomendar a cada región que elabore una estrategia global para la lucha contra los incendios y que coordine sus acciones con los Estados miembros; considerando que esta estrategia de prevención debe tener en cuenta la relación entre la agricultura y el medio ambiente forestal, los riesgos en la zona y las medidas preventivas para enfrentarse a ellos,
N. Señalando que existen regiones que resultan afectadas regularmente por grandes incendios forestales y expresando su solidaridad hacia ellas; considerando, no obstante, que es importante subrayar que tanto el problema de los incendios forestales como las condiciones generales para poder combatirlos difieren enormemente de un Estado miembro a otro; recordando que la experiencia demuestra que la prevención eficaz de los incendios forestales, así como su extinción, requiere el compromiso de agentes locales y el arraigo en la realidad local, así como la modificación de las prácticas forestales, en particular el abandono del monocultivo de especies propensas al fuego, como el eucalipto,
O. Subrayando que el nuevo instrumento financiero para el medio ambiente (LIFE +) es fundamental para proteger todos los bosques europeos mediante medidas de seguimiento y de prevención de los factores que contribuyen a su deterioro, incluidos los incendios,
Elemento estratégico 6: Protección de los bosques tropicales
P. Considerando que la tala ilegal de árboles tropicales causa graves daños ecológicos, económicos y sociales no sólo en los países de origen, sino también en países de latitudes templadas, ya que produce considerables distorsiones del mercado de los productos de la madera,
Q. Acogiendo con satisfacción el plan de acción FLEGT (Plan de acción de la Unión Europea sobre la aplicación de las leyes, gobernanza y comercio forestales) que la Comisión ha introducido para combatir el problema de la tala ilegal de árboles; considerando que ésta crea por un lado graves problemas medioambientales y sociales, y, por otro, un desequilibrio en el comercio con productos fabricados con madera y pérdidas económicas para la industria maderera; recordando que, para avanzar en la lucha contra la venta ilegal de madera, es sumamente importante eliminar los factores subyacentes al problema, a saber, la incertidumbre en cuanto a la propiedad, la corrupción y la pobreza; considerando que también es importante prever sanciones y penas reales para las personas y las empresas que comercien con madera de procedencia ilegal,
R. Constatando que una gran parte de la madera importada a la Unión Europea llega en forma de productos transformados, algunos de los cuales han sido fabricados a base de madera obtenida ilegalmente; considerando que, para facilitar la prohibición de tales importaciones de origen ilegal, la Comisión debería examinar la posibilidad de modificar el Código Aduanero de la UE y las normas no preferenciales de origen aplicables a la madera, de modo que el último país en el que tiene lugar el procesamiento de productos derivados de recursos naturales extractivos esté obligado a probar el origen legal de las materias primas,
Elemento estratégico 7: Mitigación del cambio climático y contribución a un suministro de energía sostenible
S. Considerando, en relación con el hecho de que el carbono esté almacenado en la biomasa y el suelo, que los bosques desempeñan una importante función como sumideros de carbono en el ciclo del carbono de la tierra; que la garantía de su regeneración, la conservación de su productividad y el mayor uso de productos forestales neutros respecto del carbono garantizan y amplían el ciclo del carbono; que los bosques proporcionan una energía renovable y neutra respecto del carbono y contribuyen a la combinación de energías sosteniblels en la UE, por lo que los bosques y sus productos contribuyen a ralentizar el calentamiento global y el efecto invernadero, así como al cumplimiento de los objetivos ambientales de la Unión (por ejemplo, el Protocolo de Kyoto),
T. Considerando que la utilización efectiva de las energías renovables basadas en los productos forestales contribuirá asimismo a paliar el déficit energético de la Unión Europea y a potenciar la producción de cultivos energéticos como elemento sustitutivo en las zonas excedentarias o afectadas por determinadas reformas de la Organización común de mercado (OCM),
Elemento estratégico 8: Fomento de la competitividad, el empleo y la renta del sector forestal
U. Considerando que en la política económica comunitaria no se ha dado suficiente importancia al sector forestal y de la silvicultura, que sigue estando considerado como un ámbito secundario, pese a ser un sector que crea numerosos puestos de trabajo, produce un volumen de negocios considerable y tiene repercusiones sumamente positivas para la viabilidad del mundo rural,
V. Considerando que los bosques son proveedores de servicios ambientales de primera magnitud para la calidad de vida, así como de productos agroforestales de gran importancia económica,
W. Constatando que la Comisión reconoce el papel multifuncional de los bosques, pero considerando que, en la mayoría de las ocasiones, dicho papel no se refleja, en la medida del potencial que ofrece, en la economía de las zonas interesadas ni en los ingresos de sus habitantes,
X. Considerando que la concretización de varios objetivos ambientales de la Unión requiere, por consiguiente, que la silvicultura se dote de los medios necesarios y adquiera una conciencia sólida de los diversos objetivos que persigue simultáneamente la gestión forestal,
Elemento estratégico 9: Fomento de las actividades de investigación y desarrollo en el ámbito forestal
Y. Considerando que el sector forestal solamente podrá estar a la altura de las exigencias que se le plantean en términos de competitividad y desarrollo sostenible si logra elaborar para sus actividades conceptos y tecnologías nuevos e innovadores y si no está sujeto a imposiciones desproporcionadas, derivadas de las obligaciones generales del propietario frente a la sociedad, que obstaculicen su rentabilidad económica,
Z. Subrayando la importancia de una investigación diversificada en el sector de la madera para la consecución de los objetivos de la Unión Europea en materia de competitividad y medio ambiente; observando que la madera, como materia prima, tiene numerosas propiedades, en particular químicas, que aún no se han explotado, y que se deben habilitar recursos suficientes para la investigación y el desarrollo de sus aplicaciones comerciales; constatando que el aumento del uso de la madera, por ejemplo, en la construcción, la fabricación de papel, el material de embalaje y la producción de energía, puede contribuir a sustituir la utilización de recursos naturales no renovables;
AA. Considerando que se deben llevar a cabo nuevas acciones de investigación y desarrollo en el ámbito de la prevención y la extinción de incendios, vía satélite y a través de los sistemas tecnológicos más modernos, que sean aplicadas no sólo a los bosques sino también a la protección civil de los ciudadanos,
Elemento estratégico 10: Fomento de la gestión sostenible de los bosques a través de programas de formación y perfeccionamiento profesional
AB. Considerando que, hasta ahora, el sector forestal apenas se ha tenido presente en los programas europeos de formación y perfeccionamiento profesional,
Elemento estratégico 11: Fomento de la gestión sostenible de los bosques a través de estrategias de información y comunicación
AC. Considerando que en la precedente estrategia forestal de la UE apenas se han utilizado las posibilidades de que dispone la Unión Europea para apoyar la gestión forestal sostenible mediante estrategias de información y comunicación,
Aspectos generales
1. Apoya el enfoque de la Comisión de que el desarrollo de las políticas comunitarias implica una integración más profunda de la estrategia forestal europea en el contexto global de la política europea y la cooperación entre los Estados miembros en este ámbito mediante las decisiones de los Consejos Europeos de Lisboa (2000) y Gotemburgo (2001) y mediante el 6º Programa comunitario de acción en materia de medio ambiente (2002) y la reforma de la PAC (2003), así como la ampliación (2004); apoya, por consiguiente, la iniciativa de la Comisión de elaborar un plan de acción de la UE para la gestión sostenible de los bosques, que debería aplicarse durante un periodo de cinco años; subraya que este plan de acción debería desarrollarse en estrecha coordinación con los Estados miembros y las regiones y previa consulta a las organizaciones de las partes interesadas; considera que la estrategia forestal europea ha creado un marco de referencia para las políticas, iniciativas y medidas relativas a los bosques y ha influido en la manera de examinar actualmente los temas forestales; considera que las modificaciones mencionadas del marco político exigen una implicación más coherente y activa en la gestión de los recursos forestales comunitarios;
2. Opina que, habida cuenta de las numerosas repercusiones de las políticas comunitarias sectoriales en los bosques y de las estrategias de Lisboa y de Gotemburgo, la Comisión y el Consejo deben examinar objetivamente las posibilidades de crear un fundamento jurídico específico para los bosques en los Tratados de la Unión Europea o en un futuro proyecto de Constitución; propone que, mientras la Unión Europea carezca de un fundamento jurídico específico para los bosques, se tenga especialmente en cuenta el principio de subsidiariedad para todo acto jurídico relativo a los bosques;
3. Pide que los Estados miembros y la Comisión traten de llegar a una interpretación unitaria del concepto de "bosque", para que en lo sucesivo sea posible evaluar mejor las medidas comunitarias relativas a los bosques;
Elemento estratégico 1: Participación activa en todos los procesos internacionales relacionados con el sector forestal
4. Celebra que los Estados miembros y la Comisión hayan desarrollado, en un diálogo dinámico en el marco de la Conferencia ministerial sobre la protección de los bosques en Europa (CMPBE), una visión común de la gestión forestal sostenible, y les anima a que la tengan más presente en el proceso de toma de decisiones políticas;
5. Celebra la participación activa de los Estados miembros en todos los procesos internacionales relacionados con el sector forestal, y recuerda que en la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible celebrada en Johannesburgo en 2002 se insistió en que el desarrollo sostenible de los bosques constituye un instrumento para realizar los otros Objetivos de Desarrollo del Milenio; subraya además que los gobiernos de los países participantes se comprometieron a definir un plan de acción vinculante con numerosas decisiones en materia forestal;
6. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que, con ocasión de la Sexta reunión del Foro de las Naciones Unidas sobre los Bosques (FNUB), que se celebrará en febrero de 2006, apliquen las conclusiones del Consejo de 26 de abril en 2005, según las cuales el mejor medio para garantizar una gestión sostenible de los bosques, en su dimensión ecológica y social, sería un instrumento jurídicamente vinculante;
7. Subraya que, en la política medioambiental aplicada a escala tanto internacional como comunitaria, la Unión Europea debería prever un mecanismo idóneo y coordinado que tenga en cuenta y respete el papel plurifuncional de los bosques, lo que implicaría una amplia participación de los interesados y la aplicación de una política de información transparente;
Elemento estratégico 2: Cumplimiento de las obligaciones internacionales a través de programas forestales nacionales
8. Insta a la Comisión y a los Estados miembros a que apliquen el proyecto elaborado en la CMPBE como instrumento unitario para los programas forestales nacionales y que lo doten de criterios de apreciación para permitir la evaluación de los resultados;
Elemento estratégico 3: Mejora de la coordinación, comunicación y cooperación en todos los ámbitos de actuación política relacionados con el sector forestal
9. Considera que, pese a los progresos alcanzados mediante el establecimiento de un Grupo de trabajo interservicios de la Comisión sobre los bosques, es imprescindible establecer una mayor coordinación entre las diversas direcciones generales competentes para cuestiones forestales; propone que, además de la integración horizontal de los servicios de la Comisión competentes para cuestiones forestales practicada hasta ahora, se examine una integración vertical que englobe todos los ámbitos de actividad de los servicios de la Comisión, con inserción en la Secretaría General; propone, a tal fin, que en la Secretaría General de la Comisión se designe una unidad administrativa que se ocupe de la coordinación de las políticas que incidan en las cuestiones forestales;
10. Propone el refuerzo del Comité Forestal Permanente mediante la extensión y concretización de sus competencias, por ejemplo en el marco de la elaboración y evaluación de los planes de acción y de la evaluación de los programas forestales nacionales;
Elemento estratégico 4: Fomento de la gestión sostenible de los bosques en el marco de la política de conservación y desarrollo de las zonas rurales
11. Opina además que deberían crearse unos sistemas de control eficaces para las medidas forestales cofinanciadas por la Unión Europea en el marco del Reglamento (CE) nº 1257/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999(5), sobre la ayuda al desarrollo rural, siguiendo al mismo tiempo las recomendaciones del Tribunal de Cuentas sobre la ejecución de la estrategia forestal;
12. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que tengan en cuenta en mayor medida los objetivos y las medidas de la estrategia forestal de la Unión Europea y del plan de acción de la UE para la gestión sostenible de los bosques cuando elaboren los programas de desarrollo rural correspondientes;
Elemento estratégico 5: Protección de los bosques europeos
13. Insta a la Comisión y a los Estados miembros a que prevean en el plan de acción de la Unión Europea para la gestión sostenible de los bosques medidas eficaces para la prevención de riesgos y la lucha contra las catástrofes (incendios, tempestades, insectos y sequía); recuerda a los Estados miembros que deben transponer a los programas de desarrollo rural las medidas previstas en materia de prevención de incendios forestales;
14. Subraya que el plan de acción de la Unión Europea para la gestión sostenible de los bosques, dada la plurifuncionalidad de los mismos, debe tener en cuenta en mayor medida la protección de los suelos, de las aguas y de la atmósfera, así como la protección de la biodiversidad y los paisajes forestales típicos;
15. Opina que en las zonas montañosas debe tenderse a fomentar la separación entre bosques y pastos y, por motivos de seguridad en general, a establecer caminos obligatorios, dado que la ausencia de separación entre bosques y pastos y su frecuentación excesiva incrementan considerablemente la erosión del terreno;
16. Pide que se elabore una recomendación a los Estados miembros destinada a sugerir un enfoque integrado de la protección de los bosques contra los incendios con medidas como la recogida y el aprovechamiento de la biomasa forestal residual, la prohibición temporal de cambio en el uso del suelo quemado para evitar la especulación tras los incendios, o la creación de fiscalías especiales para delitos ambientales;
17. Pide que, de cara al próximo periodo de programación financiera, los Estados miembros y las regiones europeas revisen sus acciones de lucha contra incendios y de su prevención con el fin de actualizar y dinamizar las medidas en vigor, cuya gestión está resultando en muchos casos deficiente;
18. Subraya que la repoblación forestal es un instrumento fundamental en la lucha contra la desertización; destaca que la reforestación con especies autóctonas ha contribuido al mantenimiento de la biodiversidad y reducido el peligro de incendios y puede contribuir a la protección de las zonas limítrofes de los parajes de la Red Natura 2000 y a la vinculación entre éstos, permitiendo así el flujo de la biodiversidad;
Elemento estratégico 6: Protección de los bosques tropicales
19. Apoya las iniciativas en curso adoptadas en el marco del plan de acción FLEGT ya mencionado para luchar contra las talas ilegales y garantizar la observancia de los acuerdos internacionales;
Elemento estratégico 7: Mitigación del cambio climático y contribución a un suministro de energía sostenible
20. Considera fundamental que se reconozca la importancia de los bosques y los productos forestales en la mitigación del cambio climático y que la Unión Europea dé prioridad a las actividades de investigación, de promoción de la imagen de la madera y de intercambio de información en este ámbito; pide a la Comisión y a los Estados miembros que, en el marco de la estrategia forestal de la UE, definan conceptos que permitan optimizar la contribución del sector forestal a la lucha contra el cambio climático, sin detrimento de su competitividad;
21. Insta a la Unión Europea a promover el uso de la madera como recurso renovable, así como el uso de productos forestales respetuosos del medio ambiente;
22. Pide que la biomasa, especialmente la procedente de la madera, se incluya plenamente en las medidas políticas para el desarrollo de energías renovables (cogeneración, biocombustibles); pide a los Estados miembros que estudien las posibilidades existentes para favorecer fiscalmente el uso de la madera a efectos de calefacción;
Elemento estratégico 8: Fomento de la competitividad, del empleo y de la renta del sector forestal
23. Destaca las conclusiones del análisis de la Comisión sobre la competitividad del sector forestal de la Unión Europea, según las cuales debe fomentarse la coordinación de la política en materia de gestión forestal y de toda la cadena de creación de valor añadido de la madera y el papel; celebra que, tanto a nivel nacional como comunitario, se hayan establecido incentivos para fomentar las concentraciones voluntarias entre las pequeñas explotaciones forestales; subraya la conveniencia de ayudar en particular a los propietarios privados de bosques en la fase de desarrollo de su propia explotación forestal sostenible, a fin de reforzar las organizaciones del sector forestal privado;
24. Pide a la Comisión que apoye los esfuerzos de los Estados miembros para movilizar los recursos madereros en los bosques y para superar las desventajas estructurales de las explotaciones forestales más pequeñas en el aprovechamiento y la comercialización de sus productos forestales, de manera que se asegure a largo plazo la autosuficiencia de la Comunidad en madera y productos derivados de la madera; considera que, a este fin, debería tenerse en cuenta en especial la supresión de determinados obstáculos para el uso de la madera, así como las disposiciones relativas a la investigación y desarrollo en materia de aplicaciones innovadoras de la madera y medidas para la elevación de su perfil cualitativo; subraya las fuentes de ingresos, utilizadas hasta el momento sólo parcialmente, que representan los productos no madereros de la silvicultura tales como el corcho, las setas y las bayas o el suministro de servicios tales como el turismo rural y la caza, teniendo en cuenta que la caza, en el sentido del artículo 33, guiones 4, 5, 7, 9, 10 y 11, del Reglamento (CE) nº 1257/1999 tiene en algunos Estados miembros un papel considerable en el marco de la diversificación de actividades;
25. Insta a la Comisión y a los Estados miembros a que prevean en el plan de acción de la Unión Europea para la gestión sostenible de los bosques medidas eficaces para la prevención de riesgos y la lucha contra las catástrofes (incendios, tempestades, insectos); recuerda a los Estados miembros que deben aplicar las medidas de prevención de incendios forestales previstas en los programas de desarrollo rural, y considera vital que el plan de acción de la Unión Europea para la gestión sostenible de los bosques abarque todo el ciclo de valorización que va del bosque a la madera y a los productos forestales;
26. Pide a la Comisión que considere el potencial económico de las especies autóctonas de cada región para la reforestación, así como el potencial de los bosques naturales y de todos los productos y servicios ambientales que éstos facilitan a las zonas rurales; considera que, para ello, deberán estudiarse medidas necesarias de apoyo a los productores;
27. Pide a la Comisión que elabore los estudios necesarios sobre las medidas fiscales que pueden adoptar los distintos Estados miembros para llevar a cabo una diferenciación positiva en el ámbito fiscal con respecto a aquellos productores cuya actividad ejerza menos impacto negativo en el medio ambiente; considera que la adopción de medidas de prevención de incendios y de lucha contra la desertificación, la reforestación con especies autóctonas, el fomento de la biodiversidad, la gestión sostenible de los bosques naturales y el fomento de los servicios medioambientales, como la protección del sistema hidrológico y la lucha contra la erosión, constituyen servicios positivos que estos productores prestan a la sociedad, y deben ser compensados en consecuencia;
28. Considera que el apoyo ofrecido, especialmente el relativo a la mejora del medio ambiente y las regiones rurales, no debe establecer diferencias en función de la forma de propiedad de los bosques, y que todos los bosques deben recibir el mismo trato legal;
Elemento estratégico 9: Fomento de las actividades de investigación y desarrollo en el ámbito forestal
29. Pide que se incremente el fomento de las actividades de investigación y desarrollo relacionadas con el sector forestal, así como la función múltiple del mismo, en particular para el desarrollo sostenible de la biodiversidad, mediante la inclusión de proyectos de investigación decisivos para el sector forestal en el Séptimo Programa marco de investigación de la Unión Europea o en los correspondientes programas de los Estados miembros, así como apoyando la plataforma tecnológica bosque-madera-papel ya iniciada;
Elemento estratégico 10: Fomento de la gestión sostenible de los bosques a través de programas de formación y perfeccionamiento profesional
30. Pide especialmente a los Estados miembros que velen por que los programas ofrecidos por la Unión Europea en materia de perfeccionamiento profesional (Leonardo, Erasmus, etc.) se utilicen en mayor medida que hasta ahora en el sector forestal;
31. Subraya que el apoyo a los propietarios de bosques en términos de educación, creación de capacidades, actividades informativas y servicios de asesoramiento debe ser una condición previa para el uso sostenible de los bosques en el contexto del desarrollo rural;
Elemento estratégico 11: Fomento de la gestión sostenible de los bosques a través de estrategias de información y comunicación
32. Celebra los esfuerzos de las explotaciones del sector forestal europeo por ofrecer al consumidor la certeza de una gestión forestal sostenible que tiene en cuenta la función múltiple del bosque, concretamente mediante la certificación de los productos de la madera; considera que los sistemas de certificación del FSC y del PEFC son igualmente adecuados para este fin; pide que se fomente el reconocimiento mutuo de ambos enfoques de certificación;
o o o
33. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión.