Índice 
 Anterior 
 Siguiente 
 Texto íntegro 
Procedimiento : 2006/2576(RSP)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : B6-0327/2006

Textos presentados :

B6-0327/2006

Debates :

PV 14/06/2006 - 2
CRE 14/06/2006 - 2

Votaciones :

PV 14/06/2006 - 4.8
CRE 14/06/2006 - 4.8
Explicaciones de voto

Textos aprobados :

P6_TA(2006)0263

Textos aprobados
PDF 117kWORD 41k
Miércoles 14 de junio de 2006 - Estrasburgo
Próximos pasos en el período de reflexión (Consejo Europeo de los días 15 y 16 de junio de 2006)
P6_TA(2006)0263B6-0327/2006

Resolución del Parlamento Europeo sobre los próximos pasos para el período de reflexión y análisis sobre el futuro de Europa

El Parlamento Europeo,

–  Visto el Tratado por el que se establece una Constitución para Europa,

–  Vista su Resolución de 12 de enero de 2005 sobre el Tratado por el que se establece una Constitución para Europa(1),

–  Vista la Declaración de 18 de junio de 2005 de los Jefes de Estado y de Gobierno sobre la ratificación del Tratado por el que se establece una Constitución para Europa, recogida en las Conclusiones del Consejo Europeo de los días 16 y 17 de junio de 2005,

–  Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo de los días 15 y 16 de diciembre de 2005,

–  Vista su Resolución de 19 de enero de 2006 sobre el período de reflexión: la estructura, los temas y el contexto de una evaluación del debate sobre la Unión Europea(2),

–  Visto el apartado 5 del artículo 108 de su Reglamento,

A.  Considerando que en algunos de los Estados miembros se ha iniciado un verdadero debate sobre el futuro de la Unión Europa, en el que participan tanto políticos como ciudadanos, pero que no se ha iniciado aún un verdadero debate en toda la Unión, en particular en los Estados miembros que aún no han ratificado el Tratado Constitucional,

B.  Considerando que las instituciones de la Unión Europea han contribuido a este debate organizando foros públicos de debate y foros en línea en sus propios lugares de trabajo, así como en lugares seleccionados en los Estados miembros, pero que el actual Plan D de Democracia, Diálogo y Debate aún no ha llegado a un público generalizado en la Unión,

C.  Considerando que los días 8 y 9 de mayo de 2006 una reunión conjunta de diputados al Parlamento Europeo y de diputados de los Parlamentos nacionales de los Estados miembros de la Unión abrió la dimensión interparlamentaria de este debate,

D.  Considerando que existe la urgente necesidad de que este debate llegue a ciudadanos de todos los Estados miembros y especialmente de aquellos que aún no han ratificado el Tratado Constitucional y han previsto celebrar un referéndum antes de hacerlo,

E.  Considerando que el 9 de mayo de 2006 se registró la aprobación parlamentaria del Tratado Constitucional en Estonia, y que podría aprobarse a corto plazo, según las expectativas, en Finlandia,

F.  Considerando que esto elevaría a 16 los países que han ratificado el Tratado Constitucional, mientras que dos países no pueden hacerlo debido al resultado negativo del referéndum y otros países dudan si iniciar o proseguir el proceso de ratificación, de modo que en la mayor parte de los Estados miembros restantes este proceso es vacilante,

1.  Confirma su compromiso de alcanzar lo antes posible una solución constitucional para la Unión Europea, así como su respaldo al Tratado por el que se establece una Constitución para Europa;

2.  Advierte contra nuevos intentos de deshacer el compromiso global alcanzado en el Tratado Constitucional, ya que esto cuestionaría gravemente el proyecto político de Europa y supondría el riesgo de una Unión debilitada y dividida; confirma, por consiguiente, su oposición a la aplicación paulatina de partes del acuerdo sobre el paquete constitucional, así como su oposición a la creación inmediata de grupos básicos de algunos Estados miembros como manera de sortear el proceso constitucional para la Unión Europea en su conjunto;

3.  Apoya, por otro lado, las mejoras democráticas en los procedimientos institucionales que pueden adoptarse de acuerdo con lo establecido en los actuales Tratados UE, por ejemplo la mejora de la transparencia en el Consejo de Ministros, la reforma del acuerdo sobre comitología, el uso de la "pasarela" a la votación por mayoría cualificada y la codecisión en el ámbito de la justicia y los asuntos de interior, la mejora del control parlamentario nacional y la introducción de un tipo de iniciativa de los ciudadanos;

4.  Pide al Consejo Europeo que pase del período de reflexión a un período de análisis que se extienda hasta mediados de 2007, con el fin de alcanzar una propuesta clara sobre la manera de proceder con el Tratado Constitucional a más tardar en el segundo semestre de 2007;

5.  Pide al Consejo Europeo que obtenga compromisos claros de cada uno de los Estados miembros sobre la manera en que se proponen crear y liderar un debate público estructurado a nivel de toda la Unión y centrado en las cuestiones clave relativas al futuro de Europa durante el período ampliado de reflexión;

6.  Pide a la Comisión que ajuste su Plan D para la segunda fase del período de reflexión y que proporcione financiación suficiente para las actividades previstas;

7.  Pide al Consejo Europeo que invite a los Estados miembros que aún no han finalizado los procedimientos de ratificación a que elaboren, para el final del período de reflexión, escenarios verosímiles sobre la manera en que prevén avanzar;

8.  Sugiere que el Consejo Europeo desarrolle un marco adecuado para permitir que se produzca un diálogo específico, tan pronto como el calendario político lo permita, con representantes de los países en los que el referéndum sobre el Tratado Constitucional ha tenido un resultado negativo, con el fin de explorar si sería posible que reanudaran el procedimiento de ratificación y en qué condiciones;

9.  Pide a la Comisión que respalde este enfoque y que presente al Consejo Europeo una "hoja de ruta" para aplicarla de la mejor manera posible;

10.  Señala a la Comisión que es fundamental un ordenamiento constitucional para que la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea sea jurídicamente vinculante, para la realización de una democracia europea y para lograr una Unión más operativa y más social;

11.  Pide a la Comisión que elabore un estudio sobre los costes derivados de que el Tratado Constitucional no entre en vigor el 1 de noviembre de 2006, fecha prevista en un principio;

12.  Extrae las siguientes conclusiones de las conversaciones con diputados de los Parlamentos nacionales de los Estados miembros celebradas los días 8 y 9 de mayo de 2006 en Bruselas:

   a) se ha visto confirmada la necesidad de continuar el proceso constitucional de la Unión Europea, basado en los conceptos de paz y solidaridad y en otros valores comunes;
   b) es indudable que los Estados miembros de la Unión no podrán hacer frente por sí solos a los grandes desafíos políticos que afronta Europa;
   c) se reconoce de forma general que el Tratado Constitucional proporcionará a la Unión Europea un marco adecuado para afrontar dichos desafíos;
   d) habrá que efectuar un análisis más profundo para poder desarrollar propuestas en el año 2007 que conduzcan a una solución antes de las próximas elecciones europeas;
   e) es fundamental y debe continuar el diálogo interparlamentario sobre el proceso constitucional en el que se asocian el Parlamento Europeo y los Parlamentos de los Estados miembros; celebra el anuncio realizado por el portavoz del Parlamento finlandés respecto a la celebración del segundo Foro parlamentario en diciembre de 2006;
   f) recuerda, a este respecto, sus propuestas para que los debates de los Foros parlamentarios se organicen de tal forma que hagan posible un intercambio de opiniones intensivo y animado, que permita llegar a un consenso sobre los principales temas relacionados con el futuro de Europa y la manera de actuar;

13.  Reafirma su objetivo de que la necesaria solución constitucional debe estar preparada para cuando se convoque a los ciudadanos de la Unión Europea a las elecciones europeas en el año 2009;

14.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión y a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros.

(1) DO C 247 E de 6.10.2005, p. 88.
(2) Textos Aprobados, P6_TA(2006)0027.

Aviso jurídico - Política de privacidad