Decisión del Parlamento Europeo sobre la demanda de amparo de la inmunidad y los privilegios de Mario Borghezio (2006/2151(IMM))
El Parlamento Europeo,
– Vista la demanda de Mario Borghezio de amparo de su inmunidad, presentada mediante carta de 23 de mayo de 2006 y comunicada en el Pleno del 1 de junio de 2006,
– Tras haber oído a Mario Borghezio, de conformidad con el apartado 3 del artículo 7 de su Reglamento,
– Vistos los artículos 9 y 10 del Protocolo sobre los privilegios y las inmunidades de las Comunidades Europeas, de 8 de abril de 1965, así como el artículo 6, apartado 2 del Acta relativa a la elección de los diputados al Parlamento Europeo por sufragio universal directo, de 20 de septiembre de 1976,
– Vistas las sentencias del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas de 12 de mayo de 1964 y de 10 de julio de 1986(1),
– Visto el artículo 68 de la Constitución de la República Italiana,
– Vistos el apartado 3 del artículo 6 y el artículo 7 de su Reglamento,
– Visto el informe de la Comisión de Asuntos Jurídicos (A6-0329/2006),
1. Decide no amparar la inmunidad y los privilegios de Mario Borghezio.