Resolución del Parlamento Europeo sobre una Asociación estratégica UE-Sudáfrica (2006/2234(INI))
El Parlamento Europeo,
– Vista la Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo y al Comité Económico y Social Europeo titulada "Hacia una Asociación estratégica UE-Sudáfrica", de 28 de junio de 2006 (COM(2006)0347),
– Vista la Comunicación de la Comisión al Consejo y a los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros reunidos en su seno a fin de facilitar a la Comisión orientaciones con vistas a la revisión del Acuerdo en materia de comercio, desarrollo y cooperación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Sudáfrica, por otra, de 28 de junio de 2006 (COM(2006)0348),
– Visto el Acuerdo en materia de comercio, desarrollo y cooperación (ACDC) entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Sudáfrica, por otra(1), firmado en octubre de 1999, y aplicado parcialmente y con carácter provisional desde enero de 2000 y que entró plenamente en vigor el 1 de mayo de 2004,
– Visto el Acuerdo de asociación entre los Estados de África, del Caribe y del Pacífico, por una parte, y la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por otra, firmado en Cotonú el 23 de junio de 2000(2) (el "Acuerdo de Cotonú"),
– Visto el informe del Proyecto del Milenio de las Naciones Unidas titulado "Invertir en desarrollo: Un plan práctico para conseguir los Objetivos de Desarrollo del Milenio",
– Vista la Declaración conjunta del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros reunidos en el seno del Consejo, del Parlamento Europeo y de la Comisión sobre la política de desarrollo de la Unión Europea titulada "El consenso europeo sobre desarrollo"(3),
– Vistas su Resolución de 17 de noviembre de 2005(4) sobre una estrategia de desarrollo para África y su Resolución de 6 de julio de 2006(5) sobre la asociación UE-Caribe para el crecimiento, la estabilidad y el desarrollo,
– Visto el artículo 45 de su Reglamento,
– Visto el informe de la Comisión de Desarrollo (A6-0310/2006),
A. Considerando que Sudáfrica es la principal potencia política del África subsahariana, que opera en particular en el marco de la Unión Africana y de la Nueva Alianza para el Desarrollo de África (NEPAD), a nivel africano, y en el marco de la Comunidad para el Desarrollo del África Meridional (SADC), a nivel regional, y que es un agente importante en el ámbito mundial, incluyendo las negociaciones comerciales internacionales, además de contribuir cada vez en mayor medida al mantenimiento de la paz y a la resolución de conflictos en África,
B. Considerando que Sudáfrica es, con diferencia, la economía más fuerte del África subsahariana, así como del grupo de los Estados de África, del Caribe y del Pacífico (ACP), y que desde la quinta reunión ministerial de la OMC en Cancún ha ejercido un papel de liderazgo en el G-20, como representante de los países africanos en desarrollo, a fin de aumentar su margen de maniobra en las negociaciones sobre cuestiones claves para sus economías,
C. Considerando la participación de Sudáfrica como miembro del Grupo Cairns de la OMC para defender los intereses de las economías exportadoras de productos agrícolas,
D. Considerando las disparidades de ingresos heredadas de la época del apartheid, y que la mayoría de la población blanca vive en condiciones comparables a los niveles de los países occidentales, mientras que la mayoría de la población negra vive en condiciones comparables a las de los países menos desarrollados, con casi la mitad de la población viviendo por debajo del umbral de la pobreza,
E. Considerando que la estrategia de refuerzo de la función de la población negra en la economía (Black Economic Empowerment) (BEE) aplicada por el Gobierno sudafricano se aprobó en el 2004 y tiene por objeto corregir las injusticias de la era del apartheid aumentando la participación económica de la población desfavorecida,
F. Considerando que el índice de desempleo es extremadamente elevado en Sudáfrica y, según las cifras oficiales, supera el 30 %, mientras que según estimaciones no oficiales se aproxima al 40 %,
G. Considerando que el índice de desempleo refleja la todavía existente discriminación racial con el 50 % de la población negra desempleada, mientras que la ratio entre la población mestiza alcanza el 27 %, entre la población asiática el 17 %, y desciende a tan sólo un 6 % de desempleados entre la población blanca,
H. Considerando que la situación de la inmigración en Sudáfrica es muy especial, pues, por un lado, este país ha sido durante décadas un centro de atracción de migración legal (minas de oro y de diamantes) e ilegal (mejor nivel de vida) para toda la región del África austral y, por otro lado, es un país que sufre sobremanera el fenómeno de la "fuga de cerebros", particularmente en el sector de la medicina,
I. Considerando que el Gobierno de Sudáfrica ha expuesto sus objetivos de política macroeconómica en la iniciativa de crecimiento acelerado y compartido para Sudáfrica (ASGISA), encaminada a elevar el crecimiento económico al 6 % y a reducir a la mitad el desempleo y la pobreza para 2014,
J. Considerando que en Sudáfrica se registra el número más elevado del mundo de personas infectadas por el VIH, con 320 000 fallecimientos a consecuencia del sida en 2005, y que la pandemia de sida es una tragedia humanitaria que aflige de manera especialmente adversa a los niños que quedan huérfanos y son víctimas de abusos y que está afectando también a la economía sudafricana,
K. Considerando que Sudáfrica es un motor para la economía de toda el África subsahariana y que el desarrollo económico de este país puede influir en la reducción de la pobreza y en la realización de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM) a nivel regional,
L. Considerando que el alto índice de criminalidad constituye un obstáculo para el desarrollo económico y el sector del turismo y contribuye a crear un clima adverso para atraer la inversión directa extranjera,
M. Considerando que la Unión Europea es el principal socio comercial de Sudáfrica, mientras que para la UE los intercambios con dicho país son de moderada importancia,
N. Considerando que Sudáfrica es un miembro cualificado del Acuerdo de Cotonú que no puede beneficiarse de las preferencias comerciales no recíprocas ni recibe financiación a través del Fondo Europeo de Desarrollo, pero que participa en la cooperación política y las instituciones ACP-UE,
O. Considerando que la Unión Europea es, con gran diferencia, el donante más importante para Sudáfrica y que proporciona alrededor del 70 % de las ayudas no reembolsables, que equivalen aproximadamente al 1,3 % del presupuesto nacional,
P. Considerando que las relaciones económicas y comerciales, así como la cooperación en los ámbitos político, social, cultural, ambiental, sanitario y otros, están cubiertas por el ACDC, cuyo objetivo es crear una zona de libre comercio según un calendario asimétrico y la protección de los sectores sensibles,
Q. Considerando que la Comisión ha propuesto una nueva asociación estratégica UE-Sudáfrica con tres objetivos principales: la creación de un marco único, coherente y claro que cubra todos los ámbitos de la cooperación, el paso del diálogo político a una cooperación política estratégica y la intensificación de la cooperación existente mediante un ACDC revisado,
R. Considerando que el ACDC ha permitido a la Unión Europea colmar la brecha en el déficit de la balanza comercial con Sudáfrica y ha impuesto mayores cargas a este país que a la UE en términos de ajustes de tarifas, con la consecuencia de que la Unión Europea se beneficia del actual ADCD más que Sudáfrica,
S. Considerando que los productos agrícolas y de alta tecnología de la Unión Europea están entrando en los mercados sudafricanos con efectos negativos para el sector agrícola y para el desarrollo de productos estratégicos sudafricanos con valor añadido, como los productos farmacéuticos, la maquinaria y los vehículos,
T. Considerando que Sudáfrica ya ha asumido importantes compromisos en el marco del AGCS en el sector de servicios, por lo que se enfrenta a fuertes limitaciones para alcanzar niveles aceptables de acceso y de servicios universales,
U. Considerando que la Comisión tiene intención de revisar el acuerdo, en particular para incluir nuevas disposiciones en materia de liberalización de los intercambios y compromisos vinculantes concernientes a los servicios, las inversiones, los contratos públicos, la propiedad intelectual, la competencia, la normalización, las aduanas y las normas de origen,
V. Considerando que la inclusión de disposiciones concernientes a las inversiones y a los contratos públicos podría crear dificultades para Sudáfrica y para otros países de la Unión Aduanera del África Austral (SACU),
W. Considerando que la Comisión propone asimismo adaptar el ADCD al Acuerdo de Cotonú revisado en lo concerniente a la proliferación de armas de destrucción masiva, la lucha contra el terrorismo, la lucha contra la impunidad y la prevención de actividades mercenarias,
X. Considerando que la Comisión tiene intención de proponer al Consejo de Cooperación UE-Sudáfrica, el 14 de noviembre de 2006, un proyecto de plan de acción UE-Sudáfrica sobre la aplicación de la asociación estratégica,
1. Acoge con satisfacción el enfoque de la Comisión de encaminarse hacia una asociación estratégica UE-Sudáfrica y de proponer un marco coherente a largo plazo para la cooperación;
2. Hace hincapié en que esta asociación estratégica debería facilitar un marco único que permitiera mejorar la eficacia de los instrumentos de cooperación existentes en interés de la población y de la economía sudafricanas;
3. Insiste en que la asociación estratégica debe ser complementaria de la Estrategia de la UE para África e incorporar líneas de trabajo vigentes en el instrumento de cooperación al desarrollo, los acuerdos de asociación económica y otras negociaciones en curso;
4. Subraya que el plan de acción debería tener como objetivo principal el alivio de la pobreza, en línea con el Acuerdo de Cotonú y con vistas a lograr los ODM, y tener en cuenta los efectos de la asociación estratégica sobre los países de la región y sobre las negociaciones del AAE;
5. Destaca que hacer frente a la crisis del VIH/sida, con un enfoque equilibrado entre la prevención (con el centro de atención en la salud sexual y reproductiva), el tratamiento y la curación, debe seguir constituyendo una prioridad política para Sudáfrica; se congratula de la decisión del Gobierno en favor de un programa de administración de medicamentos antirretrovirales, pero insiste, no obstante, en que se mejore su aplicación con carácter de urgencia;
6. Acoge con satisfacción el nuevo enfoque de pasar del diálogo político a una cooperación política estratégica que otorgue a Sudáfrica la consideración de "país de referencia" (anchor country) capaz de perseguir objetivos comunes con respecto a las cuestiones regionales, africanas y mundiales, teniendo en cuenta que Sudáfrica desempeña una función importante como portavoz de los países del África subsahariana en el seno de foros internacionales como la OMC y las Naciones Unidas;
7. Pide a Sudáfrica que aclare las relaciones entre la SADC, la SACU y el ACDC con miras a una política más ordenada de desarrollo regional; pide asimismo a la Comisión que aclare la política de la UE con respecto a la SADC, la SACU y el ACDC, teniendo en cuenta las negociaciones del AAE;
8. Propone que continúe desarrollándose el diálogo político UE-Sudáfrica con la organización de visitas periódicas mutuas de las delegaciones parlamentarias, esenciales para profundizar la comprensión recíproca de materias de interés común, sobre los respectivos sistemas democráticos y sobre ámbitos de responsabilidad;
9. Subraya el papel político específico que ya está desempeñando Sudáfrica para todo el continente (por ejemplo, Sudán, Congo, Liberia,); considera que su posición merece el reconocimiento y el apoyo de la Unión Europea; subraya, en este contexto, la importancia de la Unión Africana -de la que Sudáfrica es miembro fundador y activo- como un posible portavoz del continente africano en un mundo globalizado y espera que la Unión Africana profundice su desarrollo;
10. Pide, a este respecto, a Sudáfrica que utilice su influencia política para propiciar una solución política a la crisis de la vecina Zimbabue;
11. Pide a la Comisión que tenga presente que Sudáfrica ha establecido importantes lazos políticos y comerciales con países de Asia y de América Latina y con países desarrollados en el contexto de configuraciones internacionales;
12. Subraya que el plan de acción debería tener en cuenta las diferencias económicas que existen entre la Unión Europea y Sudáfrica, en particular en el ámbito del comercio, tal y como -con respecto a las economías semidesarrolladas- reconoce la propia OMC, al defender un trato especial y diferenciado que permita el mantenimiento de ciertos aranceles y otras medidas comerciales necesarias para proteger sus economías incipientes;
13. Subraya que el plan de acción debería poner especial énfasis en crear incentivos para las inversiones extranjeras, diseñando una estrategia innovadora en asociación con las autoridades sudafricanas para superar los principales obstáculos a la inversión, como son el impacto social y económico del sida, el alto índice de criminalidad o la intervención del Estado en la política de empleo y la propiedad;
14. Insta a la Comisión a que no insista en añadir al ADCD revisado nuevos elementos que obstaculizarían el desarrollo económico o la lucha contra la pobreza en Sudáfrica, ni interfiera en las decisiones de Sudáfrica concernientes a la participación del sector privado en el suministro de servicios básicos y a que aprenda la lección que ofrece el fracaso de las negociaciones sobre libre comercio entre la SACU y los Estados Unidos, en las que éste país trató de imponer a los países de la SACU condiciones inaceptables;
15. Sugiere que el presupuesto de la Unión Europea prevea créditos destinados a facilitar el difícil proceso de integración comercial en la región del África austral;
16. Sugiere que el plan de acción y el presupuesto de la Unión Europea incluyan apoyo para una estrategia sudafricana de seguridad energética eficiente que tome en consideración el cambio climático y su impacto social y ambiental sobre la población desfavorecida de Sudáfrica y de la región, centrándose, entre otras cosas, en el desarrollo de fuentes de energía renovables, en particular, pequeñas plantas de energía hidráulica, la energía eólica y la biomasa;
17. Subraya que el plan de acción debería adoptar un enfoque participativo que incluyese a todas las partes interesadas y centrarse en el apoyo a las prioridades sudafricanas, incluyendo la lucha contra la propagación del VIH, las medidas gubernamentales para la recuperación económica y la lucha contra la desigualdad económica, la promoción de la cohesión social y el garantizar que los beneficios económicos se difundan fuera de la elite económica emergente, en línea con la ASGISA y la estrategia BEE;
18. Sugiere que se dé prioridad a las solicitudes sudafricanas de asistencia técnica que tienen por objeto alcanzar los objetivos de desarrollo del país y que contribuyen asimismo al desarrollo económico y social de la región, a fin de impulsar el compromiso del resto de los líderes africanos a asumir sus propias responsabilidades en el diseño y la puesta en práctica de un modelo de desarrollo económico sostenible para el continente;
19. Propone además que se establezca un ámbito de cooperación en el sector de la educación y la formación que incluya intercambios de estudiantes y docentes y una "ventana" para Sudáfrica en el programa Erasmus Mundus;
20. Observa los considerables beneficios que han supuesto para Sudáfrica los préstamos del Banco Europeo de Inversiones y pide que el nivel de apoyo sea cuando menos igual en el periodo 2007-2013, teniendo en cuenta al mismo tiempo las necesidades de las microempresas y de las PYME;
21. Insiste en que la ayuda al desarrollo se debería conceder localmente y que sólo se debería recurrir a reclutar a expertos externos y a importar bienes cuando no se disponga en la región de consultores o de bienes comparables;
22. Destaca el papel de pionero en política de inmigración que podría desempeñar Sudáfrica en la región del África austral y también en el conjunto del continente africano gracias a su experiencia única en este ámbito; destaca, por consiguiente, que Sudáfrica ha de aumentar urgentemente sus esfuerzos para adoptar una política coherente y eficiente en materia de migración; pide al Consejo y a la Comisión que respalden estos esfuerzos con un intercambio de experiencias y que presten atención a este papel especial de Sudáfrica en programas en materia de migración como AENEAS y su programa de seguimiento;
23. Insta a la Comisión a que mantenga un diálogo constante con el Gobierno de Sudáfrica y a que incluya al Parlamento, a los gobiernos locales y a la sociedad civil en el debate sobre la asociación estratégica y sobre el plan de acción y su aplicación subsiguiente;
24. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión así como a los Gobiernos y a los Parlamentos de los Estados miembros y al Gobierno y a la Asamblea Nacional de la República de Sudáfrica.