Resolución del Parlamento Europeo sobre el Libro Verde "Fomentar una alimentación sana y la actividad física: una dimensión europea para la prevención del exceso de peso, la obesidad y las enfermedades crónicas" (2006/2231(INI))
El Parlamento Europeo,
– Visto el Libro Verde de la Comisión (COM(2005)0637),
– Vista la Estrategia mundial sobre régimen alimentario, actividad física y salud, aprobada por la 57ª Asamblea Mundial de la Salud el 22 de mayo de 2004,
– Vista la Resolución del Consejo, de 14 de diciembre de 2000, sobre la salud y la nutrición(1),
– Vistas las conclusiones del Consejo de Empleo, Política Social, Sanidad y Consumidores, de 3 de junio de 2005, sobre "Obesidad, nutrición y actividad física",
– Vista la reunión informal de los Ministros de Deportes de los días 19 y 20 de septiembre de 2005, en la que la Presidencia británica propuso la creación de un grupo de trabajo sobre "Deporte y salud",
– Visto el llamamiento formulado por científicos participantes en el 10º Congreso Internacional sobre la Obesidad (ICO 2006), que tuvo lugar en Sydney del 3 al 8 de septiembre de 2006,
– Vistas las conclusiones de la conferencia de expertos de alto nivel de la Presidencia finlandesa sobre "La salud en todas las políticas y las acciones de la UE", celebrada en Kuopio los días 20 y 21 de septiembre de 2006,
– Visto el artículo 45 de su Reglamento,
– Vistos el informe de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria y la opinión de la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género (A6-0450/2006),
A. Considerando que el número de personas que padecen obesidad ha aumentado de manera espectacular en los 30 últimos años en la Unión, que el ritmo de crecimiento del fenómeno es el mismo que en los Estados Unidos a principios de los años 90 y que actualmente se considera que cerca de un 27 % de los hombres y un 38 % de las mujeres en Europa tienen exceso de peso o padecen obesidad,
B. Considerando que la creciente prevalencia de la obesidad, especialmente en los niños, no se limita a la UE y a otros países ricos, sino que está aumentando de manera espectacular en varios países en desarrollo,
C. Considerando que la obesidad afecta también a más de cinco millones de niños en la UE 27 y que la tasa de progresión es alarmante, con cerca de 300 000 nuevos casos al año,
D. Considerando que existen estudios que indican que las personas con discapacidad se encuentran en mayor peligro de sufrir obesidad debido, entre otras causas, a mutaciones patofisiológicas del metabolismo de la energía, a la constitución corporal, a la atrofia muscular y a la falta de actividad física,
E. Considerando que la ración energética de una parte importante de la población permanece estable desde el decenio de 1950; considerando, sin embargo, que la evolución del estilo de vida ha traído aparejada una reducción de la actividad y del trabajo físico, por lo que se han reducido las exigencias energéticas, provocando un desequilibrio entre las necesidades de energía y la aportación energética,
F. Considerando que numerosos proyectos y estudios han confirmado que la aparición de la obesidad se caracteriza por disparidades precoces vinculadas al medio socioeconómico, y que la enfermedad es tanto más frecuente cuanto más escasos son los recursos financieros de que dispone la familia y menor es el nivel de educación,
G. Considerando que, al establecer un Plan de acción europeo para la promoción de estilos de vida saludables, se debe prestar la debida atención a los diversos hábitos alimentarios y de consumo que existen en los Estados miembros,
H. Considerando que el Informe de 2005 de la Organización Mundial de la Salud (OMS) sobre la salud en Europa demuestra que gran número de muertes y enfermedades se deben a siete factores de riesgo principales, de los que seis (hipertensión, colesterol, índice de masa corporal excesivo, insuficiente consumo de frutas y hortalizas, falta de actividad física y consumo excesivo de alcohol) están relacionados con la dieta y el ejercicio físico y que, por lo tanto, es importante conceder igual prioridad a la actuación sobre estos tres factores determinantes de la salud, con miras a prevenir un número importante de muertes y enfermedades,
I. Considerando que debemos considerar una alimentación sana aquella que tenga determinadas características cualitativas y cuantitativas, como un contenido energético adecuado a las necesidades de cada persona, y que, en todo caso, respete los principios dietéticos,
J. Considerando que, aunque en virtud de las competencias que le confieren los Tratados, la Unión tiene un papel fundamental que desempeñar en materia de protección de los consumidores fomentando una alimentación sana y el consumo de frutas y hortalizas, las acciones de la Comunidad para la promoción del deporte y la actividad física tendrán necesariamente que complementar las llevadas a cabo por los Estados miembros y sus regiones y ciudades,
K. Considerando el impacto socioeconómico de las enfermedades vinculadas a los problemas de exceso de peso (que ya representan entre un 4 y un 7 % de los gastos globales de salud de los Estados miembros); considerando que el coste global de la obesidad (teniendo en cuenta la mayor probabilidad de desempleo, de ceses de actividad y de incapacidad laboral) nunca ha sido objeto de una evaluación científica precisa,
L. Considerando que la mayoría de los Estados miembros han establecido políticas destinadas a combatir la problemática de la obesidad y a aumentar el nivel de salud de su población, optando para ello algunos gobiernos por medidas de prohibición y otros, por incentivos,
M. Considerando que algunos Estados miembros han tomado, por ejemplo, la decisión de regular, o incluso suprimir, los distribuidores automáticos en el ámbito escolar debido a la pobreza de la gama de la oferta y a la presencia insignificante de bebidas pobres en azúcar, de frutas y hortalizas y de productos denominados dietéticos,
N. Considerando que es interesante tener en cuenta, como una primera fase, los compromisos voluntarios asumidos recientemente, por una parte, por los fabricantes europeos de bebidas sin alcohol con objeto de limitar la oferta comercial destinada a los menores de 12 años favoreciendo al mismo tiempo el acceso a bebidas más variadas en las escuelas, y, por otra, por dos "gigantes" del sector de la restauración rápida para incorporar símbolos de información nutricional en los embalajes de las hamburguesas y las patatas fritas,
O. Acogiendo con satisfacción las diversas iniciativas encaminadas a promover una alimentación saludable que están desarrollando numerosos minoristas europeos, incluyendo el desarrollo de líneas de productos saludables, un etiquetado con información nutricional completo y fácil de entender y la colaboración con gobiernos, escuelas y ONG para incrementar el conocimiento de los beneficios de una alimentación saludable y del ejercicio regular,
P. Considerando que el Libro Verde se inscribe en una iniciativa general de la UE para combatir los factores más nocivos para la salud -entre los que cabe citar los malos hábitos alimentarios y la falta de actividad física-, que, al igual que el tabaquismo y el consumo excesivo de alcohol, son la causa de enfermedades cardiovasculares (que son la causa principal de muerte de hombres y mujeres en la Unión Europea), algunos tipos de cáncer, enfermedades respiratorias, osteoporosis y diabetes de tipo 2, todas las cuales aumentan la demanda sobre los sistemas de salud nacionales,
Q. Considerando la presentación el 11 de septiembre de 2006 por la Comisión de los resultados de una consulta pública a raíz del Libro Verde que abogan, en particular, en favor de una acción de la UE que cubra distintas políticas comunitarias y preste una atención especial a los niños y a los jóvenes,
R. Considerando el papel activo que la Comunidad debe desempeñar, en el marco de políticas comunes o como complemento de las acciones iniciadas por los 27 Estados miembros, en cuanto a campañas de información y sensibilización de los consumidores con respecto al problema de la obesidad, de restablecimiento del consumo de frutas y hortalizas en el marco de la Política Agrícola Común (PAC), de financiación de proyectos de investigación, educativos y deportivos, y de aprobación de actos legislativos nuevos o revisados con impacto real en la salud nutricional de los ciudadanos europeos,
La obesidad: ¿una prioridad política?
1. Manifiesta su satisfacción por el compromiso de la Comisión en favor de la alimentación sana (en términos cuantitativos y cualitativos) y la actividad física, así como en favor de la lucha contra la obesidad y las principales enfermedades relacionadas con la alimentación; pide que ello se considere en adelante como una prioridad política de la Unión Europea y sus Estados miembros;
2. Reconoce que la obesidad es multifactorial y, por consiguiente, requiere un enfoque holístico que incluya numerosos ámbitos de actuación distintos;
3. Lamenta amargamente que, a pesar de las acciones de varios Estados miembros, la obesidad afecte a una parte de la población en aumento constante y advierte que, si continúa esta tendencia, serán incalculables las consecuencias sobre la salud pública, consecuencias que podrían evitarse tomando las medidas adecuadas;
4. Aconseja a todos los Estados miembros que reconozcan oficialmente la obesidad como enfermedad crónica con el fin de evitar cualquier forma de estigmatización y discriminación de las personas obesas, y que velen por que dichas personas tengan acceso al tratamiento adecuado en el marco de sus regímenes nacionales de seguridad social;
5. Celebra la aprobación en la Conferencia Ministerial Europea de la OMS, celebrada en Estambul del 15 al 17 de noviembre de 2006, de una Carta Europea contra la Obesidad, destaca el establecimiento de un ambicioso marco de actuación para controlar la epidemia y pide a la Comisión y a los Estados miembros que elaboren un calendario de aplicación y que fijen prioridades para las intervenciones dentro de dicho marco;
6. Apoya sin reservas el lanzamiento en marzo de 2005 de la Plataforma de acción de la UE para la alimentación, la actividad física y la salud ("la Plataforma") y acoge con satisfacción el método elegido por la DG SANCO, el del diálogo permanente con los sectores industriales, las autoridades nacionales y las ONG;
7. Acoge con satisfacción los compromisos voluntarios ya propuestos por las partes interesadas de la Plataforma; destaca la necesidad de garantizar que estos compromisos asumidos en el marco de la Plataforma sean objeto de un seguimiento efectivo y pide a la Comisión que desarrolle unos criterios de evaluación claros; observa que una evaluación fiable es vital para poder medir adecuadamente los progresos y para poder tomar en consideración ulteriores propuestas de acción de la UE o propuestas legislativas cuando ello resulte necesario; pide a la Comisión que le presente un informe anual sobre los logros de la Plataforma;
8. Pide a la Comisión que lleve a cabo evaluaciones de impacto sobre las propuestas de políticas pertinentes para determinar sus efectos en los objetivos de salud pública, obesidad y nutrición; recomienda que este "control concerniente a la salud o la obesidad" se lleve a cabo en particular en el ámbito de la PAC, los programas de investigación, la política energética, la publicidad y la política alimentaria;
9. Observa que, aunque en la actualidad se reúne en la Plataforma una amplia gama de partes interesadas, tienden a concentrarse en el aspecto del "aporte energético" del problema de la obesidad; pide, por consiguiente, a las partes interesadas relacionadas con el factor del "gasto energético", como las fabricantes de videojuegos, las asociaciones deportivas y los medios de radiodifusión, que se comprometan más en el debate y que estudien la posibilidad de contraer compromisos similares;
10. Considera un paso en la buena dirección la tendencia que prevalece hoy en distintos sectores de la industria alimentaria europea de actuar concretamente para reorientar la comercialización de productos dirigidos a los menores y para implantar un etiquetado nutricional de los alimentos y bebidas destinados a ellos;
11. Insta a los Estados miembros a que determinen las oportunidades de asociar de manera rentable a los servicios sanitarios con la industria, de manera que mejoren la comprensión y el control de la dieta por parte de los pacientes y se reduzca la carga económica que supone la obesidad; considera que se debe prestar especial atención a proyectos para abordar las necesidades de los miembros de comunidades desfavorecidas social y económicamente;
12. Espera que la Comisión presente en un futuro inmediato medidas prácticas en un Libro Blanco, con objeto de reducir el número de personas que padecen exceso de peso y obesidad a partir de 2015 a más tardar;
Informar al consumidor desde la infancia
13. Considera que toda política de prevención y vigilancia de la obesidad debe inscribirse a lo largo de toda la existencia, a partir del período prenatal y hasta una edad avanzada; considera, por otro lado, que es necesario prestar una atención especial a la infancia, etapa de la vida en la que se adquiere una gran parte de los hábitos alimentarios;
14. Alienta a los Estados miembros a que reconozcan que la educación en materia de nutrición y salud, iniciada a una edad muy temprana, es crucial para prevenir el sobrepeso y la obesidad;
15. Señala el peligro de caer en excesos en la lucha contra la obesidad y cree que es necesario presentar los modelos adecuados a los niños y adolescentes, que son sensibles a las presiones de grupo, para evitar el aumento de otros trastornos en la alimentación, como la anorexia nerviosa y la bulimia;
16. Considera que los profesionales de la salud desempeñan un papel importante a la hora de fomentar los beneficios para la salud de una dieta equilibrada y una actividad física regular, y de detectar cualquier riesgo, especialmente en el caso de las personas con un exceso de grasa abdominal, que tienen un riesgo mayor de desarrollar diabetes de tipo 2, enfermedades cardiovasculares y otras enfermedades; pide a los Estados miembros que promuevan la profesión de nutricionista mediante el reconocimiento mutuo de cualificaciones profesionales y definiendo las condiciones de acceso a esa profesión así como garantizando una formación científica profesional;
17. Recuerda que la escuela es el lugar donde los niños pasan más tiempo y que el medio escolar, especialmente los comedores escolares, deben estimular a los niños para que desarrollen el sentido del gusto, aportando una formación culinaria básica y conocimientos sobre los alimentos, y promover la actividad física regular y un modo de vida sano, especialmente, para compensar la disminución del tiempo dedicado a la educación física en las escuelas de la UE; pide, por consiguiente, a la Comisión que desarrolle mecanismos para promover unas mejores prácticas en las escuelas que tengan en cuenta las iniciativas más eficaces para educar a los niños sobre hábitos alimentarios sanos y proporcionen alimentos de calidad basados en normas nutricionales;
18. Lamenta la práctica de los Gobiernos de los Estados miembros consistente en vender los patios de recreo de las escuelas con fines urbanísticos;
19. Pide a los Estados miembros que aporten fondos suficientes para los servicios de restauración de las escuelas a fin de que éstas puedan servir alimentos recién preparados, preferentemente procedentes de la agricultura ecológica o regional, y que fomenten unos hábitos alimentarios sanos desde la primera infancia;
20. Considera que debe alentarse a los Estados miembros a que velen por que los niños dispongan de suficientes instalaciones para las actividades deportivas y físicas en la escuela; anima a los Estados miembros y a sus autoridades locales a que tengan presente el fomento de un estilo de vida sano y activo a la hora de planificar la ubicación de las escuelas, para acercarlas a las comunidades que van a recurrir a ellas, permitiendo así que los niños puedan llegar a la escuela a pie o en bicicleta, en lugar de sentados en un automóvil o un autobús;
21. Pide que los fabricantes europeos de bebidas sin alcohol concreten rápidamente los compromisos que asumieron el 20 de diciembre de 2005 en su código de conducta, en particular el de limitar sus actividades comerciales en las escuelas primarias;
22. Considera que, cuando se autoricen los distribuidores automáticos en los colegios e institutos, deben en todos los casos atenerse a las normas de una alimentación sana;
23. Condena la frecuencia y la intensidad de las campañas de publicidad y promoción en televisión de alimentos destinados exclusivamente a los niños y destaca que tales prácticas comerciales no fomentan unos hábitos alimentarios sanos y deben, por lo tanto, someterse a control a nivel comunitario mediante la revisión de la Directiva "Televisión sin fronteras"(2); señala asimismo que hay pruebas claras de que la publicidad televisiva influye en los modelos de consumo a corto plazo de los niños de 2 a 11 años, aunque considera, al mismo tiempo, que también entra en juego la responsabilidad personal de los padres en la medida en que a ellos les corresponde tomar la decisión final de comprar; observa, no obstante, que las encuestas demuestran que la mayoría de los padres aboga por restricciones claras de la promoción de alimentos poco sanos destinados a los niños;
24. Pide a la Comisión que, en el marco de la Plataforma, establezca compromisos voluntarios o de autorregulación con objeto de poner fin a la promoción de alimentos con altos niveles de grasa, azúcar y sal destinados a los niños, y le insta también a que presente propuestas legislativas en caso de que la autorregulación no aporte ningún cambio;
25. Señala que las nuevas formas de publicidad destinada a los niños, como el envío de mensajes a los teléfonos móviles, los juegos en línea y el patrocinio de las zonas de juegos no deberían quedar al margen de estas consideraciones;
26. Considera indispensable que a medio plazo se concrete un "acuerdo entre caballeros" entre la Comisión y las empresas europeas de medios de comunicación que incluya el requisito de que las producciones destinadas a los niños en diferentes soportes (televisión, cine, Internet y videojuegos) comprendan obligatoriamente indicaciones sanitarias y recreativas destinadas a sensibilizar a los jóvenes europeos sobre la importancia que reviste la práctica de deportes y el consumo de frutas y hortalizas para conservar la salud;
27. Reconoce el papel de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria en la elaboración de consejos y recomendaciones dietéticas;
28. Opina que los medios de comunicación (televisión, radio, Internet) son hoy más que nunca instrumentos pedagógicos esenciales para el aprendizaje de la salud nutricional que deben dar consejos prácticos a los consumidores para que éstos puedan encontrar el equilibrio adecuado entre el consumo diario de calorías y el gasto de energía y garantizarles en último extremo la libertad de elección;
29. Considera que la adopción del Reglamento (CE) n° 1924/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, relativo a las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos(3) envía una señal importante y finalmente permitirá al consumidor disponer de una información veraz, fiable y coherente sobre las características nutricionales de los productos alimenticios, en particular los que contienen una elevada cantidad de azúcar, sal y determinadas grasas; observa que la aplicación de ese Reglamento debe realizarse de forma que siga estimulando a las empresas que fabrican alimentos y bebidas y les permita innovar y mejorar sus productos; considera, por consiguiente, que en el contexto de ese Reglamento debe concederse una prioridad destacada al establecimiento de perfiles nutritivos por parte de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria, teniendo en cuenta los datos más recientes disponibles, en estrecha cooperación con las ONG de consumidores y los explotadores de empresas alimentarias, incluidos los minoristas;
30. Constata la creciente preocupación de la opinión pública y del mundo científico sobre el impacto de las grasas artificiales trans sobre la salud humana y observa las iniciativas de algunas autoridades nacionales (Canadá, Dinamarca) y regionales (Nueva York) destinadas a eliminar las grasas trans de la dieta humana; solicita medidas de la UE para reducir la ingesta de grasas trans;
31. Considera que debe revisarse sin demora la Directiva 90/496/CEE del Consejo, de 24 de septiembre de 1990, relativa al etiquetado sobre propiedades nutritivas de los productos alimenticios(4), de manera que incluya, como mínimo, la obligación de indicar la presencia y proporción de nutrientes así como la naturaleza de las grasas, para alcanzar los objetivos de simplificación y armonización de la legislación europea y de acuerdo con las recomendaciones de los representantes del sector y de las asociaciones de consumidores;
32. Expresa su vivo interés por los sistemas de indicaciones alimentarias establecidos en diversos Estados miembros por empresas de alimentación, minoristas u organismos públicos para simplificar los mensajes nutricionales; reconoce el valor de estos sistemas de indicaciones y de los logotipos sobre decisiones sanas cuando obtienen el favor de los consumidores y resultan fáciles de usar; recuerda los estudios que confirman que los sistemas de indicación de los niveles de nutrientes mediante elementos interpretativos son los que sirven de mayor ayuda para los consumidores en el momento de elegir opciones sanas; pide a la Comisión que se sirva de estas experiencias y que desarrolle e introduzca en toda la UE un sistema de etiquetado nutricional en el embalaje, y señala que para enviar un mensaje coherente a los consumidores es necesario cierto grado de armonización en este ámbito, y que tales mensajes deben contar con un fundamento científico;
Integrar la nutrición y la actividad física en las demás políticas comunitarias
33. Opina que la reformulación de los productos constituye un instrumento eficaz para reducir el consumo de grasas, azúcar y sal en nuestros regímenes alimentarios y acoge con satisfacción las medidas adoptadas por algunos fabricantes y distribuidores en este sentido; observa que hasta la fecha tan sólo un 5 % del total de compromisos voluntarios contraídos en el marco de la Plataforma guardan relación con el desarrollo de productos; pide a la Comisión, a los Estados miembros, a los fabricantes, a los minoristas y a los responsables de servicios de restauración que intensifiquen sus esfuerzos para garantizar que los fabricantes, los minoristas y los responsables de servicios de restauración reduzcan los niveles de grasas, azúcar y sal en los alimentos; pide a los fabricantes que aprovechen la reformulación de los productos no para lanzar nuevas marcas, en ocasiones más caras, sino para dar prioridad a la reducción de grasas, azúcar y sal en las marcas corrientes ya existentes;
34. Destaca la importancia de habilitar a las personas para que puedan realizar elecciones fundadas en cuanto a su alimentación y a la intensidad del ejercicio físico que han de realizar;
35. Considera que la promoción de una alimentación sana y de la actividad física debe constituir una prioridad política, no sólo para la DG SANCO, sino también para las Direcciones Generales de Agricultura, Transporte, Empleo, Investigación, Educación y Deporte de la Comisión, que aplican políticas o programas comunitarios con un impacto en la salud nutricional; pide a la Comisión que lleve a cabo evaluaciones de impacto referentes a las propuestas de políticas en este ámbito, a fin de determinar su incidencia en la salud pública y los objetivos en materia de nutrición, en particular en el contexto de la PAC;
36. Acoge con satisfacción la financiación en el actual programa de acción comunitario en el ámbito de la salud pública (2003-2008) de numerosos proyectos sobre la obesidad; considera esencial darles carácter permanente en los presupuestos y hacer hincapié en el segundo programa (2007-2013) en la promoción de un método de vida sano para los niños, los jóvenes y las personas con discapacidad;
37. Hace hincapié en que las campañas de información no constituyen la mejor herramienta para llegar a los grupos desfavorecidos desde el punto de vista socioeconómico; considera que las acciones deben ajustarse a las necesidades locales y al perfil de la colectividad de que se trate y que han de establecerse contactos directos y una cooperación estrecha entre escuelas, guarderías, médicos generalistas, pediatras y servicios de salud locales; subraya que la evaluación de estas actividades resulta fundamental para comprobar si obtienen los resultados deseados;
38. Pide que se recurra a los Fondos Estructurales para invertir, en sectores social y económicamente desfavorecidos, en infraestructuras que faciliten la actividad física y el transporte seguro, como los carriles para bicicletas, y que favorezcan los juegos al aire libre en un entorno seguro; alienta al mismo tiempo a los Estados miembros a que inviertan en la realización de estos objetivos;
39. Pide a la Comisión que, en asociación con los ministerios competentes de los Estados miembros o de las regiones, participe en programas de "deporte en la escuela" en establecimientos piloto;
40. Insta a la Comisión a que evalúe en qué medida la malnutrición y la falta de movilidad representan un problema en las personas de edad avanzada, y a que examine qué medidas complementarias se requieren para ayudar a este sector importante, aunque a veces desatendido, de la sociedad;
41. Pide a los Estados miembros y a los empresarios que animen a sus empleados a participar en actividades deportivas y físicas, especialmente a las empleadas que efectúen labores monótonas que pueden provocar dolencias crónicas;
42. Reconoce el papel de los empleadores a la hora de fomentar estilos de vida sanos entre sus empleados; subraya que la salud de la mano de obra y, por ende, su productividad deberían inscribirse en la estrategia de responsabilidad social de las empresas; confía en que la recién creada Alianza europea para la responsabilidad social de las empresas fomente el intercambio de buenas prácticas en este ámbito;
43. Acoge con satisfacción el llamamiento efectuado por la comunidad científica en el 10º Congreso Internacional sobre la Obesidad en favor de una intensificación de las investigaciones para comprender mejor la interacción de los factores genéticos y del estilo de vida que da origen a la enfermedad;
44. Expresa su satisfacción a este respecto por la financiación por parte de la Comunidad de nueve proyectos integrados bajo la prioridad temática "calidad y seguridad alimentaria" del Sexto Programa Marco de Investigación y Desarrollo y que prevén nuevas pistas para luchar contra la obesidad centrándose, por ejemplo, en una franja de edad específica o estudiando la interacción entre factores genéticos, comportamiento y estado de saciedad;
45. Pide que, en el marco del Séptimo Programa Marco de Investigación y Desarrollo, la lucha contra la obesidad no sólo siga beneficiándose de la cooperación transnacional entre investigadores en el ámbito temático de la alimentación, la agricultura y la biotecnología, sino que también pueda considerarse como tema de investigación de interés común a varias disciplinas;
46. Subraya la importancia de contar con un conjunto comparable de indicadores en materia de estado de salud, que incluya datos sobre el consumo de alimentos, la actividad física y la obesidad, desglosados en particular por grupo de edad y clase socioeconómica;
47. Manifiesta su gran preocupación por la disminución del consumo de frutas y hortalizas en Europa, que afecta prioritariamente a los hogares europeos de menores ingresos, debido al precio de los productos y a una información escasa sobre su verdadera utilidad dietética;
48. Pide a la Comisión que proponga una política y un marco reglamentario que facilite el acceso a las mejores fuentes de nutrientes y otros componentes alimentarios beneficiosos, y que conceda a los consumidores europeos libertad de elección en cuanto a la manera de lograr y mantener el aporte nutricional óptimo, que mejor se adapte a su estilo de vida particular y a su salud;
49. Expresa su preocupación ante los informes de que el contenido nutricional de las frutas y hortalizas producidas en Europa se ha reducido durante las pasadas décadas y pide a la Comisión y al Consejo que tomen las medidas necesarias con ocasión de la revisión de 2008 de la PAC para considerar el valor nutricional de los alimentos como un criterio importante, y que aumenten la producción de alimentos de calidad y potencien los incentivos para una alimentación sana en el marco de las políticas de desarrollo rural;
50. Pide una mayor coherencia entre la PAC y las políticas sanitarias iniciadas por la Unión Europea; pide a la Comisión que controle rigurosamente que las subvenciones europeas recibidas por algunos sectores industriales no sirvan nunca para financiar campañas de promoción que presenten bajo un aspecto favorable productos altamente calóricos;
51. Considera indispensable una reforma de la organización común del mercado de las frutas y hortalizas que contemple, entre otros objetivos, el relanzamiento del consumo de este tipo de alimentos de gran valor nutritivo; se muestra convencido, por otra parte, de que es preferible una política de incentivos (disminución de precios, reducción fiscal y otros tipos de subvenciones) a un sistema basado en una mayor imposición de los productos calóricos (fat tax), que terminaría penalizando sobre todo a los hogares europeos más modestos;
o o o
52. Pide a la OMS que le haga partícipe de sus puntos de vista actuales con respecto a la obesidad;
53. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales y Gobiernos de los Estados miembros y de los países candidatos y a la OMS.
Directiva 89/552/CEE del Consejo (DO L 298 de 17.10.1989, p. 23). Directiva modificada por la Directiva 97/36/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 202 de 30.7.1997, p. 60).
DO L 276 de 6.10.1990, p. 40. Directiva cuya última modificación la constituye la Directiva 2003/120/CE de la Comisión (DO L 333 de 20.12.2003, p. 51).