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Textos presentados :

RC-B6-0101/2007

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PV 15/03/2007 - 11.1
CRE 15/03/2007 - 11.1

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PV 15/03/2007 - 12.1
CRE 15/03/2007 - 12.1

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Textos aprobados
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Jueves 15 de marzo de 2007 - Estrasburgo
Guatemala
P6_TA(2007)0084RC-B6-0101/2007

Resolución del Parlamento Europeo, de 15 de marzo de 2007, sobre Guatemala

El Parlamento Europeo,

–  Vistas sus resoluciones anteriores sobre Guatemala y, en particular, las resoluciones de 18 de mayo de 2000(1), 14 de junio de 2001(2), 11 de abril de 2002(3), 10 de abril de 2003(4), 7 de julio de 2005(5) y 26 de octubre de 2006, sobre el procedimiento contra Ríos Montt(6),

–  Visto el Acuerdo entre el Gobierno de Guatemala y las Naciones Unidas para el establecimiento de una Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (CICIG) aprobado el 12 de diciembre de 2006,

–  Visto su compromiso decidido y permanente de garantizar el respeto de los acuerdos de paz y de los derechos humanos en Guatemala,

–  Visto el Acuerdo de Diálogo Político y Cooperación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y las Repúblicas de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua y Panamá, por otra, firmado el 15 de diciembre de 2003,

–  Vista la posición expresada por el Parlamento Centroamericano (Parlacen) sobre el asesinato de tres diputados centroamericanos,

–  Visto el apartado 5 del artículo 115 de su Reglamento,

A.  Considerando que, el 19 de febrero de 2007, tres miembros salvadoreños del Parlacen, los diputados Eduardo José D'Aubuisson Munguía, William Rizziery Pichinte Chávez y José Ramón González Rivas, y el conductor de su vehículo, Gerardo Napoleón Ramírez, fueron brutalmente asesinados cuando se dirigían a la sesión plenaria del Parlacen, y sus cuerpos quemados y abandonados cerca de la capital guatemalteca,

B.  Considerando que los presuntos autores materiales de los asesinatos (Luis Arturo Herrera López, José Estuardo López, José Adolfo Gutiérrez y Marvin Escobar Méndez), quienes desempeñaban cargos de responsabilidad en la Dirección de Investigación Criminal de la Policía de Guatemala, fueron luego asesinados en la cárcel de alta seguridad en la que se encontraban detenidos, en extrañas circunstancias aún no aclaradas,

C.  Considerando que hay sospechas de que estos asesinatos constituyeron una tentativa de obstaculizar las investigaciones sobre los instigadores del asesinato de los diputados del Parlacen,

D.  Considerando que los periodistas de televisión que cubrieron el asesinato de los cuatro agentes de policía recibieron amenazas de muerte después de la emisión de su reportaje,

E.  Considerando que, según expertos en derechos humanos, en Guatemala se cometen varios miles de homicidios cada año pero sólo se procede a detenciones en un 2 % de los casos; considerando que también han sido asesinados sindicalistas, como Pedro Zamora en Puerto Quetzal, y dirigentes campesinos y sus familias a principios de 2007, y que testigos de casos de genocidio objeto de investigación vienen sufriendo amenazas, allanamientos de morada y robos, al igual que representantes legales de las víctimas de genocidio y diferentes organizaciones de derechos humanos,

F.  Considerando que el Vicepresidente Eduardo Stein ha admitido lo difícil que resulta luchar contra la delincuencia organizada cuando está tan arraigada en las propias instituciones públicas; considerando que este caso pone de manifiesto la profunda penetración de la delincuencia organizada en el seno de la policía guatemalteca, la atmósfera de impunidad creciente y el deterioro de la seguridad pública, todo lo cual apunta a la necesidad de que se asuman responsabilidades políticas,

1.  Manifiesta su total repulsa por todos estos asesinatos y expresa sus condolencias a los familiares de las víctimas;

2.  Espera que el Gobierno guatemalteco garantice la plena independencia, libertad y seguridad de las autoridades judiciales guatemaltecas en su investigación de estos crímenes; solicita la plena cooperación de las autoridades políticas, judiciales y policiales de Guatemala y El Salvador para el esclarecimiento de lo ocurrido;

3.  Insta al Parlamento de Guatemala a que ratifique el Acuerdo para la creación de la CICIG;

4.  Insta a la Unión Europea y al Gobierno de Guatemala a que convoquen una reunión del Grupo Consultivo sobre Guatemala con la participación de los países donantes principales con el fin de apoyar la puesta en marcha de la CICIG y promover un diálogo nacional contra la impunidad;

5.  Insta al Parlamento de Guatemala a que ratifique el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, aprobado el 17 de julio de 1998, y a que adapte su legislación interna con arreglo a las obligaciones derivadas del Estatuto de Roma y otras del Derecho internacional pertinente;

6.  Pide al Gobierno de Guatemala que tome todas las medidas necesarias para proteger a los funcionarios de justicia, las víctimas de crímenes contra la humanidad que demandan justicia, los defensores de los derechos humanos y los testigos que pueden contribuir a que avancen los procesos judiciales;

7.  Celebra la reestructuración y la depuración de las fuerzas de seguridad iniciadas por el Gobierno;

8.  Expresa su apoyo al pueblo y a las autoridades de Guatemala para que perseveren en el respeto del Estado de Derecho y en el fomento de un desarrollo económico, social y político que contribuya a la paz y a la reconciliación nacional;

9.  Insta a la Comisión Europea a que, en la estrategia de cooperación con Guatemala para el periodo 2007-2013, intensifique la promoción del Estado de Derecho, la lucha contra la impunidad, el pleno respeto de los derechos humanos y el apoyo al Gobierno de Guatemala en la capacidad de gestión de las fuerzas de seguridad sobre la base del respeto de los derechos humanos;

10.  Destaca la absoluta necesidad de que las autoridades del Estado en el que se encuentra la sede del Parlacen velen por la seguridad y garanticen la integridad física de los diputados del Parlacen y de sus reuniones;

11.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a los Gobiernos de la República de Guatemala, de El Salvador y de los demás países centroamericanos y al Parlacen.

(1) DO C 59 de 23.2.2001, P. 286.
(2) DO C 53 de 28.2.2002, p. 403.
(3) DO C 127 de 29.5.2003, p. 688.
(4) DO C 64 E de 12.3.2004, p. 609.
(5) DO C 157 E de 6.7.2006, p. 494.
(6) Textos Aprobados, P6_TA(2006)0466.

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