Resolución del Parlamento Europeo, de 15 de marzo de 2007, sobre Nigeria
El Parlamento Europeo,
– Vistas sus anteriores resoluciones sobre la situación en Nigeria,
– Vistos los convenios internacionales sobre derechos humanos ratificados por Nigeria,
– Visto el artículo 115 de su Reglamento,
A. Considerando que, a pesar de los esfuerzos realizados en los últimos años por el Gobierno de Nigeria para promover los derechos humanos y poner coto a la corrupción, y a pesar de algunas mejoras en materia de derechos civiles y políticos, sigue sin resolverse una serie de problemas urgentes y básicos en relación con los derechos humanos, considerando igualmente que el país sigue invadido por la corrupción, las detenciones arbitrarias y la tortura, los asesinatos extrajudiciales y la violencia política,
B. Considerando que las divisiones religiosas y étnicas, así como la extensión de la pobreza, son las principales causas de la violencia crónica entre comunidades,
C. Considerando que los Tribunales de Apelación islámicos tienen jurisdicción sobre los asuntos penales en 12 de los 36 Estados de Nigeria; que estos Tribunales continúan imponiendo penas de muerte, así como penas de azotes y mutilación (aunque las ejecuciones y las amputaciones ya no se realizan), que sus juicios no son conformes a las normas internacionales, por ejemplo en lo que se refiere al derecho a contar con un abogado y a la información de sus derechos al acusado, y que tienden a discriminar a las mujeres,
D. Considerando que la impunidad sigue siendo la regla y no la excepción, pues muy pocos de los culpables de violencia y violaciones de los derechos humanos se ven sometidos a investigación o llevados ante la justicia; que esta impunidad es, por sí misma, uno de los mayores obstáculos para combatir y poner fin a las violaciones de los derechos humanos y la violencia,
E. Considerando que la insuficiencia de la capacidad y los recursos de las fuerzas de policía de Nigeria limitan sus posibilidades de investigar los crímenes, y también tiene como resultado que un gran número de personas se encuentren detenidas a la espera de juicio durante largos periodos, en violación de sus derechos,
F. Considerando que las fuerzas policiales y de seguridad se ven implicadas con frecuencia en violaciones de los derechos humanos, como los asesinatos extrajudiciales, las detenciones arbitrarias y la tortura,
G. Considerando que el trabajo infantil y la trata de niños siguen estando muy extendidos,
H. Considerando que la libertad de expresión sigue limitada por el continuo acoso a los periodistas y los activistas políticos,
I. Considerando que en la actualidad el Parlamento nigeriano examina una ley sobre la prohibición de los matrimonios entre personas del mismo sexo, que prevé penas de cinco años de prisión para quienes realicen, presencien, contribuyan o toleren la ceremonia del matrimonio entre personas del mismo sexo, así como para cualquiera que de forma pública o privada participe en la creación de una imagen positiva o defienda las relaciones homosexuales,
J. Considerando que no cabe considerar las elecciones estatales y nacionales de 1999 y 2003 como libres y justas debido a la amplitud del fraude y la violencia,
1. Pide al Gobierno de Nigeria que tome medidas inmediatas y eficaces para proteger a sus ciudadanos, poner fin a la violencia, a la extendida corrupción y a la impunidad de quienes violan los derechos humanos, y que promueva activamente el respeto de los derechos humanos;
2. Pide al Gobierno de Nigeria que derogue la pena de muerte e intervenga en los casos concretos de personas juzgadas en virtud de la ley islámica y condenadas a muerte, amputación, azotes u otros tratos inhumanos y degradantes, en violación de la Constitución de Nigeria y del Derecho internacional en materia de derechos humanos;
3. Acoge favorablemente el acuerdo multilateral entre 26 países del África central y occidental contra la trata de mujeres y niños, así como otros esfuerzos en este ámbito de las autoridades nigerianas; pide, sin embargo, al Gobierno de Nigeria que tome nuevas medidas en este ámbito y luche contra la explotación de los niños a través del trabajo infantil;
4. Pide a todas las partes interesadas en las próximas elecciones nacionales del mes de abril que declaren públicamente su compromiso de poner fin a la violencia política, las matanzas, las intimidaciones y otras violaciones de los derechos humanos, así como a la impunidad por estos crímenes;
5. Pide al Gobierno de Nigeria que tome todas las medidas necesarias para hacer frente a los problemas relacionados con las elecciones, como las limitaciones de la independencia de la Junta Electoral Nacional Independiente (JENI), el comportamiento abusivo y la persecución por parte de las fuerzas de seguridad y todos los demás obstáculos a la libertad de expresión y opinión, y otros requisitos básicos para unas elecciones libres y justas;
6. Pide al Parlamento de Nigeria que no adopte la propuesta de ley de prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo en su forma actual, pues constituiría una violación de los derechos humanos básicos a la libertad de expresión y opinión, pues prevé penas de cinco años de prisión para quienes participen de forma pública o privada en la creación de una imagen positiva o en la defensa de las relaciones homosexuales,
7. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión y al Gobierno y al Parlamento de Nigeria.