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Procedimiento : 2007/2000(INI)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : A6-0312/2007

Textos presentados :

A6-0312/2007

Debates :

PV 25/09/2007 - 15
CRE 25/09/2007 - 15

Votaciones :

PV 26/09/2007 - 6.5
Explicaciones de voto

Textos aprobados :

P6_TA(2007)0413

Textos aprobados
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Miércoles 26 de septiembre de 2007 - Estrasburgo
Creación de una política exterior común europea en el ámbito de la energía
P6_TA(2007)0413A6-0312/2007

Resolución del Parlamento Europeo, de 26 de septiembre de 2007, sobre la creación de una política exterior común europea en el ámbito de la energía (2007/2000(INI))

El Parlamento Europeo,

–  Visto el Libro Verde de la Comisión titulado "Estrategia europea para una energía sostenible, competitiva y segura" (COM(2006)0105),

–  Vista la primera reunión de la Red de Corresponsales de Seguridad Energética (NESCO), celebrada en Bruselas el 10 de mayo de 2007,

–  Visto el documento conjunto elaborado por la Comisión y el Secretario General del Consejo y Alto Representante para la PESC titulado: "Una política exterior al servicio de los intereses energéticos de Europa", presentado ante el Consejo Europeo de los días 15 y 16 de junio de 2006,

–  Vista su Posición, de 18 de mayo de 2006, sobre la propuesta de Decisión del Consejo sobre la celebración por la Comunidad Europea del Tratado de la Comunidad de la Energía(1),

–  Vista su Resolución, de 23 de marzo de 2006, sobre la seguridad del suministro de energía en la Unión Europea(2) ,

–  Vista su Resolución, de 1 de junio de 2006, sobre el Libro Verde sobre la eficiencia energética o cómo hacer más con menos(3),

–  Vista la Comunicación de la Comisión al Consejo Europeo, de 12 de octubre de 2006, titulada "Relaciones exteriores en materia de energía - de los principios a la acción" (COM(2006)0590),

–  Vista su Resolución, de 14 de diciembre de 2006, sobre una Estrategia europea para una energía sostenible, competitiva y segura - Libro Verde(4),

–  Vista su Resolución, de 16 de noviembre de 2006, sobre una Estrategia de la región del Mar Báltico para la Dimensión Septentrional(5) y, en particular, su Parte II,

–  Vistas las conclusiones de la Presidencia del Consejo Europeo, de los días 23 y 24 de marzo de 2006, sobre el respaldo del Consejo Europeo al Libro Verde sobre una política energética para Europa, y de los días 15 y 16 de junio de 2006, sobre el documento conjunto elaborado por la Comisión y el Secretario General del Consejo y Alto Representante para la PESC sobre los aspectos exteriores de la política energética,

–  Vistas las conclusiones de la Presidencia del Consejo Europeo de los días 21 y 22 de junio de 2007 sobre el mandato otorgado a la Conferencia Intergubernalmental para que elabore un Tratado de reforma por el que se modifiquen los Tratados existentes,

–  Visto el Tratado por el que se establece una Constitución para Europa, en el que se establece que la energía es un ámbito de competencia compartida con los Estados miembros,

–  Vista la Comunicación de la Comisión al Consejo Europeo y al Parlamento Europeo titulada "Una política energética para Europa" (COM(2007)0001,

–  Vista la Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo relativa a la consolidación de la política europea de vecindad (COM(2006)0726),

–  Vistas las conclusiones de la Presidencia del Consejo Europeo de los días 8 y 9 de marzo de 2007 y el Plan de acción del Consejo Europeo (2007-2009) para una política energética para Europa (EPE),

–  Vista la Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo titulada "La sinergia del Mar Negro - Una nueva iniciativa de cooperación regional" (COM(2007)0160),

–  Visto el artículo 45 de su Reglamento,

–  Vistos el informe de la Comisión de Asuntos Exteriores y las opiniones de la Comisión de Industria, Investigación y Energía, de la Comisión de Desarrollo, de la Comisión de Comercio Internacional y de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria (A6-0312/2007),

A.  Considerando que la seguridad energética debe ser considerada como un componente esencial de la seguridad general de la Unión Europea y un elemento clave para la continuación del desarrollo económico y social en Europa, pero que aún no se cuenta con un fundamento a tal efecto en los Tratados,

B.  Considerando que, debido a la creciente dependencia actual para el suministro energético de países muy inestables y poco democráticos, los esfuerzos realizados a nivel exclusivamente nacional por asegurar el suministro han demostrado ser insuficientes y no garantizan los intereses a largo plazo de todos los Estados miembros de la UE; considerando que la política energética exterior de la UE está íntimamente ligada a su política energética interior y que es necesario crear una política energética común, por lo que respecta tanto a la regulación del mercado interior como a los aspectos exteriores, en la que se tengan en cuenta los intereses políticos y económicos de todos los Estados miembros,

C.  Considerando que la actual vulnerabilidad y alta dependencia energética de la UE de países con regímenes autoritarios socava profundamente el desarrollo de una política exterior y de seguridad común creíble, eficaz y coherente, en particular en lo relativo al respeto, el apoyo y la promoción de los valores en los que se fundamenta la UE,

D.  Considerando que los principios del mercado interior de la energía de la UE podrían servir de base a unas políticas constructivas con los socios energéticos exteriores de la UE, teniendo presentes las características específicas de los terceros países implicados, en particular con vistas a apoyar un desarrollo energético sostenible, incluido el desarrollo de la eficiencia energética y de las fuentes de energía renovables,

E.  Considerando que debe garantizarse la seguridad del abastecimiento a precios asequibles y predecibles a escala de la UE mediante una sólida cooperación política y la realización del mercado interior de la energía a través de nuevas medidas encaminadas a lograr la liberalización de la energía,

F.  Considerando que la energía no debería utilizarse para ejercer presión política sobre los países de tránsito y receptores,

G.  Considerando que el sector del gas es actualmente muy vulnerable a las amenazas exteriores; que se están desarrollando nuevas formas de cooperación más estrecha entre los países exportadores de gas, lo que podría poner en peligro la seguridad energética de Europa,

H.  Considerando que la creación de una política exterior común europea en el ámbito de la energía, basada en la solidaridad y la diversificación y en la promoción de la sostenibilidad, generaría sinergias que garantizarían la seguridad del abastecimiento a la Unión Europea y reforzarían la pujanza, la capacidad de actuación en asuntos de política exterior y la credibilidad de la UE como actor a nivel mundial,

I.  Considerando que conviene velar por un abastecimiento energético sostenible, fiable y asequible; que los precios internacionales del gas y el petróleo son muy volátiles y que, por consiguiente, la existencia de una política energética exterior coherente de la UE beneficiaría a los ciudadanos comunitarios,

J.  Considerando que una de las medidas más eficaces e indispensables de creación de confianza en las relaciones entre la Unión Europea y sus países vecinos es una estrecha cooperación en el ámbito del suministro de energía,

K.  Considerando que el principio de solidaridad en el ámbito de la política energética puede servir de precedente para la futura solidaridad en otros ámbitos y contribuir de esa forma a reforzar el papel de la UE en sus relaciones exteriores,

L.  Considerando que en el marco de una política exterior común europea en el ámbito de la energía convendría prever una evaluación fiable del riesgo para la seguridad energética y que, en ese contexto, la red NESCO creada recientemente debería desempeñar un papel decisivo, debiendo preverse asimismo la necesaria capacidad de supervisión para la instauración de un sistema de alerta temprana,

M.  Considerando que convendría redoblar los esfuerzos comunes en el ámbito de la investigación y la utilización de las energías renovables y la eficiencia energética, tanto en el seno de la UE como en cooperación con los socios externos y terceros países,

1.  Solicita el desarrollo de una política exterior común europea en el ámbito de la energía que contribuya considerablemente a garantizar la seguridad energética del conjunto de la UE, persiguiendo al mismo tiempo el objetivo de sostenibilidad a escala internacional, aportando así a los ciudadanos de la UE un importante valor añadido con respecto a los esfuerzos realizados a nivel nacional;

2.  Considera que la política energética debe ser una parte integral y destacada de la política exterior común y que debe ser tenida en cuenta en todos los contextos de la política exterior;

3.  Destaca que, si bien los Estados miembros deberían conservar su derecho soberano a tomar decisiones estratégicas sobre la combinación de energías, la explotación de sus recursos y las estructuras de suministro, es necesario elaborar disposiciones concretas, que se incluirían en los Tratados, de cara a la creación de una política exterior común europea en el ámbito de la energía que comprenda la seguridad del abastecimiento, el tránsito y la inversión en materia de seguridad energética, así como la promoción de la eficiencia energética, el ahorro energético y las energías limpias y renovables, en particular en las relaciones con los países cuyo consumo energético está aumentando rápidamente;

4.  Pide que se prevea en el Tratado un fundamento apropiado para la energía y la seguridad energética;

5.  Subraya que una política exterior general europea en el ámbito de la energía debe contribuir a fomentar y aplicar los valores e intereses de la Unión Europea y los principales objetivos de su política exterior, a saber, la salvaguardia de la paz y la primacía de los derechos humanos, la democracia y el Estado de Derecho; reconoce que la dependencia de la UE de la importación de energía puede repercutir en gran medida en su independencia en la toma de decisiones en otros ámbitos de actuación política;

6.  Considera esencial que la UE siga liderando la lucha global contra el cambio climático, que, entre otros riesgos, puede provocar considerables flujos migratorios y amenazas para la seguridad, y que siga esforzándose por cumplir los objetivos del Protocolo de Kyoto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático; expresa su pleno apoyo, en este contexto, a los actuales esfuerzos por forjar un marco multilateral post-2012 para la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero; considera necesario integrar en todas las relaciones exteriores los esfuerzos realizados por la UE para desarrollar fuentes de energía limpias y renovables y tecnologías de ahorro de energía, incluidos la captura y el almacenamiento del carbono;

7.  Se congratula de la creación de la red NESCO; pide a los Estados miembros y a la Comisión que consoliden la actividad de esta red con miras al pleno desarrollo de su capacidad operativa y a su utilización como mecanismo de alerta temprana en caso de amenazas para la seguridad energética y como sistema de intercambio de información en el ámbito de la energía;

8.  Respalda la adopción de un enfoque gradual que permita avanzar hacia una política exterior común europea en el ámbito de la energía;

9.  Pide al Consejo y a la Comisión que establezcan antes de que concluya 2007 una hoja de ruta precisa que desemboque en la creación de tal política, indicando los objetivos, fines y etapas a corto, medio y largo plazo, acompañados de un calendario específico de ejecución;

10.  Pide a la Comisión que presente un informe anual sobre los progresos realizados en la ejecución de los objetivos citados, de forma que el Parlamento Europeo esté íntimamente asociado a la supervisión de la política exterior común europea en el ámbito de la energía;

11.  Pide a la Comisión que elabore informes anuales sobre la observancia de las normas rectoras del mercado interior en el sector de la energía, en particular en lo relativo a la transparencia y el cumplimiento del Derecho de competencia de la UE por parte de las empresas de terceros países, especialmente los principales proveedores, y todas sus filiales; se congratula de que en el Consejo Europeo de los días 8 y 9 de marzo de 2007 se haya pedido a la Comisión que evalúe el impacto de las empresas de energía de estructura vertical de terceros países en el mercado interior y la manera de aplicar el principio de reciprocidad;

12.  Respalda la intención de la Comisión de adoptar las medidas pertinentes para evitar inversiones incontroladas por parte de empresas extranjeras de propiedad estatal en el sector de la energía de la UE, en particular en las redes de transmisión de gas y electricidad;

13.  Solicita una colaboración más estrecha entre la Presidencia, la Comisión y el Secretario General del Consejo y Alto Representante para la PESC, de forma que puedan pronunciarse con una sola voz y actuar conjuntamente en lo referente a la política exterior común en el ámbito de la energía; considera que debe reforzarse el papel de la Comisión y el Parlamento Europeo a la hora de definir la política exterior común en el ámbito de la energía en el marco de la próxima revisión de los Tratados; propone que, tras la entrada en vigor del nuevo Tratado de reforma, se designe, con la aprobación del Consejo y de la Comisión, un Alto Funcionario para la Política Exterior en el Ámbito de la Energía, que asuma una doble representación y actúe a las órdenes del recién creado y reforzado Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, Vicepresidente de la Comisión, anclado así tanto en el Consejo como en la Comisión, y que sería responsable de la coordinación de todas las políticas adscritas al ámbito de la política exterior común europea en el ámbito de la energía, apuntalando de este modo la capacidad de la UE de proteger sus intereses de seguridad energética en las negociaciones con sus socios exteriores;

14.  Expresa su convicción de que el Tratado sobre la Carta de la Energía (TCE) debería ser la piedra angular de la política exterior común europea en el ámbito de la energía, pues es el instrumento más importante de la comunidad internacional para el fomento de la cooperación en el sector de la energía, sienta las bases para un trato justo y equitativo, vela por la seguridad de las inversiones y garantiza el derecho a compensación en caso de expropiación o nacionalización; pide a la Comisión y al Consejo que soliciten con firmeza la aplicación del TCE e incluyan el contenido sustancial del Protocolo de Tránsito en todos los tratados y acuerdos que celebren con sus socios en el ámbito de la energía;

15.  Anima a los Estados miembros y a la Comisión a que no cejen en su empeño por fomentar en el marco de la Política Europea de Vecindad, en cooperación con terceros países, la ampliación de los principios y las normas del mercado interior; insta a la Comisión, por tanto, a que examine la posibilidad de ampliar a otros terceros países la Comunidad Europea de la Energía que incluye a la UE y al sudeste europeo, así como de crear nuevos mercados energéticos regionales siguiendo el modelo de esta Comunidad, por ejemplo, una comunidad euromediterránea de la energía, a fin de garantizar la seguridad del abastecimiento;

Principios subyacentes y recomendaciones de actuación en el marco de la política exterior común europea en el ámbito de la energía
A.Diversificación

16.  Opina que, dada la dependencia cada vez mayor de la UE de un número limitado de fuentes energéticas, proveedores y rutas de transporte, es esencial apoyar las iniciativas prioritarias para su diversificación tanto en el ámbito geográfico como mediante el desarrollo de alternativas sostenibles; considera que debería darse una prioridad especial a las fuentes de energía renovables y ecológicamente seguras; considera que la seguridad del abastecimiento a precios asequibles y predecibles debe ser uno de los objetivos principales de la UE;

17.  Es partidario de que se conceda carácter prioritario a todos los proyectos de diversificación energética llevados a cabo en los países vecinos ‐especialmente los destinados a la creación de nuevos corredores de transporte para diversificar los proveedores y las rutas, como el corredor europeo de la energía en el eje Mar Caspio - Mar Negro‐, en particular la construcción del gasoducto Nabucco, la infraestructura de gas natural licuado (GNL), la interconexión de las redes de electricidad y la construcción de los anillos euromediterráneos de infraestructura de gas y electricidad, así como la realización de nuevos proyectos de infraestructura petrolífera de interés europeo, como los proyectos Odessa-Gdansk y Constanza-Trieste, que deberían incluirse en la lista de proyectos muy prioritarios de interés europeo;

18.  Celebra la designación de coordinadores de la UE para los proyectos prioritarios de interés europeo, según se definen en las conclusiones de la Presidencia del Consejo Europeo de marzo de 2007, en particular para el proyecto de gasoducto Nabucco y el enlace de alta tensión entre Alemania, Polonia y Lituania;

19.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que apliquen políticas dinámicas al más alto nivel que permitan a la Comunidad diversificar sus fuentes de gas natural; espera que toda cooperación que se establezca entre los países exportadores de gas respete las condiciones de un mercado abierto, transparente y competitivo; considera que una iniciativa tendente a la creación de un equivalente de la OPEP (Organización de Países Exportadores de Petróleo) en el sector del gas sería contraria a ese objetivo;

20.  Observa que es esencial ir más allá de las declaraciones y las convocatorias de licitaciones para proyectos prioritarios concretos, y pide que, tan pronto como sea designado, el Alto Funcionario para la Política Exterior en el Ámbito de la Energía sea también responsable de la coordinación del compromiso para el desarrollo de infraestructuras externas de la energía, como los proyectos Nabucco y Odessa-Gdansk; pide entretanto a la Comisión, a la Presidencia del Consejo y al Secretario General del Consejo y Alto Representante para la PESC que refuercen el compromiso de desarrollar infraestructuras externas de la energía junto con los coordinadores europeos;

21.  Considera que la realización de proyectos de diversificación energética debería ser una de las prioridades de la Política Europea de Vecindad reforzada y pide que se apoye en mayor medida la mejora del clima de inversión y del entorno regulador, con arreglo a los principios del TCE, en los sectores de la energía de los países productores y de tránsito;

22.  Pide que se reconozcan las diferentes situaciones de los Estados miembros en materia de combinación de energías, dependencia de las importaciones e infraestructura, y expresa su apoyo a toda medida de superación de la actual dependencia de los Estados miembros de los proveedores dominantes, las limitaciones de infraestructura, las energías con alto contenido de carbono y las importaciones de energía de países que violan sistemáticamente la letra y el espíritu de la Carta de las Naciones Unidas;

23.  Apoya todos los esfuerzos destinados a crear nuevas fuentes de financiación para todos los proyectos importantes, incluidos los préstamos especiales del Banco Europeo de Inversiones (BEI), así como el establecimiento de líneas presupuestarias específicas a tal efecto en el presupuesto de la UE, siempre que no se socave la seguridad de ningún Estado miembro;

24.  Solicita una mejor cooperación entre el BEI y el Banco europeo de Reconstrucción y Desarrollo con miras a la utilización de instrumentos financieros en apoyo de proyectos prioritarios;

25.  Considera que una eventual dependencia de la importación de biocombustibles sería tan preocupante como la dependencia del suministro exterior de gas o petróleo; pide a la Comisión que elabore, junto con los socios de la UE, un mecanismo global de certificación que permita garantizar la sostenibilidad de la producción y utilización de los biocombustibles que no suponen una amenaza para la biodiversidad, acompañado de normas para el cultivo y las fases de transformación, así como para el balance general del ciclo de vida de los gases de efecto invernadero;

26.  Considera imperativo, en el contexto de los incentivos para los biocombustibles o la biomasa en la UE, que la UE se cerciore de que esos usos no ponen en peligro la seguridad alimentaria mundial, ni aumentan la presión sobre los bosques naturales, ni aumentan los monocultivos ni las plantaciones de especies exóticas, ni exacerban el cambio climático debido a la deforestación de los trópicos;

B.Unidad en la defensa de los intereses de la UE

27.  Considera inevitable que la Unión elabore una estrategia y un marco a largo plazo que desemboquen en la creación de una política exterior común en el ámbito de la energía, lo que le permitirá adoptar una posición fuerte en el diálogo con los principales países proveedores y mejorar la capacidad de pronunciarse con una sola voz en los debates que se mantienen a escala de la UE, los Estados miembros y el sector industrial, lo que servirá de plataforma para la solidaridad en otros ámbitos de actuación política y para apuntalar el papel exterior de la Unión;

28.  Pide que, a corto plazo, los Estados miembros se informen recíprocamente e informen a la Comisión y se consulten entre sí y a la Comisión acerca de sus decisiones estratégicas sobre los acuerdos bilaterales con terceros países relativos a proyectos energéticos que pudieran afectar a los intereses de otro Estado miembro o a la UE en su conjunto, tal como debería hacerse en todas las cuestiones de política exterior de interés común; pide asimismo que, en caso de que se hayan celebrado acuerdos bilaterales contrarios a los intereses de otros Estados miembros y de la UE en su conjunto, los Estados miembros y, en su caso, la Comisión colaboren para llegar a un acuerdo que neutralice todo efecto negativo, en particular en materia de impacto ambiental, de conformidad con el principio de solidaridad;

29.  Pide a los Estados miembros y a la Comisión que se aseguren de que se lleva a cabo una evaluación de impacto medioambiental completa antes de tomar cualquier decisión sobre inversiones importantes en infraestructuras, y les insta, en particular, a que consideren el riesgo para los ecosistemas y la vida humana que conlleva el proyecto de gasoducto septentrional europeo de la empresa Nord Stream, debido a la presencia de restos de municiones y armas en el lecho marino del Mar Báltico a lo largo del trazado del gasoducto; señala que, en caso de que se produjera un gran desastre ecológico, la responsabilidad financiera debería recaer en las partes implicadas;

30.  Pide que, a medio plazo, se conceda a la Comisión la competencia institucional necesaria para negociar acuerdos marco de la UE con terceros países sobre el suministro de energía;

C.Solidaridad en situaciones de crisis

31.  Considera que la solidaridad y la seguridad energéticas resultan necesarias para un funcionamiento fluido del mercado interior, incluido el acceso igualitario de todos los actores económicos a la energía; pide al Consejo y a los Estados miembros que establezcan un mecanismo de solidaridad, con arreglo al espíritu de solidaridad entre los Estados miembros al que se hace referencia en el nuevo Tratado de reforma acordado por el Consejo Europeo en junio de 2007, que permita a la UE actuar con eficacia, rapidez y coherencia en las situaciones de crisis provocadas por perturbaciones del suministro, daños a la infraestructura vital o cualquier otro suceso;

32.  Pide a la Comisión que apoye la inclusión de la llamada "cláusula de seguridad energética" en los acuerdos de comercio, asociación, cooperación y colaboración con los países productores y de tránsito, estableciendo un código de conducta y definiendo explícitamente las medidas que convendría adoptar en caso de que alguno de los socios perturbara el suministro o se produjera un cambio unilateral de las condiciones contractuales o de las condiciones de suministro;

33.  Apoya la creación de un mecanismo eficiente, que integre a la NESCO, que permita reaccionar en caso de perturbaciones del suministro e incluya medidas para utilizar eficazmente los mecanismos de alerta y establecer una infraestructura de interconexión de la UE en caso de crisis energética, en particular para el gas y la electricidad, que podría utilizarse para ayudar a los Estados miembros en apuros, teniendo en cuenta los factores geológicos y geográficos de esos Estados miembros, en particular en materia de capacidad de almacenamiento, y su proximidad a las fuentes de suministro energético;

D.Cooperación reforzada con los principales países productores, de tránsito y consumidores

34.  Pide a la UE y a los Estados miembros que sigan manteniendo un diálogo dinámico y estrecho con todos los principales países productores, de tránsito y consumidores y, en particular, que refuercen las relaciones en el ámbito energético con Argelia, Egipto y los demás países productores de la región del Mashreq/Magreb; alienta a esos países a cumplir sus compromisos internacionales y a observar el Derecho internacional;

35.  Apoya todas las medidas de promoción de la transparencia, el Estado de Derecho y mejor gobernanza en el sector de la energía mediante asociaciones energéticas con terceros países, con objeto de crear unas condiciones jurídicas mutuamente beneficiosas, abiertas, transparentes, no discriminatorias y estables para el acceso a los activos en la fase de suministro y para las inversiones y los intercambios de energía, que se basarían en los principios de reciprocidad y competencia justa y transparente, velando por que los ingresos del intercambio de energía no se utilicen indebidamente ni se desvíen a la financiación de terrorismo;

36.  Destaca la necesidad de prever colaboraciones de investigación y desarrollo con los principales países consumidores y de tránsito extracomunitarios con objeto de abordar el desafío el calentamiento global y desarrollar fuentes de energía alternativas y renovables; subraya que debe reforzarse la cooperación energética con esos terceros países, incluidos los Estados Unidos, especialmente en el ámbito de las tecnologías para la eficiencia energética y el fomento de la cogeneración a partir de fuentes renovables y la producción y el uso sostenible de la biomasa;

37.  Pide a la UE que dialogue con los países en desarrollo sobre cuestiones energéticas, a fin de promover la descentralización de las energías renovables, la accesibilidad y la sostenibilidad energética, así como infraestructuras energéticas de interés común;

38.  Destaca, en particular, la importancia de un diálogo energético reforzado con los Estados Unidos y otros actores energéticos clave que comparten los valores de la UE; pide a las instituciones comunitarias que procuren establecer una Asociación de Seguridad Energética con los Estados Unidos;

39.  Solicita la participación activa de los países europeos que no son miembros de la UE, como Noruega, tercer mayor exportador de petróleo del mundo, en la política exterior común europea en el ámbito de la energía;

40.  Reclama una política energética coherente en todos los ámbitos de la política exterior europea, como la Dimensión Septentrional, la Sinergia del Mar Negro y la Asociación Euromediterránea;

41.  Apoya las iniciativas de la Comisión para desarrollar un diálogo energético más estrecho con los países de las regiones del Cáucaso Meridional, el Caspio y Asia Central, así como con la región mediterránea y Oriente Próximo; se congratula de la voluntad de la UE de adoptar un enfoque de "diálogo crítico y constructivo" con respecto a los países de la región, lo que coincide con el interés de la UE en diversificar sus suministros de petróleo y gas y con el objetivo de realizar reformas políticas en esos países;

42.  Solicita el desarrollo de los mecanismos existentes en el marco de la Política Europea de Vecindad y la Sinergia del Mar Negro y la creación de otros nuevos para intensificar la cooperación con los países de tránsito ‐Ucrania, Belarús, Moldova, los países del Cáucaso Meridional, el Mashreq y el Maghreb‐ y velar por una mayor transparencia en el funcionamiento del mercado y la estabilidad del suministro y el tránsito;

43.  Destaca la importancia de Turquía como nódulo de tránsito para la diversificación de los suministros de gas a la UE; expresa su esperanza de que Turquía coopere plenamente con la UE para facilitar el tránsito;

44.  Anima a Turquía a adherirse como miembro pleno a la Comunidad Europea de la Energía, que se extiende en la actualidad hasta los países del sudeste europeo y ofrece un entorno reglamentario estructurado para la intensificación de la cooperación energética regional, mejorando así la seguridad energética y apuntalando las inversiones; apoya las candidaturas de Ucrania, Noruega y Moldova para su adhesión a la Comunidad Europea de la Energía;

45.  Pide a la Comisión que, además de la red NESCO, prevea instrumentos y mecanismos que le permitan cooperar mejor con sus vecinos en el análisis y la supervisión de la situación en las zonas de tránsito, incrementando así la capacidad de la UE para prevenir situaciones de crisis y reaccionar con mayor eficacia y rapidez ante tales eventos;

46.  Destaca la importancia de la asociación energética de la UE con Rusia, y recuerda asimismo que Rusia sigue dependiendo casi enteramente del mercado de la UE y de los consumidores individuales europeos a gran escala para su exportación de energía; insta a la UE a que destaque los aspectos de la interdependencia mutua en el diálogo energético UE-Rusia; recuerda que la asociación energética entre la UE y la Federación de Rusia sólo puede basarse en el principio de no discriminación e igualdad de trato y en unas condiciones de acceso al mercado justas;

47.  Subraya que Rusia ya debe aplicar el TCE de conformidad con su artículo 45(6); expresa su convicción de que, sin perjuicio de la necesidad de que Rusia ratifique el TCE, la UE debería negociar un documento marco oficial sobre las relaciones energéticas con Rusia en el marco del futuro Acuerdo de colaboración y cooperación; considera superflua la mera incorporación de los principios del TCE al futuro Acuerdo de colaboración y cooperación, aunque reconoce el valor añadido de las disposiciones que permitan clarificar o complementar las obligaciones contempladas en el TCE, en particular en el Protocolo de Tránsito;

48.  Destaca que la ratificación del TCE sería una muestra palpable y visible del compromiso de Rusia con un abastecimiento energético fiable y una cooperación energética basada en principios y valores comunes;

49.  Pide al Consejo y a la Comisión que se sirvan de su ascendente sobre Rusia para que ésta se decante por unos mercados abiertos, justos y transparentes para la producción y el suministro de energía; considera que la ratificación del TCE y del Protocolo de Tránsito por parte de Rusia podría influir positivamente en el apoyo de la Unión Europea a la adhesión de Rusia a la Organización Mundial del Comercio (OMC);

50.  Expresa su preocupación por la ineficiencia general del sistema energético ruso, tanto en materia de prospección y transporte como en el ámbito de la utilización industrial y privada, lo que podría afectar gravemente a los compromisos de suministro de Rusia; pide a la Comisión que aborde este asunto en el marco de su cooperación técnica con Rusia;

51.  Subraya la necesidad de incluir en un nuevo acuerdo entre la UE y Rusia el principio de desarrollar tecnologías respetuosas del medio ambiente y eficientes en términos de energía; subraya la importancia de reforzar la cooperación en materia de medio ambiente entre la UE y Rusia en el marco de la Dimensión Septentrional, en particular en lo que respecta a la región ártica;

52.  Pide a la Comisión que, en el marco del diálogo con los principales proveedores de hidrocarburos a la UE, exija la igualdad de trato de las empresas europeas, basándose exclusivamente en criterios económicos y sin interferencias de factores políticos en la fijación de los precios de compra;

53.  Pide a la Comisión que elabore un informe sobre las cláusulas de destino relativas al suministro de gas, ya que de hecho impiden la reexportación de gas en el mercado interior, y pide a la Comisión que vele por la abolición de toda cláusula de tal tipo en los contratos de gas natural en el mercado de la UE, puesto que están prohibidas por la legislación comunitaria;

54.  Insta a que se profundice el diálogo con China, India, Brasil y otros países emergentes y en desarrollo con miras a la realización de un mercado global de la energía estable y predecible, basado en unas normas justas y transparentes, que, además, contribuya a la realización de esfuerzos comunes en la lucha contra el cambio climático y en la preservación del desarrollo sostenible;

55.  Reclama una relación más profunda con Oriente Próximo y el África Septentrional en el sector de la energía; subraya la importancia de la futura Cooperación UE-África en materia de energía, cuyo lanzamiento debe tener lugar en la Cumbre UE-África que se celebrará en Lisboa los días 7 y 8 de diciembre de 2007, como una de las principales iniciativas en el marco de la Estrategia conjunta UE-África; considera que la cooperación en materia de energía debería contribuir a reforzar el diálogo UE-África sobre el acceso a la energía y la seguridad energética, a acelerar las inversiones en infraestructura energética, en energías renovables y en eficiencia energética, a ampliar la utilización de los ingresos del petróleo y el gas orientada al desarrollo, a promover la transparencia y a integrar el cambio climático en la cooperación en materia de energía y desarrollo;

56.  Pide a la Comisión que fomente la competencia leal a escala internacional actuando en el seno de la OMC para favorecer el establecimiento de normas específicas sobre la transparencia del mercado energético y, especialmente, sobre las medidas que distorsionan el comercio;

57.  Recomienda a la Comisión que evalúe, dentro de la OMC, la posibilidad de negociar acuerdos multilaterales para mercados energéticos específicos, como el de los biocarburantes, y que informe de ello al Parlamento cuanto antes;

58.  Pide a la Comisión y al Consejo que combatan activa y enérgicamente toda tendencia oligopolista, como el riesgo de creación de un cártel del gas;

59.  Anima a los Estados miembros que forman parte del G 8 y a la Comisión a servirse de ese foro para promover los intereses energéticos de la UE, así como del G 8+5, en el que se reúnen los productores y consumidores clave;

60.  Subraya la importancia de la propuesta de la UE, en el marco del Plan de acción de Gleneagles para el apoyo al desarrollo de las tecnologías limpias en forma, de un nuevo Foro global para la cooperación y el intercambio sistemáticos de mejores prácticas entre los Estados, las regiones, las megaciudades y las otras entidades públicas que presentan considerables niveles de consumo de energía;

61.  Expresa su apoyo a toda medida de consolidación de las iniciativas técnicas multilaterales, como la Asociación mundial para la reducción de la quema de gas, la Iniciativa para la transparencia de las industrias extractivas, el Grupo de acción financiera, los Principios ecuatoriales de la Corporación Financiera Internacional e Inogate;

62.  Destaca que una política exterior común europea en el ámbito de la energía por sí sola no es suficiente y que conviene elaborar una política energética común europea que incluya una política común europea de investigación y tecnología en el sector de la energía;

63.  Pide al Consejo que elabore una estrategia para proteger de amenazas terroristas la infraestructura esencial de la energía en el interior de la UE y en su vecindad inmediata;

64.  Insta a la Comisión a que presente propuestas de reforma reglamentaria sobre la base de las mejores prácticas constatadas en cada uno de los Estados miembros, especialmente en lo que se refiere a la disociación total de la propiedad de la producción de energía y el transporte y la distribución de energía, unas autoridades nacionales de regulación independientes y reforzadas y una mejor coordinación de las actividades de las autoridades de regulación a escala de la UE, a fin de favorecer el desarrollo de fuentes de energía nuevas y renovables y un marco claro que incentive la inversión en infraestructuras de transporte de la energía;

65.  Destaca que la creación de redes energéticas interoperables basadas en una red transeuropea de la energía bien coordinada contribuirá a la competitividad en los mercados de la electricidad y el gas, reforzará la seguridad del abastecimiento e incrementará la protección del medio ambiente, al tiempo que reforzará la posición de la UE ante los países proveedores y de tránsito;

66.  Destaca que la contaminación procedente de la explotación de recursos energéticos, en particular el petróleo, no sólo puede causar daños ambientales graves e irreversibles sino que también puede generar grandes riesgos de seguridad a nivel regional y global, por ejemplo en Oriente Próximo; reclama nuevas medidas de salvaguardia e inversión para una mayor seguridad y eficiencia en la explotación de los recursos energéticos;

67.  Solicita la celebración de un debate público destinado a sensibilizar a los ciudadanos de la UE sobre la política exterior común europea en el ámbito de la energía y a destacar los aspectos benéficos de esa política mediante una campaña de información pública;

68.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión, así como a los Gobiernos y los Parlamentos de los Estados miembros.

(1) DO C 297 E de 7.12.2006, p. 340.
(2) DO C 292 E de 1.12.2006, p. 112.
(3) DO C 298 E de 8.12.2006, p. 273.
(4) Textos Aprobados, P6_TA(2006)0603.
(5) DO C 314 E de 21.12.2006, p. 330.
(6) En el artículo 45, apartado 1, del TCE se establece que los Estados que han firmado pero que no han ratificado el TCE lo aplicarán de manera provisional durante el período comprendido entre la firma y la ratificación, a no ser que hayan optado por la exclusión contemplada en el artículo 45.

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