Resolución del Parlamento Europeo, de 27 de septiembre de 2007, sobre una moratoria universal de la pena de muerte
El Parlamento Europeo,
– Vistas sus Resoluciones, de 1 de febrero de 2007(1) y de 26 de abril de 2007(2), sobre la iniciativa en favor de una moratoria universal de la pena de muerte,
– Vistas las Directrices de 3 de junio de 1998 sobre la política de la Unión Europea frente a terceros países en relación con la pena de muerte,
– Vista la declaración de la Presidencia de la UE efectuada el 19 de diciembre de 2006 ante la Asamblea General de las Naciones Unidas en relación con la abolición de la pena de muerte, que fue suscrita inicialmente por 85 países de todos los grupos geográficos,
– Vista la declaración de la Presidencia de la UE efectuada el 29 de marzo de 2007, en nombre de la Unión Europea, en la Cuarta Sesión del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas,
– Visto el apoyo a una moratoria expresado públicamente por el Secretario General de las Naciones Unidas durante su reciente visita a Roma,
– Vista la proclamación del 10 de octubre de todos los años como Día Europeo contra la Pena de Muerte, que también respaldó la Conferencia de Presidentes el 12 de julio de 2007,
– Visto el artículo 2 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea(3),
– Visto el apartado 4 del artículo 103 de su Reglamento,
A. Considerando que la petición de una moratoria universal de la pena de muerte es una decisión política clara dirigida a la abolición de la pena capital en todos los países,
B. Considerando que, en sus Resoluciones de 1 de febrero de 2007 y de 26 de abril de 2007, instaba a la Presidencia de la UE a que presentase con carácter de urgencia una resolución a la actual Asamblea General de las Naciones Unidas y a que mantuviera informado al Parlamento de los resultados obtenidos; considerando que no se ha presentado hasta la fecha ninguna resolución a la actual Asamblea General,
C. Considerando que la declaración sobre la pena de muerte realizada por la Unión Europea ante la Asamblea General de las Naciones Unidas el 19 de diciembre de 2006 ha sido suscrita ya por 95 países de todos los grupos geográficos,
D. Considerando que la Presidencia de la UE ha obtenido un mandato del Consejo para elaborar y presentar a la Asamblea General de las Naciones Unidas, junto con Italia, un texto sobre una moratoria internacional de la pena de muerte,
1. Recuerda a la Presidencia de la UE y a sus Estados miembros que el principal contenido político de la resolución debe ser la aprobación de una moratoria mundial como un paso fundamental hacia la abolición de la pena de muerte;
2. Pide a la Presidencia de la UE y a sus Estados miembros que presenten una resolución sobre la moratoria, en el epígrafe "derechos humanos", en la 62ª sesión de la Asamblea General de las Naciones Unidas, para que sea aprobada antes de finales de 2007; reitera su petición a la Presidencia de la UE de que haga todo lo posible para implicar al mayor número posible de países como coautores de la resolución;
3. Pide a la Presidencia de la UE que aliente a los países que aún no hayan firmado ni ratificado el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos a que lo hagan, y que aliente a los Estados miembros que no hayan firmado el Protocolo nº 13 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales sobre la pena de muerte a que lo hagan;
4. Reitera su pleno apoyo a las instituciones de la UE y a los Estados miembros para que proclamen, junto con el Consejo de Europa, el 10 de octubre de todos los años como Día Europeo contra la Pena de Muerte; lamenta la falta de unanimidad sobre esta cuestión en el Consejo y pide al futuro Gobierno polaco que apoye plenamente esta iniciativa, que refleja los valores fundamentales de la Unión Europea; pide a todas las instituciones y a los Estados miembros de la UE que, junto con el Consejo de Europa, sigan respaldando esta acción, y encomienda a su Presidente que fomente esta iniciativa política;
5. Pide al Consejo y a la Comisión que apoyen el establecimiento de coaliciones regionales pro moratoria y abolicionistas;
6. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a los Gobiernos y los Parlamentos de los Estados miembros de la UE, al Secretario General de las Naciones Unidas, al Presidente de la Asamblea General de las Naciones Unidas y a los Gobiernos de los Estados miembros de las Naciones Unidas.