Resolución del Parlamento Europeo, de 25 de octubre de 2007, sobre la situación actual de las relaciones UE-África (2007/2002(INI))
El Parlamento Europeo,
– Vistos la Declaración y el Plan de acción elaborado en la Cumbre África-Europa celebrada en El Cairo los días 3 y 4 de abril de 2000 bajo la égida de la Organización de la Unidad Africana y la UE,
– Visto el Plan estratégico 2004-2007 de la Comisión de la Unión Africana, aprobado el 7 de julio de 2004 en la tercera Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno africanos en Addis Abeba, Etiopía,
– Visto el "proyecto de Estrategia conjunta UE-África" tal como se aprobó en la octava reunión de la troika ministerial UE-África el 15 de mayo de 2007 en Bruselas,
– Vista la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo, de 27 de junio de 2007, titulada "De El Cairo a Lisboa – la Asociación estratégica UE-África" (COM(2007)0357),
– Visto el Documento conjunto de la Comisión y la Secretaría del Consejo, de 27 de junio de 2007, titulado "Más allá de Lisboa: conseguir que la Asociación estratégica UE-África funcione" (SEC(2007)0856),
– Visto el Plan estratégico 2006-2010 titulado "One Africa, One Voice" (Una sola África, una sola voz) del Parlamento Panafricano aprobado en noviembre de 2005,
– Visto el documento de trabajo de la Comisión de la UA sobre la visión compartida para la estrategia Unión Africana (UA)-UE,
– Visto el Acuerdo de Asociación entre los Estados de África, del Caribe y del Pacífico (ACP), por una parte, y la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por otra, firmado en Cotonú el 23 de junio de 2000(1), según ha sido modificado por el Acuerdo por el que se modifica el Acuerdo de Asociación firmado en Luxemburgo el 25 de junio de 2005(2) ("el Acuerdo de Cotonú),
–Visto el Reglamento (CE) nº 1905/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, por el que se establece un Instrumento de Financiación de la Cooperación al Desarrollo(3) (Instrumento de cooperación el desarrollo (ICD)),
– Vista la Comunicación de la Comisión al Consejo, el Parlamento Europeo y el Comité Económico Social Europeo, de 12 de octubre de 2005, titulada "Estrategia de la UE para África - Hacia un pacto euroafricano para acelerar el desarrollo en África" (COM(2005)0489),
– Vista su Resolución de 17 de noviembre de 2005 sobre una estrategia de desarrollo para África(4),
– Vistas las conclusiones del Consejo de Asuntos Generales y Relaciones Exteriores (CAGRE) de los días 21 y 22 de noviembre de 2005 sobre la Estrategia de la UE para África,
– Vistas las conclusiones de la quinta Reunión Ministerial de las Troikas de la UE y de África en Bamako, Malí, de 2 de diciembre de 2005,
– Visto el documento "La UE y África: Hacia una Asociación estratégica", aprobado por el Consejo Europeo en su reunión de los días 15 y 16 de diciembre de 2005 en Bruselas,
– Visto el informe conjunto de la Comisión y la Secretaría General del Consejo para el CAGRE sobre los progresos relativos a la aplicación de la Estrategia de la UE para África de 12 de octubre de 2006,
– Vistos los resultados y conclusiones de la consulta a las organizaciones de la sociedad civil africana sobre una Estrategia conjunta UA/UE para el desarrollo de África organizada por la Comisión de la UA en Accra, Ghana, del 26 al 28 de marzo de 2007,
– Vista la Declaración conjunta del Consejo y de los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros reunidos en el seno del Consejo, del Parlamento Europeo y de la Comisión sobre la política de desarrollo de la Unión Europea titulada "El consenso europeo sobre desarrollo", de 20 de diciembre de 2005(5),
– Vistos los sucesivos informes sobre desarrollo humano elaborados por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD),
– Vistas sus Resoluciones de 12 de abril de 2005 sobre la función de la UE en la consecución de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM)(6) y de 20 de junio de 2007 sobre los Objetivos de Desarrollo del Milenio - Balance intermedio(7),
– Vista la Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo y al Comité Económico y Social Europeo, de 12 de abril de 2005, titulada "Acelerar el avance para cumplir los Objetivos de Desarrollo del Milenio - La contribución de la Unión Europea" (COM(2005)0132),
– Vista la Declaración del Milenio de las Naciones Unidas, de 8 de septiembre de 2000, en la que se expone que los ODM son criterios establecidos conjuntamente por la comunidad internacional para la erradicación de la pobreza,
– Visto el Informe de la Comisión Internacional sobre Intervención y Soberanía Estatal (ICISS) titulado "La responsabilidad de proteger" de diciembre de 2001,
–Visto el Plan de Acción de Maputo para aplicar el marco continental de políticas sobre salud y derechos sexuales y reproductivos para 2007-2010 aprobado en la Sesión Especial de la Conferencia de Ministros de Sanidad de la UA celebrada del 18 al 22 de septiembre de 2006 en Maputo, Mozambique,
– Vistas la petición de una acción acelerada para el acceso a servicios de lucha contra el VIH/sida, la tuberculosis y el paludismo en África adoptada durante la Cumbre Especial de la UA sobre el VIH/sida, la tuberculosos y el paludismo celebrada del 2 al 4 de mayo de 2006 en Abuja, Nigeria,
– Visto el Cuarto Informe de Evaluación del Grupo de Trabajo II del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC) titulado "Impactos, Adaptación y Vulnerabilidad",
– Visto el informe sobre la Evaluación de los Ecosistemas del Milenio de 2005, en que se examinan la utilización y el expolio de los diferentes recursos naturales del planeta,
– Vistos los resultados de la consulta pública sobre la Estrategia conjunta UE-África organizada a petición de la Comisión Europea y la Comisión de la UA por el Centro Europeo de Gestión de las Políticas de Desarrollo,
– Vistos los artículos 177 a 181 del Tratado CE,
– Visto el artículo 45 de su Reglamento,
– Vistos el informe de la Comisión de Desarrollo y la opinión de la Comisión de Asuntos Exteriores (A6-0375/2007),
A. Considerando que el contexto internacional ha cambiado en gran medida desde el año 2000 debido al surgimiento de desafíos globales como la seguridad humana y las migraciones, el cambio climático y la desertización, la gestión sostenible de los bienes públicos, la lucha contra la pobreza y las pandemias, la creación de la UA y la ampliación de la UE,
B. Considerando que, en la quinta Reunión Ministerial de las Troikas de la UE y de África celebrada el 2 de diciembre de 2005 en Bamako, la parte africana acogió favorablemente la Estrategia de la UE 2005 para África y ambas partes acordaron transformarla en una Estrategia conjunta UE-África que refleje las necesidades y aspiraciones de sus respectivas poblaciones y desarrollar un Plan de acción para su aplicación,
C. Considerando que en el citado documento de trabajo sobre una visión compartida para la estrategia UA-UE el Consejo Ejecutivo de la UA señala que "debería ser evidente que el objetivo de una estrategia conjunta no puede ser la validación de la Estrategia de la UE para África existente, sino que se debería desarrollar una nueva estrategia conjunta que refleje las aspiraciones comunes de ambas partes",
D. Considerando, por consiguiente, que el objeto de la Estrategia conjunta debería ser desarrollar una visión política común y un enfoque práctico para la futura asociación entre la UE y África, sobre la base del respeto mutuo, los intereses y valores comunes y el principio de apropiación,
E. Considerando que la voluntad de ambas partes de redefinir la asociación conjunta parece surgir de la creciente percepción de que África y la UE ya no siguen siendo necesariamente socios preferenciales,
F. Considerando que el informe conjunto sobre los progresos relativos a la aplicación de la Estrategia de la UE para África antes mencionado no se elaboró sobre la base de una evaluación externa independiente,
G. Considerando que África es el continente más pobre del mundo y el único en el que la pobreza ha aumentado durante los últimos 25 años,
H. Considerando que los signatarios del Plan de Acción de El Cairo "lamentan profundamente el intolerable hecho de que más de la mitad de los africanos viva en una pobreza absoluta y acuerdan reforzar la lucha contra la pobreza. Cada país es el primer responsable de la erradicación de la pobreza en su territorio, sin perjuicio de la importancia de la dimensión internacional de la lucha contra la pobreza",
I. Considerando que el Parlamento Europeo creó en 2006 una delegación ad hoc para las relaciones con el Parlamento Panafricano y que el Parlamento Panafricano ha establecido una comisión ad-hoc para las relaciones con el Parlamento Europeo en 2007,
J. Considerando que los Parlamentos de ambas Uniones, como actores primarios del proceso de desarrollo, deben participar activamente en las estrategias y planes de acción que se aplican a las poblaciones a las que representan,
K. Considerando que la mayoría de los países africanos son miembros del Grupo ACP y signatarios del Acuerdo de Cotonú,
L. Considerando que África insiste en recibir un trato unitario y apoyo a su proceso de integración panafricano, incluidos el norte de África, el África subsahariana y el África meridional, y considerando que la UA ha establecido su propio programa estratégico para el desarrollo de África,
M. Considerando que en la Cumbre Mundial sobre Desarrollo sostenible celebrada en Johannesburgo en 2002 los Gobiernos acordaron que la buena gobernanza debería basarse en unas sólidas políticas ambientales, sociales y económicas, unas instituciones democráticas receptivas para las necesidades de toda la población, los derechos humanos y el Estado de Derecho, medidas de lucha contra la corrupción, la igualdad de género y un entorno favorable a la inversión,
N. Considerando que es fundamental disponer de un enfoque global sobre los derechos humanos en la estrategia conjunta que comprenda los derechos económicos, sociales y culturales,
O. Considerando que las instituciones de la UA son bastante recientes y aún no han alcanzado el mismo nivel de integración, organización y eficiencia que las instituciones de la UE,
P. Considerando que la eficiencia y la responsabilidad mutua requieren recursos financieros predecibles y a largo plazo, unos plazos claros y el cumplimiento de los compromisos por ambas partes,
Q. Considerando que con demasiada frecuencia las cadenas de responsabilidad conducen directamente de los ejecutivos nacionales a los socios de desarrollo, con lo que se esquiva todo tipo de aprobación parlamentaria de los acuerdos internacionales (así como la consulta a la sociedad civil y las autoridades locales),
R. Considerando que la contribución histórica de África a las causas del cambio climático es nimia, en tanto que como continente está abocado a sufrir sus consecuencias muy rigurosamente, que en las previsiones del IPCC se indica que entre 75 y 250 millones de personas tendrán problemas de acceso al agua potable antes de 2020, y que en algunos países la producción agrícola se reducirá en un 50 % antes de ese año por el descenso del nivel de lluvias,
S. Considerando que el agotamiento de las reservas naturales de África supone una grave amenaza para la reducción de la pobreza y la consecución de los ODM,
T. Considerando que África ofrece una amplia gama de servicios ecosistémicos al mundo, incluido el almacenamiento de carbón por sus bosques tropicales, sin recibir por ello la debida compensación,
Proceso, estructura y principios de la Estrategia conjunta Proceso y estructura
1. Acoge favorablemente el proyecto de la Troika de 15 de mayo de 2007 como primer esfuerzo común hacia una estrategia conjunta;
2. Lamenta el hecho de que la citada Estrategia para África de 2005 de la UE se adoptase sin una consulta pormenorizada a las instituciones de la UA, los Parlamentos y los Gobiernos africanos y sin ningún tipo de participación de la sociedad civil africana y europea ni de las autoridades locales; en este contexto, observa que dicha Estrategia parece dictar en gran medida las principales cuestiones abordadas por la nueva Estrategia conjunta propuesta, con lo que se corre el riesgo de excluir otras cuestiones importantes para el desarrollo sostenible de África; espera que la nueva estrategia propuesta se derive de una consulta profunda a las instituciones de la UA;
3. Lamenta que los plazos establecidos por la Comisión y el Consejo de la UE y la Comisión y el Consejo Ejecutivo de la UA para el establecimiento y la adopción de la Estrategia conjunta hayan dado lugar a graves limitaciones en el proceso; toma nota del reto que supone asegurar la plena participación de los parlamentos, y hace hincapié en la urgencia de que los actores no gubernamentales y las autoridades locales participen plenamente y sean tenidos en cuenta en todas las fases de la adopción, ejecución, seguimiento y evaluación de la Estrategia conjunta, dado que la Cumbre de Lisboa debería considerarse una piedra miliar de un proceso abierto y más prolongado;
4. Acoge favorablemente la afirmación de la Comisión de que "el Parlamento desempeña un papel claramente importante en el proceso", su promesa de "mantener al Parlamento periódicamente informado sobre los avances realizados en la preparación de la Estrategia conjunta", así como su estímulo para que el Parlamento tome nota de los debates y, de hecho, tome la iniciativa; sin embargo, observa que el calendario de las negociaciones ha sido fijado por la Comisión Europea y la Comisión de la UA y, por consiguiente, espera que ambas den los pasos oportunos para que el Parlamento Europeo y el Parlamento Panafricano participen en el proceso de preparación de la Estrategia conjunta y en sus fases de adopción y aplicación;
Principios y visión compartidos
5. Manifiesta su conformidad con la Declaración sobre la visión del Consejo Ejecutivo de la UA de que "África y Europa comparten una misma idea de desarrollo, paz, seguridad y prosperidad que coloca a la población en el centro de sus esfuerzos; considera que dicha visión se fundamenta en una asociación basada en el respeto mutuo, en un interés común y en un propósito compartido que compromete a ambas partes a reforzar la integración regional como medio para lograr el desarrollo económico y social; también comparten una misma visión en relación con el progreso de la democracia, la buena gobernanza y los derechos humanos, como valores necesarios para la promoción del desarrollo, así como con el refuerzo de la cooperación en un contexto que respete la solidaridad y la indivisibilidad de los dos continentes";
6. Señala que la ayuda humanitaria es uno de los medios a disposición de la comunidad internacional para contribuir a la protección de las poblaciones amenazadas y destaca el deseo de la UE de no dejar de responder a dichas violaciones del Derecho Internacional Humanitario (DIH); hace un llamamiento para que los Estados miembros y las instituciones europeas celebren un debate político profundo sobre el derecho ?por no decir el deber? de injerencia en caso de grave violación del DIH y/o de los derechos humanos, tomando asimismo en consideración las conclusiones y recomendaciones del informe anteriormente mencionado de la Comisión internacional sobre intervencionismo y soberanía estatal titulado "La responsabilidad de proteger";
7. Subraya que esta visión compartida y estos principios rectores deberían incluir también el respeto del Estado de Derecho, así como la democracia participativa, el pluralismo y las libertades fundamentales, elementos que recoge la Declaración de El Cairo arriba mencionada;
8. Acoge con satisfacción los objetivos enumerados en el proyecto de la Troika de 15 de mayo de 2007: i) una asociación política UE-África, ii) la promoción ininterrumpida de la paz, la seguridad, el desarrollo sostenible, los derechos humanos y la integración regional y continental de África para lograr los ODM, iii) la adopción de un enfoque común en relación con los problemas existentes a escala mundial, y iv) una "asociación en cuyo centro se encuentra la población"; insiste en que estos objetivos han de reflejar debidamente las prioridades expresadas por los africanos y recuerda que el desarrollo no deja de constituir el objetivo principal y prioritario de esta estrategia;
9. Pide a la Comisión que aclare cómo se reflejará la nueva estrategia en los documentos estratégicos por país (DEP) y en los programas indicativos nacionales y regionales previstos en el Acuerdo de Cotonú y cómo influirán en esos documentos estratégicos y programas indicativos los nuevos elementos derivados del establecimiento de la nueva estrategia conjunta en diciembre de 2007;
10. Lamenta que la contribución de la Comisión y el Consejo a la estrategia no apoye una de las principales peticiones de la parte africana, en particular: que se dispense un trato unitario a África; a este respecto, observa que se debe aplicar un enfoque "continente a continente" a nivel del diálogo político y de las negociaciones sin impedir, no obstante, un enfoque diferencial a nivel de la ejecución política; insta a las instituciones de la UE a que adapten sus instrumentos de cooperación al desarrollo a esta nueva reivindicación política de la UA y a que presten su pleno apoyo al proceso de integración política y económica de África a escala continental;
11. Pide a las instituciones de la UE que establezcan un nuevo marco financiero panafricano programable y predecible a partir del Fondo Europeo de Desarrollo (FED), los instrumentos temáticos del ICD y los fondos del Instrumento Europeo de Vecindad y Asociación (IEVA), con objeto de financiar y apoyar la aplicación de esta nueva Estrategia conjunta;
12. Lamenta el hecho de que la Estrategia conjunta no haga ninguna referencia al Plan estratégico de la Comisión de la UA 2004-2007, e insta a la Comisión Europea a que dirija las acciones propuestas en su propia estrategia hacia el apoyo político, financiero, logístico, técnico y humano a las instituciones de la UA y las iniciativas y prioridades elaboradas por ellas, en lugar de proponer nuevas iniciativas impulsadas por los donantes y estructuras paralelas;
13. Afirma que ambas partes deben asumir las obligaciones contraídas en términos de información, diálogo y responsabilidad; en este sentido insiste, en que la Estrategia conjunta también tiene que tomar en consideración el hecho de que los socios están en pie de igualdad en lo que se refiere a sus derechos y responsabilidades, pero no en lo relativo a su nivel de integración ni a la disponibilidad y el grado de desarrollo de sus recursos financieros, técnicos y humanos, por lo que la estrategia se debe aplicar de forma realista, de modo que resulta necesario definir "asociación" y "apropiación" en el contexto de tal realidad;
Estructura: los cuatro ámbitos de acción prioritarios
14. Insiste en que el desarrollo justo y sostenible y la erradicación de la pobreza deben constituir un compromiso común y los objetivos principales de la cooperación UE-UA así como la base de cualquier combinación de políticas, y subraya el papel central de los ODM, que ofrecen un marco acordado internacionalmente para lograr tales objetivos;
15. Considera que en la Estrategia conjunta también conviene destacar el papel de las mujeres, los jóvenes y las organizaciones de la sociedad civil en los procesos de desarrollo de África;
16. Pide a la Comisión que vele por la coherencia entre esta nueva estrategia y las otras políticas europeas que pudieran repercutir negativamente en la promoción de una nueva asociación estratégica entre la UE y África, en particular, las políticas comercial, ambiental, de emigración y agrícola; insiste en que el diálogo político entre la UE y África debe comprender esas cuestiones;
Paz y seguridad
17. Aboga por la aplicación de un enfoque global a los conflictos y las situaciones de conflicto sobre la base de la idea de la responsabilidad de proteger y la inclusión de la prevención, resolución y gestión de los conflictos, así como la reconstrucción;
18. Expresa su convicción de que la instauración de la paz es un primer paso esencial para el desarrollo político, económico y social y que el desarrollo económico justo es una premisa fundamental para una paz duradera;
19. Considera que la prevención de conflictos es asimismo una premisa esencial para una paz duradera y reclama una estrategia común UA/UE para abordar las causas estructurales de los conflictos mediante una política de desarrollo sostenible que permita atender las necesidades básicas de la población africana y combatir el desempleo y las injusticias sociales y económicas;
20. Recuerda que la situación de los Estados frágiles debe abordarse con un enfoque sensible sobre los conflictos que tenga en cuenta la promoción de la seguridad humana, aborde la economía política del conflicto y las causas de desigualdad y discriminación para lograr una paz y una seguridad sostenibles; reclama una mayor coherencia de las políticas de la UE, por ejemplo, aplicando los compromisos vigentes para el control del comercio de armas y convirtiendo el Código de Conducta de la UE en materia de exportación de armas en una Posición Común vinculante de la PESC y acelerando la aplicación de la Estrategia de la UE para combatir la acumulación y transferencia ilegales de armas ligeras y de pequeño calibre (ALPC); a este respecto, destaca cuán importante es prevenir, antes que solucionar, los conflictos; hace un llamamiento a la ayuda internacional para establecer observatorios regionales sobre una base geográfica capaces de detectar todo deterioro de las tensiones interétnicas, interreligiosas o interlingüísticas, y de alertar a la comunidad internacional sobre las situaciones que pueden volverse violentas en África;
21. Pide a la Comisión y a sus delegaciones que estén particularmente alertas y adviertan a tiempo a la comunidad internacional sobre situaciones que impliquen tensiones étnicas y religiosas en el continente;
22. Considera que conviene endurecer el actual Código de Conducta de la UE en materia de exportación de armas a fin de contener la proliferación de ALPC que perpetúa los sangrientos conflictos en muchos países en desarrollo; considera que la Estrategia conjunta debe servir para mejorar la lucha contra el tráfico de armas;
23. Reconoce que los Estados que ya son frágiles en la actualidad se verán aún más afectados por el cambio climático; en el contexto de las asociaciones UE-África en materia de energía y cambio climático, destaca la necesidad de elaborar un enfoque global para la adaptación al cambio climático en lo relativo a sus implicaciones de seguridad, incluidas una mejor prevención de desastres y una mejor gobernanza y prevención de conflictos;
24. Conviene en la necesidad de reforzar el Fondo de apoyo a la paz para África e invita a las organizaciones civiles a realizar aportaciones económicas más cuantiosas, flexibles y sostenibles; subraya que la política de desarrollo constituye uno de los principales instrumentos existentes para abordar las causas que subyacen a la inseguridad, pero que no se debería subordinar a la política de seguridad; a este respecto, señala que los criterios establecidos por el Comité de Ayuda al Desarrollo de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (CAD/OCDE) para poder optar a Ayuda Oficial al Desarrollo (AOD) son actualmente demasiado amplios para garantizar que algunos gastos no se destinan a necesidades no estrictamente relacionadas con la lucha contra la pobreza y la concesión de ayuda real, y destaca que el FED no es un medio adecuado para financiar en el futuro el Fondo de apoyo a la paz para África ;
25. Subraya la importancia de lograr una democracia sostenible, incluidas la buena gobernanza y elecciones democráticas, que debe incluir el apoyo a la creación de capacidades parlamentarias, promoviendo en particular la cooperación entre el Parlamento Europeo, el Parlamento Panafricano y los Parlamentos regionales africanos, así como el apoyo a la organización de la sociedad civil y la participación de las autoridades locales en el diálogo político, promoviendo especialmente la cooperación y los intercambios entre las organizaciones de la sociedad civil europea y africana;
26. Reclama, en este contexto, la mejora de las actividades de observación electoral llevadas a cabo tanto por la UE como por la UA, así como otros órganos regionales africanos, y destaca la necesidad de una mayor cooperación entre esas misiones de observación electoral;
27. Subraya la importancia del control democrático de las fuerzas armadas; en este contexto, pide a la UE que acelere sus esfuerzos en el ámbito de la Reforma del Sector de Seguridad (RSS), aplicando plenamente los documentos conceptuales de la Comisión y el Consejo sobre la RSS;
28. Pide que en la Estrategia conjunta se incluya una serie de disposiciones en materia de impunidad; en este sentido, pide que se refuercen los sistemas jurídicos y judiciales de África, así como los mecanismos de control democrático de estos sistemas, de conformidad con los derechos humanos, para que puedan enjuiciar a los autores de graves crímenes contra la humanidad en la propia África; a este respecto, destaca los notables progresos realizados gracias a la instauración de una jurisdicción internacional;
29. Pide a todos los actores implicados en la promoción de la paz y la seguridad en África que adopten una perspectiva de género e incrementen la representación de la mujer en todos los niveles de toma de decisiones para la resolución de conflictos, incluidas todas las misiones civiles y militares de mantenimiento de la paz; urge a los Estados miembros de las Naciones Unidas a aplicar plenamente la Resolución del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre las mujeres, la paz y la seguridad (S/RES/1325) de 31 de octubre de 2000;
30. Anima a trabajar para contar con una definición de las Naciones Unidas sobre los recursos de los conflictos, a fin de combatir mejor las economías de guerra;
31. Reclama la inclusión de la sensibilidad ante los conflictos en todos los objetivos de la Estrategia conjunta: no sólo cuestiones relativas a la paz y la seguridad, sino también al comercio, la gestión de los recursos naturales, el cambio climático y otras cuestiones clave del desarrollo;
32. Reclama que en la Estrategia común se incluya el compromiso de apoyar toda acción internacional para abordar el comercio ilegal de recursos naturales como motor de conflictos, incluida la definición de qué constituye recurso de conflicto; pide la designación de un grupo de expertos que elaboren enfoques multilaterales sobre esta cuestión;
Gobernanza, incluidos los derechos humanos, el Estado de Derecho y la responsabilidad mutua
33. Recuerda que el concepto de gobernanza, así como los indicadores utilizados para su evaluación, no se pueden imponer desde fuera, sino que se deberían desarrollar en asociación con los actores locales y sobre la base de valores comunes y normas internacionalmente reconocidas;
34. Destaca la importancia de la buena gobernanza y de elecciones democráticas; pide un mayor apoyo en favor de las acciones de fortalecimiento de la capacidad destinadas a los parlamentarios y a las organizaciones de la sociedad civil, en particular, con el fin de asegurar el control presupuestario y luchar contra la corrupción;
35. Reitera su apoyo a la solicitud de la Asamblea Parlamentaria Paritaria ACP-UE, formulada en su novena reunión en abril de 2005, de que una proporción adecuada del FED se destine a educación y formación políticas de los parlamentarios y los dirigentes políticos, económicos y sociales, en beneficio de un refuerzo duradero de la buena gobernanza, el Estado de Derecho, las estructuras democráticas y la interacción entre gobierno y oposición en democracias plurales basadas en elecciones libres; manifiesta la opinión de que estos fondos deben utilizarse para el establecimiento de facultades de administración pública y para la formación política de los diputados al Parlamento, las autoridades locales y las personas que ocupan cargos de responsabilidad en partidos políticos y asociaciones;
36. Reconoce que el refuerzo de la gobernanza en los países de África es una prioridad; sin embargo, considera que la gobernanza debe mejorarse en ambos lados – del lado europeo, en particular por lo que se refiere a la gobernanza y la responsabilidad de los compromisos relativos a la ayuda y una mejor coordinación de los donantes con vistas a tomar más en consideración a los "huérfanos de la ayuda"; destaca el hecho de que a los Parlamentos nacionales y continentales, a los actores no estatales y a las autoridades locales incumbe un papel importante en este ámbito;
37. Se congratula por el lanzamiento, en septiembre de 2007, del diálogo sobre los derechos humanos UE-UA y espera que con el tiempo se convierta en un foro eficaz que permita abordar los problemas urgentes que conocen distintos países y que proporcione al mismo tiempo a los socios europeos y africanos la ocasión de definir temas de interés común y coordinar sus acciones en el Consejo de Derechos Humanos y otros órganos de las Naciones Unidas;
38. Reitera su llamamiento a la Comisión y al Consejo para que reciban regularmente información sobre el contenido y los resultados de los diálogos y consultas de la UE con terceros países en materia de derechos humanos, en particular por lo que se refiere a los diálogos UE-UA sobre derechos humanos;
39. Destaca el papel que desempeñan los órganos interparlamentarios Parlamento Europeo- Parlamentos africanos ?como las asambleas parlamentarias paritarias ACP-UE y Euromed? en el refuerzo de la paz y la seguridad, la buena gobernanza y la democracia, así como en su condición de foros eficaces de cooperación y estudio de las cuestiones de interés común;
40. Pide que se entable un diálogo permanente entre la UE y África sobre gobernanza y el establecimiento de plataformas de diálogo a diversos niveles, de forma que el diálogo no se interrumpa en caso de desacuerdo o de crisis política;
41. Destaca que las ONG son protagonistas del desarrollo de pleno derecho y que realizan contribuciones significativas en ámbitos como la gobernanza, la paz, la resolución de conflictos, la prestación de servicios sociales, los derechos humanos, la igualdad de género, la reducción de la pobreza y las transferencias de conocimiento; destaca que el principio de consulta a las ONG en la elaboración de las políticas y su aplicación, así como en la fijación de las medidas prioritarias en materia de desarrollo, debería ser reconocido por la asociación UE-África;
42. Pide que se preste apoyo a las iniciativas africanas existentes, como el Mecanismo Africano de Evaluación Interpares y los diferentes instrumentos puestos en marcha por la UA, que reforzarán el proceso de apropiación de África;
43. Expresa su preocupación por el hecho de que los "perfiles de gobernanza" desarrollados por la Comisión para cada país ACP, que servirán de orientación a la programación de la ayuda al desarrollo en relación con los 2 700 millones de euros adicionales en el marco del décimo FED, se han elaborado sin ningún elemento de participación; destaca que la atribución de créditos suplementarios a los países beneficiarios se decidió sobre la base de un conjunto de criterios referentes, por ejemplo, a las migraciones, la liberalización del comercio y la lucha contra el terrorismo, con un único criterio directamente referente a los ODM; expresa su consternación ante el hecho de que los "perfiles" comunitarios corran el riesgo de privar de su esencia al Mecanismo Interpares y que, sólo después de la terminación de la programación de los créditos suplementarios, la Comisión proponga lanzar, fuera del Mecanismo Interpares, un "foro de la gobernanza" y que "con el fin de facilitar un apoyo más eficaz a la arquitectura de gobernanza panafricana (…) la UE explorará nuevas vías para garantizar una financiación de la Comunidad y los Estados miembros"; pide a la Comisión que consulte e informe al Parlamento Europeo y al Consejo sobre el seguimiento y la utilización de estos créditos, con el fin de velar por que se destinen a iniciativas en materia de gobernanza así como a apoyar el programa de gobernanza de la UA y el Mecanismo Interpares;
44. Insiste en que la responsabilidad mutua también significa que la UE debe examinar su propia incoherencia respecto de los diversos acuerdos de cooperación e instrumentos financieros comunitarios, así como la falta de armonización entre los diferentes actores de la UE (los Estados miembros, la Comisión y sus distintos servicios), y que las instituciones de la UE deben informar explícitamente en sus evaluaciones sobre los progresos realizados en relación con la política interior y exterior;
45. Hace hincapié en el hecho de que, en el marco de las relaciones antes citadas, tanto la UE como sus socios africanos deben reconocer sus obligaciones de respetar, proteger y respetar los derechos humanos en sus políticas y prácticas internacionales en materia de desarrollo e inversiones;
46. Insta a la Comisión y al Consejo a que prosigan sus trabajos sobre la coherencia de las políticas para el desarrollo en relación con otras políticas de la UE, como el comercio, la agricultura, la pesca, las migraciones (fuga de cerebros), el comercio de armas, etc.;
47. Destaca la importancia del control parlamentario de los documentos estratégicos geográficos; por consiguiente, acoge favorablemente la decisión del Consejo de transmitir los proyectos de DEP de los ACP a la Asamblea Parlamentaria Paritaria ACP-UE "para información", pero también señala que ello constituye únicamente un primer paso y que los parlamentos deberían ser capaces de ejercer un control pleno sobre tales documentos de programación;
48. Observa que una asociación reforzada UE-África debería desembocar en el refuerzo del papel de África a escala mundial y en la formación de alianzas euroafricanas en relación con cuestiones como el cambio climático y la desertización, el comercio y la gobernanza de la arquitectura internacional en materia de desarrollo, incluidas las instituciones financieras internacionales;
49. Observa que debe haber coherencia entre todos los aspectos de la asociación UE-África y que los objetivos de la asociación energética deben desarrollarse con arreglo a los objetivos de la Asociación para una Gobernanza Democrática y de las Asociaciones para la Paz y la Seguridad;
50. Insta a la Comisión y la Comisión de la UA a que utilicen el programa de ayuda a la UA para ampliar el acceso de los Parlamentos africanos, las autoridades locales y los actores no gubernamentales al diálogo político que tiene lugar en la UA, y a destinar una parte de los 55 millones de euros específicamente al refuerzo del Parlamento Panafricano;
51. Conviene con el Parlamento Panafricano en que resulta necesario reforzar urgentemente el papel y la capacidad, incluida la autonomía financiera, del Tribunal de Justicia Africano y la Comisión Africana de los Derechos Humanos y de los Pueblos, aumentar el número de Estados miembros de la UA que han ratificado el Protocolo sobre la creación del Tribunal y pretender el acceso directo de individuos y ONG al mismo; insta a la Comisión y a la Comisión de la UA a que presenten propuestas que puedan contribuir a velar por el cumplimiento de esta necesidad esencial;
52. Destaca la necesidad crucial de integrar los derechos humanos en todos los órganos de la UA con el fin de procurar que se aprovechen todas las posibilidades de intervención en los casos de violación de los derechos humanos;
53. Pide la inclusión en la Estrategia conjunta de puntos de acción en materia de promoción de la consolidación de la paz y la justicia internacional y de lucha contra la delincuencia internacional de acuerdo con el Derecho internacional, estipulando que la UE y sus Estados miembros se esforzarán en compartir con los Estados africanos su experiencia en la aplicación de las adaptaciones jurídicas necesarias para adherirse al Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional y, por consiguiente, aportarán asistencia técnica y establecerán una estrecha cooperación para preparar las modificaciones legislativas y constitucionales necesarias para adherirse al Estatuto de Roma y para aplicarlo;
54. Destaca que las asociaciones destinadas a reforzar la gobernanza a nivel local y nacional deben incluir el refuerzo de las capacidades para integrar las cuestiones relativas al cambio climático en los procesos nacionales de toma de decisiones, reforzar la participación en las negociaciones climatológicas internacionales y en las instituciones multilaterales, y mejorar la gestión de los riesgos y las estrategias de prevención de las catástrofes;
Crecimiento económico, comercio e integración regional
55. Subraya que la ayuda al desarrollo constituye un requisito necesario pero insuficiente para luchar contra la pobreza y que únicamente un desarrollo económico sostenible y justo puede permitir a un país acceder por la senda del desarrollo y a su población salir gradualmente de la pobreza, a condición de que el crecimiento se combine con las políticas nacionales e internacionales adecuadas en materia social y medioambiental;
56. Considera que una Estrategia conjunta UE-África debe basarse en una política de desarrollo sostenible que tenga en cuenta las necesidades reales de los africanos y encaminarse a garantizar una renta digna a los pequeños agricultores, aumentar la producción local, garantizar la seguridad de los suministros alimentarios y los medios de existencia rurales y crear mercados nacionales y regionales para combatir la pobreza en África;
57. Considera que la estrategia conjunta debería tener en cuenta los efectos catastróficos del cambio climático en los países de África y, por lo tanto, pide a la UA y a la UE que sitúen el cambio climático en el centro de aquella;
58. Reconoce el potencial de las inversiones extranjeras, tanto públicas como privadas, para fomentar el desarrollo; aboga por una Estrategia conjunta que incluya medidas de asistencia y desarrollo de capacidades con objeto de que los países africanos creen un clima favorable a la inversión;
59. Deplora el hecho de que, aunque la reducción de la pobreza y la consecución de los ODM en 2015 siguen siendo, con razón, la prioridad principal, las directrices adoptadas por la Troika el 15 de mayo de 2007 carecen de propuestas concretas para estimular el crecimiento mediante la promoción de las pequeñas y medianas empresas y las inversiones directas del extranjero, el refuerzo de los derechos de propiedad y la reducción de las cargas administrativas;
60. Insta a la UE a garantizar que las instituciones crediticias como el Banco Europeo de Inversiones (BEI) y el Centro para el Desarrollo de la Empresa (CDE) asistan a las PYME en África y a respetar los principios enunciados en el Informe de las industrias extractivas de 2004 del Banco Mundial relativos a la buena gobernanza en la explotación de los recursos naturales; considera que debe prestarse una mayor atención al sector no estructurado y que las microfinanciaciones deben ampliarse y fomentarse para que se conviertan también en un instrumento de refuerzo del poder de las mujeres y de su integración social;
61. Destaca que la liberalización de los intercambios comerciales es uno de los incentivos más eficaces para el crecimiento económico, así como para el progreso político y social; considera que es indispensable para reducir la pobreza y un catalizador importante para el desarrollo sostenible mundial;
62. Recuerda que los Acuerdos de Asociación Económica deben concebirse y negociarse como acuerdos en favor del desarrollo, es decir, que deben basarse en los siguientes principios: asimetría en favor de las regiones ACP, apoyo a la integración regional ACP, aplicación de un marco sólido y fiable para el fomento del comercio y las inversiones en las regiones ACP y de la instauración y consolidación de los mercados regionales antes de abrir el mercado a la Unión; así pues, pide a la Comisión que, en caso necesario, aplace la apertura de los mercados hasta que alcancen unos niveles concretos de desarrollo, que encuentre soluciones mientras continúa las negociaciones;
63. Reconoce que los AAE pueden convertirse en un instrumento importante para el comercio y la integración regional africanos, siempre que su contenido sea plenamente compatible con los objetivos de la política de desarrollo, y a condición de que faciliten el desarrollo y permitan la existencia de exenciones y largos periodos de transición en caso necesario para que los productores e industrias africanos puedan adaptarse a las nuevas situaciones de mercado;
64. Opina que la Estrategia conjunta debe fomentar el diálogo con el fin de estudiar la coherencia entre los AAE y el Acuerdo comercial con el África septentrional, de modo que ambos se conviertan en los fundamentos de la integración del continente africano;
65. Pide la adopción de un enfoque diferenciado, basado en la diversificación, que apoye las mejores prácticas existentes que aseguran unas condiciones de trabajo dignas en los países en desarrollo, como las del movimiento internacional del Comercio Justo, y que respalde a las comunidades económicas regionales existentes en África y permita a la integración panafricana seguir su propio ritmo y aplicar su propio programa; destaca que es esencial reforzar el comercio Sur-Sur fomentando al mismo tiempo la integración regional y el mantenimiento de niveles de inversiones más elevados, tanto de África como del exterior; teniendo en cuenta lo anterior, pone de relieve la necesidad de un mayor apoyo técnico destinado a aumentar la capacidad de África de producir bienes y servicios más variados;
66. Insiste en que las comunidades económicas regionales deben ser los pilares del proceso de integración africano y de la creación de un mercado panafricano, y que no sólo deben tratar directamente con Europa; insiste además en que los AAE no deben socavar el programa de integración regional de África, sino ser asimismo instrumentos para la integración y el comercio Sur-Sur; por lo tanto, pide que la UE respete el proceso de integración de África, como establece el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Africana de junio de 1991 (Tratado de Abuja), que prevé que la Comunidad Económica Africana se cree mediante un proceso gradual por medio de la coordinación, armonización y progresiva integración de las actividades de las actuales y futuras comunidades económicas regionales de África;
67. Observa que la pobreza en África es un fenómeno predominantemente rural ‐más del 70 % de las personas más pobres de África depende de la agricultura para su subsistencia y alimentación‐ y, sin embargo, la ayuda al desarrollo destinada a la agricultura está disminuyendo; por lo tanto, acoge con satisfacción toda iniciativa ulterior destinada a incrementar la creación de capacidades en el sector de la agricultura africana, por ejemplo, apoyando los bancos de semillas y la investigación sobre diversificación de las cosechas; pide que las exportaciones locales con valor añadido respeten la iniciativa "Todo menos armas";
68. Recuerda la importancia que tienen para el desarrollo la buena gobernanza y la transparencia en la explotación de los recursos naturales; destaca que el sector de los recursos sólo podrá convertirse en una fuerza para el desarrollo sostenible si se minimizan sus consecuencias sociales y medioambientales negativas y sus costes y beneficios se comparten de forma justa entre la población; pide a todos los socios africanos y de la UE, así como a otros socios como China, que redoblen sus esfuerzos para lograr dicho fin; insta a los países africanos a que velen por que los ingresos se utilizan también para diversificar sus economías y desarrollar actividades económicas a un nivel más elevado de la cadena de producción, no sólo para la extracción de recursos naturales;
69. Acoge con satisfacción la iniciativa de la Comisión de emprender una asociación UE-África sobre energía, y reconoce que los ingresos utilizados correctamente procedentes de fuentes de energía sostenibles pueden utilizarse como motor para el crecimiento económico y el desarrollo; hace hincapié en que la asociación debe centrarse prioritariamente en suministrar energía asequible con objeto de reducir la pobreza, sobre la base de fuentes de energía renovables y eficaces más que en asegurar el abastecimiento energético de Europa;
70. Hace hincapié en que la consecución de un crecimiento y desarrollo económicos a largo plazo requiere una estrategia completa para frenar el actual agotamiento de los recursos naturales de África; en particular, hace hincapié en la urgente necesidad de poner fin a la deforestación y suprimir los incentivos que alientan la destrucción de las selvas; en este contexto, insta a la UE a que en el mecanismo de comercio de derechos de emisión de la UE incluya créditos de carbono relativos a las selvas tropicales y el uso de la tierra e incentive la regeneración de los ecosistemas degradados;
Invertir en las personas
71. Observa que la prioridad de África en cualquier asociación gira en torno al desarrollo socioeconómico de su población;
72. Recuerda que no se lograrán los objetivos del desarrollo si no se alcanzan la igualdad de género y los derechos de la mujer; observa que, en documentos políticos clave, la UE ha reiterado su compromiso con la igualdad en materia de género y que la propia UA ha contraído compromisos de gran alcance en este ámbito que deberían constituir la base de la asociación; por lo tanto, destaca que la estrategia conjunta debe contribuir a la incorporación de la perspectiva de género y a la aplicación de acciones específicas y concretas que promuevan la emancipación de las mujeres;
73. Recuerda que la salud es uno de los motores más importantes del crecimiento económico y que las tasas de mortalidad infantil, en particular, son un claro indicador de la pobreza; por ello destaca la importancia de proteger a los niños frente a las enfermedades, especialmente cuando éstas pueden evitarse mediante vacunas nuevas e infrautilizadas;
74. Destaca la importancia de proteger a las niñas y de concienciar a la opinión pública sobre los matrimonios precoces, las violaciones, el acoso sexual en las escuelas y la vulnerabilidad de las niñas ante la propagación del VIH/sida;
75. Subraya que el compromiso internacional actual con la educación y la salud para todos debe integrarse expresamente en la Estrategia conjunta; observa que la salud y la educación deben figurar en el centro de toda estrategia de desarrollo en favor de los pobres y que debe prestarse especial atención al acceso a los servicios, especialmente para las mujeres, los niños, los grupos vulnerables y las personas con discapacidad;
76. Considera que unos sistemas sanitarios débiles, incluida la crisis de recursos humanos, son un gran obstáculo para la consecución de los ODM relativos a la salud, y destaca que el fortalecimiento de los sistemas sanitarios debería ser un elemento esencial de la Estrategia conjunta, incluido el reconocimiento de la importante función que desempeñan los prestadores privados de servicios sanitarios, como las organizaciones comunitarias, apoyando la prestación de servicios sanitarios, en particular en zonas de difícil acceso y entre las poblaciones más marginadas y vulnerables;
77. Observa que el 63 % de todas las personas infectadas de VIH en el mundo vive en África, y que en una serie de países africanos la esperanza media de vida está descendiendo drásticamente como consecuencia de la pandemia del sida; por lo tanto, destaca que el acceso universal a servicios sanitarios en el ámbito del VIH/sida, la tuberculosis y la malaria, en particular el acceso universal a prevención, tratamiento, atención y asistencia en África debe ser incluido en la Estrategia conjunta, dado que estas enfermedades tienen enormes repercusiones en el desarrollo económico y social de este continente;
78. Destaca que las mujeres y las niñas son particularmente vulnerables a las enfermedades de transmisión sexual, incluido el VIH/sida, y a complicaciones relacionadas con el embarazo que dan lugar a una elevada mortalidad materna y neonatal; por lo tanto, pide que en la Estrategia conjunta se incluyan la salud y los derechos sexuales y reproductivos, conforme al anteriormente mencionado Plan de Acción de Maputo para la operatividad del marco político continental para la salud y los derechos sexuales y reproductivos 2007-2010;
79. Constata que la falsificación de medicamentos en África, sobre todo en relación con enfermedades mortales como el paludismo, la tuberculosis y el VIH/sida, constituye una plaga creciente que pone en peligro la vida de millones de personas; insta a la UE y a los países afectados a que adopten medidas, en particular, jurídicas y penales, para luchar contra esta plaga;
80. Destaca que se debe prestar especial atención a las poblaciones vulnerables, como los desplazados internos y los refugiados; por lo tanto, destaca que durante las crisis humanitarias deben garantizarse también los servicios sanitarios, incluidos los relativos a la salud reproductiva y los suministros;
81. Destaca la importancia de incrementar el apoyo a NEPAD (Nueva Iniciativa para el Desarrollo de África) como la principal iniciativa africana en favor del desarrollo sostenible;
82. Insiste en que la agricultura y la seguridad alimentaria deben tener una importancia esencial en la Estrategia conjunta y subraya que las políticas de la UE, incluida la política de subvenciones, no deben suponer un obstáculo para la agricultura y poner en peligro la seguridad alimentaria de África; pide, por lo tanto, que la Estrategia apoye una mayor competitividad y productividad de la agricultura africana, también en el contexto de la Ronda de Desarrollo de Doha; insta además a la UE a que preste apoyo financiero al "Programa global para la agricultura africana" adoptado por la UA y NEPAD;
83. Destaca, también en relación con el preocupante y cada vez más grave fenómeno de la desertización, la necesidad de apoyar métodos agrícolas sostenibles; a este respecto, recuerda que para que el crecimiento reduzca la pobreza debe gozar de una base amplia, estar orientado a las pequeñas explotaciones y mejorar las oportunidades laborales;
84. Insiste en que la cuestión de la desertización y el acceso al agua para todos debe tener la máxima importancia en la Estrategia conjunta; manifiesta su preocupación, en particular, por las múltiples repercusiones negativas de la desertización en, la seguridad alimentaria, la migración, los refugiados y los desplazados internos, entre otros ámbitos;
85. Señala que África es el continente predestinado a sufrir más intensamente los efectos del cambio climático; por lo tanto, insta a la UE, a la UA y a sus Estados miembros, así como a los inversores y las empresas, a que reconozcan su responsabilidad en el cambio climático, y les pide que desarrollen una estrategia de desarrollo respetuosa con el medio ambiente a fin de invertir la situación, incluyendo un marco financiero para lograr una adaptación medioambiental; además, insta a la UE a que preste apoyo financiero al Plan de Acción relativo a la Iniciativa sobre medio-ambiente de NEPAD y a sus decisiones operativas y que fue aprobado por la Conferencia Ministerial Africana sobre Medio-Ambiente celebrada en Brazzaville, Congo, en 2006 y respaldado por la octava Cumbre de la UA celebrada en Addis Abeba, Etiopía, en enero de 2007;
86. Acoge con satisfacción la iniciativa de la Comisión de constituir una asociación UE-África sobre el cambio climático así como una Alianza Global sobre el Cambio Climático; en este contexto, destaca que la UE debe destinar gran cantidad de fondos a medidas de adaptación en los países africanos; subraya asimismo que la adaptación no debe tratarse únicamente como una cuestión humanitaria; hace hincapié en que las medidas relativas a la reducción de los riesgos y a la resistencia ante el cambio climático deben integrarse en el programa de desarrollo global, incluidos los documentos de estrategia de lucha contra la pobreza (DELP) y los DEP;
87. Pide que la Estrategia conjunta aborde las causas que sustentan el fenómeno de la migración y que preste una especial atención a los derechos y a la integración de los emigrantes, así como a la cuestión de la fuga de cerebros, proponiendo soluciones prácticas para las migraciones circulares logradas; subraya que limitar la migración a la UE no se debería considerar ni una condición de la ayuda ni una estrategia de desarrollo;
88. Considera que la cultura es un factor clave del diálogo intercultural y la comprensión interreligiosa, el sentimiento de identidad nacional y regional, una base social fuerte y un fundamento firme para la solidaridad en y entre los pueblos y, que, por lo tanto, un programa para un desarrollo sostenible debe incluir la cultura;
89. Considera que, como la deuda en algunos países africanos sigue constituyendo una pesada carga que contrarresta cualquier esfuerzo de desarrollo, la reducción de la deuda se debería considerar caso por caso y se debería condicionar al refuerzo de la gobernanza, las políticas económicas y la gestión de la deuda y, en particular, a garantizar que no se reconduzca sistemáticamente hacia otros prestamistas;
90. Reconoce la utilidad y la pertinencia del apoyo presupuestario que permite concretamente favorecer la mejora de los servicios sociales de base, contribuyendo al mismo tiempo al refuerzo de la estructura de los Estados africanos; no obstante, pide prudencia en relación con el desembolso de la ayuda en forma de apoyo presupuestario; insiste en que el apoyo presupuestario se debería tratar de forma individual en cada país, dependiendo de su situación específica, y que no resulta apropiado para los Estados frágiles o los países en conflicto; pide que se establezcan indicadores para el desarrollo humano y social, para adoptar una perspectiva de género en la elaboración del presupuesto y para la educación y la asistencia sanitaria; en este sentido, insta a la Comisión a seguir desarrollando su propuesta de "contrato ODM" con los beneficiarios del apoyo presupuestario previstos; insiste en que el apoyo presupuestario debe ir acompañado del refuerzo de la capacidad de los parlamentos, los tribunales de cuentas nacionales y la sociedad civil de controlar el proceso, con vistas a evitar que los servicios sociales básicos carezcan de los recursos necesarios; propone que la ayuda presupuestaria no sustituya a la ayuda a determinados sectores clave del desarrollo como la sanidad y la educación o a sectores que corren el riesgo de ser marginados por los gobiernos beneficiarios;
91. Destaca que un desarrollo sostenible sólo es posible si representa un desarrollo para todos, incluidos las mujeres y los grupos minoritarios y/o vulnerables;
92. Destaca la importancia del apoyo de la UE a estrategias destinadas a promover la emancipación de las mujeres, incluso mediante el apoyo al microcrédito así como a programas en materia de salud sexual y reproductiva, que son cruciales en la lucha contra el VIH/sida;
Aplicación y control
93. Pide a la Comisión y a la Secretaría General del Consejo que envíen también al Parlamento Europeo todos los futuros informes sobre los progresos relativos a la aplicación de la Estrategia de la UE para África; pide asimismo información sobre el desembolso y la ejecución de 2 700 millones de euros de fondos adicionales en virtud del 10º FED asignados a "iniciativas gubernamentales" elaboradas por la Comisión para cada país ACP;
94. Pide a la Comisión que explique cómo se ha utilizado y reprogramado el 9º FED para facilitar la aplicación de la Estrategia de la UE para África; pide que se realice una evaluación independiente sobre la aplicación de esta Estrategia; pide a la Comisión que proponga un mecanismo conjunto para aplicar y evaluar la nueva Estrategia conjunta, tanto sobre una base técnica como política, incluidos todos los instrumentos financieros de la CE para el desarrollo en todas las fases;
95. Acoge con satisfacción la intención de la UE y la UA de elaborar un Plan de acción para el primer periodo de la Estrategia conjunta; señala que tal intención debe incluir una financiación concreta y unos indicadores mensurables a todos los niveles de la aplicación (local, nacional, regional y continental) y en todos los instrumentos de cooperación financiera pertinentes, que faciliten la supervisión y la hagan más transparente; subraya que el control parlamentario, de las autoridades locales y de la sociedad civil debe formar parte del proceso de supervisión oficial;
96. Insta a la Comisión a que garantice que todo marco de control incluya el control de los compromisos actuales de la UA y la UE, como los ODM, el Acuerdo de Cotonú anteriormente mencionado, el Llamamiento a la Acción Acelerada de Abuja anteriormente mencionado y la Declaración Universal de Derechos Humanos;
97. Pide que la Estrategia conjunta incluya una mención explícita a una estrategia de comunicación destinada a concienciar a la opinión pública sobre lo que están haciendo los gobiernos y a transmitir sus reacciones, a fin de asegurar que los gobiernos están atentos a las necesidades de sus electores por lo que respecta a estas políticas;
98. Exhorta a que la Estrategia conjunta cree un espacio político para la instauración de un diálogo auténtico y eficaz entre los ciudadanos, mediante fondos adecuados y garantías de independencia política, y a que establezca mecanismos mediante los cuales la sociedad civil y los agentes no estatales puedan participar en los procesos gubernamentales de toma de decisiones y que las autoridades sean responsables antes los ciudadanos;
99. Pide a la Comisión que indique de qué modo financiará la nueva estrategia y su programa de acción; observa que el 10º FED, el programa geográfico para África Meridional y los programas temáticos del ICD y del IEVA son los únicos fondos importantes disponibles para aplicar la Estrategia conjunta; insta a la Comisión a que vele por la coherencia en la aplicación de estos instrumentos de cooperación y de la Estrategia conjunta; pide a la Comisión que informe en todas las fases al Parlamento Europeo y al Parlamento Panafricano sobre el proceso (programación, identificación, valoración, financiación y evaluación);
100. Pide que el primer Plan de acción incluya una dotación financiera específica destinada a las instituciones panafricanas, a las actividades que deben aplicarse a nivel panafricano y a las nuevas asociaciones (iniciativas de Lisboa); insiste también en que los parlamentos nacionales, regionales y de todo el continente se consideren explícitamente beneficiarios de la ayuda;
101. Acoge con satisfacción el hecho de que el Consejo ha creado un grupo de trabajo ad hoc con expertos de los Estados miembros interesados a fin de coordinar las posiciones de los Estados miembros con respecto a las cuestiones contempladas en la Estrategia conjunta, y pide a la Comisión y al Consejo que informen regularmente al Parlamento Europeo sobre las actividades del mencionado grupo de trabajo;
102. Afirma que, como instituciones de gobierno importantes, tanto el Parlamento Europeo como el Parlamento Panafricano deben ser actores decisivos en el seguimiento de la Estrategia conjunta y que también deben participar en el proceso las autoridades locales y los agentes no estatales como la Comisión de Asuntos Económicos y Sociales de la UA y el Comité Económico y Social de la UE;
103. Por lo tanto, manifiesta su determinación de controlar estrechamente, junto con el Parlamento Panafricano, la aplicación de la Estrategia conjunta y de los programas de acción; por consiguiente, pide que se cree una delegación parlamentaria conjunta del Parlamento Europeo y el Parlamento Panafricano como foro de debate democrático sobre las cuestiones que afectan a las relaciones entre nuestros pueblos de la UE y de África;
104. Expresa su determinación para velar, junto con instituciones panafricanas, por la coherencia entre la política de cooperación al desarrollo y otras políticas de la UE que repercutan en los países en desarrollo en África;
105. Considera que el control y la aprobación parlamentarios de los paquetes de ayuda al desarrollo deben ser un requisito para el desembolso de los fondos;
106. Decide organizar, junto con el Parlamento Panafricano, una iniciativa parlamentaria conjunta antes de la celebración de la segunda Cumbre UE-África prevista para diciembre de 2007 en Lisboa;
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107. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros, a la Comisión y el Consejo Ejecutivo de la UA, al Parlamento Panafricano, al Consejo de Ministros ACP y a la APP ACP-UE.