Declaración del Parlamento Europeo sobre la discriminación y la exclusión social de los niños con dis-funciones
El Parlamento Europeo,
– Visto el artículo 116 de su Reglamento,
A. Considerando que, según las estimaciones, más del 10 % de los niños padecen cada año dis-funciones (disfasia, dispraxia, dislexia, discalculia y déficit de atención, etc.), siendo necesario detallar las estadísticas relativas a dichas dis-funciones,
B. Considerando que la discapacidad provocada por las dis-funciones, al perturbar muy pronto la comunicación, sigue sin ser identificada en numerosos Estados miembros,
C. Considerando que debe reforzarse la investigación sobre las dis-funciones, también en el Séptimo Programa marco de investigación,
D. Considerando que solamente un tratamiento precoz, intensivo y pluridisciplinar en estructuras adaptadas (en un entorno escolar ordinario con un acompañamiento adaptado o en una estructura especializada) permite evitar la discriminación de los niños,
1. Pide a la Comisión y al Consejo:
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que establezcan una Carta de los niños con dis-funciones,
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que favorezcan el reconocimiento de las dis-funciones como discapacidad,
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que promuevan las mejores prácticas sobre:
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la accesibilidad de la información,
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la precocidad del descubrimiento, la detección, el diagnóstico sistemático y el tratamiento,
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las estructuras pedagógicas eficaces en entorno ordinario o especializado para niños, adolescentes y jóvenes adultos, y
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las estructuras de inserción profesional adaptadas,
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que promuevan y fomenten la creación de una red pluridisciplinar europea para los trastornos específicos del aprendizaje ("learning specific difficulties") para recopilar y estudiar la información y favorecer la coordinación de las acciones transfronterizas y el diálogo institucional;
2. Encarga a su Presidente que transmita la presente Declaración, acompañada del nombre de los firmantes, al Consejo, a la Comisión y a los Parlamentos de los Estados miembros: