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Procedimiento : 2007/2213(ACI)
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Ciclo relativo al documento : A6-0500/2007

Textos presentados :

A6-0500/2007

Debates :

Votaciones :

PV 12/12/2007 - 3.5

Textos aprobados :

P6_TA(2007)0604

Textos aprobados
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Miércoles 12 de diciembre de 2007 - Estrasburgo
Modificación del Acuerdo Interinstitucional sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera en relación con el marco financiero plurianual
P6_TA(2007)0604A6-0500/2007
Resolución
 Anexo

Resolución del Parlamento Europeo, de 12 de diciembre de 2007, sobre la propuesta modificada de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica el Acuerdo Interinstitucional de 17 de mayo de 2006 sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera en relación con el marco financiero plurianual (COM(2007)0783 - C6-0321/2007 - 2007/2213(ACI))

El Parlamento Europeo,

–  Vista la propuesta modificada de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2007)0783 - C6-0321/2007),

–  Visto el Acuerdo Interinstitucional de 17 de mayo de 2006 sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera(1) y, en particular, los apartados 21, 22 y 23 del mismo,

–  Vista su Resolución, de 20 de junio de 2007, sobre la financiación del programa europeo de radionavegación por satélite (Galileo) de conformidad con el Acuerdo Interinstitucional de 17 de mayo de 2006 y el marco financiero plurianual 2007-2013(2),

–  Vistas las conclusiones de la reunión de concertación celebrada el 23 de noviembre de 2007,

–  Vistos el informe de la Comisión de Presupuestos (A6-0500/2007),

1.  Aprueba las conclusiones del Comité de Concertación de 23 de noviembre de 2007;

2.  Destaca que el acuerdo alcanzado sobre la revisión del marco financiero plurianual (MFP) es el resultado de una cooperación interinstitucional eficaz y un paso de gran importancia política en el camino hacia el desarrollo del programa europeo de radionavegación por satélite;

3.  Recuerda que, al término de las negociaciones para la celebración del Acuerdo sobre el MFP 2007–2013 y del Acuerdo Interinstitucional conexo, de 17 de mayo de 2006, una serie de flecos quedaron sin resolver;

4.  Acoge con satisfacción la utilización de los instrumentos previstos en los apartados 21, 22 y 23 del Acuerdo Interinstitucional de 17 de mayo de 2006 en lo que respecta a la primera revisión del marco financiero desde 1994;

5.  Aprueba la Decisión adjunta;

6.  Encarga a su Presidente que firme el acto junto con el Presidente del Consejo;

7.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución, incluido su anexo, al Consejo y a la Comisión.

(1) DO C 139 de 14.6.2006, p. 1.
(2) Textos Aprobados, P6_TA(2007)0272.


ANEXO

DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

de 18 de diciembre de 2007

por la que se modifica el Acuerdo Interinstitucional de 17 de mayo de 2006 sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera en relación con el marco financiero plurianual

El PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Acuerdo Interinstitucional de 17 de mayo de 2006 entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera(1), y, en particular, el apartado 21, el apartado 22, primer y segundos párrafos, y el apartado 23,

Vista la propuesta de la Comisión,

Considerando lo siguiente:

(1)  En la reunión de concertación de 23 de noviembre de 2007, las dos ramas de la Autoridad presupuestaria acordaron aportar una parte de la financiación necesaria para los programas GNSS (sistema global de navegación por satélite) europeos (EGNOS y Galileo) mediante la revisión del marco financiero plurianual 2007-2013, de conformidad con los apartados 21, 22 y 23 del Acuerdo Interinstitucional, con el objeto de incrementar los límites de los créditos de compromiso en la subrúbrica 1a para los ejercicios 2008 a 2013 por un importe de 1 600 000 000 EUR a precios corrientes. Este incremento se compensará reduciendo en la misma cantidad los límites de los créditos de compromiso de la rúbrica 2 para el ejercicio 2007.

(2)  Los límites anuales de los créditos de pago se ajustarán con el fin de mantener una relación adecuada entre los compromisos y los pagos. El ajuste será neutral.

(3)  Por consiguiente, debe modificarse en consecuencia el anexo I del Acuerdo Interinstitucional sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera(2),

DECIDEN:

Artículo único

El Anexo I del Acuerdo Interinstitucional sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera se sustituye por el anexo de la presente Decisión.

Hecho en Bruselas, el 18 de diciembre de 2007

Por el Parlamento Europeo Por el Consejo

El Presidente El Presidente

ANEXO

MARCO FINANCIERO 2007-2013 (revisado)

(millones EUR - precios 2004)

CRÉDITOS DE COMPROMISO

2007

2008

2009

2010

2011

2012

2013

Total

2007-2013

1. Crecimiento sostenible

51 267

57 913

54 071

54 860

55 379

56 845

58 256

383 591

1a Competitividad para el crecimiento y el empleo

8 404

9 595

10 209

11 000

11 306

12 122

12 914

75 550

1b Cohesión para el crecimiento y el empleo

42 863

43 318

43 862

43 860

44 073

44 723

45 342

308 041

2. Preservación y gestión de recursos naturales

53 478

54 322

53 666

53 035

52 400

51 775

51 161

396 837

de los cuales: gastos relacionados con el mercado y pagos directos

43 120

42 697

42 279

41 864

41 453

41 047

40 645

293 105

3. Ciudadanía, libertad, seguridad y justicia

1 199

1 258

1 380

1 503

1 645

1 797

1 988

10 770

3a Libertad, Seguridad y Justicia

600

690

790

910

1 050

1 200

1 390

6 630

3b Ciudadanía

599

568

590

593

595

597

598

4 140

4. La UE como un actor mundial

6 199

6 469

6 739

7 009

7 339

7 679

8 029

49 463

5. Administración (1)

6 633

6 818

6 973

7 111

7 255

7 400

7 610

49 800

6. Indemnizaciones

419

191

190

800

CRÉDITOS DE COMPROMISO TOTALES

119 195

121 971

123 019

123 518

124 018

125 496

127 044

864 261

como porcentaje de la RNB

1,10%

1,08%

1,07%

1,04%

1,03%

1,02%

1.01%

1,048%

TOTAL CRÉDITOS DE PAGO

115 142

119 805

112 182

118 549

116 178

119 659

119 161

820 676

como porcentaje de la RNB

1,06%

1,06%

0,97%

1,00%

0,97%

0,97%

0,95%

1,00%

Margen disponible

0,18%

0,18%

0,27%

0,24%

0,27%

0,27%

0,29%

0,24%

Límite máximo de los recursos propios como porcentaje de la RNB

1,24%

1,24%

1,24%

1,24%

1,24%

1,24%

1,24%

1,24%

(1) El gasto relativo a las pensiones incluido en el límite para esta rúbrica se calcula sobre la base de las contribuciones netas al sistema correspondiente, dentro del límite máximo de 500 millones EUR, a precios de 2004, para el período 2007-2013.

(1) DO C 139 de 14.6.2006, p. 1.
(2) A tal efecto, las cifras resultantes del Acuerdo mencionado se convertirán a precios de 2004.

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