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 Texto íntegro 
Procedimiento : 2006/0246(COD)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : A6-0406/2007

Textos presentados :

A6-0406/2007

Debates :

PV 14/01/2008 - 18
CRE 14/01/2008 - 18

Votaciones :

PV 15/01/2008 - 8.5
Explicaciones de voto

Textos aprobados :

P6_TA(2008)0005

Textos aprobados
PDF 197kWORD 73k
Martes 15 de enero de 2008 - Estrasburgo
Exportación e importación de productos químicos peligrosos ***I
P6_TA(2008)0005A6-0406/2007
Resolución
 Texto
 Anexo

Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 15 de enero de 2008, sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la exportación e importación de productos químicos peligrosos (COM(2006)0745 – C6-0439/2006 – 2006/0246(COD))

(Procedimiento de codecisión: primera lectura)

El Parlamento Europeo,

–  Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2006)0745),

–  Vistos el apartado 2 del artículo 251 y el apartado 1 del artículo 175 del Tratado CE, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C6-0439/2006),

–  Visto el artículo 51 de su Reglamento,

–  Vistos el informe de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria y la opinión de la Comisión de Industria, Investigación y Energía (A6-0406/2007),

1.  Aprueba la propuesta de la Comisión en su versión modificada;

2.  Toma nota de la declaración de la Comisión que se incluye en anexo;

3.  Pide a la Comisión que le consulte de nuevo, si se propone modificar sustancialmente esta propuesta o sustituirla por otro texto;

4.  Encarga a su Presidente que transmita la posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión.


Posición del Parlamento Europeo adoptada en primera lectura el 15 de enero de 2008 con vistas a la adopción del Reglamento (CE) nº .../2008 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la exportación e importación de productos químicos peligrosos
P6_TC1-COD(2006)0246

(Dado que el Parlamento Europeo y el Consejo llegaron a un acuerdo sobre este texto, el tenor de la posición del Parlamento en la primera lectura coincide con el acto legislativo final, el Reglamento (CE) nº 689/2008.)


Anexo

Declaración de la Comisión sobre la situación del mercurio y del arsénico en aplicación del reglamento CFP

La Comisión destaca que, de conformidad con el artículo 22, apartado 3, del Reglamento (CE) n.º 304/2003, si el arsénico metálico se prohibiese o estuviese estrictamente regulado en la Comunidad, se presentaría una propuesta para adaptar el anexo implicado. Señala asimismo que en el Consejo y el Parlamento se están llevando a cabo los trabajos de elaboración de una propuesta destinada a prohibir las exportaciones de mercurio originarias de la Comunidad, lo que va más allá del requisito de consentimiento fundamentado previo establecido en el Convenio de Rotterdam y en el correspondiente Reglamento comunitario de aplicación.

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