Decisión del Parlamento Europeo, de 19 de febrero de 2008, sobre la demanda de amparo de la inmunidad y los privilegios de Claudio Fava (2007/2155(IMM))
El Parlamento Europeo,
– Vista la demanda de Claudio Fava de amparo de su inmunidad en relación con una acción civil presentada contra este diputado ante el Tribunal Civil de Marsala el 29 de mayo de 2007, y comunicada en el Pleno del 6 de junio de 2007,
– Tras haber oído a Claudio Fava, de conformidad con el artículo 7, apartado 3, de su Reglamento,
– Vistos los artículos 9 y 10 del Protocolo sobre los privilegios y las inmunidades de las Comunidades Europeas, de 8 de abril de 1965, así como el artículo 6, apartado 2, del Acta relativa a la elección de los diputados al Parlamento Europeo por sufragio universal directo, de 20 de septiembre de 1976,
– Vistas las sentencias del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas de 12 de mayo de 1964 y de 10 de julio de 1986(1),
– Vistos el artículo 6, apartado 3, y el artículo 7 de su Reglamento,
– Visto el informe de la Comisión de Asuntos Jurídicos (A6-0007/2008),
1. Decide amparar la inmunidad y los privilegios de Claudio Fava;
2. Encarga a su Presidente que transmita inmediatamente la presente Decisión y el informe de su comisión competente a las autoridades interesadas de la República Italiana.