Resolución del Parlamento Europeo, de 8 de mayo de 2008, sobre el Consejo Económico Transatlántico
El Parlamento Europeo,
– Vistas en particular su Resolución, de 25 de abril de 2007, sobre las relaciones transatlánticas(1) y sus dos Resoluciones, de 1 de junio de 2006 sobre la mejora de las relaciones entre la Unión Europea y los Estados Unidos en el marco de un Acuerdo de Asociación Transatlántica(2), y sobre las relaciones económicas transatlánticas UE-Estados Unidos (3) ,
– Vista su Resolución, de 26 de septiembre de 2007, sobre la seguridad de los productos, y en particular de los juguetes(4),
– Vistas sus resoluciones sobre el cambio climático, en particular las de 16 de noviembre de 2005(5), 26 de octubre de 2006(6) y 14 de febrero de 2007(7),
– Vistos los resultados de la Cumbre UE-Estados Unidos celebrada el 30 de abril de 2007 en Washington DC y, en particular, su Marco para el desarrollo de la integración económica transatlántica entre la Unión Europea y los Estados Unidos de América,
– Vistos la Declaración común y el informe intermedio adoptados en la primera reunión del Consejo Económico Transatlántico (TEC), celebrada el 9 de noviembre de 2007,
– Visto el artículo 103, apartado 4, de su Reglamento,
A. Considerando que tanto el Parlamento como el Congreso de los Estados Unidos (EEUU) han defendido siempre la realización del mercado transatlántico antes de 2015,
B. Considerando que la paz, la democracia, los derechos humanos, el Estado de Derecho, el Derecho internacional, la economía sostenible y el desarrollo sostenible son valores compartidos en los que se basa la asociación transatlántica, una de las piedras angulares de la política exterior y de la política económica mundial de la UE,
C. Considerando que, dada su posición económica dominante en el mundo, los socios transatlánticos comparten la responsabilidad del estado de la gobernanza económica mundial y de las soluciones a los retos económicos mundiales,
D. Considerando que una asociación sólida y operativa entre la Unión Europea y los EEUU es vital para configurar el desarrollo mundial en interés de los valores comunes y sobre la base de un multilateralismo eficaz y del Derecho internacional; considerando que es necesario un liderazgo político sólido y coherente para que los socios puedan alcanzar este objetivo,
1. Subraya que una asociación transatlántica estrecha constituye un instrumento de vital importancia para configurar la globalización en interés de unos valores comunes y para lograr un orden político y económico mundial equitativo; reitera su opinión de que un mercado transatlántico operativo y competitivo es la base en la que debe asentarse firmemente la asociación transatlántica, de forma que la UE y los EEUU puedan afrontar conjuntamente los retos políticos y económicos mundiales;
2. Apoya firmemente el proceso de refuerzo de la integración económica transatlántica iniciado en la Cumbre de 2007 mediante la adopción del Marco para el desarrollo de la integración económica transatlántica entre la UE y los EEUU y la creación del TEC, que tiene como misión supervisar y acelerar los trabajos contemplados en dicho marco;
3. Celebra que la Comisión, por recomendación del Parlamento, haya decidido encargar un estudio, cuyo resultado se espera para 2008, sobre los obstáculos que deben desmantelarse para poder realizar el mercado transatlántico; considera que este estudio debería ser objeto de una amplia difusión a ambos lados del Atlántico; pide a la Comisión que garantice que los resultados de los estudios sobre la realización del mercado transatlántico se debaten con las comisiones parlamentarias competentes antes de llegar a conclusiones específicas sobre futuras recomendaciones al TEC;
4. Considera que para la Cumbre UE-EEUU de 2009 las dos administraciones deberían elaborar una hoja de ruta en la que se muestre cómo puede alcanzarse, el compromiso a largo plazo de realizar el mercado transatlántico estableciendo un calendario específico para los distintos sectores;
5. Valora positivamente los progresos alcanzados hasta la fecha por el TEC en la asunción de responsabilidad política para determinar las prioridades y allanar el camino a la celebración de acuerdos sobre la supresión de obstáculos al comercio y la inversión y sobre el fomento de la competencia en el mercado transatlántico;
6. Considera que los resultados alcanzados por el TEC desde su creación demuestran que el mercado transatlántico no puede basarse únicamente en el trabajo administrativo, sino que el logro de este objetivo requiere una orientación política sólida y permanente; alienta al TEC a que prosiga decididamente sus esfuerzos;
7. Subraya la imperiosa necesidad de apoyar el impulso de este proceso a lo largo de los años electorales de 2008 y 2009, garantizando que ambos socios sigan avanzando con rapidez hacia la consecución de los objetivos comunes y que los ejecutivos de ambas partes sigan comprometidos con el logro de la meta final;
8. Destaca que la prioridad para la reunión del TEC que se celebrará en Bruselas el 14 de mayo de 2008 consiste en lograr progresos concretos, especialmente en los ámbitos de las normas contables, el intercambio comercial de valores, los reaseguros, la seguridad de las importaciones, las declaraciones de conformidad del proveedor, y las importaciones de aves de corral sometidas a tratamientos de reducción de patógenos; no obstante, considera que es importante hacer referencia en la presente Resolución a otras cuestiones pertinentes de las que el TEC deberá ocuparse en el futuro;
9. Pide a la Comisión que le informe sobre los resultados del mencionado estudio;
Servicios financieros
10. Respalda el enfoque contemplado en el Reglamento (CE) nº 1569/2007(8) y en la carta dirigida el 26 de septiembre de 2007 por la Comisión a la Comisión del Mercado de Valores estadounidense (SEC) sobre una propuesta de normas relativas a la aceptación por parte de los emisores privados extranjeros de estados financieros elaborados de conformidad con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) sin conciliación con los principios de contabilidad generalmente aceptados (GAAP) de los Estados Unidos, así como su Resolución de 14 de noviembre de 2007(9), sobre normas contables internacionalmente aceptadas, en la que se destaca en particular que una "decisión de la Comisión deberá implicar en todos los casos el derecho de los emisores comunitarios a utilizar en cualquier país tercero las NIIF respaldadas por la Unión Europea";
11. Considera que el reconocimiento recíproco de los mercados de valores entre los EEUU y la UE supondría un importante paso positivo, que mejoraría la eficacia del mercado transatlántico, al facilitar el acceso de la UE y de los EEUU a un mercado transatlántico más amplio y profundo; subraya, no obstante, que este proyecto debe ser el resultado de un acuerdo bilateral, que debería celebrarse un acuerdo marco entre los EEUU y la UE que tenga plenamente en cuenta la legislación comunitaria en materia de supervisión de los mercados financieros, y que la Comisión debería disuadir la celebración de acuerdos bilaterales entre los Estados miembros y los EEUU, dado que ello puede poner en peligro la igualdad de condiciones en la UE;
12. Subraya que es primordial proteger la estabilidad financiera; recuerda el papel del Fondo Monetario Internacional (FMI) a este respecto; destaca las deficiencias que se han evidenciado a raíz de las turbulencias financieras, en particular las relativas a las crisis actuales en mercados financieros clave, los desequilibrios crecientes en las alineaciones monetarias y las relaciones comerciales, la crisis de la deuda actual o que ha vuelto a surgir en algunos de los países más pobres, e incluso las diferencias económicas cada vez mayores entre los países y dentro de los mismos; considera que es crucial reforzar la cooperación entre las autoridades supervisoras de los EEUU y de la UE;
13. Acoge favorablemente el enfoque del Foro sobre Estabilidad Financiera (FSF) y del FMI de elaborar un diagnóstico común de las turbulencias financieras, y espera con interés la aplicación por ambas partes de las conclusiones y las recomendaciones políticas del Grupo de trabajo del FSF sobre la elasticidad del mercado y de las instituciones; considera, no obstante, que ese trabajo sólo debe ser complementario y no debe sustituir a las reflexiones y decisiones sobre las respuestas políticas adecuadas que deben dar la UE y los EEUU;
14. Pide a los Estados Unidos que mantengan informada a la UE sobre los progresos alcanzados en la aplicación del marco previsto en el Acuerdo Basilea II; recuerda la importancia que reviste un enfoque coordinado a la hora de desarrollar o modificar las normas mundiales para los agentes de los mercados internacionales que actúan a escala internacional; considera, a este respecto, que la aplicación de Basilea II en los EEUU es esencial para proteger la igualdad de condiciones a escala mundial;
15. Acoge con satisfacción la labor realizada por el Congreso de los EEUU para introducir legislación destinada a crear una Oficina Federal de Información sobre Seguros dentro del Departamento del Tesoro estadounidense; considera que, junto con el proyecto del Departamento del Tesoro estadounidense, se trata de un paso importante hacia el reconocimiento mutuo de los enfoques reglamentarios en materia de servicios financieros; reconoce que todavía quedan muchos aspectos por acordar y que la garantía de reaseguro es una cuestión clave que todavía no se ha resuelto; considera que una cooperación parlamentaria más estrecha reforzará considerablemente la consecución de los objetivos del proyecto Solvencia II;
Comercio UE-EEUU y cooperación en materia de reglamentación
16. Hace hincapié en que, al trabajar en pro del objetivo de crear unas normas uniformes para el comercio y la inversión, tal y como se discutió en la reunión del TEC de noviembre de 2007 en relación con una hoja de ruta para alcanzar el reconocimiento mutuo en 2009 de los acuerdos de asociación comercial UE-EEUU, ha de garantizarse un alto nivel en las normas sociales, medioambientales y sanitarias;
17. Reitera que muchas de las denominadas barreras no arancelarias al comercio y a la inversión tienen su origen en actividades conscientes de órganos legislativos con objeto de promover objetivos sociales, sanitarios, culturales o ambientales y que, por consiguiente, no se deben suprimir sin el correspondiente acto legislativo; señala, a este respecto, el papel crucial del Parlamento y del Congreso de los EEUU a la hora de controlar el proceso de armonización y la supresión de barreras al comercio y a la inversión;
18. Subraya que la seguridad de los productos importados también debería ser un asunto prioritario en el marco del TEC; considera que sólo se logrará que la población confíe a nivel general en un entorno comercial abierto si se protege su salud y su seguridad; pide a la Comisión de Seguridad para los Productos de Consumo de los EEUU que aproveche su mayor grado de libertad para intercambiar informaciones sobre casos específicos, pero propone que el TEC trabaje sobre la elaboración de un instrumento de cooperación vinculante que estructure y facilite el intercambio de información sobre la seguridad de los productos y el desarrollo de un programa común de acciones de cooperación; pide a la Comisión y al Consejo que refuercen la cooperación entre las autoridades aduaneras y de vigilancia del mercado de la UE y de los EEUU, con objeto de garantizar, sin unas trabas burocráticas innecesarias, que los controles en las fronteras exteriores son adecuados para evitar que lleguen a los consumidores productos peligrosos, especialmente juguetes peligrosos; pide a los Estados miembros de la UE y a los EEUU que garanticen el estricto cumplimiento de las leyes en materia de seguridad de los productos, y en particular de los juguetes, así como inspecciones más rigurosas a nivel nacional; destaca la necesidad de establecer una estrecha cooperación entre la UE y los EEUU destinada a garantizar que China y otros países terceros refuercen sus normas de producción para que cumplan las exigencias de la UE/los EEUU, en particular por lo que respecta a los juguetes, y a convencer estos países de que la seguridad de los productos debe incorporarse al proceso de producción y distribución;
19. Pide un mayor grado de información relativa a la Consumer Product Safety Act (Ley estadounidense sobre la seguridad de los productos de consumo), en su versión actualizada, y expresa su preocupación por las trabas reglamentarias innecesarias que se derivarán de este nuevo instrumento para las empresas europeas, de resultas de la introducción de unos requisitos obligatorios en materia de seguridad, con ensayos por terceros; insiste en que se avance en los debates sobre el reconocimiento mutuo, a fin de evitar duplicaciones;
20. Observa que la seguridad del comercio es especialmente importante en una economía mundial cada vez más integrada , pero considera que la propuesta de inspeccionar todos los contenedores marítimos procedentes del extranjero como medida para impedir las amenazas terroristas es innecesaria e irrealista; pide, por consiguiente, al Congreso de los EEUU que retire esta propuesta, ya que considera que la iniciativa para la seguridad de los contenedores, que conlleva la inspección de los contenedores marítimos de alto riesgo, es una medida suficiente para garantizar la seguridad del transporte marítimo internacional;
21. Pide a la Comisión que, cuando sea viable, negocie en el marco del TEC normas globales comunes; considera que el cumplimiento de normas de seguridad comunes para los automóviles (reglamento técnico mundial de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (CEPE)) reduciría considerablemente los costes para la industria del automóvil, que es un empleador muy importante tanto en la UE como en los EEUU;
22. Insta a la Comisión a que continúe con la adopción formal de procedimientos para el reconocimiento mutuo de las declaraciones de conformidad para los productos sometidos a ensayos obligatorios por terceros, en particular para las tecnologías de la comunicación y de la información (TIC) y el material eléctrico;
23. Continúa respaldando los esfuerzos de la Comisión por llegar a un acuerdo mutuo para los productos importados que deben ser etiquetados tanto en el sistema imperial como en el métrico, e insiste en la necesidad de aceptar las unidades de medida acordadas en el marco de normas internacionales, en particular la aceptación por los EEUU de productos etiquetados únicamente en el sistema métrico; considera que este esfuerzo permitirá aumentar las economías de escala para las empresas europeas, estadounidenses y de países terceros, y sería especialmente beneficioso para las pequeñas y medianas empresas (PYME);
24. Pide a la Comisión y al Consejo que refuercen la cooperación entre la UE y los EEUU en lo referente al Sistema Armonizado Mundial (SAM) de clasificación y etiquetado de sustancias químicas, en particular, por lo que respecta a la aplicación de los criterios internacionales acordados por el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas; considera que un objetivo importante de este sistema consiste en facilitar el comercio y reforzar la protección del consumidor, e insiste por tanto en que el SAM debe ser aplicado al mismo tiempo y de forma compatible en la UE y en los EEUU;
25. Destaca que los datos personales se han convertido en un componente esencial de numerosas actividades comerciales, en particular en el ámbito de las telecomunicaciones electrónicas; observa el rápido crecimiento del valor económico de los datos personales y las operaciones de valor añadido basadas en los datos personales; pide a la Comisión que, en estrecha cooperación con el Parlamento, tome la iniciativa de elaborar unos principios de protección de datos a escala transatlántica, junto con su homóloga estadounidense, la Comisión Federal de Comercio; pide, además, que se elaboren urgentemente unas normas de protección de datos a escala mundial en el marco del TEC, a fin de garantizar un nivel de protección elevado de los datos personales, así como la seguridad jurídica para las empresas;
Asuntos agrícolas
26. Pide una solución urgente con respecto a los debates actuales sobre la prohibición de importar en la UE aves de corral procedentes de los EEUU que hayan sido sometidas a tratamientos de reducción de patógenos; reconoce la necesidad de disponer de un asesoramiento científico adecuado de cara a la protección y la información de los consumidores; reconoce asimismo las considerables inversiones realizadas por el sector europeo de las aves de corral, de conformidad con la legislación europea, para reducir la contaminación por salmonelas mediante un enfoque que tiene en cuenta toda la cadena; considera que las posibles soluciones no deben provocar una distorsión de la competencia;
27. Considera que la decisión de la Comunidad de prohibir la importación de carne de bovinos tratados con hormonas está plenamente justificada por las pruebas científicas, y pide a los EEUU que revoquen sin demora las sanciones que aplican a las mercancías europeas;
28. Destaca la importancia del procedimiento de autorización única para todos los alimentos y piensos que contengan organismos modificados genéticamente (OMG), de acuerdo con el principio de cautela, así como la importancia del etiquetado y la rastreabilidad de los OMG para permitir que los consumidores elijan con conocimiento de causa;
29. Pide un diálogo sobre los recientes cambios en los mercados agrícolas, con particular hincapié en las fluctuaciones de los precios de los productos básicos, la revisión intermedia de la Política Agrícola Común ("chequeo comunitario") y la Farm Bill (Ley agraria estadounidense), los pagos anticíclicos, la creciente importancia del desarrollo rural y el instrumento de condicionalidad;
Cooperación en materia de política energética, industrial y científica
30. Aboga por un refuerzo de la cooperación estratégica transatlántica en materia de política energética, industrial y científica; subraya la importancia de la cuestión energética, y apoya la diversificación de las fuentes de energía y las rutas de abastecimiento, para garantizar la seguridad del abastecimiento energético y de las infraestructuras, y fomentar unas políticas de seguridad energética basadas en los mercados; toma nota del creciente debate a ambos lados del Atlántico sobre los sistemas comerciales de intercambio de carbono;
31. Subraya la necesidad de una cooperación reforzada entre la UE y los EEUU, a escala normativa y científica, en materia de biocarburantes y biomasa, fomentando de forma conjunta unas fuentes alternativas y sostenibles para los carburantes en el ámbito de los transportes; apoya al TEC para que prosiga su labor de determinación de normas comunes sobre biocarburantes con Brasil que garanticen el máximo nivel de sostenibilidad medioambiental y atiendan a las cuestiones de seguridad alimentaria a escala mundial;
La Organización Mundial de Comercio (OMC) y el Programa de Doha para el Desarrollo
32. Pide a la Comisión que se esfuerce por garantizar que el TEC contribuya a lograr una conclusión positiva para el Programa de Doha para el Desarrollo; considera el dominio de la UE y los EEUU en el comercio mundial (actualmente un 60 % del total) como una baza potencial para el sistema comercial mundial y su marco común;
33. Pide que la Comisión evalúe si un procedimiento de solución de litigios comerciales a escala bilateral podría llegar a ser un tema de interés para el TEC; observa, a este respecto, que si bien los litigios comerciales sólo han afectado a un 2 % del comercio entre la UE y los EEUU, algunos de estos litigios resultan sumamente perturbadores y costosos;
34. Pide que la Comisión examine, en el marco del TEC, de qué manera cabe buscar una mayor coherencia entre los acuerdos comerciales bilaterales y las normas multilaterales de la OMC, a fin de garantizar un sistema comercial internacional más armonioso y sencillo para todos; insta a la Comisión a que examine la manera de lograr una mayor aproximación entre la UE y los EEUU en relación con la firma de acuerdos bilaterales con países terceros sobre medidas que impongan condiciones al comercio, tales como el comercio y las disposiciones medioambientales, el comercio y las normativas sociales, o el comercio y la legislación laboral;
35. Pide a la Comisión que desarrolle con carácter urgente un enfoque global sobre problemas europeos no comerciales en las negociaciones comerciales mundiales, sobre todo en lo que respecta a los temas de las cláusulas sociales y medioambientales, el reconocimiento y la protección de las indicaciones geográficas, el bienestar animal y el estado sanitario de los productos importados de origen animal y vegetal, a fin de evitar una competencia desleal frente a los productores europeos;
36. Pide a la Comisión que solicite que el TEC publique un informe intermedio sobre las actividades de cooperación para la aplicación de los derechos de propiedad intelectual (DPI), en el que se anuncien asimismo las medidas previstas para un futuro destinadas a reforzar la cooperación en la lucha contra la falsificación y la piratería; solicita una hoja de ruta clara para detectar los esfuerzos encaminados a facilitar el reconocimiento mutuo internacional del Derecho en materia de patentes;
37. Pide al TEC que apoye activamente la Declaración de Doha sobre el Acuerdo ADPIC con vistas a facilitar a los países sin capacidad de producir productos farmacéuticos el acceso a los medicamentos que salvan vidas; pide a la Comisión que plantee la cuestión de la política de los EEUU de incluir en todos los acuerdos bilaterales negociados con países en desarrollo cláusulas en virtud de las cuales dichos países renuncian a invocar las disposiciones de la Declaración de Doha sobre el Acuerdo ADPIC que les autorizan a producir y a importar los medicamentos genéricos necesarios para hacer frente a los principales problemas de salud pública (sida, tuberculosis, etc.);
38. Considera que, independientemente de los resultados del Programa de Doha para el Desarrollo, el concepto del mercado transatlántico como foro de la cooperación en materia de reglamentación con miras a la supresión gradual de las barreras no arancelarias podría ser crucial para garantizar un impulso permanente a la integración del comercio mundial;
39. Considera que una tarea importante de la parte europea en el TEC es convencer a los socios transatlánticos de la UE de la necesidad de conseguir, para 2012, un régimen para el período posterior a Kyoto de gran alcance, ambicioso y jurídicamente vinculante sobre las emisiones de gases de efecto invernadero, así como elaborar un gran proyecto transatlántico relativo a las inversiones y el intercambio de tecnología en el ámbito de la producción de energía segura y no contaminante;
Desarrollo regional
40. Destaca el impacto positivo que los nuevos avances en la integración económica transatlántica tendrán probablemente en el desarrollo regional sostenible, y opina que estos avances ayudarán a la UE en la tarea de aplicar la Estrategia de Lisboa y a evolucionar hacia una cohesión social, económica y territorial; pide, en este contexto, a los órganos competentes de la UE que garanticen que estos avances contribuyan a un desarrollo armonioso y equilibrado de todos los territorios de la UE y que tengan en cuenta el principio europeo de acceso universal a los servicios de interés general;
41. Pide a ambas partes que estudien la posibilidad de entablar un diálogo estructurado sobre política regional, que brindaría una buena oportunidad para explorar nuevos caminos en materia de política regional, intercambiar buenas prácticas, por ejemplo, en los ámbitos de la investigación y el desarrollo, y estudiar maneras de hacer frente a retos comunes, entre ellos el cambio climático y los precios de la energía;
Futuro programa de trabajo del Diálogo Transatlántico de Legisladores (DTL) y mejora estructural
42. Pide al DTL que incluya en los órdenes del día de sus próximas reuniones un debate sobre el reglamento estadounidense relativo a la exploración de contenedores, con objeto de garantizar el desarrollo de un mayor entendimiento mutuo entre el Parlamento y el Congreso de los EEUU sobre esta cuestión; destaca asimismo la necesidad de reflexionar, en el seno del DTL, sobre una agenda de la OMC post-Doha, que incluya la reforma de la OMC, y de examinar las cláusulas relativas a los derechos humanos, el medio ambiente y los derechos sociales incluidas en los acuerdos comerciales bilaterales, tomando como punto de partida, entre otros, el acuerdo bilateral más reciente de los EEUU con Perú, que contiene unas disposiciones detalladas y vinculantes sobre normativas laborales;
43. Señala el papel vital que desempeñan el Parlamento y el Congreso de los EEUU en el respaldo de este impulso, así como el hecho de que las barreras no arancelarias sólo pueden ser eliminadas por los legisladores; propone que se celebre un debate anual bien preparado sobre los avances logrados en los asuntos debatidos en el seno del TEC así como su estructura;
44. Pide, por tanto, a los gobernantes de la UE y de los EEUU, así como a los copresidentes del TEC, que tengan en cuenta este papel vital de los legisladores para que el proceso tenga éxito a largo plazo, y les insta a que involucren plena y directamente en los trabajos del TEC a los representantes del DTL; reconoce al mismo tiempo la importancia que revisten las empresas y los consumidores como partes interesadas con su reflexión y su aportación especializada al trabajo del TEC; considera, no obstante, que su papel consultivo debe diferenciarse del papel legislativo que desempeñan el Congreso de los EEUU y el Parlamento;
45. Toma nota de la creación de un Grupo de asesores, formado por representantes del DTL, y del Diálogo Transatlántico de los Consumidores; elogia la contribución de los legisladores y las partes interesadas al éxito de la primera reunión del TEC celebrada en noviembre de 2007; manifiesta su esperanza de que el Diálogo Laboral Transatlántico y el Diálogo Ambiental Transatlántico desempeñen una función más importante en un futuro próximo; pide que se incluya en el Grupo de asesores a los presidentes del Diálogo Laboral Transatlántico y del Diálogo Ambiental Transatlántico;
46. Reitera su deseo de reforzar el diálogo entre ambos Parlamentos, y solicita su participación desde el primer momento, en particular por lo que respecta a toda norma futura desarrollada por organismos autorreguladores mundiales, con objeto de abordar en una fase precoz las cuestiones de la responsabilidad política;
47. Opina que se trata de cuestiones fundamentales sobre cuya evolución conviene mantener informados a los diputados nacionales a intervalos regulares; pide a su Presidente que garantice el establecimiento de un mecanismo a tal efecto;
o o o
48. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros, a la secretaría del TEC, y al Congreso de los Estados Unidos de América.
Reglamento (CE) nº 1569/2007 de la Comisión, de 21 de diciembre de 2007, por el que se establece un mecanismo para la determinación de la equívalencia de las normas de contabilidad aplicadas por emisores de valores de terceros países, con arreglo a las Directivas 2003/71/CE y 2004/109/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 340 de 22.12.2007, p. 66).