Control de la aplicación del Derecho comunitario (2005)
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Resolución del Parlamento Europeo, de 21 de febrero de 2008, sobre el vigésimo tercer informe anual de la Comisión sobre el control de la aplicación del Derecho comunitario (2005) (2006/2271(INI))
– Visto el vigésimo tercer informe anual de la Comisión sobre el control de la aplicación del Derecho comunitario (COM(2006)0416),
– Vistos los documentos de trabajo de los servicios de la Comisión (SEC(2006)0999 y SEC(2006)1005),
– Vista la Comunicación de la Comisión "Una Europa de resultados – La aplicación del Derecho comunitario" (COM(2007)0502),
– Vistos el artículo 45 y el artículo 112, apartado 2, de su Reglamento,
– Vistos el informe de la Comisión de Asuntos Jurídicos y la opinión de la Comisión de Peticiones (A6-0462/2007),
A. Considerando que la eficacia de las políticas de la UE esta determinada en gran medida por su aplicación a escala nacional, regional y local; y que el cumplimiento de la legislación comunitaria por parte de los Estados miembros debe estar rigurosamente controlado con el fin de asegurar que tiene efectos positivos en la vida diaria de los ciudadanos,
B. Considerando que el número de denuncias referentes al incumplimiento de las leyes comunitarias evidencia que los ciudadanos de la Unión desempeñan un papel fundamental en su aplicación, y que la capacidad de las instituciones de la UE de responder adecuadamente a las preocupaciones de los ciudadanos reviste importancia para la credibilidad de la Unión Europea,
C. Considerando que la Comisión puede adaptar los medios que utiliza para llevar a cabo su misión de manera efectiva e introducir innovaciones destinadas a mejorar la aplicación del Derecho comunitario,
El informe anual de 2005 y el seguimiento de la Resolución del Parlamento
1. Observa que el número total de procedimientos de infracción incoados por la Comisión ha acusado un aumento constante en los últimos años, alcanzando la cifra de 2 709 infracciones detectadas en 2003 (en la UE con 15 Estados miembros); observa, además, que el número de infracciones detectadas disminuyó drásticamente en 2004 (en 563) y volvió a aumentar en 2005, si bien a un nivel inferior al de 2003: 2 653 infracciones registradas (en la UE con 25 Estados miembros);
2. Observa, en consecuencia, que la adhesión de diez nuevos Estados miembros no parece haber tenido incidencia alguna en el número de infracciones registradas, y pide a la Comisión que dé una explicación clara al respecto al Parlamento, asegurándole que este hecho no se debe a deficiencias en el registro de las denuncias o a una falta de recursos internos en los servicios que se encargan de la tramitación de las denuncias en la Comisión o a una decisión política de ser más indulgente con esos Estados miembros;
3. Se congratula de la buena disposición de la mayoría de las direcciones generales competentes a la hora de facilitar informaciones sobre los recursos destinados a la tramitación de denuncias en sus ámbitos respectivos así como sobre los avances en los procedimientos; observa que cada dirección general tiene su propia manera de gestionar la aplicación del Derecho comunitario y de destinar recursos con este fin, y que no existe una perspectiva clara ni una evaluación pública general de la manera en que funcionan estos enfoques diferentes;
4. Se compromete a apoyar a la Comisión a través de un incremento de los créditos presupuestarios con miras a un incremento de los recursos, tal como han pedido la mayoría de las direcciones generales competentes;
5. Se congratula del hecho de que algunas direcciones generales hayan desarrollado unos mecanismos específicos para complementar el recurso a los procedimientos de infracción, con miras a lograr un control y una consolidación eficaces de la aplicación del Derecho comunitario; observa que, en el marco reglamentario de 2002 para las comunicaciones electrónicas, se establecieron unos procedimientos de notificación con respecto a los proyectos de medidas legislativas nacionales, a fin de permitir la colaboración entre las autoridades nacionales competentes en materia de control de los Estados miembros y la Comisión a corto plazo; pide a la Comisión que considere la posibilidad de extender la aplicación sistemática de este mecanismo de prevención a otros sectores;
6. Opina que debe fomentarse el intercambio de mejores prácticas entre Estados miembros, por ejemplo en forma de reuniones "paquete" y "talleres" de transposición, organizados por la Comisión para facilitar la aplicación del Derecho comunitario; pide a la Comisión que estudie la manera de asociar al Parlamento a estos procesos;
7. Se congratula los esfuerzos realizados por algunas direcciones generales de la Comisión –y, en particular de la DG Medio Ambiente– para mejorar los controles de conformidad de las directivas pertinentes, si bien no le satisface la respuesta de la Comisión con respecto a la confidencialidad de los estudios de conformidad; pide, una vez más, a la Comisión que publique en su sitio web los estudios solicitados por varias direcciones generales sobre la evaluación de la conformidad de las medidas nacionales de ejecución con la legislación comunitaria;
8. Acoge con satisfacción la inclusión por vez primera en el informe anual y sus correspondientes anexos de información sobre el tratamiento específico y detallado de infracciones relacionadas con peticiones;
9. Propugna la práctica de enviar misiones de investigación a diversos Estados miembros para estudiar las cuestiones planteadas por los peticionarios; considera esta práctica como una vía pragmática de resolver problemas directamente con los Estados miembros en interés del ciudadano; entiende que dichas misiones son aún más necesarias a la vista de la falta de competencias de "inspección" de la Comisión para verificar la aplicación práctica del Derecho comunitario, por ejemplo en el ámbito del medio ambiente;
10. Acoge con satisfacción el compromiso de la Comisión de incluir resúmenes de peticiones de ciudadanos o colectivos en las futuras propuestas legislativas y pide ejemplos concretos de dichos resúmenes así como una aclaración de que forman parte integral del acto legislativo en cuestión, tal y como se pide en el apartado 19 de la Resolución del Parlamento, de 16 de mayo de 2006, sobre los vigesimoprimero y vigesimosegundo informes anuales de la Comisión sobre el control de la aplicación del Derecho comunitario (2003 y 2004)(1);
11. Cree que la Comisión debería ser más activa en el control de las circunstancias nacionales que puedan revelar una infracción del Derecho comunitario; pide a la Comisión, por consiguiente, que haga un uso más intensivo de sus oficinas de representación a fin de prevenir o subsanar infracciones;
12. Pide a los Estados miembros que no se conformen con una transposición puramente formal de la legislación comunitaria y que, en toda la medida posible, eviten la transposición fragmentaria de las directivas con el fin de mejorar la transparencia y la simplificación legislativa;
13. Se congratula del hecho de que la Comisión, en su Comunicación antes mencionada "Una Europa de resultados – La aplicación del Derecho comunitario", aborde algunas de las principales cuestiones políticas mencionadas en la citada Resolución del Parlamento, de 16 de mayo de 2006; observa, sin embargo, que algunas cuestiones importantes siguen pendientes y no recibieron plena respuesta, sobre todo en lo tocante a los recursos destinados a la tramitación de los casos de infracción, la duración del procedimiento de infracción y el recurso limitado al artículo 228 del Tratado CE, y la evaluación de la aplicación de los criterios de prioridad; pide a la Comisión que dé respuesta en relación con estas cuestiones importantes antes de mayo de 2008;
La Comunicación de la Comisión de 2007 "Una Europa de resultados – La aplicación del Derecho comunitario"
14. Se congratula de que, en su Comunicación antes mencionada, la Comisión conceda una gran importancia a la cuestión de la aplicación del Derecho comunitario y la tenga debidamente en cuenta;
15. Observa que el examen de las peticiones ha revelado aparentes deficiencias estructurales en la aplicación por los Estados miembros de diversos actos de Derecho comunitario; opina que, con el fin de asegurar la sistematicidad y la coherencia del Derecho comunitario, las infracciones del mismo deberán ser llevadas sistemáticamente ante el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas como mínimo en los asuntos importantes a nivel nacional que sienten jurisprudencia nacional y constituyan precedentes de futuras prácticas; considera que la sistematicidad por parte de la Comisión en este sentido podría reducir significativamente la subsiguiente necesidad de reclamar ante la Comisión y presentar peticiones al Parlamento Europeo sobre cuestiones análogas;
16. Observa que los principales obstáculos a la efectividad del procedimiento de infracción (artículos 226 y 228 del TCE) siguen siendo su duración y el recurso limitado al artículo 228; insiste en que en ningún caso deberán rebasarse los plazos propuestos por la Comisión en lo que respecta a la no comunicación de las medidas de transposición (no más de 12 meses desde el envío de la carta de requerimiento hasta la resolución del caso o el recurso al Tribunal de Justicia) y en lo que respecta a los procedimientos dirigidos a garantizar el cumplimiento de una sentencia anterior del Tribunal (entre 12 y 24 meses) y, para ello, pide a la Comisión que, dentro de estos plazos, efectúe un seguimiento periódico de la evolución de los procedimientos de infracción e informe a los ciudadanos interesados;
17. Pide a la Comisión que dé muestras de mayor firmeza en la aplicación del artículo 228 del Tratado con el fin de garantizar la buena ejecución de las sentencias dictadas por el Tribunal de Justicia;
18. Acoge con satisfacción la intención de la Comisión de modificar los métodos de trabajo actuales con miras a priorizar y acelerar la tramitación y gestión de los procedimientos existentes y a comprometer e implicar oficialmente a los Estados miembros; observa que, en el marco del nuevo método de trabajo propuesto, las preguntas y denuncias recibidas por la Comisión serán transmitidas directamente al Estado miembro en cuestión en "los casos en que una cuestión requiera la clarificación de la posición de hecho o de Derecho de un Estado miembro". Se dará a los Estados miembros "un breve plazo para proporcionar las aclaraciones, la información y las soluciones necesarias directamente a los ciudadanos o a las empresas afectadas, e informar a la Comisión"(2);
19. Observa que, a menudo, la Comisión es el único órgano al que pueden dirigirse los ciudadanos en última instancia para denunciar la no aplicación del Derecho comunitario; manifiesta, por lo tanto, su preocupación por el hecho de que, al devolver el asunto al Estado miembro en cuestión (que es, en primera instancia, la parte responsable de la aplicación incorrecta del Derecho comunitario), el nuevo método de trabajo podría acarrear el peligro de un debilitamiento de la responsabilidad institucional de la Comisión de asegurar la aplicación del Derecho comunitario en su calidad de "guardiana de los Tratados", de conformidad con el artículo 211 del Tratado CE; observa que, a menudo, la Comisión es el único órgano al que pueden dirigirse los ciudadanos en última instancia para denunciar la no aplicación del Derecho comunitario;
20. Toma nota de que la Comisión declara que el nuevo método de trabajo no sustituye al procedimiento de infracción y de que se compromete a aplicarlo únicamente en la fase previa a la infracción, con arreglo a un calendario preciso y unos plazos estrictos;
21. Pide a la Comisión que se asegure de que las garantías procedimentales de que disfruta actualmente el denunciante no se vean afectadas por el nuevo método, y le recuerda que, de conformidad con las decisiones del Defensor del Pueblo Europeo, el hecho de no registrar una denuncia constituye un caso de mala gestión; señala que, en este sentido, una denuncia debe entenderse como toda correspondencia susceptible de denunciar una violación del Derecho comunitario o que se considere como denuncia;
22. Destaca la importancia de que la Comisión mantenga informado al denunciante del contenido de toda la correspondencia con los Estados miembros en relación con su denuncia durante todo el procedimiento, y más en particular, en la fase previa a la infracción en caso de que se aplique el nuevo método;
23. Opina que la suspensión de algunas partes del actual Reglamento interno de la Comisión es cuestionable, ya que ni todos los Estados miembros ni todos los sectores están incluidos en el proyecto piloto ni se ha establecido totalmente el nuevo método; considera que ello podría dar lugar a confusiones tanto internamente como en relación con los ciudadanos en lo que se refiere a los procedimientos que se han de aplicar, en particular, en el caso de infracciones similares cometidas en diferentes Estados miembros; pide que se permita el acceso al Reglamento interno;
24. Está de acuerdo en la importancia de destinar recursos a las evaluaciones de la conformidad, pero insiste en que se han de destinar más recursos humanos a la tramitación de las infracciones; le preocupa particularmente la posibilidad de que la disminución en el número de infracciones después de la ampliación pueda deberse en realidad a la existencia de unos medios insuficientes para el correcto seguimiento de la aplicación del Derecho comunitario; pide a la Comisión que facilite al Parlamento datos específicos sobre el número de puestos y el volumen de recursos que, en el marco del presupuesto 2008, se destinarán específicamente a la tramitación de las infracciones;
25. Acoge favorablemente la sugerencia de la Comisión de que el nuevo método de trabajo se pruebe a través de un ejercicio experimental; manifiesta, no obstante, su preocupación por la posibilidad de que puedan producirse incoherencias y confusiones entre los Estados miembros que participan en el proyecto piloto y los que no, ya que la suspensión del procedimiento interno derivada de la introducción del nuevo método de trabajo se aplica a todos los casos;
26. Pide a la Comisión que el ejercicio experimental propuesto se centre en aquellos Estados miembros donde la aplicación del Derecho comunitario sigua planteando problemas debido a una falta de cooperación por parte de las autoridades nacionales, sobre todo a escala regional y local; pide a la Comisión que compruebe, a través de dicho ejercicio experimental, si se requieren más recursos en el seno de la Comisión ‐y, en caso afirmativo, dónde‐ para la tramitación y gestión de las denuncias a raíz del establecimiento del nuevo método de trabajo;
27. Habida cuenta de que las quejas y peticiones de ciudadanos y empresas facilitan la detección de un número muy sustancial de infracciones y a fin de evitar cualquier confusión a la hora de contactar a los distintos órganos de resolución de problemas, insta a la Comisión a que estudie la posibilidad de una señalización clara o de una "ventanilla única en línea" para asistir a los ciudadanos;
28. Acoge con satisfacción la decisión de la Comisión de introducir "una toma de decisiones más frecuente para que la mayor parte de las fases del procedimiento avancen más rápidamente"; observa que, cada año, la Comisión organiza cuatro reuniones formales para decidir sobre los procedimientos de infracción, y se congratula por su decisión de adoptar decisiones sobre dichos procedimientos con mayor frecuencia; deplora que en la Comunicación no se definan unas medidas políticas y organizativas más enérgicas para hacer frente a estos nuevos compromisos;
29. Deplora que la Comisión no haya respetado su compromiso, anunciado en 2002 en su Comunicación sobre la mejora del control de la aplicación del derecho Comunitario, según el cual "La aplicación de los criterios de prioridad será objeto de una evaluación anual, con motivo del debate del informe sobre el control de la aplicación del Derecho comunitario"(3); se congratula del nuevo compromiso de la Comisión de describir y explicar, a partir de 2008, "su actuación en estas prioridades en sus informes anuales"(4);
30. Observa que el Parlamento ha seguido recibiendo peticiones que alegan violaciones reiteradas, por parte de los Estados miembros, de los derechos humanos y fundamentales de los peticionarios y deplora profundamente que los criterios aplicables a las violaciones de los derechos humanos o de las libertades fundamentales, consignados en el Derecho comunitario primario, hayan desparecido de la nueva lista de criterios de prioridad; recuerda que el Tratado de la UE otorga al Parlamento las competencias para iniciar el procedimiento establecido en el artículo 7, apartado 1, del TUE;
31. Insta a la Comisión a que aplique ampliamente el principio de registrar como denuncia cualquier correspondencia susceptible de denunciar una violación real del Derecho comunitario, salvo si se ajusta a las circunstancias excepcionales contempladas en el punto 3 del Anexo a la Comunicación sobre las relaciones con el denunciante en materia de infracciones del Derecho comunitario(5); observa que, en fecha reciente, el Defensor del Pueblo Europeo consideró que la Comisión había incurrido en "mala administración" por el hecho de no haber registrado una denuncia con arreglo a la mencionada Comunicación; insta a la Comisión a que informe y consulte al Parlamento sobre los posibles cambios en los criterios excepcionales que justifican el no registro de denuncias;
32. Insta a todos los servicios de la Comisión a que mantengan a los denunciantes plenamente informados de la evolución de su denuncia al vencimiento de cada plazo preestablecido (emplazamiento, dictamen motivado, acción ante el Tribunal) y a que comuniquen las razones de sus decisiones con todo detalle a los interesados, de conformidad con los principios contenidos en su Comunicación de 2002;
33. Se congratula por la intención de la Comisión de tomar medidas para garantizar el libre acceso a su base electrónica de datos y le pide que cumpla este compromiso en el plazo más breve posible;
34. Acoge con satisfacción el compromiso de la Comisión de facilitar información resumida de todas las fases de los procedimientos de infracción, desde la carta de notificación formal en adelante; considera que, en aras de la transparencia y de una mejor aplicación del Derecho comunitario en los órganos jurisdiccionales nacionales, la Comisión debería publicar el contenido y el calendario de los contactos con los Estados miembros, una vez las cuestiones pertinentes hayan dejado de ser objeto de investigación.
35. Se congratula de la inminente publicación por la Comisión de un documento explicativo sobre la jurisprudencia del Tribunal de Justicia relativo a quejas por daños por violación de derechos amparados por la legislación comunitaria; sugiere asimismo que la Comisión estudie la posibilidad de actuar en calidad de amicus curiae en los casos pertinentes de solicitud de indemnizaciones por daños ante los tribunales nacionales, con arreglo al derecho procesal nacional, como ya ocurre en los litigios nacionales que tratan de cuestiones relativas al derecho de competencia(6);
El papel del Parlamento Europeo y de los Parlamentos nacionales en la aplicación del Derecho comunitario
36. Considera que las comisiones permanentes del Parlamento Europeo deberían desempeñar un papel mucho más activo en el control de la aplicación del Derecho comunitario en sus ámbitos de competencia respectivos y que, para ello, deberían recibir de la Comisión apoyo e información periódica; sugiere que, siempre que sea posible, el ponente del Parlamento Europeo para un asunto determinado, o su sucesor designado, desempeñe un papel central y continuado en el control permanente del cumplimiento del Derecho comunitario por parte de los Estados miembros; observa que las reuniones regulares sobre la aplicación del Derecho comunitario organizadas por la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria deberían generalizarse a todas las comisiones parlamentarias, con la participación sistemática de la Comisión;
37. Observa, no obstante, que la reticencia de la Comisión a la hora de facilitar informaciones precisas sobre las cuestiones que han sido objeto de incoación de procedimientos de infracción reduce en gran medida el interés del público por estas reuniones así como su eficacia; pide a las comisiones parlamentarias que prevean, en su caso, la inscripción de representantes de los Estados miembros interesados, o del Consejo, en la lista de invitados a las reuniones sobre la aplicación del Derecho comunitario;
38. Opina que las comisiones parlamentarias (incluida la Comisión de Peticiones) deberían contar con un apoyo administrativo suficiente para que puedan llevar a cabo su misión de forma efectiva; pide al Grupo de trabajo sobre la reforma parlamentaria, a la Comisión de Presupuestos y a otros órganos competentes del Parlamento que presenten propuestas concretas referentes, entre otras cosas, al papel continuado de los ponentes, y que evalúen la viabilidad de establecer un grupo de trabajo especial en el seno de la secretaría de cada comisión parlamentaria, con miras a garantizar un control permanente y eficaz de la aplicación del Derecho comunitario;
39. Pide una mayor cooperación entre los Parlamentos nacionales y el Parlamento Europeo, así como entre sus diputados respectivos, con miras a fomentar e incrementar el examen efectivo de los asuntos europeos a escala nacional; opina que los Parlamentos nacionales tienen un papel valioso que desempeñar en lo tocante al control de la aplicación del Derecho comunitario, contribuyendo de este modo a reforzar la legitimidad democrática de la Unión Europea y a acercarla a los ciudadanos;
40. Recuerda que el Consejo se ha comprometido a instar a los Estados miembros a que elaboren y publiquen cuadros de correlación entre las directivas y las disposiciones nacionales de transposición; insiste en que dichos cuadros son esenciales para que la Comisión lleve a cabo un verdadero control de las medidas de aplicación en todos los Estados miembros; propone, en calidad de colegislador, tomar todas las medidas necesarias para asegurarse de que, durante el procedimiento legislativo, las disposiciones relativas a dichos cuadros no se suprimirán del texto de las propuestas de la Comisión;
41. Observa que los tribunales nacionales desempeñan un papel primordial en la aplicación del Derecho comunitario y apoya plenamente los esfuerzos de la Comisión encaminados a identificar sectores en que podría ser útil ofrecer formación complementaria para los jueces nacionales, profesionales de la Justicia y funcionarios de las administraciones nacionales;
42. Pide a la Comisión que controle mejor el cumplimiento, por parte de las autoridades judiciales de los Estados miembros, de las decisiones del Parlamento relativas a la inmunidad parlamentaria y, en caso de que la Comisión constatara el incumplimiento de dichas decisiones, que informe al Parlamento del curso que se reservará al asunto;
o o o
43. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión así como al Tribunal de Justicia, al Defensor del Pueblo Europeo y a los Parlamentos de los Estados miembros.
Comunicación de la Comisión relativa a la cooperación entre la Comisión y los órganos jurisdiccionales de los Estados miembros de la UE para la aplicación de los artículos 81 y 82 CE (DO C 101 de 27.4.2004, p. 54), apdos. 17 a 20.
Acreditación y vigilancia del mercado relativos a la comercialización de los productos ***I
Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 21 de febrero de 2008, sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen los requisitos de acreditación y vigilancia del mercado relativos a la comercialización de los productos (COM(2007)0037 – C6-0068/2007 – 2007/0029(COD))
– Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2007)0037),
– Vistos el apartado 2 del artículo 251 y los artículos 95 y 133 del Tratado CE, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C6-0068/2007),
– Visto el artículo 51 de su Reglamento,
– Vistos el informe de la Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor y las opiniones de la Comisión de Comercio Internacional, de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria y de la Comisión de Industria, Investigación y Energía (A6-0491/2007),
1. Aprueba la propuesta de la Comisión en su versión modificada;
2. Pide a la Comisión que le consulte de nuevo, si se propone modificar sustancialmente esta propuesta o sustituirla por otro texto;
3. Encarga a su Presidente que transmita la posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión.
Posición del Parlamento Europeo adoptada en primera lectura el 21 de febrero de 2008 on vistas a la adopción del Reglamento (CE) n° .../2008 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen los requisitos de acreditación y vigilancia del mercado relativos a la comercialización de los productos y por el que se deroga el Reglamento (CEE) n° 339/93
(Dado que el Parlamento Europeo y el Consejo llegaron a un acuerdo sobre este texto, el tenor de la posición del Parlamento en la primera lectura coincide con el acto legislativo final, el Reglamento (CE) n° .../2008.)
Marco común para la comercialización de los productos ***I
Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 21 de febrero de 2008, sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo sobre un marco común para la comercialización de los productos (COM(2007)0053 – C6-0067/2007 – 2007/0030(COD))
– Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2007)0053),
– Vistos el apartado 2 del artículo 251 y el artículo 95 del Tratado CE, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C6-0067/2007),
– Visto el artículo 51 de su Reglamento,
– Vistos el informe de la Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor y las opiniones de la Comisión de Comercio Internacional, de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria, de la Comisión de Industria, Investigación y Energía y de la Comisión de Asuntos Jurídicos (A6-0490/2007),
1. Aprueba la propuesta de la Comisión en su versión modificada;
2. Pide a la Comisión que le consulte de nuevo, si se propone modificar sustancialmente esta propuesta o sustituirla por otro texto;
3. Encarga a su Presidente que transmita la posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión.
Posición del Parlamento Europeo adoptada en primera lectura el 21 de febrero de 2008 con vistas a la adopción de la Decisión n° .../2008/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre un marco común para la comercialización de los productos y por la que se deroga la Decisión 93/465/CEE
(Dado que el Parlamento Europeo y el Consejo llegaron a un acuerdo sobre este texto, el tenor de la posición del Parlamento en la primera lectura coincide con el acto legislativo final, la Decisión n° .../2008/CE.)
Aplicación de normas técnicas nacionales a los productos comercializados legalmente en otro Estado miembro ***I
Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 21 de febrero de 2008, sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen procedimientos relativos a la aplicación de determinadas normas técnicas nacionales a los productos comercializados legalmente en otro Estado miembro y se deroga la Decisión nº 3052/95/CE (COM(2007)0036 – C6-0065/2007 – 2007/0028(COD))
– Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2007)0036),
– Vistos el apartado 2 del artículo 251 y los artículos 37 y 95 del Tratado CE, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C6-0065/2007),
– Visto el artículo 51 de su Reglamento,
– Vistos el informe de la Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor y las opiniones de la Comisión de Industria, Investigación y Energía y de la Comisión de Asuntos Jurídicos (A6-0489/2007),
1. Aprueba la propuesta de la Comisión en su versión modificada;
2. Pide a la Comisión que le consulte de nuevo, si se propone modificar sustancialmente esta propuesta o sustituirla por otro texto;
3. Encarga a su Presidente que transmita la posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión.
Posición del Parlamento Europeo adoptada en primera lectura el 21 de febrero de 2008 con vistas a la adopción del Reglamento (CE) n° .../2008 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen procedimientos relativos a la aplicación de determinadas normas técnicas nacionales a los productos comercializados legalmente en otro Estado miembro y se deroga la Decisión nº 3052/95/CE
(Dado que el Parlamento Europeo y el Consejo llegaron a un acuerdo sobre este texto, el tenor de la posición del Parlamento en la primera lectura coincide con el acto legislativo final, el Reglamento (CE) nº .../2008.)
Situación en Gaza
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Resolución del Parlamento Europeo, de 21 de febrero de 2008, sobre la situación en Gaza
– Vistas sus anteriores resoluciones sobre Oriente Medio, en particular la de 1 de junio de 2006 sobre la crisis humanitaria en los territorios palestinos y el papel de la UE(1), la de 16 de noviembre de 2006 sobre la situación en la Franja de Gaza(2), la de 21 de junio de 2007, sobre MEDA y la ayuda financiera a Palestina - evaluación, ejecución y control(3), la de 12 de julio de 2007, sobre la situación en Oriente Próximo(4) y la de 11 de octubre de 2007, sobre la situación humanitaria en Gaza(5),
– Vistas las Resoluciones 242 (S/RES/242) de 22 de noviembre de 1967 y 338 (S/RES/338) de 22 de octubre de 1973 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas,
– Visto el Cuarto Convenio de Ginebra (1949),
– Vista la Declaración de Annapolis de 27 de noviembre de 2007,
– Vistas las conclusiones del Consejo de Asuntos Generales y Relaciones Exteriores de 28 de enero de 2008,
– Vista la declaración sobre la situación en Gaza de la Comisión de Asuntos Políticos, Seguridad y Derechos Humanos de la Asamblea Parlamentaria Euromediterránea, de 28 de enero de 2008,
– Vista la Resolución (A/HRC/S-6/L.1) del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas sobre las violaciones de los derechos humanos en la Franja de Gaza, de 24 de enero de 2008,
– Visto el apartado 4 del artículo 103 de su Reglamento,
A. Considerando que, a consecuencia del embargo sobre el desplazamiento de personas y de mercancías, de la negación parcial del acceso al agua potable, a la comida y a la electricidad, y de la falta de bienes y servicios esenciales, la situación humanitaria en la Franja de Gaza se ha deteriorado aún más,
B. Considerando que los pasos de frontera con Gaza han estado cerrados durante meses; considerando también que el embargo sobre la circulación de personas y mercancías ha paralizado aún más la economía en la Franja de Gaza,
C. Considerando que sectores clave de los servicios públicos, incluidos los sistemas sanitarios y de educación, se están enfrentando a carencias graves debido a una falta de materiales básicos necesarios para su funcionamiento; considerando asimismo que la falta de medicinas y de combustible para hacer funcionar los generadores en los hospitales en la Franja de Gaza está poniendo en peligro vidas palestinas,
D. Considerando que cientos de miles de palestinos cruzaron recientemente la frontera entre la Franja de Gaza y Egipto, tras derribar el muro fronterizo, para buscar productos esenciales para sus necesidades básicas; considerando asimismo que las fuerzas egipcias volvieron gradualmente a controlar la situación y cerraron de nuevo la frontera el 3 de febrero de 2008, poniendo fin a la libre circulación de los palestinos, conforme habían solicitado las autoridades israelíes,
E. Considerando que la destrucción de parte del muro fronterizo es una consecuencia directa de la crisis humanitaria extremadamente grave en Gaza, y ha conducido a que la población palestina se esfuerce por reclamar su derecho vital a la libertad de circulación,
F. Considerando que, después de mucho tiempo sin acciones de este tipo, un reciente ataque terrorista suicida en Dimona ha provocado muertos y heridos entre la población civil israelí; considerando que las milicias palestinas han seguido lanzando misiles desde la Franja de Gaza contra el territorio israelí; considerando que el ejército israelí ha continuado sus operaciones militares, que ponen en peligro y causan muertes a la población civil, así como las ejecuciones selectivas extrajudiciales en la Franja de Gaza,
G. Considerando que la situación y los recientes acontecimientos en la Franja de Gaza amenazan con socavar las negociaciones en curso entre israelíes y palestinos y los esfuerzos encaminados a celebrar un acuerdo para finales de 2008, según lo declarado por las partes en la Conferencia Internacional de Annapolis de 27 de noviembre de 2007,
H. Considerando que la Unión Europea ha proporcionado una considerable ayuda financiera a los palestinos en los últimos años; considerando que el Mecanismo Internacional Temporal de la UE y la financiación de proyectos han desempeñado un papel importante para evitar una catástrofe humanitaria en la Franja de Gaza y en Cisjordania; considerando que la Comisión, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, el Organismo de Obras Públicas y Socorro de las Naciones Unidas para los Refugiados de Palestina en el Cercano Oriente y el Banco Mundial suspendieron varios proyectos de infraestructuras a causa de la imposibilidad de importar materias primas; considerando que estas oficinas, agencias y organizaciones humanitarias han continuado sus actividades a escala limitada a pesar de todos los obstáculos; considerando que la Unión Europea sigue proporcionando ayuda humanitaria al pueblo palestino y subvenciones directas a los empleados de la Autoridad Palestina en la Franja de Gaza; considerando que el Mecanismo Palestino-Europeo de gestión de la Ayuda Socio-Económica (PEGASE) constituirá un nuevo mecanismo de financiación de la UE y otra ayuda internacional para los territorios palestinos,
I. Considerando que en la conferencia celebrada en Annapolis todas las partes expresaron su deseo de iniciar de nuevo negociaciones con vistas al establecimiento de un Estado palestino soberano y viable, junto a un Estado israelí seguro,
J. Considerando que los participantes en la Conferencia Internacional de Donantes para el Estado Palestino, celebrada en diciembre de 2007 en París, prometieron un total de 7 400 millones de dólares para apoyar la consolidación institucional palestina y la recuperación económica para los próximos tres años,
K. Considerando que el Enviado Especial del Cuarteto ha identificado cuatro proyectos prioritarios para el desarrollo económico y el fortalecimiento institucional para los territorios palestinos, incluida la restauración de la depuradora de aguas residuales de Beit Lahia en Gaza septentrional,
1. Reitera su profunda preocupación por la crisis humanitaria y política en la Franja de Gaza y sus posibles consecuencias graves; considera que los recientes sucesos en Rafah, incluidos las acontecimientos pacíficos y los actos violentos, son resultado de la crisis en la Franja de Gaza;
2. Expresa sus profundas condolencias a la población civil afectada por la violencia en Gaza y en el sur de Israel;
3. Reitera su llamamiento a un cese inmediato de todos los actos de violencia;
4. Pide a Israel que cese las acciones militares que ponen en peligro y ocasionan muertes a la población y las ejecuciones selectivas extrajudiciales;
5. Pide a Hamas, después de la toma de posesión ilegal de la Franja de Gaza, que impida que las milicias palestinas lancen misiles desde la Franja de Gaza al territorio israelí;
6. Cree que la política de aislamiento de la Franja de Gaza ha fracasado, tanto a nivel político como humanitario; insta de nuevo a todas las partes para que respeten plenamente el Derecho internacional, y especialmente el Derecho Internacional Humanitario;
7. Considera positiva la reacción de Egipto ante las perturbaciones en Rafah, que permitió a muchas familias palestinas tener acceso a productos esenciales para sus necesidades básicas; insta al Gobierno de Egipto a continuar desempeñando un papel activo en el mantenimiento de la paz y la estabilidad en el área;
8. Insta de nuevo a que se ponga fin al bloqueo y se proceda a una reapertura controlada de los pasos de frontera con Gaza; pide a Israel que garantice la circulación de personas y mercancías en Rafah, Karni y otros pasos fronterizos, de conformidad con el Acuerdo sobre desplazamientos y accesos; pide que se reanude la Misión de Asistencia Fronteriza de la UE en Rafah; apoya la declaración del Alto Representante para la Política Exterior y de Seguridad Común de la UE, de que se debe considerar un nuevo mandato del Consejo para la Misión; en este contexto, pide una mayor presencia internacional en la zona;
9. Acoge con satisfacción la propuesta de la Autoridad Palestina de tomar el control de los pasos fronterizos, sobre la base de un acuerdo que incluya a Egipto, a Israel y a la Autoridad Palestina, y apoya la reciente resolución adoptada por la Liga Árabe a este respecto; sin embargo, pide a la Autoridad Palestina que ayude a establecer las condiciones necesarias para la participación de todas las partes interesadas en la Franja de Gaza a este respecto;
10. Considera que la población civil no debería verse afectada por ninguna acción militar, ni sufrir castigo colectivo alguno; pide a Israel que cumpla sus obligaciones internacionales, como fuerza de ocupación de la Franja de Gaza; pide a Israel que garantice el acceso continuo y suficiente a la Franja de Gaza de la ayuda y la asistencia humanitarias y de bienes y servicios básicos, incluidos los suministros de combustible y alimentos; expresa su gran preocupación ante la decisión de Israel de introducir recortes progresivos de un 5 % semanal en los suministros de energía a la Franja de Gaza, que no se puede considerar coherente con la cobertura de las necesidades humanitarias mínimas; acoge con satisfacción la petición de 10 organizaciones humanitarias israelíes en contra de los cortes de combustible y electricidad en la Franja de Gaza;
11. Considera que el funcionamiento de las instituciones públicas que proporcionan servicios esenciales y las operaciones de las oficinas, agencias y organizaciones humanitarias internacionales que intentan mejorar las condiciones de los palestinos que viven en la Franja de Gaza requieren un diálogo entre la Autoridad Palestina y Hamas, a pesar del punto muerto político;
12. Subraya la gran importancia de una conexión geográfica y comercial permanente entre la Franja de Gaza y Cisjordania y de una reunificación política pacífica y duradera, y pide a Hamas que revise su posición, en línea con los principios del Cuarteto y las obligaciones internacionales previamente acordadas, y que apoye el proceso de paz y las negociaciones en curso;
13. Reitera su petición de que se libere inmediatamente al cabo israelí Shalit Gilad, lo que se percibiría como un acto de buena voluntad por parte de Hamas, y a todos los exministros, legisladores y alcaldes palestinos encarcelados; reconoce la importancia de la liberación de detenidos para cimentar la confianza en el contexto de las actuales negociaciones de paz;
14. Recuerda a las partes los compromisos que contrajeron en Annapolis de mantener negociaciones de buena fe con objeto de concluir un tratado de paz antes de que concluya 2008 que resuelva todos los problemas pendientes, incluidos todos los problemas centrales, sin excepción, según lo especificado en acuerdos previos; insta a ambas partes a cumplir sus obligaciones en el marco de la Hoja de Ruta;
15. Pide al Consejo y a la Comisión que continúen garantizando, junto con la comunidad internacional, la ayuda humanitaria esencial para los palestinos que viven en la Franja de Gaza, prestando especial atención a las necesidades de los grupos particularmente vulnerables; subraya la importancia del nuevo mecanismo financiero PEGASE; sin embargo, expresa su preocupación profunda por la destrucción de instalaciones financiadas en el contexto de la ayuda humanitaria o de la financiación de proyectos proporcionada por la Unión Europea, que mina la eficiencia de la ayuda de la UE y afecta a la solidaridad de los ciudadanos en los Estados miembros;
16. Acoge con satisfacción el resultado de la Conferencia internacional de donantes para el Estado palestino, celebrada el mes de diciembre de 2007, a saber, el compromiso de facilitar más de 7 400 millones de dólares, y pide a todos los donantes que cumplan sus compromisos en apoyo a los esfuerzos para construir el futuro Estado palestino de conformidad con el Plan de reforma y desarrollo presentado por el Primer Ministro Salam Fayyad;
17. Expresa su gran preocupación por las consecuencias para la salud humana y el medio ambiente derivadas de la falta de mantenimiento de las instalaciones de tratamiento de las aguas residuales, y pide en especial a todas las partes que faciliten el acceso a los productos necesarios para la reparación y la reconstrucción de la planta de Beit Lahia, según lo determinado por el Enviado Especial del Cuarteto;
18. Pide un proyecto energético urgente y ejemplar para Gaza, posiblemente en la zona de Rafah, con objeto de garantizar la autonomía y la autosuficiencia de la producción de electricidad y la desalinización para la población;
19. Pide a su Grupo de trabajo sobre el Oriente Próximo que examine, en cooperación con la Comisión y las organizaciones internacionales pertinentes, las consecuencias de la destrucción de las infraestructuras en la Franja de Gaza, prestando especial atención a las instalaciones financiadas en el marco de la ayuda humanitaria o de la financiación de proyectos proporcionada por la Unión Europea;
20. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, al Alto Representante para la Política Exterior y de Seguridad Común, a los Gobiernos y los Parlamentos de los Estados miembros, al Secretario General de las Naciones Unidas, al Enviado Especial del Cuarteto para Oriente Próximo, al Presidente de la Asamblea Parlamentaria Euromediterránea, al Presidente de la Autoridad Nacional Palestina, al Consejo Legislativo Palestino, al Gobierno de Israel, y a la Knesset, así como al Gobierno y al Parlamento de Egipto.
– Vistas sus anteriores resoluciones sobre la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas aprobadas desde 1996, en particular su Resolución, de 7 de junio de 2007, sobre el 5º período de sesiones del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas(1), así como las de 16 de marzo de 2006, sobre el resultado de las negociaciones sobre el Consejo de Derechos Humanos y el 62º período de sesiones de la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas(2), de 29 de enero de 2004, sobre las relaciones entre la Unión Europea y las Naciones Unidas(3), de 9 de junio de 2005, sobre la reforma de las Naciones Unidas(4), de 29 de septiembre de 2005, sobre el resultado de la Cumbre Mundial de las Naciones Unidas (14-16 de septiembre de 2005)(5), y de 26 de abril de 2007, relativa al Informe anual sobre los Derechos Humanos en el mundo (2006) y la política de la UE a este respecto(6),
– Vistas sus resoluciones de urgencia sobre los derechos humanos y la democracia,
– Vista la Resolución A/RES/60/251 de la Asamblea General de las Naciones Unidas por la que se establece el Consejo de Derechos Humanos (CDH),
– Vistos los períodos de sesiones ordinarios y extraordinarios del CDH, en especial el sexto período ordinario de sesiones, así como el sexto período extraordinario de sesiones sobre "Violaciones de los derechos humanos resultantes de los ataques e incursiones militares israelíes en el Territorio Palestino ocupado, particularmente en la Franja de Gaza ocupada", celebrado los días 23 y 24 de enero de 2008,
– Visto el próximo 7º período de sesiones del CDH, que se celebrará en marzo de 2008,
– Vistas las rondas primera y segunda del examen periódico universal que se celebrarán del 7 al 18 de abril de 2008 y del 5 al 16 de mayo de 2008,
– Visto el apartado 4 del artículo 103 de su Reglamento,
A. Considerando que el respeto, el fomento y la salvaguardia de la universalidad de los derechos humanos forman parte del acervo ético y jurídico de la Unión Europea y constituyen una de las piedras angulares de la unidad y de la integridad europeas,
B. Considerando que el CDH proporciona una plataforma efectiva para consolidar la protección y la promoción de los derechos humanos en el marco de las Naciones Unidas,
C. Considerando que el 7º período de sesiones del CDH será crucial, ya que será el primero en examinar una amplia serie de asuntos fundamentales con arreglo a los nuevos métodos de trabajo, que se derivan de las reformas de consolidación institucional adoptadas en 2006 y 2007, y dado que perfeccionará las modalidades del examen periódico universal,
D. Considerando que la credibilidad del CDH reside en la aplicación de estas reformas y mecanismos de una manera que consolide su capacidad para hacer frente a las violaciones de los derechos humanos en todo el mundo,
E. Considerando que para el 7º período de sesiones del CDH se establecerá una delegación ad hoc del Parlamento Europeo, tal y como se hizo los dos años pasados y, anteriormente, en el caso de la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, la predecesora del CDH,
La labor del Consejo de Derechos Humanos
1. Subraya el papel fundamental del CDH en la arquitectura general de las Naciones Unidas; reitera su opinión de que debería centrarse fundamentalmente en abordar las violaciones de los derechos humanos, dado que las situaciones políticas generales entran dentro del ámbito de competencia de otros organismos de las Naciones Unidas; subraya las características específicas del CDH: a saber, el importante papel de los Procedimientos Especiales, las sesiones extraordinarias, el examen periódico universal, el diálogo interactivo y su capacidad de abordar las crisis urgentes;
2. Toma nota de los resultados de los trabajos del CDH; acoge con satisfacción el cumplimiento del ambicioso programa que se fijó el CDH, que incluía la revisión de sus procedimientos y métodos de trabajo, en especial el desarrollo y la aplicación del examen periódico universal y la revisión de los Procedimientos Especiales;
3. Rinde homenaje a los logros positivos de la presidencia del CDH y, en especial, a su excelente cooperación con la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (OACDH); invita a la UE a apoyar de forma prioritaria a candidatos con unas elevadas normas de integridad para la elección del nuevo Presidente del CDH, que debe celebrarse el 23 de junio de 2008;
4. Acoge con satisfacción la organización de sesiones extraordinarias, ya que constituyen vínculos esenciales entre las violaciones graves de los derechos humanos y los peritajes independientes; no obstante, expresa su preocupación por el hecho de que el CDH no haya adoptado medidas para abordar muchas de las situaciones más urgentes que se registran en el mundo en materia de violaciones de derechos humanos;
5. Señala que la finalidad de las sesiones extraordinarias es hacer frente a las crisis urgentes, mientras que las violaciones persistentes de los derechos humanos deberían ser abordadas en las sesiones ordinarias, que permiten un análisis más detallado y proporcionan soluciones a largo plazo;
6. Subraya que las sesiones extraordinarias requieren una preparación previa y unos métodos de trabajo estructurados para lograr un resultado positivo; a este respecto, observa el éxito de iniciativas clave de la UE;
7. Señala el impacto directo de la sesión extraordinaria sobre Birmania, celebrada en Ginebra en octubre de 2007, que desembocó en la condena de la represión llevada a cabo por el Gobierno y en la visita del Relator Especial para investigar la situación de los derechos humanos en Birmania; lamenta la falta de seguimiento y supervisión de las recomendaciones del Relator Especial, ya que la situación de los derechos humanos en Birmania está empeorando;
Elección por parte de la Asamblea General de las Naciones Unidas de nuevos miembros del CDH
8. Pide que se celebren elecciones competitivas en todas las regiones en mayo de 2008, a fin de proporcionar verdaderas opciones entre los Estados miembros de las Naciones Unidas; lamenta que hasta ahora se haya elegido a algunos países con dudosas trayectorias en materia de derechos humanos, dado que supone que se ha hecho borrón y cuenta nueva;
9. Invita al Consejo, a la Comisión y a los Estados miembros a que sigan reclamando el establecimiento de criterios de pertenencia para la elección del CDH, incluida la emisión de invitaciones permanentes a los Procedimientos Especiales, así como la supervisión de la aplicación real de los compromisos electorales de los Estados miembros de las Naciones Unidas; a la espera de dicha reforma, pide que esta norma se aplique a la hora de determinar el apoyo de los Estados miembros de la UE a los países candidatos en el seno del CDH;
Procedimientos y mecanismos Examen periódico universal
10. Considera que el mecanismo del examen periódico universal puede contribuir a mejorar la universalidad de la supervisión de los compromisos y las prácticas en materia de derechos humanos en todo el mundo, al someter a todos los Estados miembros de las Naciones Unidas a un mismo trato y control;
11. Señala que el objetivo del examen periódico universal es realizar un examen objetivo de la situación de un país para determinar las áreas de violación de los derechos humanos que podrían mejorarse mediante el intercambio de buenas prácticas y una cooperación reforzada que culminen en recomendaciones y conclusiones; a este respecto, invita a los Estados miembros de la UE y a la Comisión a que tengan en cuenta estas recomendaciones y conclusiones al definir los objetivos y las prioridades de los programas de ayuda de la UE;
12. Pide que el proceso del examen periódico universal, cuyas rondas primera y segunda se celebrarán del 7 al 18 de abril de 2008 y del 5 al 16 de mayo de 2008, esté a la altura de las expectativas manifestadas hasta ahora; invita a los Estados miembros de la UE a que lleven a cabo un examen periódico universal, de manera transparente y objetiva en consonancia con la citada Resolución 60/251; invita a los Estados miembros de la UE sujetos a un examen periódico universal a ser autocríticos y a no limitar sus presentaciones a una enumeración de sus logros positivos;
13. Observa que aún faltan por abordar varias cuestiones, incluida la selección de las llamadas troikas del examen periódico universal, que facilitarán el examen de los Estados miembros de las Naciones Unidas en el ámbito de los derechos humanos; a este respecto, insta a los Estados miembros de la UE a no aceptar la posibilidad de que los países que sean objeto de examen rechacen de manera confidencial la selección de países responsables de su examen;
14. Invita a los miembros del CDH a que designen a expertos independientes como sus representantes en el grupo de trabajo responsable de la realización del examen periódico universal; invita a los Estados miembros de la UE a que asuman la iniciativa promoviendo un planteamiento semejante mediante la adopción de directrices comunes sobre las modalidades del examen periódico universal;
15. Subraya la importancia de la participación de la sociedad civil, los defensores de los derechos humanos y los Procedimientos Especiales; reitera su opinión de que las conclusiones y recomendaciones de los mismos deberían constituir la base para un examen independiente y creíble;
Revisión de los mandatos y nombramiento de los titulares de los mandatos de los Procedimientos Especiales
16. Destaca que los Procedimientos Especiales son un elemento esencial de la maquinaria de las Naciones Unidas en materia de derechos humanos, y desempeñan un papel crucial, sobre todo en el CDH; reitera la necesidad de que los miembros del CDH cumplan con su obligación de cooperar plenamente con los Procedimientos Especiales;
17. Subraya que la credibilidad del CDH dependerá de los nuevos nombramientos de los titulares de los mandatos de los Procedimientos Especiales en marzo de 2008;
18. Invita a designar como titulares de los mandatos a personas con una competencia reconocida en materia de derechos humanos, una experiencia pertinente, independencia, imparcialidad, integridad personal y objetividad, así como un conocimiento exhaustivo del sistema de Procedimientos Especiales;
19. Insta a los Gobiernos, las ONG y las asociaciones profesionales pertinentes a remitir los nombres de candidatos idóneos para que sean incluidos en la lista pública de candidatos aptos gestionada por la OACDH;
20. Invita al grupo consultivo responsable del examen de los candidatos a mandatos de Procedimientos Especiales y de la presentación de recomendaciones para los nombramientos al Presidente del Consejo a cumplir con su mandato de manera objetiva y transparente y a basar sus decisiones en criterios de profesionalidad e integridad personal;
21. Reprueba la decisión del CDH de no renovar los mandatos de los Relatores Especiales sobre Belarús y Cuba;
22. Acoge favorablemente la renovación de los mandatos por país de la Relatora Especial sobre Sudán y de los expertos independientes sobre Liberia, Haití y Burundi;
23. Lamenta el apoyo de la UE a la decisión del CDH de desmantelar su grupo de expertos sobre Darfur; señala que el seguimiento del trabajo del grupo de expertos ha sido añadido al mandato de la Relatora Especial sobre Sudán; se muestra por tanto preocupado por el riesgo de que su mandato pueda verse debilitado por el aumento de la carga de trabajo;
24. Aboga, dado su importante valor añadido, anima a que se reflexione con mayor introspección sobre la discontinuación de los mandatos de los grupos de expertos en el futuro;
25. Acoge con satisfacción la renovación de los mandatos temáticos revisados hasta ahora;
26. Invita a los Estados miembros de la UE a que garanticen la renovación de los mandatos de los Relatores Especiales sobre Birmania y sobre la República Popular Democrática de Corea, así como la prolongación de los mandatos de los expertos independientes sobre Somalia y sobre la República del Congo;
27. Aplaude la creación de un mecanismo de expertos sobre los derechos humanos de los pueblos indígenas, compuesto de cinco miembros independientes;
28. Alienta la celebración, y en cualquier caso durante el año 2008, de debates sobre la cuestión de la violencia contra las mujeres en todas sus formas y manifestaciones, así como el establecimiento de prioridades para abordar esta cuestión en el seno del CDH en sus esfuerzos y programas de trabajo futuros, con arreglo a lo acordado en la Resolución A/RES/61/143 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, de 19 de diciembre de 2006 sobre intensificación de los esfuerzos para eliminar todas las formas de violencia contra la mujer;
29. Señala la adopción, el 18 de junio de 2007, de un Código de Conducta para los titulares de mandatos de Procedimientos Especiales; invita al CDH a aplicar dicho Código de Conducta, en consonancia con la citada Resolución 60/251, y a respetar la independencia de los Procedimientos Especiales;
30. Respalda los esfuerzos del Comité de Coordinación de los Procedimientos Especiales para elaborar el procedimiento idóneo que permita que el Código de Conducta y otros documentos pertinentes, incluido el manual de los Procedimientos Especiales, se apliquen de tal manera que se refuerce su capacidad para proteger y promover los derechos humanos; invita al Comité de Coordinación de los Procedimientos Especiales a que trabajen de manera eficaz y transparente con objeto de evitar los debates técnicos que pudieran retrasar los debates fundamentales y obstaculizar los mandatos de Procedimientos Especiales;
Procedimiento de denuncia
31. Señala que el procedimiento de denuncia descrito como parte del proceso de consolidación institucional del CDH es muy similar al antiguo "procedimiento 1503"; aboga por un nuevo proceso que sea más efectivo a la hora de determinar, prevenir y abordar situaciones de violación flagrante y manifiesta de los derechos humanos;
Participación de la UE
32. Reconoce la participación activa de la UE y de sus Estados miembros en el primer año de funcionamiento del CDH;
33. Acoge con satisfacción la participación de la UE en las difíciles negociaciones del sexto período ordinario de sesiones que trataba, en particular, de lograr resultados positivos, sobre todo en relación con la renovación de los mandatos de los Procedimientos Especiales;
34. Señala que es necesario que la UE hable con una sola voz para abordar las cuestiones de derechos humanos, pero también subraya la importancia de que cada uno de los Estados miembros de la UE se hagan eco de la posición de la UE, para darle más peso;
35. Invita a la UE a patrocinar su propia resolución para lograr un consenso al abordar las actuales violaciones de los derechos humanos en relación con el bloqueo en Gaza y los ataques con misiles contra Israel;
36. Aboga por una cooperación reforzada con la OACDH y por el mantenimiento de su independencia mediante la concesión de una financiación adecuada;
37. Solicita un apoyo continuo de los Procedimientos Especiales, en términos tanto de financiación como de personal; expresa su apoyo al Instrumento Europeo para la promoción de la democracia y de los derechos humanos(7), ya que constituye una fuente importante de financiación para los Procedimientos Especiales; acoge favorablemente las iniciativas de la presidencia del Grupo de Trabajo sobre los Derechos Humanos (COHOM) para mejorar su cooperación con los Relatores Especiales, en especial a través de invitaciones sistemáticas a las reuniones pertinentes;
38. Invita a la Comisión y al Consejo a adoptar una "posición común", con objeto de garantizar que los Estados miembros de la UE firmen y ratifiquen automáticamente todos los instrumentos internacionales de protección de los derechos humanos;
39. Destaca la labor de la UE en favor de la adopción de resoluciones por consenso; invita a los Estados miembros de la UE a seguir esforzándose por involucrar a países de otros grupos regionales para garantizar un amplio apoyo a las resoluciones que refuerzan la protección y promoción de los derechos humanos; invita a la UE a hacer un uso más efectivo de su ayuda y su apoyo político a terceros países, a fin de incentivarles para que cooperen con el CDH;
40. Encarga a la delegación del Parlamento Europeo para el 7º período de sesiones del CDH de las Naciones Unidas que se haga eco de las preocupaciones recogidas en la presente Resolución, pide a la delegación que informe de su visita a la Subcomisión de Derechos Humanos, y considera oportuno que se siga enviando una delegación del Parlamento Europeo a los períodos de sesiones pertinentes del CDH;
o o o
41. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros, al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, al Secretario General de las Naciones Unidas, al Presidente de la 62ª Asamblea General de las Naciones Unidas, al Presidente del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y al Grupo de trabajo UE-Naciones Unidas creado por la Comisión de Asuntos Exteriores.
Reglamento (CE) nº 1889/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, por el que se establece un instrumento financiero para la promoción de la democracia y de los derechos humanos a escala mundial (DO L 386 de 29.12.2006, p. 1).
El futuro demográfico de Europa
251k
101k
Resolución del Parlamento Europeo, de 21 de febrero de 2008, sobre el futuro demográfico de Europa (2007/2156(INI))
– Vista su Resolución, de 14 de marzo de 1997, sobre el Informe de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo sobre la situación demográfica en la Unión Europea (1995)(1),
– Vista su Resolución, de 12 de marzo de 1998, sobre el Informe demográfico 1997 de la Comisión(2),
– Vista su Resolución, de 15 de diciembre de 2000, sobre la Comunicación de la Comisión titulada "Hacia una Europa para todas las edades - Fomentar la prosperidad y la solidaridad entre las generaciones"(3),
– Vista la Comunicación de la Comisión titulada "La respuesta de Europa al envejecimiento a escala mundial - Promover el progreso económico y social en un mundo en proceso de envejecimiento - Contribución de la Comisión Europea a la segunda Asamblea Mundial sobre el Envejecimiento" (COM(2002)0143),
– Visto el Pacto Europeo para la Juventud adoptado por el Consejo Europeo celebrado en Bruselas los días 22 y 23 de marzo de 2005,
– Visto el Libro Verde de la Comisión titulado "Frente a los cambios demográficos, una nueva solidaridad entre generaciones" (COM(2005)0094),
– Vista su Resolución, de 23 de marzo de 2006, sobre los retos demográficos y la solidaridad entre generaciones(4),
– Vista su Resolución, de 6 de septiembre de 2006, sobre un modelo social europeo para el futuro(5),
– Vista la Comunicación de la Comisión titulada "El futuro demográfico de Europa: transformar un reto en una oportunidad" (COM(2006)0571),
– Vista la Comunicación de la Comisión titulada "Promover la solidaridad entre las generaciones" (COM(2007)0244),
– Visto el dictamen del Comité Económico y Social titulado " La familia y la evolución demográfica"(6), de 14 de marzo de 2007, y su principal propuesta de un pacto europeo para la familia que los Estados miembros deberán firmar,
– Visto el Documento de trabajo de los servicios de la Comisión titulado "Europe's demographic future: facts and figures" (SEC(2007)0638),
– Visto el artículo 45 de su Reglamento,
– Vistos el informe de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales y las opiniones de la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género, de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios, de la Comisión de Desarrollo Regional y de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior (A6-0024/2008),
A. Considerando que la natalidad, la esperanza de vida y los flujos migratorios son algunos de los factores que se conjugan en la demografía; que las actuales tasas dejan prever, en la perspectiva de 2050, cambios demográficos de gran alcance en los Estados miembros que se traducirán en un envejecimiento de la población europea, cuya media de edad podría pasar de los 39 años en 2004 a los 49 en 2050,
B. Considerando que, según las estimaciones de la Comisión, estos cambios demográficos podrían modificar profundamente la estructura de la población y la pirámide de edad; que el número de personas de edades comprendidas entre los 0 y los 14 años pasará de 100 millones (índice de 1975) a 66 millones en 2050; que la población en edad de trabajar alcanzará un máximo de 331 millones en 2010 para disminuir luego gradualmente a unos 268 millones en 2050; que entre 2004 y 2050, al aumentar la esperanza de vida en 6 años para los hombres y en 5 para las mujeres, el porcentaje de personas de más de 80 años pasará del 4,1 % en 2005 al 11,4% en 2050,
C. Considerando que la media europea de la tasa de dependencia por vejez (número de personas de más de 65 años dividido por el número de personas de edades comprendidas entre los 14 y los 65 años) ascenderá del 25 % en 2004 al 53 % en 2050,
D. Considerando, no obstante, que la tasa de dependencia económica (número de personas económicamente inactivas como los jubilados, los niños y los jóvenes estudiantes dividido por la población activa) es mucho más importante que la tasa de dependencia por vejez para estimar el coste de la población inactiva para la sociedad,
E. Considerando que el cambio demográfico repercutirá considerablemente en el gasto público que, según las previsiones, aumentará en un 10 % entre 2004 y 2050,
F. Considerando que las modificaciones demográficas no afectarán al volumen total de la población europea de aquí a 2050 pero darán lugar a desequilibrios territoriales significativos; que algunas regiones de la Unión Europea se caracterizan por amplios movimientos de emigración de jóvenes, sobre todo de mujeres jóvenes; que la importancia relativa de la población europea a escala mundial pasaría del 15 % hace un siglo al 5 % en 2050; considerando que este fenómeno afecta a las regiones de la UE de manera muy diferente, pues mientras en regiones que generan emigración el porcentaje de personas mayores se sitúa ya por encima de la media, no se observa este fenómeno en regiones de inmigración debido a la afluencia de jóvenes migrantes,
G. Considerando que la infertilidad es una de las causas del declive demográfico y que debería reconocerse como un problema de salud pública y como un problema social que afecta a los hombres y a las mujeres; recuerda a la Comisión Europea el llamamiento sobre la infertilidad y la demografía lanzado por el Parlamento Europeo en 2005, en el que le pedía que formulara recomendaciones en este ámbito,
H. Considerando que la inmigración legal es un elemento positivo de la composición de la población europea necesario para mantener el equilibrio demográfico; sin embargo, considerando que la inmigración legal por sí sola no es suficiente para contrarrestar el progresivo envejecimiento de la población en la Unión Europea y que son necesarias medidas para aumentar la natalidad de la población residente en la Unión Europea,
I. Considerando que la inmigración es únicamente una solución parcial y a corto plazo del cambio demográfico en Europa, que requiere compromisos de los Estados miembros para garantizar el respeto del principio de igualdad de género en los sectores público y privado, la protección de la maternidad, la oferta de apoyo social y económico para las familias y la adopción de medidas para mejorar la conciliación de la vida familiar y laboral de hombres y mujeres,
J. Considerando que la discapacidad está estrechamente vinculada a la edad y que las personas mayores son más propensas a padecer deficiencias o discapacidades,
Observaciones generales
1. Toma nota con preocupación de las proyecciones demográficas en la perspectiva de 2050; subraya, no obstante, que unas proyecciones a 50 años no son previsiones irreversibles sino alertas graves a las que es oportuno dar, desde ahora, las respuestas para el mañana con el fin de mantener la competitividad, la viabilidad de la economía, la cohesión social, la solidaridad entre las generaciones y el modelo social europeo; considera que la perspectiva de una disminución de la población de aquí a 2050 podría implicar una disminución de la presión sobre el medio ambiente y ofrecer la oportunidad de un desarrollo sostenible, lo que a su vez necesita políticas proactivas para adaptar en consecuencia la ordenación del espacio, la vivienda, el transporte y todos los demás tipos de infraestructuras; reconoce las competencias de los Estados miembros a este respecto;
2. Recuerda, en primer lugar, que las dos principales causas de los cambios demográficos, es decir, la baja de la tasa de natalidad y el envejecimiento de la población, son fruto del progreso; que el aumento de la esperanza de vida es la consecuencia directa de los progresos de la ciencia, de la higiene y del nivel de vida; que el control por parte de las mujeres de su propia fertilidad es el resultado de su emancipación y es paralela al aumento del nivel de educación de las jóvenes y a la participación de las mujeres en la vida activa y en las responsabilidades públicas; estima que todo ello ha de considerarse un acervo irreversible para la humanidad;
3. Reconoce que la condición para mejorar la tasa de natalidad consiste en que la sociedad considere a los niños como una parte central de la política; insiste en la necesidad de crear un entorno favorable para las familias y mejorar las condiciones de vida de las familias y los niños, a fin de realizar las verdaderas aspiraciones de las familias;
4. Subraya, no obstante, que la tasa media de natalidad anormalmente baja (1,5) en la Unión Europea no es únicamente resultado de la voluntad de las mujeres ni de las aspiraciones de los ciudadanos europeos a fundar una familia, por lo que podría estar ligada también a la dificultad para conciliar la vida profesional y la vida familiar (inexistencia de infraestructuras de acogida para niños de corta edad, de apoyo socioeconómico a las familias y al empleo de las mujeres), a un contexto social que tiende a producir angustia (inestabilidad en el trabajo, carestía del alojamiento) y a los temores respecto del futuro (acceso tardío al empleo para los jóvenes y precariedad en el trabajo);
5. Recuerda que el consumo de alcohol y de drogas entre los jóvenes representa un importante riesgo de carácter público con tremendas consecuencias demográficas, como la disminución de la capacidad laboral o la aptitud para formar una familia; recomienda, por lo tanto, que se establezcan programas marco específicos para prevenir el consumo de alcohol y de drogas a temprana edad y para superar los problemas de dependencia de las drogas y el alcohol entre los jóvenes;
6. Estima que la prolongación de la esperanza de vida es un dato positivo y que como tal se ha de considerar; pide que los Estados miembros garanticen la protección contra el riesgo de caer en la pobreza a las personas jubiladas carentes de medios para tener una vivienda, acceder a los cuidados médicos o tener un final de vida digno;
7. Insta a que se adopten medidas globales contra la discriminación, puesto que la cuestión del futuro demográfico de Europa no puede disociarse del problema de los grupos vulnerables que viven en las periferias internas de la sociedad y sufren de pobreza extrema y a quienes, con frecuencia, se considera culpables de su condición, lo que influye no solamente en la infancia sino también en las futuras generaciones;
8. Llama la atención sobre las situaciones de malos tratos y de falta de atención de que son víctimas las personas mayores en su familia o en centros de acogida; pide a los Estados miembros y a la Comisión que se esfuercen por dar a conocer el alcance de los abusos contra las personas mayores en la Unión Europea; observa que, según las estimaciones, antes de fallecer, un 10 % de las personas mayores sufre alguna forma de abuso físico, económico o psicológico; pide a la Comisión y a los Estados miembros que desarrollen la información, los sistemas de alerta y las sanciones contra estos malos tratos; se congratula por la intención de la Comisión de elaborar en 2008 una comunicación sobre los abusos contra las personas mayores; solicita que dicha comunicación facilite la oportunidad de elaborar una estrategia global para desarrollar una amplia campaña de sensibilización y acciones en dicho ámbito (formación de los prestatarios, definición de normas de calidad, sanciones contra los malos tratos);
9. Lamenta que, hasta ahora, no se hayan tomado medidas suficientes para preparar a la Unión Europea a este reto previsible desde hace varios años; lamenta, en particular, que no se hayan cumplido los objetivos de la Estrategia de Lisboa y los compromisos del Consejo Europeo de Barcelona de los días 15 y 16 de marzo de 2002 en favor del cuidado de los niños, del empleo de los mayores de 55 años, de una mejor compatibilidad de la vida familiar y profesional y de la participación de las mujeres en la vida activa en la gran mayoría de los Estados miembros, y que la Unión Europea en su conjunto aún se halle bastante lejos de alcanzar esos objetivos;
10. Pide a los Estados miembros que adopten medidas que contemplen la creación de centros de acogida de niños y otras personas dependientes, de buena calidad y a precios asequibles, de conformidad con los objetivos fijados por el Consejo Europeo de Barcelona de los días 15 y 16 de marzo de 2002, por los que se pedía a los Estados miembros que creasen, a más a tardar en 2010, centros de acogida para, al menos, el 90 % de los niños de edades comprendidas entre los tres años y la edad de inicio de la escolarización obligatoria, y para, al menos, el 33 % de los niños menores de tres años; destaca que estas medidas deben permitir a los padres adaptar su participación en el mercado laboral en función de su ritmo de vida;
11. Considera que los objetivos de la Unión Europea no deben limitarse al cumplimiento de los objetivos de Barcelona relativos a las estructuras de acogida de menores; opina que esas estructuras deben ser consideradas como servicios universales, a disposición de todos aquellos que los necesiten;
12. Destaca que muchas pequeñas empresas están mal preparadas para los desafíos del envejecimiento de la población activa y pueden necesitar la asistencia de los Estados miembros al respecto;
13. Se congratula por la iniciativa de la Comisión de continuar el trabajo de reflexión sobre este gran reto; anima a la Comisión a impulsar, a escala regional y local, la determinación y el intercambio de buenas prácticas, y a aprovechar esta oportunidad para innovar dentro de la Unión Europea; comparte su planteamiento global del reto demográfico y las cinco orientaciones clave que se plasman en un pacto de solidaridad entre las generaciones, los géneros y los territorios; recuerda que, para superar satisfactoriamente los desafíos demográficos, los Estados miembros deben aplicar la estrategia de Lisboa eficazmente y establecer una estrecha coordinación a escala de los Estados miembros entre las políticas macroeconómicas y las políticas sociales, con objeto de que el crecimiento, la competitividad y la productividad del sistema económico de la Unión Europea respondan a los desafíos que plantea el envejecimiento de la población y permitan a los Estados miembros cumplir las obligaciones que les corresponden planificando para ello unas políticas innovadoras en los ámbitos de la hacienda pública, los servicios sanitarios y los servicios de interés general (SIG), de la inmigración y de la integración;
El reto de la renovación demográfica
14. Reconoce que la maternidad es una de las decisiones más íntimas de hombres y mujeres y que ha de ser respetada; opina que, vistas las diferencias de la tasa de natalidad que entre Estados miembros, que oscila entre 1,25 y 2,0, es posible modificar positivamente la curva de natalidad mediante políticas públicas concertadas que creen un entorno material y psicológico favorable a la familia y la infancia; reconoce que, de conformidad con los principios defendidos por el Comité Económico y Social Europeo en su propuesta de Pacto europeo para la familia, las medidas en cuestión deberían adoptarse en una perspectiva de largo plazo y debería ofrecer el marco de estabilidad y protección de las decisiones parentales;
15. Pide a los Estados miembros que se inspiren en las mejores prácticas en lo que se refiere a la duración de los permisos por maternidad, que oscilan según los Estados miembros entre 14 y 28 semanas, así como en relación con los permisos parentales, los cuidados y el acompañamiento prenatal, la garantía de ingresos durante el embarazo y la reincorporación al mismo puesto; desea asimismo que los Estados miembros tomen medidas y prevean sanciones contra la violencia y los malos tratos domésticos;
16. Recuerda las discriminaciones de que son víctimas las mujeres en materia de condiciones laborales y la desconfianza de los empleadores con respecto al deseo de maternidad de aquellas; recuerda que las mujeres trabajan en condiciones inferiores a sus cualificaciones y que el inferior nivel de ingresos con respecto a la media de los salarios de referencia es perjudicial para su indispensable independencia económica; hace un llamamiento a los Estados miembros para que apliquen debidamente la Directiva 2006/54/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2006, relativa a la aplicación del principio de igualdad de oportunidades e igualdad de trato entre hombres y mujeres en asuntos de empleo y ocupación (7), y para que transpongan la Directiva 92/85/CEE del Consejo, de 19 de octubre de 1992, relativa a la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud en el trabajo de la trabajadora embarazada, que haya dado a luz o en período de lactancia (8); solicita a los Estados miembros que, en el marco de la Directiva 92/85/CEE, adopten medidas contra los empleadores que discriminen directa o indirectamente a las trabajadoras que deseen ser madres;
17. Pide a los Estados miembros que consideren medidas para garantizar a las mujeres protección y apoyo específicos después del parto, en particular a las madres solteras jóvenes, teniendo en cuenta el creciente número de familias monoparentales, que en un 85 % de los casos están encabezadas por mujeres, que están expuestas a un mayor riesgo de pobreza;
18. Llama la atención sobre la necesidad de prever gastos públicos para los niños de corta edad y las familias numerosas mediante, en particular, la prestación de servicios de ayuda para la acogida de los hijos y la protección de las madres aisladas y las familias monoparentales, que están especialmente amenazadas por la exclusión social, el aislamiento y la pobreza; destaca que esas prestaciones son de interés general y contribuyen a la creación de puestos de trabajo y al desarrollo económico local y regional; pide a la Comisión que dé relevancia a los ejemplos de mejores prácticas en las regiones de determinados Estados miembros;
19. Recomienda, por consiguiente, una combinación de inversiones públicas y privadas en el sector de la acogida de niños y en el sistema educativo preescolar;
20. Subraya que el acceso a los servicios adecuados para el cuidado de los niños, los ancianos, las personas con discapacidad y otras personas dependientes es esencial a fin de permitir la participación plena y equitativa de hombres y mujeres en el mercado laboral, lo que repercutirá en el nivel de cuidados informales disponibles en el hogar;
21. Recuerda que el diálogo social ha llegado a acuerdos sobre el permiso parental y el tiempo parcial que han sido objeto de la Directiva 96/34/CE del Consejo de 3 de junio de 1996 relativa al Acuerdo marco sobre el permiso parental(9) y la Directiva 97/81/CE del Consejo de 15 de diciembre de 1997 relativa al Acuerdo marco sobre el trabajo a tiempo parcial(10); pide a los Estados miembros y a la Comisión que se aseguren de que se aplican estas disposiciones, dentro del respeto del principio de subsidiariedad;
22. Pide a los Estados miembros que faciliten el envío a familias de acogida de los niños víctimas de malos tratos, huérfanos o criados en centros especializados; pide que se reflexione a escala europea sobre los procedimientos de adopción de niños originarios de Estados miembros o países terceros, y que se vele por que se apliquen las normativas nacionales e internacionales y, caso de ser necesario, se modifiquen dentro del respeto de los niños; pide que se extreme la vigilancia con respecto a todas las formas de malos tratos y de trata de seres humanos;
23. Subraya que las estructuras familiares están cambiando; pide por tanto a la Comisión y a los Estados miembros que tomen debidamente en cuenta esta realidad a la hora de elaborar y aplicar sus políticas;
24. Subraya la necesidad de mejorar el Derecho de la UE a favor de la protección de la paternidad; pide a la Comisión que proponga medidas específicas para facilitar una mayor participación en la vida familiar reforzando los derechos a los permisos de paternidad; pide a la Comisión y a los Estados miembros que fomenten los derechos de los padres en lo que se refiere a la educación y la custodia de los hijos, en particular en caso de separación y de divorcio, para desarrollar la igualdad de género en la sociedad europea;
25. Pide a la Comisión que tome en consideración el delicado problema de la infertilidad, que afecta a mujeres, casadas o no, y a parejas;
26. Observa que la infertilidad es un estado médico reconocido por la Organización Mundial de la Salud que puede tener graves consecuencias como la depresión; destaca que la esterilidad va en aumento y que actualmente afecta a casi el 15 % de las parejas; pide por tanto a los Estados miembros que garanticen a las parejas el derecho de acceso universal al tratamiento de la infertilidad;
27. Anima a los Estados miembros a definir e intercambiar las buenas prácticas en favor de la familia, de los regímenes de subsidios familiares y de los servicios sociales de interés general de protección y asistencia a la familia; pide a los Estados miembros que apoyen específicamente a los padres jóvenes que siguen adelante con la formación y los estudios;
28. Pide a los Estados miembros que reconozcan el valor social, económico y educacional del trabajo de la familia informal en forma de cuidado de niños y de otras personas dependientes, al mismo tiempo que examina la posibilidad de reconocer la duración del servicio, la seguridad social y los derechos de pensión de aquellos que llevan a cabo dicho trabajo informal;
29. Anima a los Estados miembros a que lleven a cabo acciones positivas de apoyo a los padres, como los derechos adicionales de jubilación o las desgravaciones fiscales para la creación de guarderías en las empresas, y a que intercambien las buenas prácticas en este ámbito;
El reto de los recursos humanos
30. Observa que, frente al desequilibrio entre población no activa y activa que generan las mutaciones demográficas, la Unión dispone de márgenes de progresión de empleo importantes para el empleo de las mujeres, de los jóvenes, de las personas mayores y de los discapacitados; afirma que el pleno empleo debe convertirse en un objetivo a corto plazo en el marco de la revisión de la estrategia de Lisboa en 2008;
31. Preconiza la reforma de la actual gestión de los recursos humanos europeos que, debido al subempleo de los jóvenes de menos de 25/30 años y de las personas de edad a partir de los 55, limita a aproximadamente 30 años la vida activa de gran parte de la población; pide que se promuevan técnicas preventivas y holísticas de gestión de la edad;
32. Propone un planteamiento global y cualitativo de los recursos humanos y la definición de un "ciclo de vida activa" que conjugue la formación, el aprendizaje permanente y la valorización de los conocimientos y cualificaciones formales o informales, así como de la trayectoria profesional desde el comienzo hasta el final de la vida activa;
33. Reconoce que la segmentación del mercado laboral y la creciente supremacía de los trabajos precarios conduce a una mayor inseguridad en la vejez; considera que los Estados miembros deben examinar e intercambiar ideas sobre las mejores prácticas en lo que respecta al mantenimiento de las contribuciones sociales a través de todo el ciclo de la vida con el fin de reforzar la seguridad en la vejez;
34. Considera que cualquier medida que se adopte en relación con la evolución demográfica debe tener en cuenta el aumento de la productividad que se observa en cada trabajador en activo y que, por consiguiente, no sólo importa el número de trabajadores en activo en comparación con el número de trabajadores inactivos, sino que es necesario también tener en cuenta el aumento de la productividad;
35. Preconiza que se entable un verdadero diálogo con los interlocutores sociales, las empresas, el mundo académico, las Organizaciones no Gubernamentales y los medios de comunicación con el fin de prepararse de cara a estas mutaciones demográficas; subraya que, en el futuro, la mejora de la productividad dependerá principalmente de la inversión en investigación y desarrollo y en la innovación tecnológica, e insiste en la necesidad vital para las empresas de anticipar sus necesidades en competencias mediante la gestión de las previsiones en empleos y carreras, y de que contribuyan mediante inversiones en el aprendizaje permanente a la cualificación ulterior de los trabajadores;
36. Solicita iniciativas concretas para fomentar la prolongación de la actividad laboral de las personas de edad que así lo deseen que permita transferir las características específicas de la experiencia profesional a los jóvenes, a los trabajadores y a los empresarios;
37. Preconiza la inversión en educación y formación, incluida la utilización de las nuevas tecnologías, para elevar el nivel de formación básica de todos, lo que condiciona la capacidad futura de adaptación y de reconversión mediante el aprendizaje a lo largo de toda la vida, así como el desarrollo de medidas de ayuda a la inserción profesional inicial de los jóvenes y a la reinserción profesional de los trabajadores de edad y de los grupos de personas vulnerables, con objeto de que sirvan de acompañamiento de los itinerarios profesionales a lo largo de la vida activa;
38. Propone que en las empresas, en el marco de la autonomía de los interlocutores sociales o previa consulta de los comités de empresa, disminuyan cuanto antes el recurso a la jubilación anticipada, de conformidad con las tradiciones de los Estados miembros, y pide a éstos que apoyen el papel de los trabajadores de edad y fomenten su contratación; reconoce, no obstante, que, en el caso de los trabajadores de edad (aquellos que superen la edad mínima de jubilación) que no deseen seguir desarrollando una actividad laboral a tiempo completo, pueden estudiarse las experiencias en materia de tiempo parcial, régimen laboral flexible, teletrabajo y trabajo compartido, opciones que constituyen una forma innovadora de jubilación progresiva y limitan los efectos del stress que conlleva la jubilación;
39. Considera que ha llegado el momento de combatir el "estrés del pensionista", es decir, el síndrome de desazón, inutilidad y aniquilación que sufre el trabajador pocos días después de su jubilación, cuando descubre que es inútil, está abandonado, solo y sin futuro;
40. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que propongan incentivos para favorecer el acceso de los jóvenes al mercado laboral apoyando, por ejemplo, las tutorías entre trabajadores próximos a la jubilación y jóvenes trabajadores mediante sistemas de puestos de trabajo compartidos y de tiempo de trabajo parcial, con miras a facilitar el recambio generacional;
41. Pide una reforma profunda de la gestión de las carreras de los asalariados de edad que en la actualidad se ven penalizados llegados a los 50 años por discriminaciones en la contratación, un acceso insuficiente a la formación, en particular a las nuevas tecnologías, la falta de reconocimiento de la experiencia adquirida y una promoción profesional prácticamente inexistente; recuerda que las restricciones vinculadas a la edad en materia de formación profesional son discriminatorias, y pide a los Estados miembros que informen claramente al respecto a los empleadores y formadores; solicita, a tal fin, que se transponga inmediatamente y se aplique efectivamente la Directiva 2000/78/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación(11) por la que se declara ilegal la discriminación basada en la edad en los ámbitos de la formación y el empleo; estima que, independientemente de la cuestión relativa al acceso a las competencias, los trabajadores de edad necesitan con frecuencia una ayuda en ámbitos más personales relacionados con el trabajo, tales como las técnicas en materia de entrevistas, la adquisición de confianza en uno mismo y la redacción de un currículo; pide a los Estados miembros que examinen la posibilidad de difundir la información sobre empleo destinada específicamente a los trabajadores de edad y de iniciar un mayor número de programas gubernamentales para fomentar el empleo entre los trabajadores de edad; solicita a la Comisión que asuma las tareas de vigilancia e intervenga ante los Estados miembros que mantienen en su legislación discriminaciones por razón de discapacidad o edad;
42. Pide la Comisión que esté vigilante e intervenga ante aquellos Estados miembros que mantengan en su legislación discriminaciones por discapacidad o edad, en contradicción con los Tratados y con la Carta de los Derechos Fundamentales que, a partir del 1 de enero de 2009 como muy pronto, tendrá vigencia legal en todo el territorio de la Unión, con el fin de que procedan rápidamente a la derogación de la citada legislación;
43. Insta a la Comisión a que reúna datos estadísticos desglosados por grupos de edad según los diferentes problemas a los que se enfrentan y el amplio espectro de discriminaciones por motivos de edad;
44. Recuerda que las personas de edad no son una sola categoría; subraya, en particular, que las mujeres de edad y las personas mayores de las minorías étnicas pueden sufrir múltiples discriminaciones;
45. Destaca que el trabajo a tiempo parcial es una medida útil para la reinserción en el mercado laboral; alienta a los Estados Miembros a que apoyen en particular a las pequeñas empresas en la promoción del tiempo parcial y de prácticas de trabajo flexibles; recalca el valor positivo del trabajo a tiempo parcial para los trabajadores de edad que tal vez ya no deseen una ocupación a tiempo completo;
46. Pide a los Estados miembros que promuevan el papel de los trabajadores de edad en el mercado de trabajo poniendo de relieve las ventajas de emplear a los trabajadores de edad, y que animen a los empleadores a adoptar prácticas de trabajo flexibles que alentarán a los trabajadores de edad a participar en el mercado laboral;
47. Pide a la Comisión que lleve a cabo un estudio basado en datos desglosados por sexo sobre los beneficios fiscales y las barreras existentes en relación con el empleo, con especial atención a la población de mayor edad;
48. Insta a la Comisión y a los Estados miembros a que mejoren el acceso a la formación a lo largo de la vida laboral;
49. Recuerda que el principio de edad legal de jubilación es un acervo de los modelos sociales europeos y una garantía contra la prolongación obligatoria de la vida activa más allá de límites razonables;
50. Recuerda que la jubilación es un derecho que todo trabajador puede hacer valer a partir de la edad legal de jubilación fijada en cada Estado miembro, en concertación con los interlocutores sociales y en el respeto de las tradiciones nacionales;
51. Subraya la enorme disparidad existente entre hombres y mujeres en relación con la cuantía media de la pensión de jubilación, derivada de las interrupciones de carrera para asumir responsabilidades familiares con respecto a los hijos o los padres de edad avanzada; pide a los Estados miembros que adopten medidas para que las interrupciones de la actividad profesional por maternidad o permisos parentales dejen de ser una penalización con respecto al cálculo de los derechos a la jubilación; anima a los Estados miembros a examinar la posibilidad de fijar bonificaciones para las pensiones de jubilación en función del número de hijos criados, y de reconocer el papel de la ayuda a las personas dentro de la sociedad;
52. Pide a los Estados miembros que adopten las medidas necesarias para la modernización de los sistemas de seguridad social y protección social, incluidos los regímenes de pensiones, a fin de asegurar su viabilidad financiera y permitirles hacer frente a los efectos del envejecimiento de la población; destaca que debe prestarse especial atención a la situación de las mujeres de edad avanzada, más vulnerables al aislamiento y a la pobreza;
53. Pide a la Comisión que elabore un estudio comparativo de los distintos regímenes de jubilación y de seguridad social de las mujeres por Estado miembro, para así determinar las mejores prácticas en relación con el aumento del empleo femenino y con la conciliación armónica de la vida familiar y profesional;
54. Insta a la Comisión y a los Estados miembros a que centren urgentemente su atención en el apoyo al empleo para los trabajadores de edad, habida cuenta de que en muchos Estados miembros está previsto aumentar la edad de la jubilación;
55. Considera, sin embargo, que la esperanza y la calidad de la vida de las personas que hayan superado la edad legal de jubilación son mayores que nunca, y considera, en este contexto, que los Estados miembros en concertación con los interlocutores sociales, y en el respeto de las tradiciones nacionales, deberían promover y no impedir el establecimiento de normas y reglas comunes que permitan a los trabajadores prolongar su vida activa sobre una base voluntaria después de la edad legal fijada por cada Estado miembro; anima a la Comisión a que siga realizando estudios comparativos sobre la diversidad de los regímenes de pensión en los Estados miembros, así como sobre las repercusiones económicas y sociales de las reformas previstas en los Estados miembros;
56. Pide a los Estados miembros que adopten medidas que permitan conciliar el empleo de las mujeres y su promoción profesional con sus obligaciones familiares y combatir la discriminación y los estereotipos que siguen afectándolas en el mercado laboral y en la educación; recuerda el principio de igualdad entre hombres y mujeres y que la igual remuneración por un trabajo igual en el mismo lugar de trabajo es un principio intangible del modelo social europeo;
57. Exige, por consiguiente, medidas en materia de Derecho laboral que conduzcan a la supresión definitiva de esta forma de discriminación, en particular la desigualdad salarial entre hombres y mujeres, así como la incorporación de los aspectos de igualdad de género en la elaboración del presupuesto público;
58. Recuerda que un buen ambiente de trabajo es un importante factor de productividad; pide a los Estados miembros que promuevan acciones en el lugar de trabajo para reducir el riesgo de accidentes para los trabajadores de edad, así como intervenciones para mejorar las condiciones psicológicas, sociales y físicas del entorno laboral, modificar el contenido y la organización del trabajo, mejorar la salud general, el bienestar, la capacidad de trabajo de los trabajadores e incrementar las capacidades y la competencia profesional de los trabajadores; pide a las empresas que inviertan en la prevención de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, en medicina del trabajo, higiene y diálogo social;
59. Subraya que es indispensable que el lugar de trabajo sea accesible y, por lo tanto, seguro para los trabajadores de edad y los trabajadores con discapacidad, mediante la realización de ajustes razonables y equipos especiales adaptados a sus necesidades y exigencias; hace hincapié, asimismo, en que un entorno accesible permite a las personas mayores vivir con autonomía, lo que significa un ahorro para los fondos públicos que se invierten en la atención institucionalizada;
60. Pide a los Estados miembros que establezcan el derecho de solicitar el horario flexible o el trabajo a tiempo parcial no sólo para los padres, sino también para los trabajadores de edad que, a su vez, podrían tener responsabilidades de prestación de cuidados;
61. Subraya el papel de las Pequeñas y Medianas Empresas como elemento clave para generar empleo en la Unión;
62. Toma nota de que el sector de los servicios es el que emplea el mayor número de mujeres, migrantes y trabajadores de edad; pide la realización urgente del mercado interior de los servicios;
El reto de la solidaridad entre las generaciones y los territorios
63. Recuerda que con arreglo al principio de solidaridad entre generaciones, principio de excelencia de los modelos sociales europeos, la población activa se hace cargo de los ingresos de sustitución y de los costes de protección y salud de la población no activa (niños, jóvenes, personas dependientes y personas mayores); insiste en que el principio de solidaridad se ha de mantener a pesar del desequilibrio demográfico previsible;
64. Destaca la importancia de la intervención activa de los entes públicos, en particular mediante la existencia de servicios sociales de interés general (SSIG) tanto a disposición de las familias y los niños como con vistas a la acogida y la asunción de los cuidados a las personas mayores y todas las personas dependientes; considera que el acceso a dichos servicios constituye un derecho fundamental; pide a la Comisión que garantice la seguridad jurídica de los SSIG en el marco del Derecho comunitario que asegura el acceso universal y el principio de solidaridad;
65. Subraya que es importante que los Estados miembros compartan información y mejores prácticas sobre la forma en que los regímenes sanitarios pueden prepararse al incremento de la demanda de una población que envejece, en particular si se tiene en cuenta que el envejecimiento de la población hará aumentar considerablemente el gasto público en cuidados sanitarios, puesto que la discapacidad y las enfermedades aumentan significativamente a muy avanzada edad, especialmente en el caso de las personas de más de 80 años que representan el grupo de población que aumentará más rápidamente en las próximas décadas;
66. Pide a los Estados miembros que apliquen medidas más estrictas contra toda forma de evasión en el pago de impuestos y de cotizaciones a la seguridad social a fin de garantizar la sostenibilidad de los regímenes de pensiones; considera que los Estados miembros deben aplicar políticas laborales activas y eficaces y les pide que prevean sistemas flexibles, así como posibilidades de elección personal en cuanto a la fecha de jubilación (más allá del umbral de la edad mínima), mediante mecanismos de incentivos para los trabajadores que decidan permanecer activos más tiempo;
67. Recuerda la enorme contribución que aportan las personas mayores a la cohesión social y económica, y que su participación activa en las relaciones de solidaridad familiar y entre generaciones fortalece la redistribución de los recursos existentes dentro de la cadena familiar; considera, por otra parte, que se debe facilitar y fomentar su participación en actividades de voluntariado; opina, por último, que su consumo de bienes y servicios, y de prestaciones de ocio, cuidados y bienestar constituye un sector económico en fase de expansión y una nueva fuente de riqueza denominada "oro gris"; pide, así pues, a los Estados miembros que fomenten y desarrollen la participación económica y social de las personas mayores, velando particularmente por su bienestar físico y por que disfruten de unas buenas condiciones de vida social y financiera;
68. Pide a los Estados miembros que promuevan la consulta de las personas mayores a fin de mantener la solidaridad entre las generaciones y que, junto con los socios a escala local, faciliten su participación en actividades voluntarias de carácter educativo, cultural o empresarial;
69. Pone de relieve la importancia del trabajo voluntario como acceso a la reinserción de muchas personas en el mercado de trabajo; insta a los Gobiernos a que faciliten la participación de las personas mayores en el trabajo voluntario recibiendo subsidios;
70. Recuerda que los servicios sociales de interés general (SSIG), en particular los relativos a la acogida, la salud y la educación de los niños pequeños, facilitan la integración de los padres en el mercado laboral y contribuyen a la lucha contra la pobreza, en particular en el caso de las familias monoparentales; manifiesta su convicción de que estos servicios son esenciales para que la Unión responda a los desafíos demográficos; señala que, por otra parte, al crear puestos de trabajo, los SSIG estimulan el desarrollo económico local y regional y contribuyen a la competitividad de la Unión; considera indispensable, desde este punto de vista, que se determinen los servicios sociales de interés general de naturaleza económica (SSIEG) y se evalúe su impacto social y económico; pide que se establezcan indicadores de calidad para mejorar los progresos realizados en relación con los objetivos de Barcelona; subraya que los SSIEG a favor de las personas mayores y dependientes merecen la misma atención y el mismo trato;
71. Destaca que, en las regiones con población en declive, las actividades de voluntariado y las redes sociales contribuyen en gran medida a atender las necesidades de la población local, pero que no pueden reemplazar el cometido esencial que desempeñan los poderes públicos en la prestación de servicios de interés general en las regiones; considera que conviene reconocer ese compromiso civil y otorgar a sus actores la categoría de interlocutores en el ámbito de la política regional; destaca que con ello se pondrán en marcha procesos de aprendizaje que permitirán a las regiones abordar los desafíos del cambio demográfico;
72. Anima a los Estados miembros y a las autoridades regionales a utilizar los Fondos Estructurales a tal fin, y pide a la Comisión que apoye, dentro del marco de la cooperación territorial (artículo 7, apartado 3 del Reglamento (CE) n° 1083/2006 del Consejo, de 11 de julio de 2006 , por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión(12)) el intercambio de experiencias de las regiones en las que la "economía plateada" ya desempeña un importante cometido o podría desempeñarlo en el futuro;
73. Pide que se entable un amplio debate sobre el derecho a una pensión digna para todos, condición de la solvencia, la dignidad y la inclusión social de la población de edad; recuerda la gran contribución de la población de edad a la cohesión social a través del trabajo voluntario y de la prestación de cuidados;
74. Pide a los Estados miembros que coordinen su reflexión sobre las posibles reformas que podrían garantizar la permanencia de los regímenes de pensiones y de protección social, y que introduzcan en ellos disposiciones para garantizar a las mujeres que los períodos correspondientes a permisos de maternidad y excedencia por cuidado de hijo computen a efectos del cálculo de sus derechos de pensión;
75. Pide a los Estados miembros que todavía no han examinado la vinculación entre la concesión de pensiones y los incentivos para el trabajo, en particular por lo que concierne al trabajo flexible, que sometan a examen esta cuestión con el fin de suprimir los factores de desincentivación para el trabajo;
76. Observa que el envejecimiento de la sociedad europea engloba considerables desigualdades regionales y que los datos nacionales relativos a los cambios demográficos enmascaran realidades locales diversas, siendo difícil en ocasiones determinar las necesidades en términos de infraestructuras y las transferencias financieras necesarias desde los gobiernos centrales; pide a la Comisión que contribuya a mejorar la calidad y fiabilidad de los datos estadísticos relativos a las tendencias demográficas; solicita a la Comisión y a los Estados miembros que aceleren aún más el proceso de libre circulación de todos los trabajadores dentro de la Unión ampliada antes incluso de 2014;
77. Alienta a los Estados miembros a que en sus sistemas de pensiones respectivos mantengan el equilibrio presupuestario entre ingresos y gastos, en el respeto del principio de la subsidiariedad, y expresa su reconocimiento a los Estados miembros que reservan cada año fondos presupuestarios para el pago de las futuras pensiones;
78. Constata que el impacto del cambio demográfico es grave en las diferentes regiones y que se requieren estrategias distintas de adaptación según se trate de una región de acogida de inmigración o de una región con población en declive; constata que la calidad de vida se define de distinta manera en las regiones con población en declive, por lo general rurales, y en las regiones con crecimiento demográfico, por lo que se precisan distintas estrategias de promoción;
79. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que consideren la dimensión generacional en la solidaridad entre las regiones de Europa y que tengan en cuenta las repercusiones territoriales de gran envergadura de las diferentes tendencias demográficas que se registran en la Unión; subraya que dichas repercusiones son importantes en materia de vivienda e infraestructuras, en particular en las zonas urbanas en las que se va a registrar probablemente un aumento y una fuerte concentración de población migrante; destaca asimismo las necesidades específicas a escala local de las regiones cuya población envejece en materia de inversiones en los servicios de proximidad, con objeto de tener en cuenta las necesidades de las personas mayores y de garantizar, todo el tiempo posible, su autonomía e independencia; propone que en la atribución de los Fondos estructurales y en las posibilidades que ofrece el Fondo Social Europeo para movilizar el capital social local en virtud de la prestación, se tengan en cuenta esas necesidades de inversión; pide que se mantengan más allá de 2013; subraya que las regiones de emigración deben adoptar medidas para mantener un equilibrio demográfico natural, recurriendo para ello a inversiones en favor del empleo, la formación y el acceso a los servicios públicos;
80. Propone a la Comisión que, en el marco de la cooperación territorial, promueva la creación de redes europeas en las que las autoridades locales y regionales y la sociedad civil puedan aprender unas de otras para resolver los problemas derivados del cambio demográfico;
81. Insta a los Estados miembros a que promuevan los proyectos intergeneracionales en los que las personas mayores trabajan junto con los jóvenes para compartir capacidades y adquirir nuevos conocimientos; pide a la Comisión que facilite el intercambio de buenas prácticas en este ámbito;
82. Insta a los Estados miembros a que apoyen a las regiones con emigración neta garantizando un alto nivel en los servicios básicos de interés general (por ejemplo, educación ―preescolar y atención a la infancia incluidas―, sanidad, bienestar y servicios postales), aseguren la accesibilidad (por ejemplo mediante transportes públicos, infraestructuras de transporte y redes de telecomunicaciones) y garanticen la participación y los conocimientos (por ejemplo mediante la formación, incluyendo métodos de aprendizaje a lo largo de toda la vida, y el uso de nuevas tecnologías y la inversión en las mismas); insiste en que las condiciones marco para el cumplimiento de esas tareas se adapten a las necesidades locales y a los actores locales y en que se mejore la adaptabilidad de estos; destaca, en particular, la situación de las islas, las regiones fronterizas, las regiones montañosas y otras zonas alejadas de los núcleos de población;
83. Se congratula de la propuesta de establecimiento de un Fondo de Integración Europea; pide a las autoridades nacionales, regionales y locales competentes para la elaboración y gestión de la Política de Cohesión y de la Política de Desarrollo Rural que colaboren en mayor medida para animar a la gente a instalarse en las regiones rurales con población en declive mejorando las condiciones de vida y de trabajo en esas regiones;
84. Se congratula de que, en su Cuarto informe sobre la cohesión económica y social, la Comisión haya identificado el creciente desequilibrio demográfico como uno de los desafíos que conviene abordar; aguarda con interés los resultados de la consulta social y la definición del cometido de la política regional para contrarrestar los efectos negativos del cambio demográfico en el próximo período de programación;
85. Recuerda a los Estados miembros las múltiples desventajas que experimentan los cuidadores, especialmente los cuidadores de edad, y sugiere que se preste más apoyo a estos grupos a fin de que puedan superar los múltiples obstáculos para el empleo;
86. Señala que, probablemente, en las zonas urbanas deprimidas, en las zonas suburbanas y rurales, la tendencia demográfica se caracterizará por la despoblación con un impacto decisivo en la vivienda y las infraestructuras;
87. Pide a los Estados miembros que favorezcan el acceso a una vivienda digna para las familias, especialmente las familias monoparentales y las personas mayores, por ejemplo a través de "proyectos intergeneracionales" vinculados al desarrollo y ordenación urbanos;
88. Subraya que los desequilibrios demográficos mundiales podrían acentuar las desigualdades de desarrollo y las presiones migratorias; pide a la Comisión y a los Estados miembros que integren estos elementos en sus políticas de inmigración en un objetivo de codesarrollo;
El reto de la inmigración integrada
89. Observa que la inmigración es y seguirá siendo uno de los elementos de la demografía de la Unión Europea y podría ser una aportación positiva desde el punto de vista económico, social y cultural; pide, por lo tanto, a la Comisión, a los Estados miembros y a los interlocutores sociales que desarrollen un enfoque sereno y razonado de la inmigración con el fin de hacer frente a las opiniones y actitudes xenófobas y racistas y fomentar la integración plena y efectiva de los migrantes en la sociedad;
90. Reconoce, no obstante, que la inmigración ofrece también oportunidades, en particular a las regiones de emigración, de detener las repercusiones negativas del cambio demográfico, e insta, por tanto, a los Estados miembros a reconocer la integración de los migrantes como una medida política importante desde el punto de vista estratégico;
91. Considera que en los Estados miembros de la Unión se deben fortalecer las políticas de integración a fin de facilitar el establecimiento de los migrantes en la Unión; acoge, por lo tanto, con satisfacción la Decisión 2007/435/CE del Consejo, de 25 de junio de 2007, por la que se establece el Fondo Europeo para la Integración de Nacionales de Terceros Países para el período 2007-2013 como parte del programa general Solidaridad y gestión de los flujos migratorios(13), y confía en que contribuirá a facilitar la integración social y económica de los migrantes en la Unión;
92. Subraya la necesidad de definir las políticas de inmigración y de coordinarlas entre los Estados miembros garantizando a los migrantes iguales condiciones de vida y de trabajo; pide a la Comisión que estudie y presente lo antes posible una estrategia y medias específicas relativas a la inmigración económica;
93. Subraya que urge coordinar mejor las políticas de inmigración de los Estados miembros con el fin de garantizar una mejor integración de los migrantes en la sociedad y la economía formal, así como su seguridad jurídica y social, incluidos sus derechos a la jubilación; pide a los Estados miembros que luchen decididamente contra la trata de seres humanos y las redes clandestinas, y que sancionen a los empresarios que contraten y/o exploten a obreros en situación irregular; celebra la iniciativa europea contra el trabajo ilegal y la explotación y las condiciones de vida indignas que padecen los migrantes ilegales;
94. Reconoce el papel específico de las ciudades al respecto, ya que la mayoría de los migrantes se asienta en las ciudades; subraya la necesidad de que la Comisión y los Estados miembros tengan en cuenta el impacto de las políticas de inmigración en las ciudades y la necesidad de que participen estrechamente en la elaboración y aplicación de las políticas relacionadas con la inmigración; toma nota con interés de la Integración de las ciudades, proceso iniciado en 2006 por la Comisión y EUROCITIES, así como de la Declaración de Milán sobre la integración, firmada el 6 de noviembre de 2007, para asegurar la continuación del diálogo sobre la aplicación de los principios básicos comunes para la integración en el ámbito de las ciudades;
95. Subraya que la inmigración legal en la Unión Europea debería ser beneficiosa para los migrantes y no una carga para los países de origen; alienta a los Estados miembros a que amplíen sus medidas de integración social y cívica de los migrantes; recomienda que, una vez transcurrido un cierto tiempo de estancia, los trabajadores migrantes puedan optar por el estatuto fijo;
96. Celebra la iniciativa de la Comisión y de los Estados miembros de tener en cuenta la dimensión mundial de la inmigración y las consecuencias de la migración económica en la Unión para el desarrollo de los países de origen; subraya la necesidad de tomar en consideración el riesgo de que se produzca una fuga de cerebros en los países de origen de los migrantes; pide a la Comisión y a los Estados miembros que adopten mediadas eficaces, en colaboración con los países terceros afectados, para luchar contra ese fenómeno;
97. Insiste en que la dimensión humana de la inmigración no tiene que desaparecer bajo las consideraciones estrictamente económicas, y en que la integración familiar debe seguir siendo una posibilidad para los migrantes que lo deseen; pide una estrecha colaboración entre las políticas europeas de inmigración, empleo, asuntos sociales, educación y regional;
98. Recuerda que las remesas de dinero de los migrantes en Europa son un método muy significativo para financiar la vida de las personas mayores en los países en desarrollo;
99. Señala que la política de inmigración debe orientarse contra la discriminación y alcanzar el objetivo de un mayor grado de igualdad jurídica, social y societal tanto para los migrantes que ya están en Europa como para los que vengan en el futuro;
100. Considera que los familiares que acompañan al trabajador migrante deben obtener un permiso de residencia y, en su caso, un permiso de trabajo;
101. Destaca el importante papel desempeñado por las mujeres migrantes y pide a los Estados miembros que les reconozcan el lugar que merecen ocupar en las políticas de integración, garantizándoles todos sus derechos;
102. Pide a los Estados miembros que incluyan en el orden del día de una próxima cumbre un intercambio de puntos de vista sobre los cambios demográficos y sobre las buenas prácticas experimentadas en ámbitos como el envejecimiento activo, el empleo de los jóvenes, las políticas familiares y la integración de los migrantes;
103. Se congratula por el compromiso de la Comisión de presentar cada dos años un informe de situación en paralelo con el Foro demográfico europeo; desea que en dicho informe también se mida el impacto de las políticas adoptadas por los Estados miembros en todos estos ámbitos; respalda la intención de la Comisión de dedicar cada dos años un capítulo de su informe a la infertilidad y de incluir en dicho informe un capítulo relativo a los preparativos de la Unión con vistas a los cambios demográficos; anima a la Comisión a establecer un sistema de indicadores para vigilar y analizar la evolución demográfica en los diferentes Estados miembros y en la Unión;
104. Constata que el futuro demográfico de Europa plantea problemas nuevos por lo que se refiere a los mecanismos democráticos y a los canales a través de los cuales puede ser oída y tener peso en el plano de la decisión política la voz de la multiplicidad de sus componentes; considera que el problema central, en una sociedad cada vez más anciana, es la cuestión de la representación política de los menores que representan el futuro común, y por tanto político, de la comunidad, menores que actualmente no tienen voz ni peso político alguno en el plano de las decisiones; constata que, por diversas razones, se plantea el problema de escuchar la voz de los migrantes, tanto de los adultos como de sus hijos; opina que la cuestión de la voz y de la representación política de los grupos sociales que actualmente se ven privados de ella, en particular los menores, representa un reto fundamental que exige un debate amplio y exhaustivo;
105. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que sensibilicen en mayor medida a los ciudadanos de la Unión respecto de los retos demográficos en Europa, por ejemplo mediante campañas y proyectos piloto sobre la cuestión;
o o o
106. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión y a los Parlamentos de los Estados miembros.
Resolución del Parlamento Europeo, de 21 de febrero de 2008, sobre la importancia de apoyar medidas destinadas a mejorar la cooperación científica internacional con África
– Vistos la reciente Cumbre UE-África de 8 y 9 de diciembre de 2007, la Asociación Estratégica UE-África y el Plan de Acción UE-África (2008-2010),
– Vista su Resolución, de 31 de enero de 2008, sobre el Espacio Europeo de Investigación: nuevas perspectivas(1),
– Visto el papel que desempeña la tecnología energética en la lucha contra el cambio climático,
– Visto el apartado 2 del artículo 103 de su Reglamento,
1. Reconoce que los encargados de la toma de decisiones de África tienden cada vez más a dar prioridad a la ciencia y la tecnología y a la innovación para el desarrollo;
2. Admite la valiosa contribución de la Nueva Alianza para el Desarrollo de África (NEPAD), su Plan de acción consolidado de ciencia y tecnología y el programa de ciencia y tecnología de la Unión Africana, y pide una aplicación reforzada y un desarrollo más amplio de los mismos junto con las medidas necesarias para mejorarlos;
3. Subraya la necesidad de aumentar la participación de científicos africanos en los proyectos de colaboración internacional en el campo científico y de investigación y desarrollo (I+D), con objeto de conservar y desarrollar los conocimiento procedentes de la investigación y el desarrollo en África, en particular en sectores específicos como son los productos alimentarios, la sanidad y la energía;
4. Recuerda que, teniendo en cuenta la importancia especial que se concede a las enfermedades olvidadas en el Séptimo Programa Marco de la Comunidad Europea para acciones de investigación, desarollo tecnológico y demostración (2007 a 2013)(2), se debería prestar una consideración particular a la investigación sobre el VIH/sida en los países africanos;
5. Pide que se refuercen las infraestructuras de investigación existentes con arreglo a las indicaciones de la Unión Africana y de la comunidad científica africana, incluidos la Oficina de Ciencia y Tecnología de la NEPAD, los programas de la Unión Africana y los proyectos de I+D, en particular en sectores específicos como los productos alimentarios, la sanidad y la energía;
6. Insta a los Estados miembros a que promuevan una cooperación en materia de ciencia y tecnología con África que garantice lo más rápidamente posible un desarrollo genuino y global del conocimiento y las tecnologías en los propios países africanos;
7. Observa que el progreso científico contribuye al desarrollo económico y social previsto en los Objetivos de Desarrollo del Milenio; en particular, pide a la Unión Europea que sitúe el cambio climático en el epicentro de su cooperación en materia de pide, con África, centrándose principalmente en las enormes fuentes de energía renovable de que dispone África, sobre todo la energía solar;
8. Pide a los Estados miembros que promuevan la transferencia tecnológica y de conocimiento entre la UE y África así como proyectos de I+D, dentro de un nuevo marco coherente de acción para el logro de objetivos inmediatos y a largo plazo de desarrollo sostenible, y que desarrollen consecuentemente las políticas y los recursos;
9. Pide a la UE y a los Estados miembros que refuercen la cohesión entre la política internacional de la UE en materia de ciencia y tecnología y las necesidades básicas de los países africanos, permitiendo así el desarrollo de un nuevo marco global para la ciencia y la diplomacia con África;
10. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a los Parlamentos de los Estados miembros y a las Naciones Unidas.
– Visto el Cuarto informe sobre la cohesión económica y social (COM(2007)0273) ("cuarto informe"),
– Vista la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, el Consejo, el Comité Económico y Social y el Comité de las Regiones "Estrategia para las regiones ultraperiféricas: logros y perspectivas" (COM(2007)0507),
– Vistos los artículos 158, 159 y 299, apartado 2, del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
– Vistas la Agenda territorial y la Carta Europea de Leipzig sobre ciudades europeas sostenibles, así como el proyecto para un Programa de acción para la aplicación de la Agenda territorial,
– Visto el estudio del Observatorio en red de la ordenación territorial europea (ESPON) titulado "Futuro del territorio - perspectivas territoriales para Europa" y el del Parlamento Europeo sobre desigualdades regionales y cohesión: estrategias para el futuro",
– Vistos los dictámenes del Comité de las Regiones (COTER_IV_011) de 28 de noviembre de 2007 y del Comité Económico y Social Europeo (CESE 1712/2007) del 12 de diciembre de 2007 sobre el Cuarto informe sobre la cohesión,
– Vista su Resolución, de 23 de mayo de 2007, sobre el impacto y las consecuencias de las políticas estructurales en la cohesión de la UE(1),
– Vista su Resolución, de 12 de julio de 2007, sobre el papel y la eficacia de la política de cohesión para reducir las diferencias en las regiones más pobres de la UE(2),
– Vistos el artículo 112, apartado 2, y el artículo 45 de su Reglamento,
– Vistos el informe de la Comisión de Desarrollo Regional y las opiniones de la Comisión de Presupuestos y de la Comisión de Pesca (A6-0023/2008),
A. Considerando que sigue siendo necesaria una política de cohesión europea global debido a la persistencia de grandes desigualdades y problemas estructurales específicos en numerosas regiones europeas, situación que se ha agravado tras la reciente ampliación de la Unión,
B. Considerando que la política de cohesión de la UE sigue siendo un pilar fundamental en el proceso de integración europeo, y desempeña un papel activo en la reducción de las disparidades y de los déficit de desarrollo,
C. Considerando la clara relación que existe entre la subida del euroescepticismo y el aumento de las desigualdades territoriales en y entre las regiones, lo que demuestra la necesidad de una cohesión económica, social y territorial para reforzar la convergencia y asentar la legitimidad de la Unión Europea, siendo por lo tanto indispensable una política regional visible in situ; considerando que las autoridades regionales y locales y los actores locales deben desempeñar un cometido central en la aproximación de las actividades de la UE a los ciudadanos y en la aplicación de la política regional, cuyos logros deberían divulgarse mejor,
D. Considerando que, visto su valor añadido, la política de cohesión ofrece a todas las regiones beneficios concretos en términos de empleo de larga duración y niveles de vida más altos para las poblaciones locales, principalmente a las regiones más retrasadas y contribuye al fortalecimiento de la competitividad y de las capacidades administrativas y a una gestión descentralizada; y que, por lo tanto conviene rechazar cualquier intento de vuelta a la nacionalización de esta política,
E. Considerando que el Tratado de Lisboa, aprobado por los Jefes de Estado y de gobierno el pasado 18 de octubre de 2007 y firmado el 13 de diciembre de 2007, confirma que la cohesión territorial es, junto con la cohesión económica y social, uno de los objetivos fundamentales de la Unión,
F. Considerando que en el futuro se deben garantizar más recursos financieros para la política de cohesión la política de cohesión con el fin de hacer frente a los nuevos desafíos anticipados, que tienen un importante impacto territorial, como el cambio demográfico, la concentración urbana, la segregación, los desplazamientos migratorios (que son particularmente problemáticos para las zonas rurales y periféricas), la adaptación a la globalización, el cambio climático y el suministro energético y el lento proceso de recuperación de las zonas rurales; que estos desafíos sólo pueden abordarse si se reconoce en el futuro la gran importancia de la política de cohesión para este fin;
Resultados desiguales del estado de la cohesión en la Unión Europea de 27 Estados miembros
1. Acoge favorablemente este informe, más detallado que los anteriores, en cuanto que se basa en indicadores diversos y contiene datos comparativos muy útiles de otros países como los Estados Unidos, Japón, China y la India, lo que refleja el contexto internacional en el que operan las economías de la UE;
2. Lamenta sin embargo la falta de datos cruzados y datos comparables de los diferentes niveles NUTS, que permitirían una mejor apreciación de la sostenibilidad del crecimiento y de la convergencia; solicita por lo tanto unas mejores herramientas estadísticas, por ejemplo indicadores distintos del PIB por habitante, que fueron utilizados con éxito en el Cuarto informe sobre la cohesión, para medir mejor el grado de cohesión económica, social y territorial in situ, la contribución de las acciones locales a la política de cohesión de la Unión, y para ello considera necesario un refuerzo de las capacidades del Observatorio en red de la ordenación territorial europea (ESPON);
3. Señala los retrasos en la absorción de los créditos de los Fondos Estructurales en los Estados miembros y pide medidas para mejorar la situación; observa no obstante que es demasiado temprano para evaluar los resultados de la política de cohesión en los nuevos estados miembros; acoge con satisfacción todos los esfuerzos para mejorar la efectividad de la política de cohesión y reducir la excesiva burocracia y pide una evaluación sistemática de esta política; reitera su apoyo incondicional a la "Iniciativa Europea en favor de la Transparencia" de la Comisión, que identificará a los receptores de financiación estructural a partir de 2008;
4. Se congratula de que los antiguos países beneficiarios de la política de cohesión, a saber Grecia, España, Portugal e Irlanda, se hayan recuperado de manera impresionante y hayan registrado una tasa de crecimiento considerable durante el periodo 2000-2006, pero recuerda que, a pesar de su crecimiento, persisten importantes desequilibrios entre sus regiones y problemas estructurales profundos sin solventar;
5. Expresa su satisfacción por la elevada tasa de crecimiento registrada en los nuevos Estados miembros, pero comprueba que la convergencia económica de éstos sólo puede preverse a medio o largo plazo y que será un largo proceso, debido al bajo nivel de PIB por habitante en algunos de esos países;
6. Se felicita de que la Comisión haya reafirmado el importante papel que desempeña la política de cohesión en el refuerzo de la capacidad de todos los Estados miembros de la UE para desarrollar armoniosamente y crear puestos de trabajo nuevos y viables, tal y como ponen de manifiesto los excelentes resultados de la política de cohesión en muchas de las regiones del objetivo 2;
7. Muestra su preocupación por el hecho de que la convergencia entre los países puede ocultar un aumento de las disparidades entre las regiones y dentro de las regiones; constata además que dichas disparidades regionales e infrarregionales pueden observarse en varios ámbitos, como el empleo, la productividad, las rentas, los niveles de educación, la capacidad de innovación; subraya también el papel de la cooperación territorial para contribuir a superar estos problemas;
8. Subraya por ejemplo que la competitividad regional depende en gran medida de la productividad, de la accesibilidad de los mercados y de los niveles de formación de la mano de obra, que varían bastante más de una región a otra que de un Estado a otro; toma nota asimismo de que los factores institucionales se consideran cada vez más elementos clave de la competencia, comprendiendo tales factores la inyección de capital social en forma de cultura empresarial y normas comunes de comportamiento que faciliten la cooperación y la actividad empresarial, así como la eficiencia de la administración pública;
9. Comprueba en ese sentido que determinadas regiones desarrolladas e incluso algunas regiones menos desarrolladas empiezan a acumular múltiples problemas con un gran impacto territorial en su potencial de desarrollo: bajas tasas de crecimiento económico, descenso de la productividad y del empleo o envejecimiento de la población;
10. Observa que, si bien unas tasas de crecimiento elevadas han permitido que en algunos Estados miembros de la UE se registre el pleno empleo y aumente el PIB por habitante, en otros países las diferencias entre los distintos grupos sociales han aumentado por lo que no debe olvidarse que la integración social es un elemento necesario para los sectores más vulnerables de la población;
11. Subraya la escasa convergencia en los niveles de educación y un verdadero abismo educativo entre la Unión Europea y los Estados Unidos, donde el 29 % de las personas de 25 a 64 años de edad tiene un título universitario, frente al 16 % en la Unión Europea; observa sin embargo que la proporción de personas diplomadas de la enseñanza superior aumenta más rápidamente entre las mujeres que entre los hombres;
12. Recuerda la importancia de integrar la perspectiva de género, la igualdad de oportunidades y las necesidades especiales de las personas con discapacidad y de las personas mayores en cada fase de la ejecución de los proyectos de la política de cohesión;
13. Hace hincapié en el efecto de polarización de las regiones-capitales, un fenómeno particularmente observable en los nuevos estados miembros, que han generado un promedio del 32 % del PIB de su país, mientras que representan al 22 % de la población; observa que esta polarización puede conllevar grandes desigualdades en las tasas de desempleo de los centros de las ciudades;
14. Observa que el proceso incontrolado de urbanización puede crear desequilibrios demográficos, económicos, sociales, de transporte y medioambientales en un espacio limitado y dar lugar a la creación de barrios suburbanos y a una despoblación de las zonas rurales alejadas de las ciudades; pide, por consiguiente, a la Comisión que aborde específicamente este problema presentando propuestas concretas;
15. Subraya las desigualdades regionales desde el punto de vista de la accesibilidad y de la comunicación entre el centro y la periferia, que son el resultado de desventajas geográficas y estructurales, inversión insuficiente en infraestructura de transportes, así como la falta de diversificación de de potenciales lazos de transporte; señala en particular los obstáculos sustanciales en la accesibilidad de las regiones montañosas e insulares, así como de las regiones periféricas y ultraperiféricas que están muy lejos de la Europa continental; subraya la necesidad de elaborar medidas para estimular el potencial regional, el atractivo y el desarrollo sostenible de estas regiones;
16. Expresa su gran sorpresa por la declaración de la Comisión en el Cuarto informe sobre la cohesión de que la insularidad no parece ser por sí misma un importante obstáculo al desarrollo y toma nota de la profunda decepción de los habitantes isleños por tal declaración, pues ellos constatan a diario las consecuencias negativas y las dificultades de la insularidad;
Política regional y Estrategia de Lisboa
17. Subraya las enormes diferencias entre Estados en cuanto a cantidades invertidas en la investigación y el desarrollo, y observa importantes desigualdades regionales en materia de innovación que, en el Cuarto informe sobre la cohesión, se miden con un útil indicador de rendimiento regional al respecto;
18. Comparte la opinión de la Comisión sobre el efecto de palanca de la política de cohesión para la Estrategia de Lisboa, conseguido al orientar la inversión pública hacia proyectos que favorecen la creación de una estructura económica dinámica, generadora de crecimiento y propicia para la innovación que descanse en las sinergias resultantes de una armonización más eficiente de las políticas y programas;
19. Deplora que el potencial de innovación de las pequeñas empresas, las microempresas y las empresas artesanales no se haya tenido debidamente en cuenta en la aplicación de la política de cohesión, a pesar de haber sido así previsto; reclama, por consiguiente, la aplicación de una política activa en apoyo de todas las formas de innovación en esas empresas y anima asimismo a la Comisión a crear posibilidades de cooperación mutua entre las empresas, el sector público, las escuelas y universidades para crear núcleos regionales de innovación de conformidad con la Estrategia de Lisboa;
20. Constata que el efecto de palanca del apoyo estructural se puede aumentar mediante el recurso a la cofinanciación privada; pide la rápida introducción de normas transparentes y soluciones estándar para las colaboraciones público-privadas, que permitirán a las regiones recurrir al capital privado para objetivos públicos;
21. Recuerda que el respeto del principio de la liberación de oficio de los créditos es fundamental para alentar la financiación y la rápida realización de los proyectos por parte de las autoridades de gestión; insiste en que debe respetarse el principio de la norma N+2 (y N+3 en los nuevos Estados miembros durante los tres primeros años del marco financiero 2007-2013);
22. Recuerda que los retrasos en la ejecución de la política estructural se deben, entre otras cosas, a la excesiva rigidez de los procedimientos y que, en consecuencia, cabe reflexionar sobre la simplificación de dichos procedimientos y sobre un reparto claro de las responsabilidades y las competencias entre la UE y los Estados miembros;
23. Observa que, para el periodo de programación 2007-2013, el sistema de señalización de los créditos orientará el 64 % de los recursos destinados al objetivo 1 (convergencia) y el 80 % de los recursos destinados al objetivo 2 (competitividad y empleo en las regiones) hacia la innovación, lo que representa un aumento de 55 000 millones de euros con respecto al periodo anterior; observa que el aprovechamiento de estos créditos gira en torno a la capacidad de las regiones menos desarrolladas para gestionar proyectos de I+D+i en términos cuantitativos y cualitativos suficientes y de tal calidad que aseguren que se utilizan y que no se derivan a inversiones con escaso valor;
24. Pide a la Comisión que evalúe el sistema de asignación y su impacto sobre la evolución de disparidades regionales y que se determine si, en la definición de prioridades, este sistema no favorece un enfoque demasiado centralizado; espera que esta evaluación comience con la publicación en 2008 por la Comisión del Quinto Informe sobre la Cohesión, que se espera que se centre en la relación entre la política de cohesión y las prioridades de crecimiento y empleo de la estrategia de Lisboa para todas las regiones;
25. Subraya que la política de cohesión no puede favorecer a las regiones que ya se muestran dinámicas, que sería lo que ocurriría si se lleva a cabo una señalización estricta de los créditos; recuerda que con la entrada en vigor del Tratado de Lisboa, la política de cohesión incluirá los tres objetivos de la cohesión económica, social y territorial, que van más allá de la Estrategia de Lisboa;
26. Pide que se amplíe la Estrategia de Lisboa a la dimensión territorial, lo que permitiría tener en cuenta las características propias de los territorios, al tiempo que se fomentarían las sinergias y las cooperaciones transeuropeas, prestando un apoyo especial a las diferentes formas y tipos de actividades innovadoras;
27. Destaca al mismo tiempo que el papel de la política de cohesión no puede limitarse a la consecución de los objetivos de la Estrategia de Lisboa; entiende que el lograr la cohesión territorial mediante acciones en el ámbito del objetivo de convergencia es condición previa para asegurar la competitividad a largo plazo de las regiones; considera, por tanto, que los actuales objetivos 1 (convergencia) y 2 (competitividad y empleo en las regiones) deberían tratarse como complementarios también en el futuro y asimismo complementarios con el Objetivo 3 (cooperación territorial europea);
Cohesión territorial: hacia un enfoque integrado
28. Pide a la Comisión que incluya una definición de "cohesión territorial" en el próximo Libro Verde sobre cohesión territorial (previsto para septiembre de 2008) con el fin de avanzar en esta política comunitaria;
29. Subraya, a este respecto, la importancia de las asociaciones y de la aplicación de una auténtica gobernanza a todos niveles -comunitario, nacional, regional y local, en consulta con los interlocutores económicos y sociales - para la definición y la puesta en marcha de los objetivos de desarrollo regional, evitando que se reduzca el campo de aplicación de las prioridades de acción definidas a nivel europeo cuando éstas se apliquen a nivel nacional, regional o local ("bottom up approach"); con objeto de evitar cualquier posible riesgo de exclusión de los agentes que intervienen en el desarrollo y en la cohesión de los territorios, en el marco de políticas en vigor o en curso de desarrollo, como por ejemplo la política urbana;
30. Propone que se dé prioridad a las políticas que obren hacia un auténtico desarrollo policéntrico de los territorios, para aliviar la presión sobre las capitales y favorecer la emergencia de polos secundarios; considera en este sentido que no hay que olvidar el apoyo a las zonas rurales, ni el importante papel que desempeñan las ciudades pequeñas y medianas situadas en estas zonas;
31. Pide asimismo que se tomen medidas concretas para reducir las disparidades entre las regiones territorialmente accesibles y las regiones con desventajas estructurales, en particular las regiones montañosas, insulares, escasamente pobladas, periféricas y fronterizas, reconociendo la situación de desventaja en que se encuentran estas últimas y tomando medidas especiales y permanentes de ayuda para apoyarlas; reafirma su compromiso de tener en cuenta las desventajas específicas de las regiones ultraperiféricas;
32. Aboga por una asociación más estrecha de las problemáticas urbanas y rurales; subraya que el desarrollo de las zonas rurales debe coordinarse con acciones aplicadas en el marco de la política regional; expresa su preocupación, en este contexto, acerca de la utilidad de un enfoque separado de la cohesión y el desarrollo rural (a través del Fondo agrícola europeo para el desarrollo rural); pide que se elabore un estudio sobre las consecuencias de incrementar la financiación para el desarrollo rural mediante mecanismos de modulación obligatoria;
33. Pone en guardia contra el riesgo de organizar las políticas por sectores y fomenta el desarrollo de un enfoque integrado que permita identificar las posibles sinergias entre la política de cohesión y las políticas sectoriales más importantes como el transporte, la agricultura, la pesca, el desarrollo rural, el medio ambiente y la energía, la investigación y la tecnología;
34. Pide a la Comisión que analice en sus futuros informes la medida en que los diferentes instrumentos y políticas, incluyendo la política de cohesión, han contribuido al progreso realizado en el ámbito de la cohesión económica y social; considera que los logros y los problemas deben ser analizados en todos los ámbitos importantes, en particular en el ámbito de la estrategia de Lisboa;
35. Espera que el debate sobre la política de cohesión posterior a 2013 propicie que se otorgue una especial importancia a las regiones situadas junto a las fronteras exteriores de la Unión con el fin de asegurar la estabilidad y la prosperidad transfronterizas, lo que a su vez se traducirá no solo en el desarrollo de las regiones fronterizas de la Unión Europea sino que también contribuirá a la convergencia y la competitividad del conjunto de la Unión;
36. Destaca que, para luchar contra los fenómenos de "segregación espacial" y exclusión social, orientándose hacia un crecimiento sostenible y equilibrado, se necesita la contribución de una política inmobiliaria precisa, enmarcada en una estrategia más amplia de desarrollo territorial, planificación urbana y gestión de los servicios públicos locales;
37. Pide que los objetivos de la Agenda territorial y de la Carta de Leipzig se traduzcan en la adopción de un programa de acción concreto para integrar mejor la dimensión territorial en todas las políticas públicas, comunitarias, nacionales y locales y espera la manifestación práctica de dicho programa; con vistas a completar la cohesión económica y social con un componente territorial en el marco del Tratado de Lisboa, es necesario desarrollar indicadores apropiados para definir el contenido de la cohesión territorial;
38. Acoge con satisfacción el anuncio de la Comisión sobre un futuro Libro Verde sobre cohesión territorial, que se espera que se apruebe en septiembre de 2008, y pide que incluya orientaciones concretas para la aplicación del enfoque integrado;
39. Es consciente de la importancia de una cooperación constante entre el Parlamento Europeo, por medio de su Comisión de Desarrollo Regional, y el Comité de las Regiones, sobre el futuro de la política regional;
Nuevos retos para la política de cohesión y el presupuesto general de la Unión Europea
40. Considera que en el futuro, la Unión Europea se enfrentará cada vez más a nuevos desafíos con unas fuertes repercusiones territoriales que exacerbarán los obstáculos existentes para el desarrollo regional, tales como el cambio demográfico, la concentración urbana, los desplazamientos migratorios, que son especialmente problemáticos para las zonas rurales y periféricas, las cuestiones energéticas y climáticas y la adaptación a las mutaciones relativas a la globalización así como a la ampliación y a las políticas de vecindad; subraya en este contexto la importancia de proyectos piloto relativos a la adaptación de las regiones a estos nuevos desafíos;
41. Pide que se lleven a cabo análisis regulares de los costes y las repercusiones en las políticas estructurales de las posibles ampliaciones futuras antes del inicio de nuevas negociaciones de adhesión y espera poder desempeñar un papel más importante en las políticas de ampliación y vecindad, y que dicha participación sea vinculante para la definición de los instrumentos de preadhesión;
42. Hace hincapié en la gravedad del problema que supone la despoblación en muchos territorios de la Unión Europea, que conlleva el envejecimiento de la población, la pérdida de capital humano, la fuga de capitales, un coste mayor de los servicios, etc.;
43. Considera que la evolución demográfica puede tener un impacto territorial considerable, como por ejemplo el despoblamiento de algunas zonas, especialmente las zonas rurales menos desarrolladas, acompañada de una concentración urbana y del envejecimiento de la sociedad o el desarrollo de la economía residencial en otras zonas, lo que requiere el desarrollo de estrategias innovadoras específicas para resolver estos problemas, lo que implica un esfuerzo por mantener los servicios de interés económico general y la garantía de un elevado nivel de servicios universales;
44. Observa que el cambio climático tendrá repercusiones variables, en particular en términos de catástrofes naturales más frecuentes y graves, tales como incendios forestales, sequías e inundaciones, que exigirán respuestas diferentes según la región europea de que se trate y que las regiones deben abordar mediante una revisión y adaptación de sus estrategias de desarrollo sostenible para alcanzar el objetivo de la UE de reducir la emisiones de CO2; considera que la política de cohesión de la UE debe ser respetuosa con el clima, pero recuerda que las posibilidades abiertas a la política de cohesión en este área son limitadas; opina que la lucha contra el cambio climático debe abordarse también desde otras políticas comunitarias;
45. Recuerda asimismo, en el marco de la formulación de una política global efectiva para proporcionar protección contra las catástrofes naturales, la importancia de adoptar la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se crea el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea (COM(2005)0108), que proporciona una respuesta más oportuna y adecuada a las catástrofes naturales a escala regional, que a menudo son devastadoras en algunas regiones debido a su situación geográfica;
46. Considera que la cuestión del suministro energético y la subida del precio de la energía pueden tener incidencias espaciales considerables en los territorios como resultado de la fuerte dependencia energética de la mayoría de los Estados miembros, en particular en las zonas rurales, montañosas, isleñas, muy remotas o ultraperiféricas, por el hecho de su dependencia de los transportes, sector sensible al coste de la energía; señala que el desarrollo de energías renovables y la inversión eficiencia energética y en unidades de suministro descentralizadas podrían ofrecer grandes oportunidades de desarrollo regional y local en el futuro;
47. Reitera su solicitud en relación a la reutilización de los créditos no gastados por la aplicación de la regla n+2 ó n+3 aplicable a la política de cohesión, con el fin de maximizar los escasos recursos disponibles;
48. Considera que el mantenimiento de la política de cohesión después de 2013 es una respuesta adecuada a estos nuevos desafíos, que dicha política deberá aplicarse al conjunto del territorio de la Unión, si bien de manera diferenciada; considera que la política de cohesión deben seguir siendo una política comunitaria de acuerdo con el Tratado y el principio de solidaridad y rechaza, por consiguiente, todos los intentos de renacionalizar esta política;
49. Opina que la política de cohesión debe reforzarse en el futuro y que su valor añadido debe ser subrayado más firmemente; pide, por consiguiente, que se asignen suficientes recursos financieros a la política de cohesión a nivel comunitario; pide que la revisión del marco financiero se utilice como una oportunidad para definir recursos presupuestarios necesarios para hacer frente a todos los desafíos de la política de cohesión de la Unión;
o o o
50. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión.
El seguimiento de la Agenda Territorial de la UE y de la Carta de Leipzig: Hacia un programa de acción europea para el desarrollo espacial y la cohesión territorial
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Resolución del Parlamento Europeo, de 21 de febrero de 2008, sobre el seguimiento de la Agenda Territorial de la UE y de la Carta de Leipzig: Hacia un programa de acción europea para el desarrollo espacial y la cohesión territorial (2007/2190(INI))
– Vistos la Agenda Territorial de la UE (la "Agenda Territorial") y la Carta de Leipzig sobre una ciudad europea sostenible (la "Carta de Leipzig"), adoptadas ambas en el Consejo informal de los Ministros de ordenación del territorio y de desarrollo urbano celebrado en Leipzig los días 24 y 25 de mayo de 2007, y el Primer Programa de Acción para la aplicación de la Agenda Territorial de la Unión Europea, adoptado en el Consejo informal de los Ministros de ordenación del territorio y de desarrollo celebrado en Ponta Delgada (Azores) los días 23 y 24 de noviembre de 2007 (el "Primer Programa de Acción"),
– Visto el Cuarto Informe sobre la Cohesión Económica y Social (COM(2007)0273) (el "Cuarto Informe de Cohesión"),
– Visto el Concepto de Desarrollo Espacial Europeo, adoptado en el Consejo informal de los Ministros de ordenación del territorio celebrado en Potsdam el 11 de mayo de 1999,
– Vistos los resultados del programa de trabajo para 2006 del Observatorio en Red de la Ordenación del Territorio Europeo (ORATE),
– Vista la propuesta de programa de trabajo de ORATE para 2013,
– Vistos los artículos 158 y 159 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
– Visto el artículo 45 de su Reglamento,
– Visto el informe de la Comisión de Desarrollo Regional (A6-0028/2008),
A. Considerando que la diversidad territorial, el multicentrismo y la ciudad compacta son señas esenciales de la estructura del territorio de la Unión Europea,
B. Considerando que la mayor parte de los ciudadanos de la Unión vive hoy en ciudades,
C. Considerando que los retos actuales del desarrollo espacial en la Unión Europea incluyen el cambio climático, la urbanización descontrolada y la urbanización del suelo, el consumo de energía, las infraestructuras de transporte, el cambio demográfico, incluida la despoblación de las áreas rurales y de otros territorios de la UE, el impacto de la ampliación sobre la cohesión económica, social y territorial y los efectos regionales desiguales de la globalización, incluida la brecha cada vez mayor entre las regiones ricas y las menos prósperas, así como el desarrollo desigual de las zonas urbanas y rurales, combinado con el cambio estructural,
D. Considerando que los objetivos de la Agenda Territorial son el establecimiento de un sistema urbano equilibrado y multicéntrico y la creación de una nueva relación entre las ciudades y el espacio rural, la construcción de nuevas agrupaciones regionales innovadoras, que garanticen la igualdad de acceso a las infraestructuras y al conocimiento, el fomento de una gestión de riesgos transeuropea, el desarrollo sostenible, la gestión orientada al futuro y la protección de la naturaleza y del patrimonio cultural,
E. Considerando que los objetivos de la Carta de Leipzig son un mayor uso de los enfoques a favor de una política integrada de desarrollo urbano a través de la creación y la garantía de unos espacios públicos de calidad, la modernización de la red de infraestructuras y la mejora de la eficiencia energética, el fomento de unas políticas proactivas de innovación y educación, así como, en particular para los barrios desfavorecidos, el fomento de un transporte urbano sostenible, eficiente y asequible, el desarrollo de estrategias de revalorización del entorno físico, el refuerzo de la economía local y de la política local en materia de mercado de trabajo, y una política proactiva de educación y formación para los niños y los jóvenes,
F. Considerando que la planificación espacial es el instrumento adecuado para dirigir el uso del suelo y la estructura de urbanización en los Estados miembros y sus regiones y ciudades, así como para definir localmente las condiciones de vida y las oportunidades de desarrollo,
G. Considerando que, además de la política de cohesión como instrumento de gobernanza estratégica, son necesarias otras medidas para garantizar que se alcancen los objetivos de la Agenda Territorial y de la Carta de Leipzig, en particular, la evaluación de la del impacto espacial, el enfoque integrado y la supervisión de la ordenación territorial,
H. Considerando que, además de la política de cohesión, la política de desarrollo del medio rural tiene importantes repercusiones territoriales; considerando que la integración de estas dos políticas aún presenta lagunas y que, por consiguiente, es necesario reforzar las sinergias para revelar el potencial real de desarrollo y aumentar el atractivo y la competitividad de las zonas rurales lo que podría contribuir a contrarrestar el éxodo rural,
I. Considerando que la calidad del espacio público y del entorno natural, cultural y arquitectónico desempeñan un importante papel en las condiciones de vida de las poblaciones urbanas y rurales y constituyen factores "suaves" de implantación,
J. Considerando que la creatividad y la innovación son recursos decisivos para la transición a una sociedad globalizada del conocimiento; considerando que, por tanto, el éxito de una ordenación territorial y urbana sostenible depende en gran parte del desarrollo del potencial creativo sobre el terreno,
K. Considerando que la "Baukultur" (una cultura que contempla un entorno construido de alta calidad), es decir, el conjunto de los aspectos culturales, económicos, tecnológicos y medioambientales que influyen en la calidad y en el proceso de la planificación y la construcción, es una parte esencial del desarrollo integrado de las ciudades,
L. Considerando que el enfoque integrado implica que los proyectos desarrollados deben constituir un plan coherente y a largo plazo que integre las dimensiones económicas, sociales y medioambientales y asocie a los interlocutores clave de manera plena en la planificación, la puesta en marcha y la evaluación de los programas de desarrollo urbano,
M. Considerando que un enfoque integrado de la dimensión territorial de la cohesión no se agota en las acciones y políticas de ordenación del territorio y desarrollo urbano, pues en último término se trata de asegurar la igualdad entre los ciudadanos de la Unión cualquiera que sea su lugar de residencia, objetivo que no se puede conseguir únicamente a través de la ordenación del territorio,
1. Opina que los objetivos de la Agenda Territorial y de la Carta de Leipzig solo se pueden alcanzar a través de una estrategia de desarrollo concebida de forma global, intersectorial y holística, que traduzca en la práctica el enfoque integrado;
2. Propone, en el contexto de la evaluación a mitad del período de la política de cohesión y a la vista de las consideraciones sobre la política de cohesión después de 2013, que la aplicación de un enfoque integrado sea una condición previa obligatoria para la planificación de programas y para la selección de proyectos de los Fondos Estructurales; pide, en este sentido, a los responsables de la toma de decisiones que se impliquen de manera voluntaria en la implantación de nuevos métodos de cooperación;
3. Se congratula de la decisión de los Ministros de la UE de desarrollo urbano reunidos en su reunión informal celebrada en Leipzig los días 24 y 25 de mayo de 2007 de crear un grupo de trabajo intergubernamental presidido por Alemania para identificar y solucionar las distintas cuestiones relativas a la aplicación de la iniciativa JESSICA;
4. Acoge favorablemente la creación de un grupo interservicios en la Comisión encargado de las propuestas relativas a la aplicación del enfoque integrado, y pide a la Comisión que trabaje en estrecha concertación con todos los interlocutores sociales, medioambientales y económicos y que garantice su participación en todas las decisiones relacionadas con la cohesión territorial; pide a la Comisión que informe al Parlamento sobre los avances de estos trabajos;
5. Pide que se tengan especialmente en cuenta, en la elaboración de la política de cohesión posterior a 2013, las particularidades y necesidades territoriales para establecer una diferenciación regional específica sobre esta base; recomienda el uso de herramientas orientadas a la aplicación, como se menciona en la Carta de Leipzig, sobre la base de la investigación y la supervisión permanente;
6. Pide a la Comisión y al Consejo que, en el marco de la evaluación a mitad de período de la política de cohesión, aprovechen mejor las sinergias con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural para el desarrollo del conjunto del territorio; recomienda, a la luz de las consideraciones sobre la política de cohesión después de 2013, una estrecha coordinación entre la política de cohesión y la política de desarrollo rural con el fin de aumentar las oportunidades de mejora de la calidad de vida en las zonas rurales;
7. Señala que no solo las regiones metropolitanas disponen de potencial de innovación, sino que también zonas más bien periféricas y rurales se encuentran en la vanguardia de los objetivos de la Estrategia de Lisboa; insta a la Comisión a que examine con mayor atención que hasta ahora los factores de éxito de estas zonas, para elaborar a partir de ellos un modelo de desarrollo para las pequeñas y medianas ciudades en el medio rural;
8. Subraya la importancia de la asociación y del reparto de funciones entre las zonas urbanas y los espacios rurales para un desarrollo equilibrado y sostenible del conjunto del territorio; pide a las autoridades urbanas y rurales que, en cooperación con todas las partes interesadas públicas y privadas, identifiquen sus valores comunes y elaboren estrategias conjuntas de desarrollo regionales y subregionales, con el fin de asegurar mejores condiciones y calidad de vida a todos los ciudadanos de la Unión; pide a las próximas Presidencias que organicen reuniones informales de los Ministros con responsabilidad en la ordenación del territorio y en el desarrollo urbano para abordar estas cuestiones;
9. Pide a la Comisión y al Consejo que, en el marco de su revisión del presupuesto general de la UE, tengan en cuenta la Agenda Territorial y la Carta de Leipzig y que aporten adaptaciones cualitativas que permitan tener mejor en cuenta los objetivos de la cohesión territorial en las políticas de la UE; considera, en este sentido, que deben adoptarse medidas legislativas en los próximos años;
10. Pide al Consejo que, en la revisión de las Estrategias de Lisboa y Gotemburgo (estrategia de desarrollo sostenible) en la Cumbre de primavera de 2008, defina como objetivos los intereses de de la política territorial y urbana;
11. Pide a los Estados miembros que adopten cuanto antes medidas para la realización de la Agenda Territorial y la aplicación de la Carta de Leipzig;
12. Pide al Consejo y a los Estados miembros, en el espíritu de una verdadera gobernanza de múltiples niveles que tenga en cuenta la diversidad territorial de la Unión Europea y respete el principio de subsidiariedad, que hagan participar plenamente a las autoridades locales y regionales, incluidas las autoridades públicas transfronterizas, y que, con arreglo al principio de asociación, hagan participar a los interlocutores económicos y sociales, a las organizaciones no gubernamentales relevantes y a las partes interesadas privadas, en los programas de acción para la aplicación de la Agenda Territorial y de la Carta de Leipzig, y apoya activamente estos esfuerzos; subraya que esta necesidad de trabajar juntos debe ser considerada positivamente por todos los actores implicados, puesto que se ha demostrado que la colaboración coherente resulta eficaz;
13. Recuerda la función clave del acceso a las tecnologías de la información y la comunicación para las oportunidades de desarrollo futuro de las regiones, por lo que recomienda, como se menciona en la Agenda Territorial, integrar infraestructuras como los cables de banda ancha en los nuevos programas de transporte y comunicaciones;
14. Pide a la Comisión que realice un análisis sistemático del impacto de las políticas claves pertinentes de la UE, como lo acordaron los Estados miembros con arreglo a la línea de acción 2 del Primer Programa de Acción, así como que proceda a una evaluación de las repercusiones territoriales de la nueva legislación pertinente; señala en este contexto el potencial de los métodos de evaluación desarrollados por ORATE;
15. Reconoce que la educación preescolar y escolar, el aprendizaje permanente, las universidades y otros centros de investigación de gran calidad son fundamentales para el desarrollo futuro de las ciudades y las regiones;
16. Recuerda que Natura 2000 es un importante instrumento para el desarrollo espacial europeo; insiste en que se transpongan plenamente los requisitos de Natura 2000 y en que se creen corredores comarcales y redes de espacios libres entre zonas protegidas, con el fin de que la flora pueda dispersarse y la fauna moverse libremente, preservando así la biodiversidad;
17. Pide que se vincule una política de sectores económicos creativos en el desarrollo regional y urbano con el objetivo de crear condiciones marco, con la ayuda de los instrumentos disponibles (política de cohesión, planificación territorial y urbana) y teniendo en cuenta la calidad del espacio, para mejorar las oportunidades y posibilidades de una acción creativa e innovadora;
18. Considera necesario, en el contexto del cambio demográfico, mejorar la capacidad de adaptación de las ciudades y regiones, y que debe darse especial prioridad al desarrollo autónomo y al refuerzo del trabajo de voluntarios;
19. Subraya que las tendencias demográficas generan nuevos desafíos para el mercado de trabajo y el acceso a los servicios sociales y de salud y a la vivienda y para la planificación en general; señala que el envejecimiento de la población se puede considerar como una oportunidad para crear nuevos empleos en un mercado creciente y nuevos productos y servicios que mejoran la calidad de vida de los mayores; subraya que el desarrollo de la llamada "economía plateada" es importante a nivel local y regional;
20. Pide a los Estados miembros que garanticen, como cuestión de principio y en todo su territorio, la disponibilidad, el acceso y la accesibilidad de los servicios de interés general, con el fin de ofrecer a las personas de las distintas regiones la posibilidad de aprovechar las oportunidades y el potencial específicos de su región; pide que se tengan especialmente en cuenta las necesidades de los grupos desfavorecidos como discapacitados, inmigrantes, personas de etnias minoritarias, desempleados de larga duración y personas con pocas cualificaciones así como las necesidades particulares de las mujeres; pide a la Comisión que en sus directrices sobre la aplicación del Reglamento marco sobre servicios de interés general y en la contratación pública permita a las entidades territoriales tener más en cuenta las necesidades y los agentes locales y que mejore su adaptabilidad;
21. Pide a la Comisión, a la vista de la nueva competencia comunitaria conferida por el Tratado de Lisboa en materia de planificación territorial, que elabore una comunicación sobre la creación de un marco de la UE para realizar evaluaciones de impacto espacial a nivel de proyectos, teniendo en cuenta los trabajos de ORATE;
22. Señala que, tras la entrada en vigor del Tratado de Lisboa, en el marco de la aplicación del Primer Programa de Acción, deben reforzarse la cooperación y la coordinación entre el Parlamento Europeo y el Consejo y la Comisión;
23. Acoge con gran satisfacción que el Tratado de Lisboa incluya como uno de sus objetivos la cohesión territorial, junto con la cohesión económica y social, y prevea una competencia legislativa compartida en este ámbito para la UE y los Estados miembros; indica que el Tratado de Lisboa reconoce que hay que luchar contra los desafíos territoriales que afectan a las islas y a las regiones montañosas, fronterizas y ultraperiféricas y poco pobladas, pues estas desigualdades tienen repercusiones negativas en la competitividad de la economía de la UE en su conjunto; pide a la Comisión que complete el Primer Programa de Acción con propuestas concretas de acciones e iniciativas de la UE;
24. Subraya que no existe todavía una definición comúnmente acordada de cohesión territorial; insta, por ello, a la Comisión a definir claramente la cohesión territorial y a relacionar los objetivos de desarrollo territorial para la Unión Europea en el próximo Libro Verde sobre la cohesión territorial; espera que se dé la máxima prioridad al objetivo de ofrecer a todos los ciudadanos de la Unión las mismas oportunidades de desarrollo y de acceso con independencia de dónde residan en la UE;
25. Recomienda que se siga profundizando el Concepto de Desarrollo Espacial Europeo, e insta a que se incluya plenamente en este marco a los nuevos Estados miembros;
26. Considera importante evaluar de forma regular los avances realizados en la aplicación de la Agenda Territorial; pide al Consejo, a la Comisión y a todas las partes interesadas que evalúen tanto los avances en la aplicación de cada una de las medidas del Primer Programa de Acción como las repercusiones de estas medidas y su aportación al desarrollo espacial sostenible en la Unión Europea;
27. Pide al Consejo que adopte lo antes posible indicadores sencillos y cuantificables para la observación del desarrollo espacial de la UE; recomienda que se use la urbanización anual de suelo como uno de esos indicadores del desarrollo espacial;
28. Señala que estos indicadores podrían utilizarse como objetivos para orientar el desarrollo espacial; propone que el Consejo y la Comisión usen estos indicadores para una evaluación comparativa entre Estados miembros y para la creación de una base de datos de buenas prácticas;
29. Acoge favorablemente la intención del Consejo de informar sobre la ejecución del Primer Programa de Acción en todos los Consejos informales de Ministros; propone que el Consejo examine un Programa de Aprendizaje Mutuo sobre el desarrollo espacial europeo que permita el intercambio de experiencias y buenas prácticas entre los Estados miembros;
30. Destaca la importancia de una mejor articulación entre la Agenda Territorial y la Carta de Leipzig; lamenta, en este sentido, que el Consejo aún no haya adoptado un programa de acción para la realización de los objetivos de la Carta de Leipzig; pide a las próximas Presidencias del Consejo que subsanen esta omisión y garanticen un seguimiento sistemático de la Carta de Leipzig;
31. Acoge favorablemente la iniciativa de la Presidencia eslovena de preparar y promover medidas que refuercen la coordinación entre el desarrollo espacial y el desarrollo urbano con vistas a una mayor interconexión de los objetivos de la Agenda Territorial y de la Carta de Leipzig;
32. Se refiere a las conclusiones del Cuarto Informe de Cohesión, en el que las ciudades y las zonas urbanas se consideran como centros de población, fuerza económica e innovación; acoge favorablemente las propuestas de creación de agrupaciones regionales y urbanas innovadoras transfronterizas;
33. Pide a la Comisión y al Consejo que presten especial atención a los trabajos de la Auditoría Urbana y fijen indicadores para una evaluación comparativa de la sostenibilidad de las ciudades en el sentido de la Carta de Leipzig, como por ejemplo, el consumo de energía per cápita, el volumen del uso del transporte público de cercanías en relación con el volumen total del transporte o las emisiones de gases de efecto invernadero per cápita;
34. Subraya la función fundamental de las ciudades para la consecución de los objetivos de la Estrategia de Lisboa, y pide una estrategia de desarrollo urbano holística y bien coordinada, apoyada por todos los niveles de gobierno así como por el sector privado;
35. Pide a la Comisión que se interese en mayor medida por el tema de la urbanización descontrolada; pide a los Estados miembros que apliquen medidas y estrategias eficaces para limitar la urbanización del suelo, a la luz del problema de la fragmentación del paisaje y del continuo uso del suelo para el crecimiento de las ciudades en los Estados miembros;
36. Recomienda a los Estados miembros que favorezcan el desarrollo del centro de las ciudades más que el de su periferia, es decir, que den prioridad a la reutilización o el destino a nuevos usos de las edificaciones existentes antes de utilizar nuevas superficies, a través, sobre todo, de una gestión sostenible del suelo;
37. Acoge favorablemente la importancia que concede la Carta de Leipzig a la interconexión de los modos de transporte; subraya la importancia de un sistema de transporte integrado y sostenible y el importante papel que puede desempeñar una mejor infraestructura peatonal y para ciclistas, en particular en las grandes ciudades; pide a la Comisión que explore mecanismos más eficaces de apoyo a las autoridades locales para desarrollar estrategias para redes de transporte integradas, en particular en las regiones menos desarrolladas;
38. Considera que, con el fin de responder eficazmente a las exigencias crecientes vinculadas a la elevada calidad de vida en las ciudades, resulta indispensable que las entidades territoriales adapten rápidamente sus infraestructuras técnicas a las normas de la UE; considera, en particular, que el suministro de agua potable (por ejemplo, mediante la mejora de la distribución o la mejora de la calidad del agua distribuida), el saneamiento de las aguas residuales (por ejemplo, mediante la destrucción de redes o construcción de redes nuevas) y toda infraestructura análoga debe adaptarse en el plazo más breve posible a las nuevas condiciones reglamentarias;
39. Lamenta que estén aumentando las disparidades sociales y económicas, particularmente en las ciudades y las regiones metropolitanas de la UE pero también en las zonas rurales; pide a los Estados miembros que presten mayor atención a este problema y que lo tengan más en cuenta en la planificación de programas para la concesión de créditos de los Fondos Estructurales;
40. Opina que las ciudades tienen una particular responsabilidad para cumplir los objetivos de la UE en materia de cambio climático, pues están en una posición única para ofrecer posibles soluciones para contribuir a la reducción de las emisiones globales de gases de efecto invernadero; insta a los Estados miembros a incorporar la lucha contra el cambio climático como un objetivo horizontal en el desarrollo urbano;
41. Subraya que la inversión en tecnologías respetuosas del medio ambiente, como las medidas innovadoras de prevención, atenuación y adaptación, ofrece importantes oportunidades de negocio a largo plazo;
42. Señala que las zonas urbanas sufren en mayor medida las consecuencias del cambio climático, pues la falta de corredores de aire fresco produce un mayor calentamiento y una mayor concentración de contaminantes;
43. Se pronuncia a favor de aumentar los esfuerzos para mejorar la integración y la cohesión social y territorial, en particular a través de la superación de las deficiencias del entorno construido y de la mejora de las condiciones medioambientales, aplicando una política de desarrollo urbano equilibrada, esto es, estabilizando los barrios problemáticos y creando ofertas atractivas de vivienda, trabajo y ocio;
44. Pide una mayor integración de los barrios desfavorecidos; pide a las autoridades competentes de los Estados miembros que identifiquen los síntomas anunciadores del declive de zonas concretas y que incrementen sus esfuerzos para poner en práctica una política de integración social para reducir las desigualdades y prevenir la exclusión social; recuerda la importante contribución de las pequeñas y medianas empresas al desarrollo económico y a la competitividad territorial, no sólo en los barrios deprimidos, sino en todas las zonas urbanas;
45. Pide a la Comisión que, en el contexto de los futuros programas de financiación, incluido el Séptimo Programa Marco para acciones de investigación, desarrollo tecnológico y demostración, refuerce su apoyo a los proyectos que fomenten el desarrollo y el intercambio de experiencias en materia de gestión urbana sostenible, fomento de prácticas y tecnologías energéticamente eficientes, solución de los problemas medioambientales urbanos y aportación de las ciudades a la lucha contra el cambio climático;
46. Opina que un refuerzo de la identidad urbana y una ciudadanía activa en las ciudades pueden contribuir a aplicar con éxito la Carta de Leipzig; pide a la Comisión y a los Estados miembros que lancen un diálogo territorial para aumentar la participación de la opinión pública en la elaboración de los planes de revitalización y desarrollo de las zonas urbanas;
47. Pide a los Estados miembros y a sus regiones y ciudades que presten una mayor atención a la creación de una cultura que contemple un entorno construido de alta calidad (la "Baukultur") así como a la disponibilidad de vivienda digna y asequible como factores decisivos para la inclusión social y la calidad de vida en las ciudades en el contexto del desarrollo urbano sostenible, prestando especial atención a la calidad del espacio público, sobre todo en términos de calidad de diseño arquitectónico, como una forma de asegurar un mayor bienestar a los ciudadanos de la Unión;
48. Pide al Consejo, y en particular a las Presidencias eslovena y francesa, que avancen sobre la base de los progresos realizados por las Presidencias alemana y portuguesa en el tema de la cohesión territorial y que continúen adoptando las correspondientes iniciativas; opina, teniendo en cuenta que hasta ahora se ha dado prioridad a las ciudades, a la relación entre las ciudades y el medio rural y a la ordenación del territorio, que las futuras iniciativas deben tomar en mayor medida en consideración la cuestión de las regiones territorialmente desfavorecidas, como las regiones insulares, montañosas, fronterizas, ultraperiféricas y escasamente pobladas;
49. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión así como al Comité de las Regiones.
Timor Oriental
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Resolución del Parlamento Europeo, de 21 de febrero de 2008, sobre la situación en Timor Oriental
– Vistas sus anteriores Resoluciones sobre Timor Oriental,
– Vista la comunicación del Representante Especial del Secretario General de las Naciones Unidas al Consejo de Seguridad (5 432ª Reunión),
– Visto el informe de su delegación de observación de las elecciones legislativas de Timor Oriental, del 27 de junio al 2 de julio de 2007, dirigida por Ana Gomes,
– Vista la Declaración de 5 de julio de 2007 sobre las elecciones legislativas en Timor Oriental realizada por la Presidencia portuguesa en nombre de la Unión Europea,
– Vista la Declaración del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas de 11 de febrero de 2008, en la que condena el atentado contra el Presidente de Timor Oriental, José Ramos-Horta,
– Vista la declaración de 11 de febrero de 2008 de Javier Solana, Alto Representante de la UE para la Política Exterior y de Seguridad Común, en la que condena los intentos de asesinatos en Timor Oriental,
– Visto el artículo 115 de su Reglamento,
A. Considerando que el licenciamiento, en abril de 2006, de casi 600 soldados en Timor Oriental, como reacción a sus quejas, condujo a una crisis muy grave de seguridad en el país, caracterizada por la confrontación armada (entre las fuerzas armadas y los soldados expulsados y también las fuerzas policiales), la desorganización de la policía, disturbios y actos de violencia generalizada cometidos por bandas, como resultado de los cuales encontraron la muerte docenas de personas, resultaron heridas muchas más y huyeron de sus domicilios 150 000 ciudadanos, la mitad de los cuales aún se encuentran desplazados en campos de refugiados,
B. Considerando que la crisis de seguridad acarreó también la caída del Gobierno liderado por el Primer Ministro Mari Alkatiri en junio de 2006, y el nombramiento de un Gobierno de transición dirigido por José Ramos Horta,
C. Considerando que el ex Primer Ministro y Premio Nobel José Ramos Horta fue elegido Presidente de Timor Oriental el 9 de mayo de 2007 y que, tras las elecciones legislativas de 30 de junio de 2007, el expresidente Kay Rala Xanana Gusmão se convirtió en Primer Ministro del país el 6 de agosto de 2007, haciendo nacer la esperanza de una estabilización definitiva del país y del debido respeto de las instituciones democráticas,
D. Considerando que la inestabilidad política en Timor Oriental ha continuado, a pesar de la celebración de elecciones presidenciales y legislativas libres y pacíficas y de un compromiso más firme de la comunidad internacional, bajo los auspicios de las Naciones Unidas, en respuesta a los llamamientos de las autoridades de Timor Oriental,
E. Considerando que esta inestabilidad se debe en gran parte al desafío al Estado de Derecho por parte del excomandante Alfredo Reinado, líder de los soldados descontentos, evadido de la cárcel en 2006, que ha servido de inspiración a las bandas de jóvenes violentos en la capital,
F. Considerando que, el 11 de febrero de 2008, esos grupos rebeldes dispararon contra el Presidente de Timor Oriental, Ramos Horta, que resultó gravemente herido y se encuentra en estado crítico en un hospital australiano, y abrieron fuego contra el Primer Ministro, Xanana Gusmão, en ataques separados pero coordinados contra la dirección del país y las instituciones del Estado,
G. Considerando que el Parlamento de Timor Oriental ha decretado el estado de emergencia y que aún sigue en vigor; considerando que el Gobierno ha pedido refuerzos para las tropas internacionales de mantenimiento de la paz, compuestas de 1 600 hombres, ya desplegadas en Timor Oriental,
H. Considerando que estos violentos ataques contra las principales instituciones del Estado timorense y los dirigentes de Timor Oriental elegidos democráticamente son aún una secuela de la crisis de abril de 2006, lo que pone de manifiesto que, pese a los esfuerzos de las autoridades nacionales, la Misión de Naciones Unidas en Timor Este (UNMIT )y las fuerzas internacionales, la seguridad nacional y el Estado de Derecho todavía no funcionan de manera efectiva en Timor Oriental,
I. Considerando que observadores cualificados han señalado la ausencia de una respuesta rápida y adecuada a los ataques del 11 de febrero de 2008 por parte de la Policía Internacional de las Naciones Unidas y otras fuerzas internacionales, a excepción de la Guardia Nacional Republicana Portuguesa, que actuó de manera efectiva cuando se solicitó su intervención,
J. Considerando que los ataques se han producido después de que el Presidente Ramos Horta se hubiera comprometido personalmente a intentar encontrar una solución negociada con los rebeldes; considerando que la cronología exacta de los acontecimientos sigue sin estar clara y que la función de las fuerzas de seguridad nacionales e internacionales deja muchos interrogantes por resolver,
K. Considerando que la pobre situación de la economía de Timor Oriental, pese a los ingresos del país procedentes del petróleo, con un 40 % de la población viviendo por debajo del umbral de la pobreza y un 60 % con 18 años de edad y menores, un índice de desempleo masivo, que ronda el 80 %, y tasas elevadas de analfabetismo, crea unas condiciones sociales muy inestables y aumenta el riesgo de disturbios sociales,
L. Considerando que tanto la UE como las NU se han comprometido públicamente a apoyar la independencia, la democracia y el Estado de Derecho en Timor Oriental, lo que requiere la consolidación de las instituciones estatales, una buena gobernanza, el uso adecuado de los fondos estatales para hacer frente a la lucha contra la pobreza y el desempleo y promover el desarrollo y la justicia social, así como un comportamiento ejemplar por parte de los países vecinos de Timor Oriental,
M. Considerando que Timor Oriental es miembro de pleno derecho del Grupo de Estados ACP y que, por lo tanto, la UE tiene una responsabilidad particular en contribuir a la consolidación de su gobernanza democrática ayudando a sus instituciones a realizar los grandes esfuerzos que se necesitan para el desarrollo de capacidades,
N. Considerando que deben tenerse en cuenta los derechos inalienables del pueblo de Timor Oriental, en particular, sobre sus recursos naturales;
1. Condena enérgicamente el intento de asesinato del Presidente Ramos Horta y le transmite su deseo de un total restablecimiento y un rápido retorno a la dirección del país;
2. Condena enérgicamente el atentado simultáneo contra el Primer Ministro Xanana Gusmão, que afortunadamente salió ileso, y espera que el Gobierno, junto con el Presidente de la República y el Parlamento de Timor Oriental, sean capaces de superar estas graves amenazas a la estabilidad del país y de cooperar con el fin de asegurar el respeto del la ley y el orden y el funcionamiento normal de las instituciones democráticas, de conformidad con la Constitución;
3. Insta a todas las partes en Timor Oriental a que renuncien a la violencia, entablen un diálogo y participen en el proceso democrático dentro del marco jurídico y constitucional, contribuyendo así a restaurar la estabilidad social y política;
4. Manifiesta su preocupación por el mensaje de impunidad y de falta de respeto del Estado de Derecho que haya podido transmitir, en un esfuerzo por promover la reconciliación nacional, la actitud ambigua de las autoridades de Timor Oriental, la UNMIT y las fuerzas de seguridad hacia las personas citadas a comparecer ante la justicia;
5. Condena a todo aquel que intente sacar partido de la frágil situación en Timor Oriental como consecuencia de los atentados del 11 de febrero de 2008, e insta a todas las partes a que respeten y cooperen plenamente con los órganos políticos surgidos de las elecciones presidenciales y parlamentarias de 2007;
6. Pide que se lleve a cabo una investigación exhaustiva dentro del marco constitucional y jurídico de Timor Oriental, con el apoyo y la cooperación internacionales necesarios, con vistas a esclarecer al detalle el supuesto intento de golpe de Estado y la incapacidad del sistema de seguridad en el país para llevar ante la justicia a los autores de estos ataques; acoge con satisfacción la apertura de una investigación conjunta de los atentados por parte de las Naciones Unidas y la policía de Timor Oriental;
7. Insta a las principales fuerzas políticas de Timor Oriental, tanto en el poder como en la oposición, a que se comprometan en un esfuerzo compartido entre los partidos por alcanzar urgentemente un entendimiento a escala nacional sobre las cuestiones principales del funcionamiento del Estado, como el papel de las fuerzas armadas, la policía y el fortalecimiento del sistema judicial; ofrece su apoyo a estos esfuerzos entre los partidos parlamentarios de Timor Oriental;
8. Recuerda que el papel que debe desempeñar la comunidad internacional, y en particular las Naciones Unidas y su Consejo de Seguridad, es de vital importancia para el proceso de consolidación del Estado de Timor Oriental y de su independencia y soberanía, y para el refuerzo de la democracia en esta joven nación;
9. Subraya la importancia de la actitud de los países vecinos de Timor Oriental en el sentido de que respeten y favorezcan la estabilidad de la sociedad timorense y la consolidación de sus instituciones democráticas nacionales; agradece la actitud positiva adoptada por Indonesia desde el reconocimiento de la independencia de Timor Oriental y las decisiones de Australia y otros países de prestar ayuda al país;
10. Pide al Consejo y a la Comisión que insten a las autoridades de Timor Oriental y a la UNMIT a que prohíban, dispersen y desarmen a todos los grupos paramilitares, bandas armadas y civiles armados y que planteen las preocupaciones europeas sobre capacidad de mantener la seguridad y el respeto del Estado de Derecho a las Naciones Unidas y al Gobierno de Timor Oriental en todas las reuniones oficiales y al más alto nivel;
11. Pide a las instituciones internacionales que presten un mayor apoyo para cubrir las necesidades de reforma del sector de seguridad, frágil y politizado, de Timor Oriental, puesto que es fundamental para un Estado democrático y seguro plenamente operativo, a través de un amplio proceso de consulta y de un enfoque completo y sistemático, tal como lo recomiendan el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en su Resolución 1704(2006) y los informes siguientes de las Naciones Unidas; pide al Gobierno de Timor Oriental que otorgue un alto grado de prioridad a esta tarea; le pide que aproveche la experiencia de la Unidad de apoyo del sector de seguridad de las Naciones Unidas para llevar a cabo consultas nacionales sobre la reforma del sector de seguridad; pide al Consejo, a la Comisión y a otros donantes internacionales que establezcan un mecanismo para mejorar la coordinación de la ayuda al sector de la seguridad; pide a la UNMIT que ofrezca a la Unidad de apoyo del sector de seguridad los recursos y los efectivos necesarios para facilitar el proceso de consulta y de revisión global;
12. Recomienda el respeto inmediato de las decisiones y órdenes de los tribunales así como su plena aplicación por parte de las autoridades de Timor Oriental , con el apoyo, si fuera necesario, de las fuerzas internacionales en el país;
13. Pide a las instituciones del Estado de Timor Oriental y a la UNMIT que respeten el Estado de Derecho, combatan la impunidad de los delitos y aseguren el cumplimiento de las normas internacionales en materia de derechos humanos por parte de todos en Timor Oriental, en particular, por parte de la policía y las fuerzas armadas;
14. Confirma el reconocimiento de la necesidad de Timor Oriental de apoyo político, técnico y financiero para construir la infraestructura y las estructuras administrativas necesarias para reanudar la aplicación de su plan de desarrollo y reforzar la economía de Timor Oriental y el fomento del empleo; pide el apoyo continuado de la comunidad internacional para aliviar la pobreza en Timor Oriental y prestar ayuda a la reconstrucción de las estructuras físicas y administrativas necesarias para su desarrollo económico;
15. Pide a la Unión Europea y a la comunidad internacional, y en particular a los países vecinos y los países miembros de la ASEAN, que mantengan e intensifiquen el apoyo necesario para la consolidación de la democracia y la cultura democrática en Timor Oriental, centrándose en una cultura multipartidista, en la libertad de expresión y en la estructura institucional -concretamente, en el Parlamento, el Gobierno, el poder judicial y las fuerzas de seguridad, defensa y policía- y que presten ayuda para la extensión urgente de la cobertura de los medios de comunicación a todo el país, así como para mejorar las redes de educación y salud y las infraestructuras de vivienda, suministro de agua y saneamiento;
16. Pide a la Comisión que acelere y concluya el establecimiento de una delegación plenamente operativa en Dili;
17. Recomienda el envío de una delegación parlamentaria ad hoc a Timor Oriental para efectuar una nueva evaluación de la situación política, expresar su solidaridad a las fuerzas e instituciones democráticas y reiterar la oferta de asistencia del Parlamento al funcionamiento democrático del Parlamento de Timor Oriental;
18. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, al Presidente, al Parlamento y al Gobierno de Timor Oriental, al Alto Representante para la Política Exterior y de Seguridad Común, a los Gobiernos de los países ACP, a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros, a los Gobiernos de Australia e Indonesia, al Secretario General y la Secretaría de ASEAN, al Secretario General de las Naciones Unidas, al Representante Especial del Secretario General de las Naciones Unidas para Timor Oriental y al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.
Belarús
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Resolución del Parlamento Europeo, de 21 de febrero de 2008, sobre la situación en Belarús
– Vistas sus anteriores resoluciones sobre la situación en Belarús, en particular la de 6 de abril de 2006 sobre la situación en Belarús tras las elecciones presidenciales del 19 de marzo de 2006(1),
– Vista la Declaración de la Comisión de 21 de noviembre de 2006 sobre la disposición de la Unión Europea a renovar sus relaciones con Belarús y sus ciudadanos en el marco de la Política Europea de Vecindad (PEV),
– Visto que el 14 de diciembre de 2004 otorgó su Premio Sájarov a la libertad de conciencia a la Asociación de Periodistas de Belarús y el 13 de diciembre de 2006 a Alexander Milinkevich,
– Visto el apartado 5 del artículo 115 de su Reglamento,
A. Considerando que ha condenado reiteradamente el fracaso de las elecciones presidenciales, generales y locales en Belarús,
B. Considerando que ha pedido al Consejo y a la Comisión que presenten propuestas para seguir ejerciendo presión sobre el régimen de Lukashenko en las organizaciones internacionales y ha solicitado que se lleve adelante un paquete completo de sanciones específicas y puntuales, que castiguen gravemente a los opresores sin añadir más sufrimiento a los ciudadanos de Belarús,
C. Considerando que ha condenado en especial el hecho de que se haya ignorado y desatendido en Belarús la democracia local, que constituye la piedra angular de toda gobernanza democrática y expresa la voluntad del pueblo llano de lograr sus auténticas esperanzas y expectativas,
D. Considerando que la constante presión política y administrativa ejercida sobre las organizaciones no gubernamentales en Belarús amenaza la existencia y socava la independencia de las mismas,
E. Considerando que en enero de 2008 hubo una serie de protestas de empresarios en Minsk y que los líderes de esas manifestaciones fueron detenidos y a menudo golpeados,
F. Considerando que recientemente se han registrado avances positivos en cuanto al establecimiento de la delegación de la Comisión en Minsk,
1. Lamenta profundamente que la situación de la democracia, los derechos humanos y el Estado de Derecho no mejoren en Belarús; destaca que las continuas detenciones de miembros de la sociedad civil y de activistas de la oposición, en particular la detención temporal de Aleksander Milinkevich y la represión de los medios de comunicación independientes, contradicen la reciente retórica del Gobierno de Belarús sobre su deseo de mejorar las relaciones con la Unión Europea;
2. Expresa su pesar por la condena del periodista Aliaksandr Zdvizhkov a tres años de prisión, ya que considera que este castigo es injustamente cruel, y pide al Gobierno de Belarús que reconsidere la decisión;
3. Toma nota de la reciente puesta en libertad de varios activistas de la oposición democrática, entre ellos los líderes de las Juventudes del Frente Popular de Belarús y del Frente de la Juventud (Malady Front), y condena al mismo tiempo la detención de esos activistas, que fueron mantenidos en prisión durante 15 días y se arriesgan a ser expulsados de la universidad, a raíz de manifestaciones pacíficas en Minsk el 16 de enero de 2008 para conmemorar la jornada de solidaridad con los activistas de la oposición de Belarús encarcelados y con las familias de destacados ciudadanos de este país desaparecidos;
4. Insta a las autoridades de Belarús a poner en libertad de manera inmediata e incondicional al preso político aún detenido, Alyaksandr Kazulin, y a poner fin a la intimidación, el acoso, las detenciones selectivas y las persecuciones políticamente motivadas contra activistas de la oposición democrática y de la sociedad civil de Belarús;
5. Acoge con satisfacción los recientes avances sobre los acuerdos para establecer la delegación de la Comisión en Minsk como un paso positivo para renovar el diálogo con la Unión Europea; alienta a la Comisión a utilizar todo el potencial que ofrece la apertura de la delegación;
6. Recuerda que el 21 de noviembre de 2006 la Unión Europea declaró su disposición a renovar sus relaciones con Belarús y sus ciudadanos en el marco de la PEV, tan pronto como el Gobierno de Belarús demostrara su respeto por los valores democráticos y los derechos básicos del pueblo de Belarús;
7. Subraya que, con el fin de entablar cualquier tipo de diálogo sustancial con la UE, Belarús debe cumplir las condiciones aún pendientes que figuran en el documento no oficial "Lo que la Unión Europea podría aportar a Belarús", entre las que se encuentran la puesta en libertad de todos los presos políticos, la abolición de la pena de muerte, la garantía de medios de comunicación libres y de la libertad de expresión, la independencia del poder judicial y el respeto de los valores democráticos y de los derechos básicos del pueblo de Belarús;
8. Condena el hecho de que Belarús sea el único país de Europa que aplica la pena de muerte, contraria a los valores europeos;
9. Insta a las autoridades de Belarús a derogar el Decreto nº 70, de 8 de febrero de 2008, cuyas disposiciones violan el derecho a la educación de los ciudadanos de Belarús, ya que establecen barreras para acceder a instituciones de enseñanza superior;
10. Insta a las autoridades de Belarús a cumplir las normas de la Organización para la Seguridad y Cooperación en Europa (OSCE) a la hora de organizar las próximas elecciones generales previstas para el 28 de septiembre de 2008; pide al Gobierno que dé acceso a los representantes de la oposición democrática a las comisiones electorales de distrito, permita el registro de todos los candidatos parlamentarios y de sus observadores, y no ponga obstáculos a una misión internacional de observación de las elecciones global y completa;
11. Pide al Consejo y a la Comisión que adopten más medidas para facilitar y liberalizar los procedimientos de visado para ciudadanos de Belarús, ya que sólo una acción como ésta puede ayudar a lograr el objetivo principal de la política de la UE con respecto a Belarús, a saber, facilitar e intensificar los contactos entre las personas y democratizar ese país; insta al Consejo y a la Comisión en este contexto a que se considere la posibilidad de renunciar al coste de los visados de ciudadanos de Belarús que accedan al territorio de Schengen, ya que éste es el único modo de impedir que Belarús y sus ciudadanos se vean cada vez más aislados;
12. Pide a los Estados miembros del espacio de Schengen que apliquen todos los instrumentos disponibles (costes de visados nacionales) para facilitar el movimiento de ciudadanos de Belarús dentro del territorio de cada Estado miembro;
13. Pide al Consejo y a la Comisión y a la comunidad internacional en su conjunto que amplíen aún más el apoyo a la sociedad civil de Belarús y, en particular, que aumenten la ayuda financiera a los medios de comunicación independientes, a las organizaciones no gubernamentales y a los estudiantes de Belarús que estudian fuera del país; acoge con satisfacción la ayuda financiera prestada por la Comisión a la Universidad Europea de Humanidades de Vilna (Lituania); al Consejo y a la Comisión que consideren la posibilidad de prestar ayuda financiera al proyecto ya existente dirigido a la creación del canal de televisión independiente de Belarús Belsat;
14. Expresa su solidaridad con la oposición democrática unida de Belarús y con el dirigente del movimiento democrático Aleksander Milinkevich y con todos los ciudadanos de Belarús que aspiran a un país independiente, abierto y democrático basado en el Estado de Derecho; alienta a los dirigentes de la oposición a mostrar unidad y firmeza en las próximas elecciones generales;
15. Lamenta la decisión de las autoridades de Belarús de denegar reiteradamente visados de entrada a los diputados al Parlamento Europeo y a los diputados nacionales en los dos últimos años; pide a las autoridades de Belarús que no sigan interponiendo obstáculos a que la Delegación del Parlamento Europeo para las relaciones con Belarús visite el país y obtenga experiencias y observaciones de primera mano en Belarús;
16. Condena las restricciones impuestas por las autoridades de Belarús al clero extranjero con el fin de limitar su acceso al país y atender a organizaciones religiosas, y pide a las autoridades de Belarús que pongan fin a esas restricciones;
17. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros, al Secretario General de las Naciones Unidas, a las Asambleas Parlamentarias de la OSCE y del Consejo de Europa y a las autoridades de Belarús.
– Vistas su Resolución, de 17 de enero de 2008, sobre la situación en la República Democrática del Congo y la violación como crimen de guerra(1), así como sus resoluciones anteriores sobre las violaciones de los derechos humanos en la República Democrática del Congo (RDC),
– Vista la Resolución de la Asamblea Parlamentaria Paritaria ACP-UE, de 22 de noviembre de 2007, sobre la situación en la República Democrática del Congo, especialmente en la parte oriental, y sus repercusiones sobre la región,
– Vista su Resolución, de 15 de noviembre de 2007, sobre la respuesta de la UE ante situaciones de fragilidad en los países en desarrollo(2),
– Vistos la Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones titulada "Hacia una respuesta de la UE ante situaciones de fragilidad: Intervención en entornos difíciles para lograr el desarrollo sostenible, la estabilidad y la paz" (COM(2007)0643) y el documento de trabajo de los servicios de la Comisión adjunto a la misma (SEC(2007)1417),
– Vista la Resolución A/RES/60/1 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, de 24 de octubre de 2005, Documento Final de la Cumbre Mundial 2005 y, en particular, sus apartados 138 a 140 sobre la responsabilidad de proteger a las poblaciones,
– Visto el apartado 5 del artículo 115 de su Reglamento,
A. Considerando que, desde 1998, el conflicto que se registra en la RDC ha costado la vida de 5 400 000 personas y sigue siendo la causa, directa o indirecta, de la muerte de 1 500 personas cada día,
B. Considerando que las poblaciones civiles de la región de Kivu Norte se encuentra desde hace largos meses inmersas en una situación de enormes dificultades debido a los combates entre el ejército congoleño, los rebeldes del general depuesto Laurent Nkunda y los combatientes de las Fuerzas Democrática para la Liberación de Ruanda (FDLR, también conocidos como Interhamwes),
C. Considerando que durante los últimos dieciocho meses se han cometido en la RDC masacres, violaciones de niñas, madres y abuelas, el reclutamiento forzado de civiles y niños soldado y muchos otros actos de violencia y abusos graves contra los derechos humanos, y que los autores han sido tanto las tropas rebeldes de Laurent Nkunda como los combatientes del FDLR y el propio ejército congoleño,
D. Recordando que el mandato de la MONUC (Misión de las Naciones Unidas en la República Democrática del Congo) se rige por el capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas, lo que le autoriza a servirse de todos los medios necesarios para disuadir de cualquier intento de utilización de la fuerza que pudiera suponer una amenaza para el proceso democrático por parte de cualquier grupo armado, extranjero o congoleño, sobre todo las antiguas Fuerzas Armadas Ruandesas y los Interhamwes, así como para proteger a los civiles que se encuentran bajo la amenaza inminente de actos de violencia física,
E. Considerando que el pasado 25 de enero de 2008 el Representante del Secretario General de las Naciones Unidas ante la RDC anunció el envío de observadores para controlar el alto el fuego en todos los territorios ocupados hasta ese momento por grupos armados, así como un refuerzo militar y civil de la oficina de la MONUC en Goma,
F. Considerando las promesas de desmovilización progresiva y el compromiso de alto el fuego anunciados el 23 de enero de 2008 al término de la Conferencia de Goma sobre la Paz, la Seguridad y el Desarrollo, que incluye el alto el fuego entre todas las partes en conflicto, el desarme de todas las fuerzas no gubernamentales, el regreso y reasentamiento de todos los desplazados en el este de la República Democrática del Congo y el establecimiento de un mecanismo temporal para el control del alto el fuego,
G. Considerando que todavía se han de precisar los detalles prácticos de esta desmovilización en el marco de la Comisión Técnica Mixta de Paz y Seguridad bajo la copresidencia del Gobierno de la RDC y de la facilitación internacional de este compromiso,
H. Considerando la participación del FDLR en los combates, cuyos combatientes se habían refugiado en la región,
I. Considerando que el ejército congoleño no dispone de los medios humanos, técnicos y financieros necesarios para desempeñar sus misiones en Kivu Norte y que éste es el principal motivo por el que representa una amenaza para la población en vez de estar al servicio de la población y de la paz,
J. Considerando que es indispensable encontrar una solución política a la crisis en Kivu Norte si se quiere consolidar la paz y la democracia y promover la estabilidad y el desarrollo con vistas al bienestar de todas las poblaciones de la región de los Grandes Lagos,
K. Considerando la reunión celebrada el 3 de septiembre de 2007 entre Mbusa Nyamwisi y Charles Murigande, Ministros de Asuntos Exteriores congoleño y ruandés respectivamente en el marco de la resolución del conflicto de Kivu Norte,
L. Considerando que del 28 al 30 de enero de 2008 se celebró en Benín una reunión bajo la copresidencia de los Ministros de Defensa de la República Democrática del Congo, Chikez Diemu, y de Uganda, Crispus Kiyonga,
M. Considerando que, desde finales 2006, el conflicto que se registra en la RDC también ha supuesto el desplazamiento de cerca de 400 000 personas, y que la provincia de Kivu Norte cuenta actualmente con 800 000 desplazados en total,
N. Considerando que la guerra civil que se registra desde hace tres años se caracteriza por el saqueo sistemático de las riquezas del país por parte de los aliados y los enemigos del Gobierno congoleño,
O. Considerando que para mejorar significativamente la salud y reducir la tasa de mortalidad en la RDC y en Kivu Norte, en particular, se necesitarán años de un compromiso permanente y una inversión financiera considerable, tanto por parte del Gobierno congoleño como de la comunidad internacional,
P. Considerando que el 3 de febrero de 2008 un seísmo de 6 grados de magnitud en la escala de Richter sacudió a la región de los Grandes Lagos y, en particular, a las ciudades de Bukavu y de Goma y a sus alrededores ya de por sí fuertemente afectados por los conflictos, con un importante número de víctimas mortales, heridos y daños materiales,
Q. Considerando que, tras las hostilidades que se produjeron a finales de 2007, varias organizaciones humanitarias se vieron obligadas a suspender sus actividades, y que los centros de salud ya no reciben suministros o incluso han sido abandonados por el personal sanitario,
R. Considerando que Médicos Sin Fronteras (MSF) ha constatado que en Kivu Norte las poblaciones locales o desplazadas se encuentran cada vez más debilitadas y que la continuación de los combates impide el acceso de los trabajadores humanitarios a determinadas zonas en las que, no obstante, podría ser necesaria una ayuda alimentaria y médica urgente,
S. Considerando que la malnutrición representa actualmente otra forma de vulnerabilidad extrema de la población en Kivu Norte, y que los datos de los programas de asistencia médica de MSF dan una imagen alarmante del alcance de la malnutrición en Kivu Norte y hacen temer por las familias a las que no puede llegar la ayuda,
1. Se declara profundamente indignado por las masacres y los crímenes contra la humanidad que se vienen cometiendo desde hace muchos años en Kivu Norte, y pide a todas las autoridades nacionales e internacionales competentes que persigan y juzguen sistemáticamente a sus autores, cualesquiera que sean; pide al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas que tome urgentemente todas las medidas susceptibles de impedir realmente cualquier nuevo ataque contra las poblaciones civiles de Kivu Norte;
2. Comprueba que, pese a la amplitud de su mandato, la MONUC no dispone de medios suficientes para impedir estas masacres, violaciones y saqueos, el reclutamiento forzado de civiles y niños soldados, ni los otros muchos actos de violencia y abusos contra los derechos humanos, y pide, por lo tanto, al Consejo y a la Comisión que garanticen que el reciente refuerzo de la MONUC conduzca a una mejora considerable de la seguridad para las poblaciones de Kivu Norte y que, de no ser así, aboguen urgentemente ante el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en favor de que la MONUC pueda cumplir su misión, empezando por la protección efectiva y duradera de las poblaciones civiles de la región;
3. Hace un llamamiento en favor de la tolerancia cero hacia la violencia sexual contra las niñas y las mujeres, a quienes se utiliza como un arma de guerra, y pide que se apliquen sanciones penales severas a los autores de estos delitos; recuerda la importancia de acceder a los servicios de salud genésica en las situaciones de conflicto y en los campos de refugiados;
4. Se felicita, teniendo en cuenta la necesidad de encontrar una solución política al conflicto que se registra en el este de la República Democrática del Congo, de la celebración de la Conferencia de Goma sobre la Paz; destaca, no obstante, además de la ausencia de representantes de los Interhamwes (FDLR), la fragilidad de las promesas de desmovilización y el compromiso de alto el fuego asumido el 23 de enero de 2008 al término de esta Conferencia, y sigue alentando a todos los implicados en este conflicto para que no disminuyan sus esfuerzos en favor de la paz, dejen de violar los derechos humanos y el derecho internacional humanitario, pongan fin a todo ataque contra civiles y permitan que las organizaciones humanitarias ayuden a la población civil;
5. Recuerda que todavía se han de precisar los detalles prácticos de esta desmovilización en el marco de la Comisión Técnica Mixta de Paz y Seguridad bajo la copresidencia del Gobierno de la República Democrática del Congo y de la facilitación internacional de este compromiso, y pide, por lo tanto, que dicha Comisión se constituya lo más rápidamente posible con objeto de completar las cuestiones relacionadas con la desmovilización;
6. Se felicita de la reunión que se celebró en septiembre de 2007 entre los Ministros de Asuntos Exteriores congoleño y ruandés, y pide a las autoridades ruandesas que se impliquen concretamente en las diversas tentativas de resolución del conflicto de Kivu Norte, en particular en términos de persecución, desarme, desmovilización y repatriación de los Interhamwes presentes en Kivu Norte;
7. Pide al Consejo y a la Comisión que desbloqueen fondos de urgencia, a la vista de la extrema gravedad de la situación humanitaria a la que se enfrentan las poblaciones de Kivu Norte no sólo a causa de los conflictos que siguen afectando a la región, sino también del seísmo que se produjo el 3 de febrero de 2008, y que velen por que los trabajadores humanitarios puedan llevar a cabo su misión en las mejores condiciones posibles;
8. Pide al Consejo y a la Comisión que apliquen ya desde ahora programas de asistencia médica de gran envergadura para las poblaciones civiles del este de la RDC, tanto con objeto de satisfacer las necesidades inmediatas de la población como con vistas a una reconstrucción de la región que se ha de prever;
9. Pide la aplicación de mecanismos eficaces de control, como el proceso de Kimberley, para la certificación de origen de los recursos naturales importados al mercado de la UE;
10. Pide al Consejo y a cada uno de los Estados miembros que destinen una ayuda específica a las poblaciones del este de la RDC;
11. Pide a la misión de la Unión Europea en Kivu Norte, prevista para marzo de 2008, que le informe al respecto;
12. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a las instituciones de la Unión Africana, al Alto Representante para la PESC, a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros, al Secretario General de las Naciones Unidas, al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, al Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, al Presidente, al Parlamento y al Gobierno de la República Democrática del Congo y al Presidente, al Parlamento y al Gobierno de la República de Ruanda.