Resolución del Parlamento Europeo, de 2 de septiembre de 2008, sobre el proyecto de presupuesto rectificativo n° 5/2008 de la Unión Europea para el ejercicio 2008, Sección III - Comisión (11571/2008 – C6-0294/2008 – 2008/2161(BUD))
El Parlamento Europeo,
– Vistos el artículo 272 del Tratado CE y el artículo 177 del Tratado Euratom,
– Visto el Reglamento (CE, Euratom) n° 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas(1), y, en particular, sus artículos 37 y 38,
– Visto el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2008, aprobado definitivamente el 13 de diciembre de 2007(2),
– Visto el Acuerdo Interinstitucional, de 17 de mayo de 2006, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera(3),
– Visto el anteproyecto de presupuesto rectificativo n° 5/2008 de la Unión Europea para el ejercicio 2008 presentado por la Comisión el 18 de junio de 2008 (COM(2008)0381),
– Visto el proyecto de presupuesto rectificativo n° 5/2008 establecido por el Consejo el 22 de julio de 2008 (11571/2008 – C6-0294/2008)
– Vistos el artículo 69 y el Anexo IV de su Reglamento,
– Visto el informe de la Comisión de Presupuestos (A6-0328/2008),
1. Aprueba el proyecto de presupuesto rectificativo n° 5/2008 sin modificaciones;
2. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión.