Participación de los presidentes de las subcomisiones (interpretación del artículo 182)
P6_TA(2008)0388
Decisión del Parlamento Europeo, de 2 de septiembre de 2008, sobre la interpretación del artículo 182 del Reglamento del Parlamento Europeo en lo que respecta a la participación de los presidentes de las subcomisiones
El Parlamento Europeo,
– Vista la carta del Presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales, de 22 de julio de 2008,
– Visto el artículo 201 de su Reglamento,
1. Decide incluir la siguiente interpretación del artículo 182, apartado 1:
Esta disposición no impide, sino que incluso permite, al presidente de la comisión principal, asociar a los presidentes de las subcomisiones a los trabajos de la mesa o permitirles presidir un debate relativo a cuestiones tratadas específicamente en la subcomisión, siempre y cuando esta forma de proceder se someta a la mesa en su totalidad y obtenga el acuerdo de la misma.
2.
Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión, para información, al Consejo y a la Comisión.