– Vistos el artículo 214, apartado 2, párrafo tercero, y el artículo 215 del Tratado CE,
– Visto el punto 4 del Acuerdo marco sobre las relaciones entre el Parlamento Europeo y la Comisión(1),
– Vista la dimisión voluntaria de Markos Kyprianou como miembro de la Comisión, presentada el 28 de febrero de 2008,
– Vista la designación de Androula Vassiliou como miembro de la Comisión por el Gobierno de la República de Chipre,
– Vista la Decisión 2008/184/CE del Consejo, de 29 de febrero de 2008, por la que se nombra un nuevo miembro de la Comisión de las Comunidades Europeas(2),
– Vista la comparecencia de la candidata propuesta ante la comisión parlamentaria competente, el 1 de abril de 2008,
– Visto el artículo 99 de su Reglamento,
1. Aprueba la candidatura de Androula Vassiliou como miembro de la Comisión por el tiempo que falta para terminar el mandato de la Comisión, hasta el 31 de octubre de 2009;
2. Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión al Consejo, a la Comisión y a los Gobiernos de los Estados miembros.