Índice 
 Anterior 
 Siguiente 
 Texto íntegro 
Procedimiento : 2008/0078(CNS)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : A6-0352/2008

Textos presentados :

A6-0352/2008

Debates :

PV 23/09/2008 - 14
CRE 23/09/2008 - 14

Votaciones :

PV 24/09/2008 - 6.3
Explicaciones de voto
Explicaciones de voto

Textos aprobados :

P6_TA(2008)0442

Textos aprobados
PDF 199kWORD 40k
Miércoles 24 de septiembre de 2008 - Bruselas
Migración al Sistema de Información de Schengen de segunda generación (SIS II) *
P6_TA(2008)0442A6-0352/2008

Resolución legislativa del Parlamento Europeo , de 24 de septiembre de 2008, sobre el proyecto de Reglamento del Consejo sobre la migración del Sistema de Información de Schengen (SIS 1+) al Sistema de Información de Schengen de segunda generación (SIS II) (11925/2/2008 – C6-0189/2008 – 2008/0078(CNS))

(Procedimiento de consulta)

El Parlamento Europeo,

–  Visto el proyecto de Reglamento del Consejo (11925/2/2008),

–  Vista la propuesta de la Comisión al Consejo (COM(2008)0197),

–  Visto el artículo 66 del Tratado CE, conforme al cual ha sido consultado por el Consejo (C6-0189/2008),

–  Visto el artículo 51 de su Reglamento,

–  Vistos el informe de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior (A6-0352/2008),

1.  Aprueba el proyecto de Reglamento del Consejo en su versión modificada;

2.  Pide a la Comisión que modifique en consecuencia su propuesta, de conformidad con el artículo 250, apartado 2, del Tratado CE;

3.  Pide al Consejo que le informe, si se propone apartarse del texto aprobado por el Parlamento;

4.  Pide al Consejo que le consulte de nuevo, si se propone modificar sustancialmente el texto objeto de la consulta;

5.  Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión.

Texto del Consejo   Enmienda
Enmienda 1
Proyecto de reglamento del Consejo
Artículo 11 bis bis (nuevo)
Artículo 11 bis bis
Presentación de informes
La Comisión presentará al final de cada período de seis meses, y por primera vez al final del primer período de seis meses de 2009, un informe de situación al Parlamento Europeo y al Consejo sobre el desarrollo de SIS II y la migración del Sistema de Información de Schengen (SIS 1+) al Sistema de Información de Schengen de segunda generación (SIS II).
Enmienda 2
Proyecto de reglamento del Consejo
Artículo 12, párrafo 1
El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Expirará en la fecha que fije el Consejo de conformidad con el artículo 55, apartado 2, del Reglamento (CE) nº 1987/2006.
El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Expirará en la fecha que fije el Consejo de conformidad con el artículo 55, apartado 2, del Reglamento (CE) nº 1987/2006, y, en todo caso, a más tardar el 30 de junio de 2010.
Aviso jurídico - Política de privacidad