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 Texto íntegro 
Procedimiento : 2008/0106(CNS)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : A6-0377/2008

Textos presentados :

A6-0377/2008

Debates :

PV 18/11/2008 - 4
CRE 18/11/2008 - 4

Votaciones :

PV 19/11/2008 - 7.3
Explicaciones de voto
Explicaciones de voto
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Textos aprobados :

P6_TA(2008)0552

Textos aprobados
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Miércoles 19 de noviembre de 2008 - Estrasburgo
Directrices estratégicas comunitarias de desarrollo rural (2007-2013) *
P6_TA(2008)0552A6-0377/2008

Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 19 de noviembre de 2008, sobre la propuesta de Decisión del Consejo que modifica la Decisión 2006/144/CE sobre las directrices estratégicas comunitarias de desarrollo rural (período de programación 2007-2013) (COM(2008)0306 – C6-0239/2008 – 2008/0106(CNS))

(Procedimiento de consulta)

El Parlamento Europeo,

–  Vista la propuesta de la Comisión al Consejo (COM(2008)0306),

–  Visto el Tratado CE, conforme al cual ha sido consultado por el Consejo (C6-0239/2008),

–  Visto el artículo 51 de su Reglamento,

–  Visto el informe de la Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural y las opiniones de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria y de la Comisión de Desarrollo Regional (A6-0377/2008),

1.  Aprueba la propuesta de la Comisión en su versión modificada;

2.  Pide a la Comisión que modifique en consecuencia su propuesta, de conformidad con el artículo 250, apartado 2, del Tratado CE;

3.  Pide al Consejo que le informe, si se propone apartarse del texto aprobado por el Parlamento;

4.  Pide al Consejo que le consulte de nuevo, si se propone modificar sustancialmente la propuesta de la Comisión;

5.  Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión.

Texto de la Comisión   Enmienda
Enmienda 1
Propuesta de decisión - acto modificativo
Anexo – punto 2
Decisión 2006/144/CE
Anexo – parte 3 – punto 3.4 bis – letra i)
i)  En particular, la ayuda a las inversiones contemplada en el eje 1 podrá dedicarse a la adquisición de maquinaria y equipos que permitan economizar energía, agua y otros insumos, así como a la producción de energía renovable para su utilización en las explotaciones. En la cadena agroalimentaria y el sector forestal, la ayuda a las inversiones deberá ayudar a desarrollar formas innovadoras y más sostenibles de transformación de los biocombustibles.
i)  En particular, la ayuda a las inversiones contemplada en el eje 1 podrá dedicarse a la adquisición de maquinaria y equipos que permitan economizar energía, agua y otros insumos, así como a la producción de energía renovable para su utilización en las explotaciones. En la cadena agroalimentaria y el sector forestal, la ayuda a las inversiones deberá ayudar a desarrollar formas innovadoras y más sostenibles con miras a la sustitución de los combustibles fósiles y a la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero, incluso mediante agrocombustibles de segunda generación, de forma que se garantice que no se reducirá la producción de alimentos y que con ello mejorará el balance energético global de las explotaciones agrarias interesadas.
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