Resolución del Parlamento Europeo, de 20 de noviembre de 2008, sobre la respuesta de la UE a la deteriorada situación en la región oriental de la República Democrática del Congo
El Parlamento Europeo,
– Vistas las conclusiones del Consejo de la Unión Europea sobre la situación en la República Democrática del Congo (RDC), de 11 de noviembre de 2008,
– Vista su Resolución, de 23 de octubre de 2008, sobre la República Democrática del Congo: conflictos en las zonas fronterizas del Este de la RDC(1),
– Vista su Resolución, de 21 de febrero de 2008, sobre Kivu Norte(2),
– Vistas su Resolución, de 17 de enero de 2008, sobre la situación en la República Democrática del Congo y la violación como crimen de guerra(3), así como sus anteriores Resoluciones sobre las violaciones de los derechos humanos en la RDC,
– Vista su Resolución, de 15 de noviembre de 2007, sobre la respuesta de la UE ante situaciones de fragilidad en los países en desarrollo(4),
– Vista la Resolución de la Asamblea Parlamentaria Paritaria ACP-UE, de 22 de noviembre de 2007, sobre la situación en la RDC, en particular en el este del país, y su impacto en la región,
– Vistos la Comunicación de la Comisión, de 25 de octubre de 2007, titulada "Hacia una respuesta de la UE ante situaciones de fragilidad: Intervención en entornos difíciles para lograr el desarrollo sostenible, la estabilidad y la paz" (COM(2007)0643), así como el documento de trabajo de los servicios de la Comisión adjunto a la misma (SEC(2007)1417),
– Vista la Resolución 60/1 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, de 24 de octubre de 2005, sobre el Documento Final de la Cumbre Mundial 2005 y, en particular, sus apartados 138 a 140 sobre la responsabilidad de proteger a las poblaciones,
– Vistas las conclusiones de la Cumbre de la Comunidad para el Desarrollo del África Austral (SADC), en las que se declaraba dispuesta a enviar tropas de mantenimiento de la paz a Kivu Norte "en caso de necesidad",
– Vista la Declaración del Consejo, de 10 de octubre de 2008, sobre la situación en el Este de la RDC,
– Visto el informe sobre la misión realizada por su Comisión de Desarrollo a Kivu Norte en 2008,
– Visto el Consenso europeo sobre ayuda humanitaria, firmado el 18 de diciembre de 2007,
– Visto el apartado 4 del artículo 103 de su Reglamento,
A. Considerando que se ha producido una escalada en los combates entre el ejército de la RDC, la milicia Mai Mai, las tropas rebeldes del general depuesto Laurent Nkunda (Congreso Nacional para la Defensa del Pueblo (CNDP)) y los combatientes de las Fuerzas Democráticas para la Liberación de Ruanda (FDLR), así como las tropas del Ejército de Resistencia del Señor de Uganda, y que dichos combates siguen generando una situación de enormes dificultades para las poblaciones civiles de Kivu Norte,
B. Considerando el domingo 16 de noviembre de 2008 el enviado de las Naciones Unidas, el antiguo Presidente de Nigeria Olusegun Obasanjo, mantuvo una reunión con el líder rebelde Laurent Nkunda y se llegó a un acuerdo sobre la creación de un comité tripartito para el control de un alto el fuego entre el ejército y los rebeldes, considerando que existe una urgente necesidad de que las potencias que sean socios de los países implicados presten su ayuda a fin de asegurar una solución,
C. Considerando que se están realizando importantes esfuerzos diplomáticos a escala internacional, en los que participan negociadores regionales y europeos, con objeto de evitar que los combates en Kivu Norte degeneren en una repetición de la guerra más amplia del Congo (1998-2003), en la que estuvieron involucrados seis Estados vecinos; que el 7 de noviembre de 2008 se celebró en Nairobi una cumbre regional sobre la crisis actual en el este de la RDC,
D. Considerando que, desde el inicio de la violencia, millones de personas han sido asesinadas y desplazadas, y que se estima que 250 000 personas han sido desplazadas desde la reanudación en agosto de 2008 de los combates en la RDC por el General Laurent Nkunda, causando una catástrofe humanitaria en el este del país,
E. Considerando que, pese al mandato que le ha sido otorgado en virtud del capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas, que autoriza la utilización de todos los medios necesarios para disuadir de cualquier intento de uso de la fuerza y para garantizar la protección de la población civil, la Misión de las Naciones Unidas en la República Democrática del Congo (MONUC):
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no ha contado con los medios necesarios para proteger a la población civil desde la reciente reanudación de los combates en la región oriental de la RDC, así como para desarmar y repatriar a los combatientes hutu de Ruanda que se encuentran en territorio de la RDC,
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ha sido obligada a esperar el visto bueno de la India y de Pakistán antes de enviar al combate a los soldados indios y pakistaníes, lo cual es contrario a las disposiciones previstas en el mandato, que es la razón de ser del despliegue de la MONUC en la RDC,
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no intervino para poner fin a la masacre de más de 200 personas que tuvo lugar el 5 de noviembre de 2008 en Kiwandja, a pesar de tener allí una de sus bases militares,
F. Considerando que el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas debatió de nuevo la situación en la región oriental de la RDC el 11 de noviembre de 2008 sin aprobar el refuerzo de la MONUC con 3 000 soldados, como había solicitado esta última,
G. Considerando que tan solo 6 000 hombres de la MONUC, de un total de 17 000 soldados destacados en el territorio de la RDC, están desplegados en Kivu Norte,
H. Considerando que los Estados miembros del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas ‐entre los que figuran Bélgica, Francia, Italia y el Reino Unido‐ siempre se han opuesto a dotar a la MONUC de medios adicionales para que pueda desempeñar su misión, que el Consejo de la Unión Europea ha hecho un llamamiento a favor de una cooperación reforzada entre la UE, sus Estados miembros y la MONUC,
I. Considerando que, a raíz de la iniciativa del Comisario Louis Michel, se ha celebrado en Nairobi una cumbre regional en la que los Presidentes de la RDC, Joseph Kabila, y de Ruanda, Paul Kagame, han acordado aplicar inmediatamente todos los acuerdos celebrados anteriormente con vistas a garantizar la paz y una estabilidad política duradera,
J. Considerando, no obstante, que esa reunión no fue seguida de un alto el fuego inmediato en el este de la RDC, y que las partes en conflicto han proseguido sus violentos combates, que han afectado gravemente a la población civil,
K. Considerando que la MONUC ha demostrado claramente que los combatientes de Laurent Nkunda reciben apoyo de Ruanda, y que Ban Ki Moon, Secretario General de las Naciones Unidas, ha pedido a los dirigentes africanos que asuman su responsabilidad histórica en este momento crucial para la región, para África y para el mundo,
L. Considerando que actualmente las organizaciones humanitarias han de hacerse cargo de 200 000 refugiados en los campos situados alrededor de la ciudad de Goma y calculan que puede haber hasta un millón de civiles ocultos en la selva para huir de la violencia; que la situación en los campos de refugiados se deteriora cada día más y que el Alto Comisionado para los Refugiados teme que pueda producirse una militarización de los campos,
M. Considerando que el reclutamiento de niños soldado en el este de la RDC ha aumentado considerablemente desde la escalada del conflicto,
N. Considerando que, al parecer, tanto las tropas de la RDC como los combatientes de las FDLR están implicados en la explotación y la comercialización de minerales en la región oriental de la RDC,
O. Considerando que el plan para poner fin a la crisis en la región oriental del país elaborado por parlamentarios de la RDC exige una movilización general a favor del diálogo militar, político y diplomático entre las partes implicadas en el conflicto,
P. Considerando que los ministros de Asuntos Exteriores de Francia y el Reino Unido, Bernard Kouchner y David Miliband, recomendaron que se reforzara la MONUC en lugar del envío de una fuerza europea a Kivu Norte, pero afirmaron al mismo tiempo que no se excluía la posibilidad de enviar una fuerza europea en caso de que fuera necesario,
Q. Considerando que las epidemias en Kivu Norte se han agravado, con la constante progresión del cólera, el sarampión y la tos ferina como resultado de los desplazamientos masivos de la población y de su establecimiento en instalaciones precarias,
1. Manifiesta su honda preocupación por los crecientes enfrentamientos en Kivu Norte y por las consecuencias para la población de la zona oriental de la RDC y de la región en su conjunto, y muy especialmente por las repercusiones humanitarias de la reciente ofensiva del CNDP, que ha provocado el desplazamiento y la muerte de numerosas personas en Kivu Norte;
2. Se declara profundamente escandalizado por las masacres, los crímenes contra la humanidad y los actos de violencia sexual contra mujeres y niñas en las provincias orientales de la RDC, e insta a todas las autoridades nacionales e internacionales pertinentes a que lleven de forma sistemática a los autores de los crímenes ante los tribunales; pide al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas que adopte urgentemente todas las medidas oportunas para prevenir de manera efectiva todo nuevo ataque contra las poblaciones civiles de las provincias orientales de la RDC;
3. Acoge favorablemente la decisión de la Comisión y de los Estados miembros de incrementar la ayuda humanitaria a la población civil afectada por la crisis; destaca las dificultades que deben afrontar las organizaciones humanitarias en la entrega de la ayuda, como consecuencia de la situación de inseguridad en Kivu Norte; insta a todas las partes a que garanticen el acceso a las comunidades vulnerables y la seguridad de los cooperantes, de modo que se garantice la presencia humanitaria en la región; recuerda que es esencial que los medios y las capacidades militares sólo se utilicen para respaldar las operaciones de ayuda humanitaria en circunstancias muy excepcionales y como último recurso;
4. Reitera su firme convencimiento de que los procesos de Amani y Nairobi siguen siendo el marco adecuado para estabilizar a largo plazo la situación en la región oriental de la RDC;
5. Insta a Laurent Nkunda a que respete su propia declaración en apoyo del proceso de paz para el este de la RDC, hecha a raíz de las conversaciones con Olusegun Obasanjo, Enviado Especial del Secretario General de las Naciones Unidas y antiguo Presidente de Nigeria; pide, en este contexto, al CNDP que se una sin demora al proceso de paz de Amani; reitera su apoyo a las autoridades de la RDC en la búsqueda de una solución política de la crisis; acoge con satisfacción el plan presentado por los parlamentarios de la RDC, en el que se solicita una movilización general a favor del diálogo militar, político y diplomático;
6. Considera que debe convocarse una conferencia internacional sobre los Grandes Lagos para encontrar una solución política viable al conflicto y promover una sana integración económica regional que beneficie a todos los países de la región,
7. Destaca la necesidad de continuar los esfuerzos dirigidos a poner fin a la actividad de los grupos armados extranjeros en la región oriental de la RDC, en particular las FDLR; insta a los Gobiernos de la RDC y de otros países de la región a que adopten las medidas necesarias a este fin; celebra el acuerdo entre la RDC y Ruanda, anunciado por los ministros de Asuntos Exteriores de ambos países, de autorizar la entrada en la RDC de equipos de inteligencia de Ruanda para cooperar con el ejército de la RDC en los esfuerzos dirigidos a suprimir la presencia de las FDLR en la región;
8. Pide a la Unión Africana, al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y a los principales actores internacionales, incluida la UE, Estados Unidos y China, que incrementen la presión sobre todas las partes para impulsar el proceso de paz, con objeto de encontrar una solución al problema del control de los recursos mineros y de lograr un amplio acuerdo de paz, en lugar de un mero alto el fuego, al tiempo que pide a estos actores que presionen a Ruanda y Uganda para que se comprometan a poner fin a la libre circulación y a las operaciones de las tropas de Nkunda en sus territorios respectivos;
9. Insta a todas las partes interesadas a que restablezcan el Estado de Derecho y a que luchen contra la impunidad, especialmente teniendo en cuenta las violaciones masivas de mujeres y niñas y el reclutamiento de niños soldado;
10. Pide al Gobierno de la RDC que desarrolle un plan con Ruanda y la MONUC para aislar y capturar a los líderes del genocidio en las FDLR y para ofrecer reasentamiento en la RDC o reintegración en Ruanda a quienes no participaron en el genocidio y estén dispuestos a desmovilizarse;
11. Pide a las autoridades de la RDC que pongan fin de inmediato a los actos de pillaje y violencia perpetrados por tropas gubernamentales y de las que es testigo la Oficina de las Naciones Unidas para la Coordinación de Asuntos Humanitarios;
12. Pide a los Estados miembros de la UE que apliquen la recomendación del Grupo de Expertos de las Naciones Unidas sobre la explotación ilegal de los recursos naturales de la RDC, incluidas sanciones contra las personas y empresas cuya participación en el saqueo se haya probado, con el fin de contribuir a la estabilización del país;
13. Señala que la explotación ilegal de los recursos naturales en el este de la RDC constituye una fuente de financiación para los grupos rebeldes y, por ende, de inestabilidad en la región; reitera la importancia de luchar contra esa explotación ilegal por parte de grupos rebeldes y los gobiernos de la región; pide, en este sentido, a las autoridades de la RDC que, en colaboración con la MONUC, clausuren las bases económicas de los grupos rebeldes, impidiéndoles el acceso a los suministros de minerales (en particular, diamantes, coltán y oro) y a las redes comerciales;
14. Pide al Consejo y a la Comisión que insistan en las conversaciones con los Gobiernos de la RDC y sus países vecinos en la necesidad de establecer sistemas eficaces de trazabilidad y prueba del origen de los recursos naturales, a saber, oro, casiterita (mineral de estaño), coltán, cobalto, diamantes, pirocloro y madera, incluida la aceptación del despliegue en su territorio de observadores con mandato de las Naciones Unidas para vigilar las importaciones de recursos naturales procedentes de la RDC, garantizándose la protección de dichos observadores;
15. Reitera su solicitud de que se apliquen mecanismos eficaces de control, de manera similar al proceso de Kimberley, para la certificación de origen de los recursos naturales importados al mercado de la UE desde la RDC;
16. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que garanticen que las empresas europeas no comercian, gestionan ni importan productos derivados de minerales extraídos de forma que beneficien a los grupos armados de la RDC, y que responsabilicen a aquellas empresas que persistan en tales prácticas;
17. Pide al Consejo y a la Comisión que hagan todo lo posible por encontrar una solución política, que constituye la única forma posible de poner fin a los conflictos en la RDC; celebra, en este contexto, la iniciativa del Comisario Michel de organizar una reunión entre el Presidente de la RDC y el Presidente de la República de Ruanda en Nairobi; pide a la Comisión que se comprometa con las autoridades de la RDC con miras a aplicar el acuerdo relativo al retorno de los combatientes de las FDLR a Ruanda; insta a las autoridades de la RDC y de la República de Ruanda a que intensifiquen su cooperación con objeto de aplicar los compromisos asumidos en Nairobi, y a que den prioridad al diálogo y a la consulta con el fin de lograr una paz duradera en la región oriental de la RDC y la estabilidad en la región;
18. Hace un llamamiento en favor de la tolerancia cero hacia la violencia sexual contra las niñas y las mujeres, que se utiliza como un arma de guerra, y pide que se apliquen sanciones penales severas a los autores de estos crímenes; llama la atención sobre la importancia del acceso a cuidados sanitarios en las zonas de conflicto y los campos de refugiados, especialmente en vista de los recientes brotes de cólera, tos ferina y sarampión;
19. Reafirma su apoyo a la MONUC en las actuales circunstancias dramáticas en que, a pesar de sus deficiencias, su presencia sigue siendo imprescindible, al tiempo que pide que se hagan todos los esfuerzos necesarios para que la MONUC pueda llevar a cabo su mandato usando plenamente la fuerza de las armas para proteger a las personas amenazadas; insta, a este respecto, al Consejo y, en particular, a Bélgica, Francia, Italia y el Reino Unido a que asuman el liderazgo a la hora de garantizar que el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y el Departamento de Operaciones de Mantenimiento de la Paz respaldan a la MONUC reforzando sus capacidades operativas y dotándola de equipos y personal adecuados;
20. Pide al Consejo que inste al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas a que otorgue a la MONUC el mandato y los medios necesarios para hacer frente a la explotación de minerales por parte de grupos armados, incluyendo la vigilancia y el control de los puestos fronterizos clave, las pistas de aterrizaje, determinadas zonas mineras y las rutas de abastecimiento;
21. Insiste en que, en el caso de que se desplieguen contingentes militares adicionales, su mandato se centre en la protección de la población civil y en el apoyo y el respeto de los nuevos acuerdos de paz que puedan celebrarse en el futuro;
22. Pide al Consejo y a la Comisión que, en colaboración con el Gobierno de la RDC, las Naciones Unidas y otros donantes importantes, elabore un nuevo plan con miras al desarme, la desmovilización y la reintegración (DDR) a gran escala en la RDC, basado en la idea de la UE de apoyo al DDR, así como una ambiciosa estrategia de reforma del sector de la seguridad para el país, basada en el marco político de la UE para la reforma del sector de la seguridad, contando ambas iniciativas con una financiación apropiada con cargo a fondos de la Comunidad y de la PESC;
23. Pide al Gobierno de la RDC que haga cuanto obre en su poder para identificar a los responsables de los crímenes de guerra perpetrados en la región y para llevarlos ante la justicia;
24. Pide al Consejo y a la Comisión que pongan en práctica, con efecto inmediato, programas a gran escala de ayuda médica y humanitaria y de reintegración destinados a las poblaciones civiles en las zonas orientales de la RDC, con especial énfasis en la ayuda a las mujeres y las niñas víctimas de los crímenes de violencia sexual, para cubrir las necesidades inmediatas y anticipándose a la necesaria reconstrucción; destaca la función clave que desempeñan las mujeres en la reconstrucción de las comunidades destrozadas;
25. Toma nota con interés del nombramiento de un equipo de negociadores, incluidos Olusegun Obasanjo, antiguo Presidente de la República de Nigeria, y Benjamin Mkapa, antiguo Presidente de la República Unida de Tanzania; insta al Consejo a que coopere con la Conferencia Internacional sobre la Región de los Grandes Lagos y con la Unión Africana para estabilizar la situación en la región oriental de la RDC;
26. Pide al Consejo que colabore con los mediadores internacionales y regionales para abordar de forma explícita los programas económicos de las partes en conflicto en el contexto del actual proceso de mediación;
27. Pide al Consejo y a la Comisión que sigan de cerca la evolución de la situación humanitaria y de seguridad en la región oriental de la RDC, con miras a determinar de forma más detallada las diferentes líneas de actuación que pudieran considerarse a la luz de las circunstancias;
28. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros, al Presidente de la Comisión de la Unión Africana al Presidente del Parlamento Panafricano y a los Gobiernos y Parlamentos de la República Democrática del Congo y de los otros Estados miembros de la Comunidad para el Desarrollo del África Austral.