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 Texto íntegro 
Procedimiento : 2008/0153(COD)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : A6-0497/2008

Textos presentados :

A6-0497/2008

Debates :

PV 13/01/2009 - 4
CRE 13/01/2009 - 4

Votaciones :

PV 13/01/2009 - 6.12
Explicaciones de voto

Textos aprobados :

P6_TA(2009)0012

Textos aprobados
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Martes 13 de enero de 2009 - Estrasburgo
Coordinación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas sobre determinados organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios (OICVM) (versión refundida) ***I
P6_TA(2009)0012A6-0497/2008
Resolución
 Texto

Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 13 de enero de 2009, sobre la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se coordinan las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas sobre determinados organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios (OICVM) (versión refundida) (COM(2008)0458 – C6-0287/2008 – 2008/0153(COD))

(Procedimiento de codecisión: refundición)

El Parlamento Europeo,

–  Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2008)0458),

–  Vistos el artículo 251, apartado 2, y el artículo 47, apartado 2, del Tratado CE, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C6-0287/2008),

–  Visto el Acuerdo interinstitucional, de 28 de noviembre de 2001, para un recurso más estructurado a la técnica de la refundición de los actos jurídicos(1),

–  Vistos los artículos 80 bis y 51 de su Reglamento,

–  Vistos el informe de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios y la opinión de la Comisión de Asuntos Jurídicos (A6-0497/2008),

A.  Considerando que, según el grupo consultivo de los Servicios Jurídicos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión, la propuesta en cuestión no contiene ninguna modificación de fondo aparte de las señaladas como tales en la propuesta, y que, en lo que se refiere a las disposiciones inalteradas de los textos existentes, la propuesta contiene una codificación pura y simple de las mismas, sin ninguna modificación de sus aspectos sustantivos,

1.  Aprueba la propuesta de la Comisión, en su versión adaptada a las recomendaciones del Grupo Consultivo de los Servicios Jurídicos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión;

2.  Pide a la Comisión que le consulte de nuevo, si se propone modificar sustancialmente esta propuesta o sustituirla por otro texto;

3.  Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión.

(1) DO C 77 de 28.3.2002, p. 1.


Posición del Parlamento Europeo aprobada en primera lectura el 13 de enero de 2009 con vistas a la adopción de la Directiva 2009/.../CE del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se coordinan las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas sobre determinados organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios (OICVM) (versión refundida)
P6_TC1-COD(2008)0153

(Dado que el Parlamento Europeo y el Consejo llegaron a un acuerdo sobre este texto, el tenor de la posición del Parlamento en la primera lectura coincide con el acto legislativo final, la Directiva 2009/65/CE.)

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