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Procedimiento : 2008/2183(INI)
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Ciclo relativo al documento : A6-0108/2009

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A6-0108/2009

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PV 24/03/2009 - 3
CRE 24/03/2009 - 3

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PV 24/03/2009 - 4.20
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Martes 24 de marzo de 2009 - Estrasburgo
Aplicación del Reglamento sobre los Fondos Estructurales 2007-2013
P6_TA(2009)0165A6-0108/2009

Resolución del Parlamento Europeo, de 24 de marzo de 2009, sobre la aplicación del Reglamento de los Fondos Estructurales para el periodo 2007-2013: resultados de las negociaciones relativas a las estrategias y los programas de la política de cohesión (2008/2183(INI))

El Parlamento Europeo,

–  Visto el Tratado CE y, en particular, su artículo 2 y su artículo 3, apartado 2,

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 14 de mayo de 2008, sobre los resultados de las negociaciones relativas a las estrategias y los programas de la política de cohesión del periodo de programación 2007-2013 (COM(2008)0301),

–  Visto el Reglamento (CE) n° 1083/2006 del Consejo, de 11 de julio de 2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión(1) (Reglamento general sobre el FEDER, el FSE y el Fondo de Cohesión),

–  Vista la Decisión 2006/702/CE del Consejo, de 6 de octubre de 2006, relativa a las directrices estratégicas comunitarias en materia de cohesión(2) (directrices estratégicas en materia de cohesión),

–  Vistos los resultados de las negociaciones relativas a las estrategias y los programas de la política de cohesión del periodo de programación 2007-2013 – Fichas descriptivas por Estado miembro,

–  Visto el Cuarto Informe sobre la cohesión económica y social (COM(2007)0273) ("cuarto informe sobre la cohesión"),

–  Vista la propuesta de Reglamento del Consejo que modifica el Reglamento (CE) nº 1083/2006, sobre el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, el Fondo Social Europeo y el Fondo de Cohesión, por lo que se refiere a determinadas disposiciones relativas a la gestión financiera (COM(2008)0803),

–  Vista la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo que modifica el Reglamento (CE) nº 1080/2006, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, por lo que se refiere a la subvencionabilidad de las inversiones en eficiencia energética y energías renovables en viviendas (COM(2008)0838),

–  Vista la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 1081/2006 en lo que respecta al Fondo Social Europeo para ampliar los tipos de costes subvencionables por el FSE (COM(2008)0813),

–  Vista su Resolución, de 21 de octubre de 2008, sobre gobernanza y asociación a nivel nacional y regional, y una base para proyectos en el ámbito de la política regional(3),

–  Visto el artículo 45 de su Reglamento,

–  Vistos el informe de la Comisión de Desarrollo Regional y las opiniones de la Comisión de Industria, Investigación y Energía, y de la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género (A6-0108/2009),

A.  Considerando que la Comisión ha publicado la comunicación antes mencionada basándose en los resultados de las negociaciones con los Estados miembros sobre los marcos de referencia estratégicos nacionales y los programas operativos,

B.  Considerando que la Comunidad, para reforzar su cohesión económica y social, y de conformidad con el artículo 158 del Tratado, se propone reducir las diferencias entre los niveles de desarrollo de las distintas regiones y el retraso de las regiones o islas menos favorecidas, incluidas las zonas rurales,

C.  Considerando que las diferencias regionales de la Comunidad, que aumentaron considerablemente a raíz de las dos últimas ampliaciones de la Unión Europea, han de ser tratadas de forma adecuada para promover un desarrollo armonioso, equilibrado y sostenible,

D.  Considerando que los últimos informes sobre la cohesión ponen de relieve la tendencia a la agravación de algunas disparidades territoriales entre las regiones de la UE y a nivel intrarregional, disparidades que se caracterizan por fenómenos como la segregación territorial, que han desembocado en la aparición de cierto tipo de guetos, y el declive continuo de determinadas zonas rurales predominantemente agrarias y remotas,

E.  Considerando que, en octubre de 2006, el Consejo adoptó las directrices estratégicas en materia de cohesión antes citadas, como un marco indicativo para los Estados miembros en la preparación del marco de referencia estratégico nacional y los programas operativos para el periodo de programación 2007-2013,

F.  Considerando que las tres prioridades establecidas en las directrices estratégicas en materia de cohesión hacen referencia a la idea de convertir Europa y sus regiones en lugares más atractivos donde invertir y trabajar, mejorar el conocimiento y la innovación con vistas al crecimiento y crear más y mejores empleos,

G.  Considerando que el traslado de estas prioridades a programas operativos debería permitir a las regiones hacer frente a los retos de la globalización, los cambios estructurales y demográficos y el cambio climático, así como fortalecer el desarrollo sostenible,

H.  Considerando que existen diferencias significativas en la manera en que los Estados miembros han incluido las prioridades antes mencionadas en sus programas operativos, dependiendo de qué objetivo de desarrollo regional, convergencia o competitividad regional y empleo corresponde a cada región,

I.  Considerando que el Reglamento general del FEDER, el FSE y el Fondo de Cohesión exige a los Estados miembros que se adhirieron a la Unión Europea antes del 1 de mayo de 2004 que destinen el 60 % del gasto total para el objetivo de convergencia y el 75 % para el objetivo de competitividad regional y empleo a las prioridades de la Estrategia de Lisboa, y considerando asimismo que se aconseja adoptar ese mismo enfoque a los Estados miembros que se adhirieron a la Unión Europea el 1 de mayo de 2004 o posteriormente,

J.  Considerando que la sostenibilidad, la prevención de todo tipo de discriminación, una gestión y aplicación adecuadas del principio de asociación, junto con una fuerte capacidad institucional y administrativa, son elementos fundamentales para garantizar la aplicación correcta de la política de cohesión,

K.  Considerando que la política de cohesión debe ser lo suficientemente fuerte y flexible como para desempeñar un papel importante en los esfuerzos de la Unión por contrarrestar los efectos de la actual crisis económica mundial,

1.  Reconoce los esfuerzos realizados por todos los Estados miembros para incorporar en sus programas operativos las tres prioridades establecidas en las directrices estratégicas en materia de cohesión, que corresponden a los objetivos de la Agenda de Lisboa;

2.  Toma nota de la considerable lentitud con que ha comenzado el nuevo período de programación en muchos Estados miembros, lo que puede obstaculizar la utilización eficaz de la financiación; manifiesta, no obstante, su confianza en que se respeten los compromisos asumidos durante las negociaciones y el proceso de aprobación de los programas operativos, en beneficio de las regiones y de toda la Unión Europea;

Reducción de las diferencias regionales

3.  Toma nota de la determinación de los Estados miembros a afrontar las necesidades territoriales específicas derivadas de su ubicación geográfica y su desarrollo económico e institucional, a través de la elaboración de estrategias para reducir los desequilibrios dentro de las regiones y entre ellas; recuerda, en este contexto, las medidas propuestas por los Estados miembros para afrontar los retos particulares de desarrollo de las regiones con factores geográficos específicos, como son las regiones montañosas, las regiones insulares, las regiones ultraperiféricas, las ciudades fronterizas alejadas, las regiones que experimentan procesos de despoblación y las regiones fronterizas; reitera que el desarrollo económico respetuoso del medio ambiente y la reducción de las diferencias regionales siguen siendo los objetivos principales de la política regional de la UE;

4.  Lamenta que en muchos marcos estratégicos nacionales de referencia y programas operativos se hayan aplicado y documentado insuficientemente los principios de sostenibilidad, de igualdad de oportunidades y de no discriminación, así como de asociación; critica que la Comisión haya aprobado estos programas operativos a pesar de sus deficiencias, sin insistir en su mejora por parte de los Estados miembros o de las regiones;

5.  Resalta que la experiencia muestra que la convergencia entre los países puede ocultar un aumento de las disparidades entre las regiones y dentro de ellas; constata además que dichas disparidades regionales e intrarregionales pueden observarse en varios ámbitos, como el empleo, la productividad, las rentas, los niveles de educación y la capacidad de innovación; subraya la importancia de la dimensión territorial de la cohesión para superar estos problemas;

La política de cohesión al servicio de la Agenda de Lisboa

6.  Agradece los esfuerzos hechos por las autoridades nacionales para garantizar que la asignación media de gastos para la realización de la Agenda de Lisboa sea del 65 % de los fondos disponibles en las regiones del objetivo de convergencia y del 82 % en las regiones del objetivo de competitividad regional y empleo, que es más de lo solicitado inicialmente;

7.  Tiene la convicción de que sería necesaria una inversión mucho más cuantiosa en este ámbito; considera que, a la luz de la revisión intermedia de la aplicación de los Fondos Estructurales, deberían establecerse unas directrices de la UE más estrictas y deberían asignarse mayores recursos financieros para la consecución de estos objetivos y, en concreto, debería gastarse al menos un 5 % de la financiación estructural en mejorar la eficiencia energética de las viviendas existentes; pide a la Comisión, en este sentido, que dé curso a las Conclusiones del Consejo de Competitividad de los días 9 y 10 de octubre de 2008 sobre la eficiencia energética; subraya el papel clave y el potencial de desarrollo que representan las energías renovables descentralizadas para las regiones de la UE, tanto en términos de creación de empleo como de fomento del desarrollo sostenible local;

8.  Anima a las regiones a hacer esfuerzos por alcanzar los objetivos de Lisboa a través de una ejecución exhaustiva y eficaz de sus programas operativos; pide, asimismo, a la Comisión que supervise de cerca la ejecución de estos programas para garantizar que los objetivos se materializan en la práctica y que informe al Parlamento sobre los problemas que hayan surgido;

9.  Considera que resultan insuficientes los recursos financieros consagrados a las redes transeuropeas de energía, indispensables para la realización del mercado interior de la energía;

10.  Recuerda el importante papel que desempeñan las pequeñas empresas y las microempresas, y en particular las empresas artesanales, en la cohesión económica, social y territorial, por su importante contribución al crecimiento y al empleo; reclama, por consiguiente, la aplicación de una política activa en apoyo de todas las formas de innovación en esas empresas y anima asimismo a la Comisión a crear posibilidades de cooperación mutua entre las empresas, el sector público, las escuelas y las universidades para crear núcleos regionales de innovación de conformidad con la Estrategia de Lisboa;

Respuesta a la globalización y los cambios estructurales

11.  Agradece que todos los Estados miembros hayan destinado una cantidad importante de sus cuotas financieras totales a la inversión en I+D e innovación, desarrollando una economía de servicios basada en el conocimiento y promoviendo el espíritu empresarial y los servicios de apoyo a las empresas, así como que hayan ayudado a las empresas y los trabajadores a adaptarse a las nuevas condiciones; constata que, para la mayoría de las regiones de la UE del objetivo de convergencia, garantizar la accesibilidad sigue siendo un problema significativo, ya que no disponen de infraestructuras de transporte adecuadas;

12.  Opina que, con el fin de incrementar la competitividad de los Estados miembros y de la UE, debe apoyarse la política industrial mediante los Fondos Estructurales; apoya, por consiguiente, la prioridad concedida a la política de cohesión para desbloquear el potencial de las empresas, en particular el de las PYME;

Cambios demográficos y mercados laborales más inclusivos

13.  Felicita a los Estados miembros por los esfuerzos realizados por dar prioridad a inversiones con las que se pretende aumentar la participación laboral, garantizar la igualdad de oportunidades y, por ende, asumir las medidas apoyadas por el FSE y el programa PROGRESS (2007-2013), destinadas a contribuir a la eliminación de la discriminación y a mejorar la situación de la mujer en el mercado de trabajo; valora positivamente las medidas de los Estados miembros destinadas a mejorar los conocimientos y luchar contra la pobreza y la exclusión social con los programas financiados por el FSE; subraya que es importante y necesario proseguir los esfuerzos en apoyo del empleo ante la creciente crisis económica en Europa, teniendo particularmente en cuenta las necesidades especiales de las personas con discapacidad y de las personas mayores en cada una de las fases de la ejecución y evaluación de la política de cohesión;

14.  Apoya el "principio de cooperación" aplicado por la Comisión en la política de cohesión y pide a la Comisión que incluya a organizaciones de mujeres de escala local y nacional en todas las fases de negociación y ejecución;

Respuesta a los desafíos del desarrollo sostenible, el cambio climático y la energía

15.  Considera que las medidas para proteger el medio ambiente, luchar contra el cambio climático y promover la eficiencia energética deben introducirse en todos los programas operativos y agradece el compromiso de los Estados miembros para hacer frente a estos problemas, a los que han destinado casi un tercio del total del presupuesto de la política de cohesión; considera, no obstante, que las dotaciones específicas para luchar contra el cambio climático y promover la eficiencia energética son insuficientes para responder a las necesidades reales;

16.  Considera que es fundamental el desarrollo de polos de competitividad mediante la utilización de los Fondos Estructurales, pues no solo ofrecen un gran potencial de creación de puestos de trabajo bien remunerados y de generación de crecimiento económico, sino que también reducen la presión sobre las grandes aglomeraciones; acoge con satisfacción, a este respecto, la continuación del programa URBAN, pues es necesario revitalizar las zonas urbanas y rehabilitar las infraestructuras urbanas anticuadas;

17.  Subraya que en los Reglamentos relativos a los Fondos Estructurales se establece que los Estados miembros y la Comisión han de garantizar que en las diferentes fases de ejecución de dichos fondos se fomenta la igualdad entre mujeres y hombres y la integración de la perspectiva de género;

18.  Pide a los Estados miembros que suministren información completa a los ciudadanos, a las autoridades locales, a las ONG y a las organizaciones de mujeres sobre las posibilidades de financiación, especialmente en relación con programas específicos, el derecho a recibir cofinanciación con cargo a los Fondos Estructurales, las normas de cofinanciación, las normas de reembolso y el acceso a los anuncios de convocatorias de propuestas en el marco del nuevo periodo de programación 2007-2013;

19.  Pide a los Estados miembros que no permitan que un exceso de obstáculos administrativos impida a las organizaciones no gubernamentales solicitar financiación para proyectos, especialmente a las organizaciones dedicadas a apoyar a las mujeres que están en una situación económica desfavorable, a las inmigrantes, a las mujeres pertenecientes a minorías étnicas, a las mujeres con discapacidad, a las que cuidan a personas en situación de dependencia y a las mujeres víctimas de la violencia o la tortura;

20.  Constata que hay una diferencia importante en la manera en que los Estados miembros de la UE-15 y los de la UE-12 asignaban recursos a la protección del medio ambiente, y reconoce la necesidad de que los nuevos Estados miembros destinen muchos más recursos a la realización de los objetivos de la UE en materia de medio ambiente, clima y biodiversidad establecidos en el acervo comunitario;

21.  Subraya la importancia de que se consoliden las capacidades de cooperación y absorción de los fondos disponibles por todos los medios posibles, como el intercambio de mejores prácticas, las campañas de información, las acciones comunes, el intercambio de nuevas tecnologías y el desarrollo de asociaciones, pues ello contribuye a la ejecución eficiente de los programas de cooperación en curso y, en concreto, a un incremento de la capacidad de absorción de los nuevos Estados miembros;

22.  Considera que, en momentos de crisis económica, los Estados miembros deberían aprovechar la posibilidad de lograr sinergias entre la protección del medio ambiente y la creación de empleo, como prevén las directrices estratégicas en materia de cohesión, y asignar más recursos a proyectos que fomenten la economía e innovación ecológicas y los empleos "verdes";

Fortalecimiento de la gobernanza a múltiples niveles y de la asociación

23.  Considera que la gobernanza a múltiples niveles y el principio de asociación son fundamentales para la legitimidad de los programas operativos, para su transparencia y eficacia durante la fase de programación y, en particular, durante el proceso de ejecución; acoge con satisfacción, por consiguiente, los esfuerzos realizados por los Estados miembros, de conformidad con sus marcos institucionales y tradiciones específicos, para reforzar el principio de cooperación en sus programas del presente periodo, con arreglo al artículo 11 del Reglamento general del FEDER, el FSE y el Fondo de Cohesión; recomienda, en especial a los Estados miembros que tienen poca experiencia en establecer asociaciones eficaces, que refuercen los principios de asociación y de transparencia a la vez que ejecutan los programas operativos;

24.  Pide a los Estados miembros que eviten alargar excesivamente el plazo de reembolso de los costes de los proyectos finalizados, habida cuenta de que la insolvencia generada por semejante práctica impide a menudo que los receptores ‐en su mayoría autoridades locales y organizaciones sin ánimo de lucro‐ lleven a cabo actividades adicionales propias de sus ámbitos de competencia;

25.  Recuerda que los retrasos en la ejecución de la política estructural se deben, entre otras cosas, a la excesiva rigidez de los procedimientos, y que, por consiguiente, es necesario simplificar estos procedimientos y establecer un reparto claro de las responsabilidades y las competencias entre la UE, los Estados miembros y las autoridades regionales y locales;

26.  Pide a los Estados miembros que cooperen estrechamente con las autoridades regionales y locales, desde la fase de planificación de los marcos de referencia estratégicos nacionales, para garantizar la aplicación óptima de las estrategias nacionales y lograr plenamente los ideales que subyacen tras el concepto de gobernanza a múltiples niveles;

27.  Subraya la necesidad de promover la cooperación entre los sectores público y privado en forma de asociaciones público-privadas, para hacer posible la realización de muchos proyectos clave con objeto de reforzar los efectos de las inversiones;

28.  Observa que se requiere una evaluación de la coordinación y complementariedad de los programas de los Fondos Estructurales con los programas relativos al desarrollo rural; toma nota de que la experiencia sobre el terreno indica que no se aprovechan suficientemente las sinergias entre los dos programas;

Creación de capacidades institucionales

29.  Agradece la mayor sensibilización sobre la importancia de reforzar las capacidades institucionales y administrativas para una aplicación eficaz de las políticas públicas y la gestión de los fondos de la UE; pide que se hagan grandes esfuerzos en todas las regiones del objetivo de convergencia para reforzar la capacidad institucional y aumentar la profesionalidad de las autoridades públicas;

30.  Subraya la necesidad de que las políticas de cohesión atiendan también a las zonas rurales, pues solo con un desarrollo equilibrado de las zonas rurales y las zonas urbanas puede alcanzarse la cohesión territorial;

Integración de las políticas eficaces, intensificación del conocimiento y difusión de las buenas prácticas

31.  Agradece especialmente que los nuevos Estados miembros hayan incorporado en los programas operativos para el periodo de programación 2007-2013 los resultados de las iniciativas comunitarias URBAN y EQUAL; reconoce los esfuerzos realizados por los Estados miembros para establecer planes integrados de desarrollo urbano sostenible, puesto que las ciudades son la sede de las industrias y las responsables del crecimiento económico y la creación de empleo; considera, además, que se debe explotar todo el potencial de los programas de cooperación territorial europea, así como los instrumentos Jessica, Jaspers, Jeremie y Jasmine, para agilizar el desarrollo y alcanzar niveles de crecimiento más elevados;

32.  Pide a los Estados miembros que, en relación con todos los proyectos de los Fondos Estructurales, tengan en cuenta las repercusiones de los mismos sobre las mujeres y el aspecto del género;

Conclusiones

33.  Considera que no se pueden hacer juicios de valor sobre la manera en que los Estados miembros han decidido aplicar el marco previsto en las directrices estratégicas en materia de cohesión al crear sus propios marcos de referencia estratégica nacionales y programas operativos; agradece a todos los Estados miembros los esfuerzos realizados en todo momento para alcanzar los objetivos de la política de cohesión, dentro de sus necesidades y limitaciones particulares;

34.  Considera que la transparencia del proceso de concesión de fondos, junto con la simplificación administrativa y la consiguiente simplificación del acceso a la información por parte de los beneficiarios potenciales de los Fondos Estructurales representa un requisito importante para alcanzar el objetivo general de la política de cohesión;

35.  Pide a los Estados miembros que refuercen los procedimientos que emplean para garantizar que se aplique un enfoque integrado plenamente operativo en la ejecución de la política de cohesión, de forma que se garantice que todos los elementos de los programas operativos se tienen debidamente en cuenta;

36.  Anima a la Comisión a que siga haciendo esfuerzos para garantizar que los Estados miembros apliquen sistemas de control eficaces para que se pueda aplicar una buena gestión financiera a los gastos de la Comunidad;

37.  Constata que la actual crisis financiera mundial ha creado una situación nueva en todos los Estados miembros que requiere una reevaluación y un posible cambio de los objetivos de inversión; acoge con satisfacción las propuestas de la Comisión anteriormente citadas por las que se modifican los reglamentos para responder a las necesidades de la UE en estas circunstancias excepcionales, y reitera su opinión de que la política de cohesión es fundamental para la recuperación económica en todo el territorio de la UE; rechaza, por consiguiente, cualquier intento de renacionalizar la política;

o
o   o

38.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión, así como a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros.

(1) DO L 210 de 31.7.2006, p. 25.
(2) DO L 291 de 21.10.2006, p. 11.
(3) Textos Aprobados, P6_TA(2008)0492.

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