Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 5 de mayo de 2010, sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las orientaciones comunitarias para el desarrollo de la red transeuropea de transporte (versión refundida) (COM(2009)0391 – C7-0111/2009 – 2009/0110(COD))
– Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2009)0391),
– Vistos el artículo 251, apartado 2, y el artículo 156, párrafo primero, del Tratado CE, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C7-0111/2009),
– Vista la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo titulada «Consecuencias de la entrada en vigor del Tratado de Lisboa sobre los procedimientos interinstitucionales de toma de decisiones en curso» (COM(2009)0665),
– Visto el artículo 294, apartado 3, y el artículo 172, párrafo primero, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
– Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo de 4 de noviembre de 2009,
– Previa consulta al Comité de las Regiones,
– Visto el Acuerdo interinstitucional, de 28 de noviembre de 2001, para un recurso más estructurado a la técnica de la refundición de los actos jurídicos(1),
– Vista la carta dirigida por la Comisión de Asuntos Jurídicos a la Comisión de Transportes y Turismo el 11 de diciembre de 2009, de conformidad con el artículo 87, apartado 3, del Reglamento,
– Vistos los artículos 87 y 55 de su Reglamento,
– Visto el informe de la Comisión de Transportes y Turismo (A7-0030/2010),
A. Considerando que, según el grupo consultivo de los Servicios Jurídicos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión, la propuesta en cuestión no contiene ninguna modificación de fondo aparte de las señaladas como tales en la propuesta, y que, en lo que se refiere a la codificación de las disposiciones inalteradas de los textos existentes, la propuesta contiene una codificación pura y simple de las mismas, sin ninguna modificación de sus aspectos sustantivos,
1. Aprueba la posición en primera lectura que figura a continuación, teniendo en cuenta las recomendaciones del grupo consultivo de los Servicios Jurídicos del Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión;
2. Pide a la Comisión que le consulte de nuevo, si se propone modificar sustancialmente su propuesta o sustituirla por otro texto;
3. Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo, a la Comisión y a los Parlamentos nacionales.
Posición del Parlamento Europeo aprobada en primera lectura el 5 de mayo de 2010 con vistas a la adopción de la Decisión nº .../2010/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a las orientaciones de la Unión para el desarrollo de la red transeuropea de transporte (versión refundida)
(Dado que el Parlamento Europeo y el Consejo llegaron a un acuerdo sobre este texto, el tenor de la posición del Parlamento coincide con el acto legislativo final, Decisión n° 661/2010/UE.)