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 Texto íntegro 
Procedimiento : 2009/0110(COD)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : A7-0030/2010

Textos presentados :

A7-0030/2010

Debates :

PV 19/04/2010 - 19
CRE 19/04/2010 - 19

Votaciones :

PV 05/05/2010 - 13.34
Explicaciones de voto
Explicaciones de voto

Textos aprobados :

P7_TA(2010)0124

Textos aprobados
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Miércoles 5 de mayo de 2010 - Bruselas
Orientaciones comunitarias para el desarrollo de la red transeuropea de transporte (versión refundida) ***I
P7_TA(2010)0124A7-0030/2010
Resolución
 Texto

Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 5 de mayo de 2010, sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las orientaciones comunitarias para el desarrollo de la red transeuropea de transporte (versión refundida) (COM(2009)0391 – C7-0111/2009 – 2009/0110(COD))

(Procedimiento legislativo ordinario – refundición)

El Parlamento Europeo,

–  Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2009)0391),

–  Vistos el artículo 251, apartado 2, y el artículo 156, párrafo primero, del Tratado CE, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C7-0111/2009),

–  Vista la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo titulada «Consecuencias de la entrada en vigor del Tratado de Lisboa sobre los procedimientos interinstitucionales de toma de decisiones en curso» (COM(2009)0665),

–  Visto el artículo 294, apartado 3, y el artículo 172, párrafo primero, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–  Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo de 4 de noviembre de 2009,

–  Previa consulta al Comité de las Regiones,

–  Visto el Acuerdo interinstitucional, de 28 de noviembre de 2001, para un recurso más estructurado a la técnica de la refundición de los actos jurídicos(1),

–  Vista la carta dirigida por la Comisión de Asuntos Jurídicos a la Comisión de Transportes y Turismo el 11 de diciembre de 2009, de conformidad con el artículo 87, apartado 3, del Reglamento,

–  Vistos los artículos 87 y 55 de su Reglamento,

–  Visto el informe de la Comisión de Transportes y Turismo (A7-0030/2010),

A.  Considerando que, según el grupo consultivo de los Servicios Jurídicos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión, la propuesta en cuestión no contiene ninguna modificación de fondo aparte de las señaladas como tales en la propuesta, y que, en lo que se refiere a la codificación de las disposiciones inalteradas de los textos existentes, la propuesta contiene una codificación pura y simple de las mismas, sin ninguna modificación de sus aspectos sustantivos,

1.  Aprueba la posición en primera lectura que figura a continuación, teniendo en cuenta las recomendaciones del grupo consultivo de los Servicios Jurídicos del Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión;

2.  Pide a la Comisión que le consulte de nuevo, si se propone modificar sustancialmente su propuesta o sustituirla por otro texto;

3.  Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo, a la Comisión y a los Parlamentos nacionales.

(1) DO C 77 de 28.3.2002, p. 1.


Posición del Parlamento Europeo aprobada en primera lectura el 5 de mayo de 2010 con vistas a la adopción de la Decisión nº .../2010/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a las orientaciones de la Unión para el desarrollo de la red transeuropea de transporte (versión refundida)
P7_TC1-COD(2009)0110

(Dado que el Parlamento Europeo y el Consejo llegaron a un acuerdo sobre este texto, el tenor de la posición del Parlamento coincide con el acto legislativo final, Decisión n° 661/2010/UE.)

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