Índice 
 Anterior 
 Siguiente 
 Texto íntegro 
Procedimiento : 2009/2225(INI)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : A7-0066/2010

Textos presentados :

A7-0066/2010

Debates :

Votaciones :

PV 05/05/2010 - 13.43
Explicaciones de voto
Explicaciones de voto

Textos aprobados :

P7_TA(2010)0133

Textos aprobados
PDF 156kWORD 73k
Miércoles 5 de mayo de 2010 - Bruselas
Una nueva Agenda Digital para Europa: 2015.eu
P7_TA(2010)0133A7-0066/2010

Resolución del Parlamento Europeo, de 5 de mayo de 2010, sobre una nueva Agenda Digital para Europa: 2015.eu (2009/2225(INI))

El Parlamento Europeo,

–  Vista la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones titulada «Informe sobre la competitividad digital de Europa. Principales logros de la estrategia i2010 entre 2005 y 2009» (COM(2009)0390),

–  Vista la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones titulada «Comercio electrónico transfronterizo entre empresas y consumidores en la UE» (COM(2009)0557),

–  Vista su Resolución, de 14 de marzo de 2006, sobre una sociedad de la información europea para el crecimiento y el empleo(1),

–  Vista su Resolución, de 14 de febrero de 2007, sobre el camino hacia una política europea en materia de espectro radioeléctrico(2),

–  Vista su Resolución, de 19 de junio de 2007, sobre la elaboración de una política europea en materia de banda ancha(3),

–  Vista su Resolución, de 21 de junio de 2007, sobre la confianza de los consumidores en un entorno digital(4),

–  Visto el artículo 48 de su Reglamento,

–  Vistos el informe de la Comisión de Industria, Investigación y Energía y las opiniones de la Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor y de la Comisión de Cultura y Educación (A7-0066/2010),

A.  Considerando que las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) impregnan virtualmente todos los aspectos de nuestras vidas y están indisolublemente ligadas a nuestro deseo de una economía próspera y competitiva, de la conservación del medio ambiente y de una sociedad más democrática, abierta e integradora,

B.  Considerando que Europa debe desempeñar una función preponderante en materia de creación y aplicación de TIC, generando un mayor valor para sus ciudadanos y empresas; considerando que el uso de las TIC contribuye a apuntalar los actuales retos estructurales, alcanzando un crecimiento económico sostenible,

C.  Considerando que Europa solo se beneficiará de esta revolución digital si se moviliza a todos los ciudadanos de la UE y se les permite participar plenamente en la nueva sociedad digital y si se sitúa a la persona en el núcleo de la acción política; que esta revolución digital ya no puede considerarse una evolución del pasado industrial, sino más bien un proceso de cambios radicales,

D.  Considerando que el desarrollo de la sociedad digital debe ser inclusivo y accesible para todos los ciudadanos de la Unión Europea, con el apoyo de políticas eficaces cuyo objetivo sea reducir la brecha digital dentro de la Unión Europea, permitiendo a un número mayor de ciudadanos con formación en nuevas tecnologías aprovechar plenamente las oportunidades ofrecidas por las nuevas tecnologías de la información y la comunicación,

E.  Considerando que si bien la banda ancha está disponible para más del 90 % de la población de la UE, sólo se utiliza en el 50 % de los hogares,

F.  Considerando que los mercados de comunicaciones competitivos son importantes para garantizar que los usuarios obtengan el máximo beneficio en términos de oferta, calidad y precios asequibles,

G.  Considerando que el potencial de Europa se encuentra estrechamente vinculado con las cualificaciones de su población, su fuerza de trabajo y sus organizaciones; que, sin cualificaciones, las tecnologías e infraestructuras TIC solo podrán aportar un valor añadido económico y social limitado,

H.  Considerando que las TIC pueden ser un acicate extraordinario de los esfuerzos por llevar el desarrollo positivo y sostenible a todos los países del mundo y para luchar contra la pobreza y las desigualdades sociales y económicas,

I.  Considerando que, si los ciudadanos no tienen la confianza suficiente en el marco jurídico del nuevo espacio digital, se abstendrán de interactuar, expresar sus opiniones libremente y realizar operaciones; considerando que la garantía y la observancia de los derechos fundamentales en este contexto constituye una condición indispensable para lograr la confianza de los ciudadanos, y que la garantía de la protección de los derechos de propiedad intelectual (DPI) y de otro tipo constituye una condición indispensable para lograr la confianza de las empresas,

J.  Considerando que los delitos cibernéticos, como la incitación a cometer ataques terroristas, actos criminales basados en el odio y pornografía infantil, han aumentado y están poniendo en peligro a los individuos, incluidos los niños,

K.  Considerando que las industrias culturales y creativas europeas no sólo desempeñan un papel esencial en el fomento de la diversidad cultural, el pluralismo de los medios de comunicación y la democracia participativa en Europa, sino que también constituyen un importante motor del crecimiento sostenible y de la recuperación económica de la Unión Europea; considerando que conviene prestar especial atención a las especificidades culturales y lingüísticas en el marco del debate sobre la creación de un mercado único en el sector de los contenidos creativos,

L.  Considerando que la sociedad democrática europea, la participación de los ciudadanos en el debate público y el acceso a la información en el mundo digital dependen de un sector de la prensa pleno de vitalidad y competitivo como cuarto pilar de la democracia,

M.  Considerando que los avances insuficientes en materia de creación, difusión y uso de las TIC causan el retraso del crecimiento y la productividad y que las empresas jóvenes con gran potencial de crecimiento que participan en las innovaciones de las TIC tienen dificultades para establecerse de forma duradera en los mercados,

N.  Considerando que los sectores privado y público necesitan invertir en nuevas plataformas y servicios innovadores, como, por ejemplo, la computación en nube («cloud computing»), la salud electrónica («eHealth»), los contadores inteligentes, la movilidad inteligente, etc., y que el fortalecimiento del mercado único europeo incrementará el interés por invertir en la economía y los mercados europeos, y dará lugar a nuevas economías de escala,

O.  Considerando que aún no hemos alcanzado un mercado único plenamente operativo para los servicios y comunicaciones en línea en Europa, que, en la actualidad, la libre circulación de los servicios digitales y el comercio electrónico transfronterizo se ven gravemente entorpecidos por unas normas fragmentadas a escala nacional y que las empresas y los servicios públicos europeos obtendrán beneficios económicos y sociales por el uso de servicios y aplicaciones TIC avanzadas,

P.  Considerando que, si bien Internet es el canal minorista que crece más rápidamente, la diferencia entre el comercio electrónico nacional y transnacional en la UE va en aumento, y que existe un notable potencial de ahorro merced al comercio electrónico transnacional para los ciudadanos de la UE, como se indica en la Comunicación de la Comisión sobre «Comercio electrónico transfronterizo entre empresas y consumidores en la UE» (COM(2009)0557),

1.  Pide a la Comisión que presente una propuesta para una agenda digital ambiciosa y un plan de acción que permitan a Europa avanzar hacia una sociedad digital abierta y próspera que ofrezca oportunidades económicas, sociales y culturales a todos los ciudadanos de la UE; propone que esta nueva agenda digital se denomine «Agenda 2015.eu» y esté basada en el modelo de la espiral virtuosa 2015.eu;

2.  Subraya la importancia de proseguir los esfuerzos para conseguir el acceso ubicuo de alta velocidad para todos los ciudadanos y consumidores a la banda ancha fija y móvil, también mediante la salvaguarda de la competencia en beneficio del consumidor; hace hincapié en que esto requiere políticas específicas que promuevan la competencia, una inversión eficaz e innovación en infraestructuras de acceso nuevas y mejoradas, así como que favorezcan la elección del consumidor facilitando el acceso, en condiciones equitativas y a precios competitivos para todos los ciudadanos, independientemente de su ubicación, garantizando así que ningún ciudadano europeo quede excluido;

3.  Considera que, en 2013, todos los hogares de la UE deberían tener acceso a Internet de banda ancha a precios competitivos; pide a la Comisión y a los Estados miembros que promuevan todos los instrumentos políticos disponibles para conseguir la banda ancha para todos los ciudadanos de la Unión Europea, incluido el uso de los Fondos Estructurales europeos y de la eficiencia del dividendo digital para ampliar la cobertura y la calidad de la banda ancha móvil; pide además a los Estados miembros que impriman un nuevo impulso a la estrategia europea de banda ancha de alta velocidad, en particular actualizando sus objetivos nacionales en materia de cobertura de banda ancha de alta velocidad;

4.  Señala que existen algunas ambigüedades en las normas sobre ayudas estatales que pueden afectar a los servicios de banda ancha con apoyo comunitario, en particular, en lo relativo a la capacidad de las autoridades públicas de consolidar sus propios requisitos de red como base para nuevas inversiones; pide a la Comisión que aborde estos problemas de manera urgente;

5.  Recuerda que se debe prestar especial atención a las zonas rurales, a las zonas afectadas por una transición industrial y a las regiones que sufren graves desventajas permanentes de carácter natural o demográfico, en particular las regiones ultraperiféricas; considera que la solución adecuada para garantizar una oferta efectiva a Internet de banda ancha y el acceso a la misma por parte de los ciudadanos de estas regiones en un plazo aceptable y con un coste razonable es a través de tecnologías inalámbricas, como por satélite, que permiten una conectividad ubicua inmediata a la espina dorsal de Internet;

6.  Recuerda que las obligaciones de servicio universal corresponden a un conjunto mínimo de servicios de una determinada calidad al que todos los usuarios finales deben tener acceso a un precio asequible, sin distorsión de la competencia y sin imponer una carga adicional para los consumidores y los operadores; insta a la Comisión a que presente sin demora su tan esperada revisión del servicio universal;

7.  Subraya la importancia de garantizar a los usuarios finales con discapacidad un acceso de un nivel equivalente al disponible para el resto de usuarios finales, tal como reclamó el Parlamento Europeo en su revisión de la Directiva relativa al servicio universal y los derechos de los usuarios; pide a la Comisión que tenga lo más en cuenta posible las necesidades de los usuarios con discapacidad en la «agenda 2015.eu»;

8.  Pide a la Comisión que realice una evaluación de impacto para analizar cómo se puede realizar una portabilidad de números a escala de la UE;

9.  Subraya la importancia de que Europa siga siendo el «continente móvil» del mundo y de garantizar que el 75 % de los abonados a la telefonía móvil son usuarios de banda ancha móvil con acceso a servicios inalámbricos de alta velocidad de aquí a 2015;

10.  Reitera la necesidad de acelerar el despliegue armonizado del espectro del dividendo digital de forma no discriminatoria y sin comprometer los servicios de radiodifusión existentes y reforzados;

11.  Pide a la Comisión que haga frente, a través del Comité del espectro radioeléctrico, a los requisitos prácticos y técnicos para garantizar la oportuna disponibilidad del espectro, con la suficiente flexibilidad, para permitir la introducción de nuevas tecnologías y servicios como la banda ancha móvil; pide a la Comisión que elabore un informe sobre competencia y desarrollo del mercado de frecuencias;

12.  Subraya la necesidad de una ulterior evaluación e investigación de las interferencias entre los usuarios existentes y futuros del espectro, con objeto de mitigar las posibles consecuencias negativas para los consumidores;

13.  Considera que, habida cuenta de que los porcentajes de acceso a Internet están aumentando, los Estados miembros deben esforzarse por lograr la conexión del 50 % de los hogares de la UE a las redes de muy alta velocidad para el año 2015 y del 100 % para el año 2020, creando para el usuario final una situación fiable y mejor en línea con las expectativas y necesidades de los consumidores; recuerda que es fundamental disponer de un marco político adecuado para permitir la inversión privada, preservar la competencia y ampliar las opciones de los consumidores;

14.  Insta a los Estados miembros que transpongan el nuevo marco regulador de las comunicaciones electrónicas antes del plazo establecido, que lo apliquen plenamente y que atribuyan a los reguladores nacionales las consiguientes competencias; hace hincapié en que el nuevo marco establece un marco reglamentario previsible y coherente que estimula la inversión y promueve mercados competitivos de las redes, productos y servicios del sector de las TIC, contribuyendo a un mercado único reforzado de los servicios de la sociedad de la información; insiste en que cualquier orientación para la aplicación del paquete de medidas sobre telecomunicaciones para el acceso de próxima generación tiene que hacer plenamente efectivos los conceptos introducidos en las Directivas para fomentar el despliegue de estas redes;

15.  Considera que es necesario aumentar la efectividad de la coordinación reguladora asegurando que el BEREC esté plenamente operativo lo antes posible;

16.  Pide a las partes interesadas que adopten modelos abiertos para el despliegue de las redes de comunicaciones a fin de contribuir a impulsar la innovación y vigorizar la demanda;

17.  Reitera la necesidad de transparencia y predictibilidad en la reglamentación y pide a la Comisión que continúe integrando los principios de «legislar mejor» en la elaboración de iniciativas tanto legislativas como no legislativas, sobre todo por medio de evaluaciones de impacto específicas y oportunas;

18.  Reitera que la interoperabilidad y la accesibilidad están interrelacionadas y que constituyen los sillares sobre los que se ha de construir una sociedad de la información eficiente, con objeto de que los productos, las infraestructuras y los servicios interactúen entre sí de manera que los europeos puedan acceder a los servicios y los datos, con independencia del software que utilicen;

19.  Insiste en que las competencias digitales son fundamentales para una sociedad digital integradora, y que se debería ofrecer y facilitar los incentivos para desarrollar la capacitación y la comprensión digital a todos los ciudadanos de la UE; subraya que las competencias digitales podrían ayudar a la integración social de las personas desfavorecidas (es decir, las personas mayores y las personas con bajos ingresos); pide a la Comisión y a los Estados miembros que afronten las disparidades entre los distintos grupos de la sociedad en términos de alfabetización digital y uso de Internet, la denominada segunda brecha digital emergente; hace hincapié en el compromiso fundamental de reducir a la mitad las carencias de alfabetización y competencia digitales de aquí a 2015;

20.  Pide que se respete la transparencia, la accesibilidad y la igualdad de oportunidades al usar las TIC, con objeto de facilitar su uso a un número cada vez mayor de ciudadanos europeos;

21.  Subraya que todas las escuelas de enseñanza primaria y secundaria deben contar con conexiones de Internet de alta velocidad fiables y de calidad para 2013 y con conexiones de Internet de muy alta velocidad para 2015, si procede, con el apoyo de la política regional y de cohesión; hace hincapié en que la formación en el sector de las TIC y el e-learning deberían ser parte integrante de las actividades de aprendizaje permanente mediante la creación de programas de educación y formación mejores y más accesibles;

22.  Reconoce la importancia del aprendizaje por medios electrónicos como método de educación adaptado a las innovaciones de las TIC que puede satisfacer las necesidades de las personas que tienen problemas para acceder a los métodos convencionales de aprendizaje, pero subraya que es una premisa esencial que se produzca un intercambio de información entre los profesores, los estudiantes y otras partes interesadas; opina que conviene estimular asimismo los intercambios internacionales para que los centros educativos vuelvan a desempeñar un importante cometido en la promoción del entendimiento entre las gentes;

23.  Recomienda la introducción del concepto de competencia digital en el sistema educativo desde preescolar, junto con nociones de idiomas, con objeto de formar al usuario lo más pronto posible;

24.  Señala la importancia de dotar a los ciudadanos de la UE de competencias digitales para ayudarles a disfrutar plenamente de los beneficios de participar en la sociedad digital; reitera la necesidad de garantizar que los conocimientos, las habilidades, las competencias y la creatividad de los trabajadores europeos cumplen las normas mundiales más elevadas y se actualizan constantemente; cree que la alfabetización y las competencias digitales deben ser aspectos centrales de las políticas de la UE, ya que son los principales impulsores de la sociedad de la innovación en Europa;

25.  Propone la puesta en marcha de un plan de acción de alfabetización digital e inclusión a escala de la UE y de los Estados miembros, que incluya en particular: posibilidades específicas de formación en alfabetización digital para los desempleados y los grupos más expuestos al riesgo de exclusión, incentivos para las iniciativas del sector privado destinadas a ofrecer formación en competencias digitales a todos sus empleados, una iniciativa a escala europea «Navega con inteligencia» para familiarizar a todos los estudiantes, incluidos los comprometidos en el aprendizaje permanente y en la formación profesional, con el uso seguro de las TIC y los servicios en línea, y un sistema de certificación común de las TIC a escala de la UE;

26.  Pide a los Estados miembros que adopten todas las medidas necesarias para estimular a los jóvenes profesionales a que elijan las TIC como carrera; pide a los Estados miembros que, mientras tanto, hagan más hincapié en sus programas nacionales de educación en las materias de ciencias, como matemáticas y física, para los alumnos de escuela primaria; opina que, al existir una necesidad real y urgente de actuar para satisfacer la demanda de capacidades en el sector de las TCI en Europa, incluso a corto y medio plazo, será necesaria una mejor base de datos para el control de las capacidades electrónicas; pide a las instituciones de la UE que emprendan más acciones para crear esta base de datos;

27.  Subraya que todos los ciudadanos de la UE deben ser informados de sus derechos y obligaciones digitales básicos mediante una carta europea de los derechos de los ciudadanos y los consumidores en el entorno digital que consolide y actualice el acervo comunitario como corresponda; considera que esta carta debe consolidar el acervo comunitario e incluir, en particular, los derechos de los consumidores con relación a la protección de la privacidad, los usuarios vulnerables y los contenidos digitales, así como garantizar prestaciones adecuadas de interoperabilidad; reitera que los derechos en el contexto digital deben considerarse dentro del marco general de los derechos fundamentales;

28.  Cree firmemente que la protección de la privacidad constituye un valor fundamental, y que todos los usuarios deben tener el control de sus datos personales, lo que incluye el «derecho a ser olvidado»; insta a la Comisión a que tenga en cuenta no sólo los aspectos de la protección de datos y de la intimidad como tales, sino sobre todo las necesidades específicas de los menores y de los adultos jóvenes con respecto a estas cuestiones; pide a la Comisión que presente una propuesta para la adaptación de la Directiva de Protección de Datos al actual contexto digital;

29.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que tomen nuevas medidas para mejorar la seguridad digital, luchar contra la delincuencia cibernética y el spam, mejorar la confianza de los usuarios y asegurar el ciberespacio de la Unión Europea contra todo tipo de crímenes y delitos; pide asimismo a la Comisión y a los Estados miembros que desarrollen y mejoren de manera efectiva la cooperación internacional en este ámbito; recuerda a los Estados miembros que casi la mitad de ellos aún no han ratificado el Convenio sobre delincuencia cibernética del Consejo de Europa y les insta a que lo ratifiquen y apliquen;

30.  Pide a los Estados miembros la adopción de medidas para facilitar que todos los ciudadanos dispongan en Europa de una identificación electrónica segura;

31.  Insiste en que se debe garantizar un Internet abierto, donde los ciudadanos tengan derecho y los usuarios comerciales puedan acceder a la información y a distribuirla o a ejecutar aplicaciones y servicios de su elección, como establece el marco reglamentario revisado; pide a la Comisión, al Organismo de Reguladores Europeos de Comunicaciones Electrónicas (BEREC) y a las autoridades nacionales de reglamentación (ANR) que promuevan las disposiciones sobre la «neutralidad de la red», supervisen de cerca su aplicación e informen de ello al Parlamento antes de finales de 2010; considera que la legislación de la UE debe salvaguardar la disposición denominada «mera transmisión» (mere conduit), establecida en la Directiva sobre comercio electrónico (2000/31/CE), como elemento fundamental para permitir una competencia libre y abierta en el mercado digital;

32.  Hace hincapié en que el pluralismo, la libertad de prensa y el respeto de la diversidad cultural son valores fundamentales y objetivos últimos de la Unión Europea; pide, por lo tanto, a la Comisión Europea que vele por que todas las políticas de la UE propuestas se atengan a estos valores y objetivos;

33.  Se congratula por la rápida aplicación de la legislación sobre itinerancia; subraya la necesidad de seguir supervisando de forma constante los precios de la itinerancia de telefonía móvil en la Unión Europea, incluidos los de la itinerancia de datos; pide al Organismo de Reguladores Europeos de Comunicaciones Electrónicas (BEREC) que lleve a cabo un análisis independiente sobre otros métodos de regulación de precios que podrían utilizarse para crear un mercado interior competitivo de itinerancia; pide a la Comisión que, sobre la base del análisis del Organismo de Reguladores Europeos de Comunicaciones Electrónicas (BEREC) y de su propio examen, proponga antes de 2013 una solución a largo plazo al problema de la itinerancia con el fin de garantizar que el mercado interno de itinerancia funcione correctamente, se oriente a las necesidades del consumidor y sea competitivo, lo que conducirá a una reducción de tarifas;

34.  Subraya que los servicios digitales pueden contribuir a que Europa haga pleno uso del mercado interior y de sus oportunidades; pide una política eficaz para un mercado único digital que haga que los servicios en línea en Europa sean más competitivos, accesibles, transfronterizos y transparentes, proporcionando el mayor nivel posible de protección de los consumidores y poniendo fin a la discriminación territorial; pide a las instituciones de la UE que eliminen, antes de 2013, los principales obstáculos reglamentarios y administrativos a las transacciones transfronterizas en línea; pide a la Comisión que continúe su evaluación en curso del acervo comunitario relativo al mercado único digital y proponga acciones legislativas específicas en relación con los principales obstáculos;

35.  Pide un estudio sobre normas armonizadas dentro de la UE para promover un mercado común de computación en nube y comercio electrónico;

36.  Pide a la Comisión que examine medidas para seguir aumentando la transparencia con respecto a los términos y las condiciones del comercio transfronterizo en línea y la eficacia de la ejecución y el recurso transfronterizos; subraya que un desarrollo exitoso del comercio en línea requiere una distribución eficiente de productos y mercancías, y, por lo tanto, pone de relieve la necesidad de una rápida aplicación de la Tercera Directiva Postal (2008/6/CE);

37.  Opina que los Estados miembros deben garantizar el necesario contexto digital para las empresa, especialmente para las PYME; pide a los Estados miembros que creen una ventanilla única para el IVA con el fin de facilitar el comercio transfronterizo en línea para las PYME y los empresarios, y pide a la Comisión que apoye el uso generalizado de facturas electrónicas;

38.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que garanticen que, para 2015, al menos el 50 % de todos los contratos públicos se efectúan a través de medios electrónicos, tal como establece el plan de acción acordado en la conferencia ministerial sobre el acceso en línea a la administración pública (eGovernment), celebrada en Manchester en 2005;

39.  Opina que, casi una década después de su adopción, las directivas que establecen el marco jurídico para la sociedad de la información parecen ya obsoletas debido a la mayor complejidad del entorno en línea, a la introducción de las nuevas tecnologías y al hecho de que los datos de los ciudadanos de la UE cada vez se procesan más fuera de la UE; considera que, si bien los aspectos jurídicos derivados de algunas directivas se pueden resolver con una actualización progresiva de las mismas, otras directivas requieren una revisión más exhaustiva y que es necesaria la adopción de un marco internacional para la protección de datos;

40.  Hace hincapié en el valor que puede tener para los ciudadanos y las empresas la conversión de los servicios públicos al sistema digital (eGovernment), con objeto de facilitar una oferta de servicios públicos más eficaz y personalizada; pide a los Estados miembros que se sirvan de las TIC para mejorar la transparencia y la responsabilidad de la acción del gobierno y contribuir a una democracia más participativa en la que se vean implicados todos los grupos socioeconómicos, sensibilice a los nuevos usuarios y genere confianza y seguridad; pide a los Estados miembros que elaboren planes nacionales para la conversión de los servicios públicos al sistema digital que incluyan objetivos y medidas para que las personas con discapacidad puedan acceder a todos los servicios públicos en línea antes de 2015;

41.  Subraya la importancia de la banda ancha para la salud de los ciudadanos europeos, permitiendo el uso de tecnologías eficientes de información sanitaria, mejorando la calidad de la atención, ampliando el alcance geográfico de la asistencia sanitaria a zonas rurales insulares, montañosas y escasamente pobladas, facilitando los cuidados en el hogar y reduciendo los tratamientos innecesarios y los costosos traslados de pacientes; recuerda que la banda ancha también puede contribuir a proteger a los ciudadanos europeos al facilitar y difundir información pública sobre seguridad, procedimientos, respuesta ante catástrofes y recuperación;

42.  Señala que las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) son especialmente importantes para las personas con discapacidades, puesto que su necesidad de asistencia tecnológica para sus actividades diarias es mayor a la de otras personas; considera que las personas con discapacidades tienen derecho a participar, en igualdad de condiciones, en el desarrollo rápido de los productos y servicios fruto de las nuevas tecnologías, para que puedan beneficiarse de una sociedad de la información inclusiva y sin barreras;

43.  Hace hincapié en la necesidad de desarrollar una «quinta libertad» que permita la libre circulación de contenidos y conocimientos y que alcance, para 2015, un marco jurídico de acceso a los contenidos digitales en Europa que sea convergente y favorable a los consumidores, mejore la seguridad para estos últimos y establezca un equilibrio entre los titulares de derechos y el acceso del público en general a los contenidos y a los conocimientos; insta a la UE, habida cuenta del ritmo de desarrollo tecnológico, a que acelere el debate sobre los derechos de autor y a que analice el impacto de un título europeo en virtud del artículo 118 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea para garantizar una protección uniforme de los derechos de propiedad intelectual, tanto on line como off line, en toda la Unión;

44.  Reconoce que las industrias de la creación y de la cultura europeas no solo desempeñan un papel fundamental en la promoción de la diversidad cultural, del pluralismo de los medios de comunicación y de la democracia participativa en Europa, sino que son también un importante motor para lograr un crecimiento sostenible en la Unión, y, por consiguiente, pueden desempeñar una función decisiva en la recuperación económica de la UE; reconoce la necesidad de favorecer un entorno que siga alentando la industria de la creación; pide a este respecto a la Comisión que aplique la Convención de la UNESCO sobre la protección y la promoción de la diversidad de las expresiones culturales en todas las iniciativas relacionadas con la Agenda Digital;

45.  Destaca que una agenda digital europea debe promover la producción y difusión en la Unión Europea de contenidos de alta calidad y diversificados desde el punto de vista cultural, con objeto de alentar a todos los ciudadanos de la UE para que adopten las tecnologías digitales como Internet, y optimizar los beneficios culturales y sociales que los ciudadanos de la UE pueden obtener de estas tecnologías; Recomienda que se emprenda una campaña de información a escala de la UE para alcanzar un nivel más elevado de sensibilización, en particular mediante el desarrollo y la difusión de contenidos culturales digitales; pide a la Comisión Europea que evalúe, en el marco de su programa de trabajo legislativo, la posibilidad de permitir que los Estados miembros apliquen un tipo de IVA reducido a la distribución de bienes culturales en línea;

46.  Subraya que Internet, que ofrece muchas oportunidades nuevas para la circulación y el acceso a los productos del trabajo creativo, también plantea nuevos desafíos para asegurar el ciberespacio de la Unión Europea contra nuevos tipos de crímenes y delitos; indica que la aplicación de sanciones, uno de los instrumentos disponibles en el ámbito de la aplicación de los derechos de autor, debería centrarse, en principio, más bien en los usuarios comerciales que en los particulares;

47.  Considera que, a la luz de las nuevas tecnologías, de los nuevos medios de distribución digital y de los nuevos hábitos de los consumidores, la UE necesita promover las políticas de oferta y considerar el desarrollo ulterior de las normas de concesión de licencias de derechos de autor y de liquidación; pide un sistema de gestión de derechos y de liquidación mejor, más eficaz, más coherente y transparente tanto para las obras musicales como audiovisuales, así como más transparencia y competencia entre las organizaciones de gestión y recaudación de derechos;

48.  Destaca que en la nueva Agenda Digital se ha de prestar mayor atención a la digitalización del singular patrimonio cultural de Europa y a mejorar el acceso de los ciudadanos al mismo; insta a los Estados miembros a que aporten un apoyo financiero adecuado para la política de digitalización de la UE, y también anima tanto a la Comisión como a los Estados miembros a encontrar las soluciones apropiadas para los actuales obstáculos jurídicos;

49.  Manifiesta su profunda preocupación acerca del futuro del proyecto de biblioteca digital europea, a menos que se produzcan cambios radicales en los ámbitos del formato digital de la biblioteca, la gestión, la eficiencia, la viabilidad, la utilidad y la cobertura mediática a gran escala del proyecto;

50.  Considera que, junto con un despliegue coherente de las TIC, es fundamental promover la excelencia de la investigación sobre las mismas y favorecer la inversión pública y privada en investigación e innovación de alto riesgo y realizada de forma conjunta en materia de TIC; destaca que Europa debería estar en la vanguardia del desarrollo de tecnologías de Internet, la computación en nube, los entornos inteligentes y superordenadores, y aplicaciones TIC con baja emisión de carbono; propone doblar el presupuesto que dedica la UE a la investigación de las TIC, y multiplicar por cuatro el presupuesto de asimilación de las TIC en las próximas perspectivas financieras;

51.  Lamenta el hecho de que, en lo relativo a atraer, desarrollar y mantener el talento académico en materia de TIC, Europa siga detrás de otros mercados destacados y padezca una fuga de cerebros considerable debida a las mejores condiciones de trabajo en los EE.UU. para los académicos e investigadores; hace hincapié en que, para abordar este problema, Europa tiene que trabajar con las instituciones académicas, además de con la industria, para desarrollar un programa de desarrollo profesional dinámico que potencie la función vital de la comunidad de la investigación científica en una estrategia de innovación en materia de TIC de amplia base y de primera categoría;

52.  Considera que todos los centros europeos de investigación y todas las infraestructuras europeas deberán estar conectados antes del 2015 a redes de comunicación de velocidad ultra alta, del orden de Gbps, creando una intranet para la comunidad europea de investigadores;

53.  Pide una mayor inversión en el uso de software de fuente abierta en la UE;

54.  Pide nuevas inversiones en investigación para mejorar el uso de los instrumentos digitales existentes con objeto de garantizar el acceso de todos los ciudadanos a los productos culturales;

55.  Muestra su preocupación por la burocracia del Programa marco (PM) de la UE; pide a la Comisión que elimine la burocracia reestructurando los procesos del PM sin poner en peligro el programa y creando un consejo de usuarios;

56.  Invita a la Comisión a que evalúe con los Estados miembros de qué manera las Directivas 2004/17/CE y 2004/18/CE sobre contratos públicos y la transposición de las mismas apoyan la investigación y la innovación y, si es preciso, a identificar las mejores prácticas; pide a la Comisión y a los Estados miembros que consideren el desarrollo de indicadores de innovación en los contratos públicos;

57.  Recuerda que la futura competitividad de Europa y su capacidad para recuperarse de la actual crisis económica dependen en gran medida de su capacidad para facilitar un despliegue general y efectivo de las TIC en las empresas; señala, no obstante, que las PYME siguen estando muy por detrás de las grandes empresas y hace especial hincapié en las garantías que es necesario proporcionar a las micro y pequeñas empresas a fin de que no queden excluidas de la evolución de las TIC; pide a los Estado miembros y a la Comisión que refuercen las medidas de apoyo a las PYME en lo que respecta al uso de herramientas TIC a fin de impulsar su productividad;

58.  Pide a la Comisión que presente un plan digital para promover las oportunidades de negocio en línea, destinado sobre todo a ofrecer alternativas a aquellas personas que recientemente hayan quedado en paro dentro del contexto de la crisis financiera; opina que el plan debería consistir en facilitar programas y equipos asequibles, junto con conexión gratuita a Internet y consultoría gratuita;

59.  Considera que la Agenda 2015.eu debe tener por objeto la integración de las TIC en una economía de bajas emisiones de carbono; pide que se exploten las tecnologías TIC para alcanzar los objetivos 20-20-20 de la estrategia para hacer frente al cambio climático; considera que la implementación de aplicaciones tales como las redes de energía inteligentes, los sistemas de medición inteligentes, la movilidad inteligente, los vehículos inteligentes, la gestión del agua inteligente y la salud en línea deben considerarse iniciativas claves de la Agenda 2015.eu; señala asimismo que, para 2015, la huella del sector de las TIC se debería reducir en un 50 %;

60.  Considera que el principio del comercio justo debería dirigir el comercio internacional, con el objetivo de conseguir un equilibrio adecuado entre la liberalización de mercados y la protección legítima de varios sectores económicos, con un énfasis especial en las condiciones laborales y sociales;

61.  Considera que la apropiación de la Agenda 2015.eu por parte de todos los niveles políticos y geográficos (UE, nacional y regional), en un espíritu de gobernanza a varios niveles, así como la visibilidad política, constituyen requisitos fundamentales para una aplicación efectiva; propone a este respecto que se organicen periódicamente cumbres sobre la agenda digital, a fin de evaluar los progresos realizados a escala de la UE y de los Estados miembros y renovar el impulso político;

62.  Llama la atención de la Comisión, en particular sobre la necesidad de establecer objetivos inteligentes (específicos, mensurables, adecuados, realistas y basados en el tiempo) y de adoptar un plan de acción que movilice todos los instrumentos adecuados de la UE: financiación, instrumentos jurídicos no vinculantes y, en su caso, legislación específica en todos los ámbitos políticos pertinentes (es decir, comunicaciones electrónicas, educación, investigación, innovación, política de cohesión); pide a la Comisión que lleve a cabo una revisión periódica de los logros de la estrategia 2015.eu sobre la base de un conjunto amplio de indicadores que permitan un análisis cuantitativo y cualitativo de los impactos sociales y económicos; pide a la Comisión y a los Estados miembros que garanticen la adecuada coordinación entre la UE y los programas nacionales y regionales en este ámbito;

63.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión y a los Estados miembros.

(1) DO C 291 E de 30.11.2006, p. 133.
(2) DO C 287 E de 29.11.2007, p. 364.
(3) DO C 146 E de 12.6.2008, p. 87.
(4) DO C 146 E de 12.6.2008, p. 370.

Aviso jurídico - Política de privacidad