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 Texto íntegro 
Procedimiento : 2009/0070(COD)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : A7-0161/2010

Textos presentados :

A7-0161/2010

Debates :

Votaciones :

PV 16/06/2010 - 8.3
Explicaciones de voto

Textos aprobados :

P7_TA(2010)0214

Textos aprobados
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Miércoles 16 de junio de 2010 - Estrasburgo
Programa Europeo de Observación de la Tierra (GMES) (2011-2013) ***I
P7_TA(2010)0214A7-0161/2010
Resolución
 Texto

Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 16 de junio de 2010, sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre el Programa Europeo de Observación de la Tierra (GMES) y sus operaciones iniciales (2011-2013) (COM(2009)0223 – C7-0037/2009 – 2009/0070(COD))

(Procedimiento legislativo ordinario: primera lectura)

El Parlamento Europeo,

–  Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2009)0223),

–  Vistos el artículo 251, apartado 2, y el artículo 157, apartado 3 del Tratado CE, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C7-0037/2009),

–  Vista la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo titulada ’Consecuencias de la entrada en vigor del Tratado de Lisboa sobre los procedimientos interinstitucionales de toma de decisiones en curso’ (COM(2009)0665),

–  Vistos el artículo 294, apartado 3, y el artículo 189 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–  Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo, de 20 de enero de 2010(1),

–  Previa consulta al Comité de las Regiones,

–  Visto el compromiso asumido por el representante del Consejo, mediante carta de 5 de mayo de 2010, de aprobar la posición del Parlamento Europeo, de conformidad con el artículo 294, apartado 4, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–  Visto el artículo 55 de su Reglamento,

–  Vistos el informe de la Comisión de Industria, Investigación y Energía y las opiniones de la Comisión de Presupuestos y de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria (A7-0161/2010),

1.  Aprueba la posición en primera lectura que figura a continuación;

2.  Pide a la Comisión que le consulte de nuevo si se propone modificar sustancialmente su propuesta o sustituirla por otro texto;

3.  Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales.

(1) No publicado aún en el DO.


Posición del Parlamento Europeo aprobada en primera lectura el 16 de junio de 2010 con vistas a la adopción del Reglamento (UE) n° .../2010 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre el Programa Europeo de Vigilancia de la Tierra (GMES) y sus operaciones iniciales (2011-2013)
P7_TC1-COD(2009)0070

(Dado que el Parlamento Europeo y el Consejo llegaron a un acuerdo sobre este texto, el tenor de la posición del Parlamento coincide con el acto legislativo final, Reglamento (UE) n° 911/2010.)

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