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Procedimiento : 2010/2217(BUD)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : A7-0327/2010

Textos presentados :

A7-0327/2010

Debates :

Votaciones :

PV 24/11/2010 - 8.1
Explicaciones de voto

Textos aprobados :

P7_TA(2010)0427

Textos aprobados
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Miércoles 24 de noviembre de 2010 - Estrasburgo
Proyecto de presupuesto rectificativo nº 8/2010: Sección III - Comisión - Fondo Europeo de Solidaridad: inundaciones en Irlanda - Finalización del Fondo Social Europeo (FSE) ‐ Objetivo 1 (2000-2006)
P7_TA(2010)0427A7-0327/2010

Resolución del Parlamento Europeo, de 24 de noviembre de 2010, sobre el proyecto de presupuesto rectificativo n° 8/2010 de la Unión Europea para el ejercicio 2010, Sección III – Comisión (16722/2010 – C7-0388/2010 – 2010/2217(BUD))

El Parlamento Europeo,

–  Vistos el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, en particular su artículo 314, y el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, en particular, su artículo 106 bis,

–  Visto el Reglamento (CE, Euratom) n° 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas(1), y en particular sus artículos 37 y 38,

–  Visto el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2010, aprobado definitivamente el 17 de diciembre de 2009(2),

–  Visto el Acuerdo Interinstitucional de 17 de mayo de 2006 entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión, sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera(3),

–  Visto el proyecto de presupuesto rectificativo n° 8/2010 de la Unión Europea para el ejercicio 2010 presentado por la Comisión el 24 de septiembre de 2010 (COM(2010)0533),

–  Vista la posición del Consejo sobre el proyecto de presupuesto rectificativo n° 8/2010, que ha sido formulada el 22 de noviembre de 2010 (16722/2010 – C7-0388/2010),

–  Vistos los artículos 75 ter y 75 sexies de su Reglamento,

–  Visto el informe de la Comisión de Presupuestos (A7-0327/2010),

A.  Considerando que el proyecto de presupuesto rectificativo n° 8/2010 al presupuesto general 2010 abarca los siguientes puntos:

   la movilización del Fondo de Solidaridad de la UE por una cantidad de 13 022 500 millones de euros en créditos de compromiso y de pago en relación con los efectos de las inundaciones en Irlanda,
   una reducción correspondiente de los créditos de pago de 13 022 500 millones de euros en la línea 04 02 01 ‐ Finalización del Fondo Social Europeo (FSE) ‐ Objetivo 1 (2000-2006),

B.  Considerando que el objetivo del proyecto de presupuesto rectificativo nº 8/2010 es introducir formalmente este ajuste presupuestario en el presupuesto 2010,

1.  Toma nota del proyecto de presupuesto rectificativo nº 8/2010;

2.  Aprueba la posición del Consejo sobre el proyecto de presupuesto rectificativo nº 8/2010 sin modificaciones y encarga a su Presidente que declare que el presupuesto rectificativo nº 7/2010 ha sido definitivamente aprobado, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea;

3.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión.

(1) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.
(2) DO L 64 de 12.3.2010.
(3) DO C 139 de 14.6.2006, p. 1.

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