Proyecto de presupuesto rectificativo nº 8/2010: Sección III - Comisión - Fondo Europeo de Solidaridad: inundaciones en Irlanda - Finalización del Fondo Social Europeo (FSE) ‐ Objetivo 1 (2000-2006)
Resolución del Parlamento Europeo, de 24 de noviembre de 2010, sobre el proyecto de presupuesto rectificativo n° 8/2010 de la Unión Europea para el ejercicio 2010, Sección III – Comisión (16722/2010 – C7-0388/2010 – 2010/2217(BUD))
El Parlamento Europeo,
– Vistos el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, en particular su artículo 314, y el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, en particular, su artículo 106 bis,
– Visto el Reglamento (CE, Euratom) n° 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas(1), y en particular sus artículos 37 y 38,
– Visto el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2010, aprobado definitivamente el 17 de diciembre de 2009(2),
– Visto el Acuerdo Interinstitucional de 17 de mayo de 2006 entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión, sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera(3),
– Visto el proyecto de presupuesto rectificativo n° 8/2010 de la Unión Europea para el ejercicio 2010 presentado por la Comisión el 24 de septiembre de 2010 (COM(2010)0533),
– Vista la posición del Consejo sobre el proyecto de presupuesto rectificativo n° 8/2010, que ha sido formulada el 22 de noviembre de 2010 (16722/2010 – C7-0388/2010),
– Vistos los artículos 75 ter y 75 sexies de su Reglamento,
– Visto el informe de la Comisión de Presupuestos (A7-0327/2010),
A. Considerando que el proyecto de presupuesto rectificativo n° 8/2010 al presupuesto general 2010 abarca los siguientes puntos:
–
la movilización del Fondo de Solidaridad de la UE por una cantidad de 13 022 500 millones de euros en créditos de compromiso y de pago en relación con los efectos de las inundaciones en Irlanda,
–
una reducción correspondiente de los créditos de pago de 13 022 500 millones de euros en la línea 04 02 01 ‐ Finalización del Fondo Social Europeo (FSE) ‐ Objetivo 1 (2000-2006),
B. Considerando que el objetivo del proyecto de presupuesto rectificativo nº 8/2010 es introducir formalmente este ajuste presupuestario en el presupuesto 2010,
1. Toma nota del proyecto de presupuesto rectificativo nº 8/2010;
2. Aprueba la posición del Consejo sobre el proyecto de presupuesto rectificativo nº 8/2010 sin modificaciones y encarga a su Presidente que declare que el presupuesto rectificativo nº 7/2010 ha sido definitivamente aprobado, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea;
3. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión.