Índice 
 Anterior 
 Siguiente 
 Texto íntegro 
Procedimiento : 2010/2123(IMM)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : A7-0015/2011

Textos presentados :

A7-0015/2011

Debates :

Votaciones :

PV 03/02/2011 - 8.1
Explicaciones de voto

Textos aprobados :

P7_TA(2011)0029

Textos aprobados
PDF 110kWORD 32k
Jueves 3 de febrero de 2011 - Bruselas
Suplicatorio de suspensión de la inmunidad de Tamás Deutsch
P7_TA(2011)0029A7-0015/2011

Decisión del Parlamento Europeo, de 3 de febrero de 2011, sobre el suplicatorio de suspensión de la inmunidad de Tamás Deutsch (2010/2123(IMM))

El Parlamento Europeo,

–  Visto el suplicatorio de suspensión de la inmunidad de Tamás Deutsch, transmitido por las autoridades judiciales de Hungría el 9 de junio de 2010 y comunicado en el Pleno del 8 de julio de 2010,

–  Tras haber oído a Tamás Deutsch, de conformidad con el artículo 7, apartado 3, de su Reglamento,

–  Vistos los artículos 8 y 9 del Protocolo sobre los privilegios y las inmunidades de las Comunidades Europeas, de 8 de abril de 1965, así como el artículo 6, apartado 2, del Acta relativa a la elección de los diputados al Parlamento Europeo por sufragio universal directo, de 20 de septiembre de 1976,

–  Vistas las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 12 de mayo de 1964, 10 de julio de 1986 y 21 de octubre de 2008(1),

–  Vistas la sección 10, apartado 2, de la Ley LVII de 2004 sobre el estatuto jurídico de los diputados húngaros al Parlamento Europeo, la sección 5, apartado 1, de la Ley LV de 1990 sobre el estatuto jurídico de los miembros del Parlamento de Hungría y la sección 12, apartado 1, de la Ley LVII de 2004,

–  Vistos el artículo 6, apartado 2, y el artículo 7 de su Reglamento,

–  Visto el informe de la Comisión de Asuntos Jurídicos (A7-0015/2011),

A.  Considerando que un ciudadano húngaro ha incoado un procedimiento penal por difamación contra Tamás Deutsch, diputado al Parlamento Europeo, ante el Tribunal de los distritos 2º y 3º de Budapest, de conformidad con la sección 179, apartado 2, letras b) y c), del Código Penal húngaro,

B.  Considerando que, según el artículo 9 del Protocolo sobre los privilegios e inmunidades de la Unión Europea, durante las sesiones del Parlamento Europeo sus diputados se benefician, en su territorio nacional, de las inmunidades reconocidas a los diputados del Parlamento de su país; que la inmunidad no puede alegarse en caso de flagrante delito y que tampoco puede ser óbice para que el Parlamento Europeo ejerza su derecho a suspender la inmunidad de uno de sus miembros,

C.  Considerando que, según la sección 10, apartado 2, de la Ley LVII de 2004 sobre el estatuto jurídico de los diputados húngaros al Parlamento Europeo, el diputado al Parlamento Europeo goza de la misma inmunidad que un diputado al Parlamento húngaro,

D.  Considerando que, según la sección 5, apartado 1, de la Ley LV de 1990 sobre el estatuto jurídico de los diputados al Parlamento húngaro, la incoación o continuación de un proceso penal contra un diputado está sujeta a la aprobación previa del Parlamento húngaro y que, de conformidad con la sección 12, apartado 1, de la Ley LVII de 2004, el Parlamento Europeo debe pronunciarse sobre la suspensión de la inmunidad de un diputado al Parlamento Europeo,

E.  Considerando que el Sr. Deutsch ha sido acusado de un delito de difamación presuntamente cometido como consecuencia de las declaraciones sobre el demandante realizadas en el curso de un programa de radio el 25 de marzo de 2010, al que fue invitado en su condición de político y miembro del Parlamento Europeo,

F.  Considerando, por lo tanto, que cabe señalar que el Sr. Deutsch expresó su opinión en el ejercicio de sus funciones como diputado al Parlamento Europeo,

1.  Decide no suspender la inmunidad parlamentaria de Tamás Deutsch;

2.  Encarga a su Presidente que transmita inmediatamente la presente Decisión y el informe de su comisión competente a las autoridades competentes de la República de Hungría.

(1) Asunto 101/63, Wagner/Fohrmann y Krier, Rec. Ed. Esp. 1964-1966, p. 47, y Asunto 149/85, Wybot/Faure y otros, Rec. 1986, p. 2391. Asuntos acumulados C-200/07 y C-201/07 Marra/De Gregorio y Clemente, pendiente de publicación en la Recopilación.

Aviso jurídico - Política de privacidad