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Procedimiento : 2011/2555(RSP)
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RC-B7-0120/2011

Debates :

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PV 17/02/2011 - 6.4

Textos aprobados :

P7_TA(2011)0064

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Jueves 17 de febrero de 2011 - Estrasburgo
Situación en Egipto
P7_TA(2011)0064RC-B7-0120/2011

Resolución del Parlamento Europeo, de 17 de febrero de 2011, sobre la situación en Egipto

El Parlamento Europeo,

–  Vistas sus anteriores resoluciones sobre Egipto,

–  Visto el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966, ratificado por Egipto en 1982,

–  Vista la Declaración del Consejo Europeo, de 4 de febrero de 2011, sobre Egipto y la región,

–  Vistas las Conclusiones del Consejo, de 31 de enero de 2011, sobre Egipto,

–  Vista la declaración conjunta del Presidente del Consejo Europeo, Herman Van Rompuy, el Presidente de la Comisión Europea, José Manuel Barroso, y la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, Catherine Ashton, sobre los recientes acontecimientos en Egipto, de 11 de febrero de 2011,

–  Vista la declaración del Presidente del Parlamento Europeo, Jerzy Buzek, sobre la dimisión del Presidente Hosni Mubarak, de 11 de febrero de 2011,

–  Vista la declaración del Presidente del Consejo Europeo, Herman Van Rompuy, sobre la situación en Egipto, de 29 de enero de 2011,

–  Vistas las declaraciones de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, Catherine Ashton, sobre Egipto, de 4 de febrero, 3 de febrero, 28 de enero y 27 de enero de 2011, así como sobre las elecciones a la Asamblea del Pueblo de Egipto, de 6 de diciembre de 2010,

–  Vista la Quinta Declaración del Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas egipcias, de 13 de febrero de 2011,

–  Vista la Comunicación de la Comisión sobre la aplicación de la Política Europea de Vecindad en 2009: informe de seguimiento sobre Egipto (COM(2010)0207 – SEC(2010)0517),

–  Vista la Decisión conjunta adoptada en abril de 2009 por Egipto y la UE de trabajar en favor de unas relaciones reforzadas, tal y como propuso Egipto en 2008,

–  Vistos el Acuerdo de Asociación UE- Egipto, de 2004, y el Plan de Acción aprobado en 2007,

–  Vistos la evolución de la Política Europea de Vecindad (PEV) desde 2004 y, en particular, los informes de la Comisión sobre los avances en su aplicación,

–  Vistas las Directrices de la Unión Europea sobre los defensores de los derechos humanos, de 2004, en su versión actualizada de 2008,

–  Visto el artículo 110, apartado 4, de su Reglamento,

A.  Considerando que en las manifestaciones que han tenido lugar recientemente en varios países árabes del norte de África y de Oriente Próximo se pedían reformas políticas, económicas y sociales y se expresaba una fuerte demanda popular de libertad, democracia real y mejores condiciones de vida para los ciudadanos,

B.  Considerando que el Presidente Hosni Mubarak presentó su renuncia el 11 de febrero de 2011; que sus poderes han sido entregados al Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas; y que el Consejo Supremo ha pedido al Gobierno recientemente designado por el Presidente Mubarak que siga en funciones mientras no se forme un nuevo gobierno, se ha comprometido a entregar el poder a un gobierno civil elegido en las urnas y ha tomado decisiones importantes, que fueron anunciadas en su Quinta Declaración, de 13 de febrero de 2011,

C.  Considerando que, para responder a la demanda popular de libertad, democracia real y justicia social en Egipto, es necesario un diálogo inmediato, serio y abierto con la participación de todas las fuerzas políticas y sociales que respeten y defiendan la democracia, el Estado de Derecho, los derechos humanos y las libertades fundamentales, diálogo este que debería desembocar en reformas auténticas y significativas,

D.  Considerando que las protestas pacíficas contra el régimen egipcio fueron reprimidas violentamente por la policía, que utilizó gases lacrimógenos, cañones de agua, balas de goma y munición real, y fueron también objeto de ataques a los manifestantes por parte de individuos armados y de milicias progubernamentales, ocasionando con ello la muerte de cientos de personas; considerando asimismo que se ha detenido a centenares de personas, incluidos defensores de los derechos humanos, periodistas y abogados,

E.  Considerando que el Gobierno egipcio tomó la medida sin precedentes de desconectar Internet con objeto de reducir al silencio a los manifestantes y limitar la libertad de expresión de los ciudadanos; y que la policía militar cerró medios de comunicación, como Al Jazeera, y centros de asesoramiento jurídico, como el Centro Jurídico Hisham Mubarak,

F.  Considerando que el fomento del respeto de la democracia, los derechos humanos y las libertades civiles es un principio y un objetivo fundamental de la Unión Europea y constituye una base común para el desarrollo de la zona euromediterránea; que la asociación Euromediterránea se centraba, principalmente, en las reformas económicas y fue incapaz de producir las reformas políticas e institucionales necesarias; y que la Unión para el Mediterráneo, cuyo objetivo declarado era dar mayor realce a la política de la UE en esta región, no ha sido capaz de hacer frente a la creciente desconfianza y a las necesidades básicas de las poblaciones interesadas,

G.  Considerando que, en los últimos años, la búsqueda de estabilidad ha eclipsado a menudo los valores de la democracia, la justicia social y los derechos humanos en las relaciones de la UE y de sus Estados miembros con sus vecinos meridionales; considerando asimismo que las cláusulas sobre derechos humanos de los acuerdos de asociación deberían estar sistemáticamente respaldadas por un mecanismo para la aplicación de dichas cláusulas; teniendo presente, en este sentido, la necesaria revisión en curso de la PEV,

H.  Considerando que el Parlamento Europeo ha pedido en repetidas ocasiones el levantamiento del estado de excepción ‐que ha venido aplicándose desde 1981‐, la consolidación de la democracia y el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales en Egipto,

I.  Considerando que Egipto es un socio clave de la UE en Oriente Próximo, y que la UE debería contribuir a la instauración de una sociedad democrática, próspera y estable en Egipto, fomentando y apoyando la renovación del país,

J.  Considerando que Egipto desempeña un papel activo y crucial de apoyo al proceso de paz en Oriente Próximo y en la reconciliación del pueblo palestino, y que el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas ha confirmado el compromiso de Egipto con la aplicación de todos los tratados y pactos internacionales de los que es parte,

1.  Expresa su solidaridad con el pueblo egipcio, aplaude su valentía y determinación, especialmente en lo concerniente a las generaciones jóvenes, y apoya firmemente sus legítimas aspiraciones democráticas;

2.  Condena enérgicamente la violencia y el uso desproporcionado de fuerza contra los manifestantes, y lamenta profundamente la considerable pérdida de vidas humanas y el elevado número de heridos resultantes; hace extensivas sus condolencias a las familias de las víctimas; pide una investigación independiente sobre los incidentes que acabaron con muertos, heridos y detenidos, y que los responsables sean llevados ante la justicia;

3.  Hace un llamamiento en favor de la liberación inmediata e incondicional de todos los manifestantes pacíficos, los presos de conciencia y los defensores de los derechos humanos egipcios y extranjeros, así como de los periodistas y abogados; insta, en este contexto, a las autoridades egipcias a que revelen inmediatamente el paradero de los detenidos y a que velen por su protección frente a toda forma de tortura o malos tratos;

4.  Considera que la renuncia del Presidente Hosni Mubarak ha dado paso a una nueva etapa en la transición política de Egipto; aboga por el inmediato lanzamiento de un diálogo político nacional auténtico y abierto con la participación de todos los actores clave políticos y de la sociedad civil con objeto de allanar el camino al levantamiento del estado de excepción, la revisión de la Constitución y la ley electoral, la celebración de elecciones libres y justas, un gobierno civil elegido democráticamente y una verdadera democracia en Egipto;

5.  Invita a las fuerzas armadas egipcias a que desempeñen un papel constructivo a fin de evitar nuevos actos de violencia y de facilitar el proceso político; toma nota de las decisiones del Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas que prevén la suspensión de la Constitución, la disolución del Parlamento, la creación de un comité, que debe incluir a miembros independientes, para enmendar los artículos de la Constitución, la celebración de un referéndum popular sobre estas enmiendas, así como de elecciones parlamentarias y presidenciales; reitera su llamamiento en favor de un proceso democrático en el que deberían participar todos los agentes políticos y de la sociedad civil con el fin de lograr un consenso nacional;

6.  Subraya la importancia de que se restablezcan sin demora todas las redes de comunicación, incluida Internet, y se respeten plenamente la libertad de información, expresión y asociación en Egipto;

7.  Manifiesta su firme apoyo a las reformas encaminadas hacia la democracia, el Estado de Derecho y la justicia social en Egipto; reitera su llamamiento para que se levante el estado de excepción; destaca nuevamente la importancia que revisten la buena gobernanza, la lucha contra la corrupción y el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales en Egipto, especialmente en lo que se refiere a la libertad de conciencia, religión y pensamiento, la libertad de expresión, la libertad de prensa y de los medios de comunicación, la libertad de asociación, los derechos de las mujeres y la igualdad de género, la protección de las minorías y la lucha contra la discriminación por motivos de orientación sexual;

8.  Destaca la importancia de acelerar considerablemente las reformas económicas y sociales en Egipto, dado que la libertad, el desarrollo económico y la consecución de un nivel de vida más elevado son elementos fundamentales para la estabilidad política y social del país;

9.  Pide a la UE y a sus Estados miembros que apoyen activamente una transición rápida hacia un Egipto pacífico, plural y justo; apoya, en un contexto más amplio, el punto de vista del Consejo Europeo según el cual la UE debería prestar su pleno apoyo a los procesos de transición en la región, con el fin de favorecer la gobernanza democrática, el pluralismo y la oportunidad de desarrollar la prosperidad económica y la inclusión social, así como con el objeto de reforzar la estabilidad regional;

10.  Pide a la UE, a los Estados miembros, a los partidos políticos y a las fundaciones que ayuden a las fuerzas políticas democráticas y a las organizaciones de la sociedad civil de Egipto a organizarse para que puedan participar plenamente en la transición a la democracia; invita a las autoridades egipcias a que garanticen que las comunidades cristianas coptas no sucumban víctimas de los actuales acontecimientos y se aseguren de que todas las comunidades religiosas puedan vivir en paz y expresar libremente sus creencias en todo el país;

11.  Pide a la Alta Representante que promueva la creación de un grupo especial que cuente con la participación del Parlamento Europeo y que pueda satisfacer la necesidad de apoyo al proceso de transición democrática expresada por quienes trabajan en pro del cambio democrático, especialmente en lo que se refiere a la organización de elecciones libres y democráticas y a la consolidación de las instituciones, incluido el desarrollo de un poder judicial independiente; invita a la Alta Representante a que preste también su apoyo a la transformación democrática mediante el envío de una misión de observación electoral de las próximas elecciones;

12.  Acoge con satisfacción la Decisión de Ejecución 2011/79/PESC del Consejo y el Reglamento (UE) nº 101/2011 del Consejo, de 4 de febrero de 2011(1), por los que se inmovilizan los bienes cuya propiedad o control pudieran corresponder a personas responsables de la malversación de capitales del Estado tunecino, así como a personas asociadas a ellas, y pide al Consejo que adopte las mismas medidas en relación con las personas responsables en Egipto;

13.  Señala que los acontecimientos en Egipto y en otros países de la región ponen de relieve una vez más la urgente necesidad de que se desarrollen políticas e instrumentos más ambiciosos y eficaces y se refuerce su base presupuestaria a fin de fomentar y apoyar las reformas políticas, económicas y sociales en los países vecinos meridionales de la Unión; subraya que la revisión estratégica en curso de la Política Europea de Vecindad debe reflejar los acontecimientos actuales en la región y plantear nuevos y mejores métodos para responder a las necesidades y las aspiraciones de los pueblos; pide una mejor coordinación con las demás políticas llevadas a cabo por la UE en relación con estos países;

14.  Reitera su exigencia de que la UE revise su política de apoyo a la democracia y los derechos humanos a fin de crear un mecanismo de aplicación de la cláusula sobre derechos humanos en todos los acuerdos con terceros países; insiste en que la revisión de la PEV debe dar prioridad a los criterios relativos a la independencia del poder judicial, el respeto de las libertades fundamentales, el pluralismo y la libertad de prensa y la lucha contra la corrupción; señala, en este contexto, que los planes de acción vigentes deben ser objeto de una revisión radical e incluir prioridades claras, acompañadas de incentivos, por lo que respecta a las reformas políticas; pide al Consejo que defina una serie de criterios políticos que los países de la PEV deban cumplir para que se les pueda conceder un «estatuto avanzado»;

15.  Considera primordial el papel que pueden desempeñar en este contexto los instrumentos financieros de la UE en el ámbito de la acción exterior para esta región, en particular el Instrumento Europeo de Vecindad y Asociación (IEVA), la Iniciativa Europea para la Democracia y los Derechos Humanos (IEDDH) y el Instrumento de Estabilidad, y pide que se refuercen para que puedan ser utilizados de manera eficaz y coherente en estas circunstancias excepcionales; pide a la Alta Representante que haga pleno uso de todos los instrumentos financieros exteriores pertinentes de la UE, incluida la IEDDH; subraya que debe garantizarse el control democrático de tales instrumentos financieros por parte del Parlamento Europeo; hace hincapié, asimismo, en la importancia que reviste abordar urgentemente la cuestión relativa al aumento de los precios de los alimentos y, en general, la seguridad alimentaria y el desarrollo rural;

16.  Pide a la Unión para el Mediterráneo que reflexione y actúe cuanto antes en relación con los acontecimientos recientes a fin de presentar propuestas sobre la mejor forma de promover la democracia y los derechos humanos en sus Estados miembros y en la región y sobre posibles reformas que le permitan desempeñar un papel más fuerte y eficaz; pide a la Fundación Euromediterránea Anna Lindh que desempeñe con carácter urgente un papel activo en la movilización de la sociedad civil en la región euromediterránea para promover la ciudadanía y la participación;

17.  Reconoce el papel fundamental de Egipto en el mundo árabe y en el proceso de paz de Oriente Próximo, así como la importancia del acuerdo de paz con Israel; pide a Egipto que mantenga su compromiso de desempeñar un papel activo y constructivo para alcanzar una paz duradera en Oriente Próximo, con especial atención al conflicto palestino-israelí y a la reconciliación del pueblo palestino, y pide que se respete el tratado de paz entre Egipto e Israel; acoge favorablemente la declaración por parte del Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas de que Egipto está comprometido con la aplicación de todos los tratados y pactos internacionales de los que es parte;

18.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión y a la Vicepresidenta de la Comisión/Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, así como a los Gobiernos y a los Parlamentos de los Estados miembros y a las autoridades egipcias.

(1) DO L 31 de 5.2.2011, pp. 40 y 1.

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