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 Texto íntegro 
Procedimiento : 2011/0007(CNS)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : A7-0040/2011

Textos presentados :

A7-0040/2011

Debates :

PV 16/02/2011 - 5
CRE 16/02/2011 - 5

Votaciones :

PV 17/02/2011 - 6.10
Explicaciones de voto

Textos aprobados :

P7_TA(2011)0070

Textos aprobados
PDF 192kWORD 29k
Jueves 17 de febrero de 2011 - Estrasburgo
Orientaciones para las políticas de empleo de los Estados miembros *
P7_TA(2011)0070A7-0040/2011

Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 17 de febrero de 2011, sobre la propuesta de Decisión del Consejo relativa a las orientaciones para las políticas de empleo de los Estados miembros (COM(2011)0006 – C7-0033/2011 – 2011/0007(CNS))

(Procedimiento legislativo especial – consulta)

El Parlamento Europeo,

–  Vista la propuesta de la Comisión al Consejo (COM(2011)0006),

–  Visto el artículo 148, apartado 2, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, conforme al cual ha sido consultado por el Consejo (C7-0033/2011),

–  Visto el artículo 55 de su Reglamento,

–  Vistos el informe de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales y la opinión de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios (A7-0040/2011),

1.  Aprueba la propuesta de la Comisión;

2.  Pide al Consejo que le informe si se propone apartarse del texto aprobado por el Parlamento;

3.  Pide al Consejo que le consulte de nuevo si se propone modificar sustancialmente el texto aprobado por el Parlamento;

4.  Pide una vez más a la Comisión y al Consejo que velen por que se conceda al Parlamento Europeo el tiempo necesario (en cualquier caso, no menos de cinco meses) para que pueda expresar su opinión sobre las Directrices Integradas (orientaciones generales para las políticas económicas y orientaciones para las políticas de empleo) en el marco del Semestre Europeo y desempeñe su función consultiva, de conformidad con el apartado 148, apartado 2, del Tratado, durante la revisión exhaustiva de las orientaciones para las políticas de empleo de los Estados miembros, prevista para 2014;

5.  Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales.

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