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Procedimiento : 2010/2144(DEC)
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A7-0088/2011

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P7_TA(2011)0197

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Martes 10 de mayo de 2011 - Estrasburgo
Aprobación de la gestión 2009: Consejo
P7_TA(2011)0197A7-0088/2011
Decisión
 Resolución

1.Decisión del Parlamento Europeo, de 10 de mayo de 2011, sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2009, Sección II – Consejo (C7-0213/2010 – 2010/2144(DEC))

El Parlamento Europeo,

–  Visto el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2009(1),

–  Vistas las cuentas anuales definitivas de la Unión Europea relativas al ejercicio 2009 (SEC(2010)0963 – C7-0213/2010)(2),

–  Visto el Informe anual del Consejo a la autoridad responsable de aprobar la gestión presupuestaria sobre las auditorías internas efectuadas en 2009,

–  Visto el Informe anual del Tribunal de Cuentas Europeo sobre la ejecución del presupuesto para el ejercicio 2009, acompañado de las respuestas de las instituciones(3),

–  Vista la declaración sobre la fiabilidad de las cuentas y la regularidad y legalidad de las operaciones correspondientes presentada por el Tribunal de Cuentas, de conformidad con el artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea(4),

–  Vistos el artículo 272, apartado 10, y los artículos 274, 275 y 276 del Tratado CE, así como el artículo 314, apartado 10, y los artículos 317, 318 y 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–  Visto el Reglamento (CE, Euratom) n° 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas(5), y, en particular, sus artículos 50, 86, 145, 146 y 147,

–  Vista la Decisión nº 190/2003 del Secretario General del Consejo/Alto Representante para la Política Exterior y de Seguridad Común, relativa al reembolso de los gastos de viaje de los delegados de los miembros del Consejo(6),

–  Visto el Acuerdo Interinstitucional, de 17 de mayo de 2006, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera(7),

–  Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,

–  Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A7-0088/2011),

1.  Pospone su decisión de conceder al Secretario General del Consejo la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto del Consejo para el ejercicio 2009;

2.  Presenta sus observaciones en la Resolución que figura a continuación;

3.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión y la Resolución que forma parte integrante de la misma al Consejo, a la Comisión, al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, al Tribunal de Cuentas, al Defensor del Pueblo Europeo y al Supervisor Europeo de Protección de Datos, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L).

(1) DO L 69 de 13.3.2009.
(2) DO C 308 de 12.11.2010, p. 1.
(3) DO C 303 de 9.11.2010, p. 1.
(4) DO C 308 de 12.11.2010, p. 129.
(5) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.
(6) Decisión del Consejo, de 22 de julio de 2002, por la que se aprueba su Reglamento interno (DO L 230 de 28.8.2002, p. 7).
(7) DO C 139 de 14.6.2006, p. 1.


2.Resolución del Parlamento Europeo, de 10 de mayo de 2011, que contiene las observaciones que forman parte integrante de su Decisión por la que se aprueba la gestión en la ejecución del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2009, Sección II – Consejo (C7-0213/2010 – 2010/2144(DEC))

El Parlamento Europeo,

–  Visto el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2009(1),

–  Vistas las cuentas anuales definitivas de la Unión Europea relativas al ejercicio 2009 (SEC(2010)0963 – C7-0213/2010)(2),

–  Visto el Informe anual del Consejo a la autoridad responsable de aprobar la gestión presupuestaria sobre las auditorías internas efectuadas en 2009,

–  Visto el Informe anual del Tribunal de Cuentas Europeo sobre la ejecución del presupuesto para el ejercicio 2009, acompañado de las respuestas de las instituciones(3),

–  Vista la declaración sobre la fiabilidad de las cuentas y la regularidad y legalidad de las operaciones correspondientes presentada por el Tribunal de Cuentas, de conformidad con el artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea(4),

–  Vistos el artículo 272, apartado 10, y los artículos 274, 275 y 276 del Tratado CE, así como el artículo 314, apartado 10, y los artículos 317, 318 y 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–  Visto el Reglamento (CE, Euratom) n° 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas(5), y, en particular, sus artículos 50, 86, 145, 146 y 147,

–  Vista la Decisión nº 190/2003 del Secretario General del Consejo/Alto Representante para la Política Exterior y de Seguridad Común, relativa al reembolso de los gastos de viaje de los delegados de los miembros del Consejo(6),

–  Visto el Acuerdo Interinstitucional, de 17 de mayo de 2006, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera (IIA)(7),

–  Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,

–  Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A7-0088/2011),

A.  Considerando que los ciudadanos europeos tienen derecho a conocer la forma en que se gastan sus impuestos y la manera en que se gestiona el poder otorgado a los organismos políticos(8),

B.  Considerando que en las conclusiones del Consejo Europeo de Colonia de los días 3 y 4 de junio de 1999 se preveía la concesión de capacidades operativas al Consejo en el marco de una Política Europea Común en materia de Seguridad y Defensa reforzada,

C.  Considerando que mediante la Decisión 2004/197/PESC(9) del Consejo, de 23 de febrero de 2004, se creó un mecanismo para administrar la financiación de los costes comunes de las operaciones de la Unión Europea que tengan repercusiones en el ámbito militar o de la defensa, denominado ATHENA, y que esta Decisión, junto con la Decisión 2004/582/CE de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, de 28 de abril de 2004, relativa a los privilegios y las inmunidades concedidos a ATHENA(10), otorga privilegios e inmunidades para ello y atribuye competencias operativas al Consejo,

D.  Considerando que en la Decisión 2000/178/PESC del Consejo, de 28 de febrero de 2000, relativa al régimen aplicable a los expertos nacionales en el ámbito militar, destacados en régimen de comisión de servicios en la Secretaría General del Consejo durante el período provisional(11), y en la Decisión 2001/80/PESC del Consejo, de 22 de enero de 2001, relativa a la creación del Estado Mayor de la Unión Europea(12), se especifica que los gastos derivados del envío de expertos militares en comisión de servicios han de correr a cargo del presupuesto del Consejo,

1.  Constata que en 2009 el Consejo administró un presupuesto de 642 000 000 EUR (en 2008: 743 000 000 EUR), con un porcentaje de utilización del 92,33%, prácticamente igual al de 2007 (93,31%), pero todavía por debajo de la media de las otras instituciones (97,69%);

2.  Opina que, puesto que en el artículo 335 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea se reconoce que las instituciones de la Unión gozan de cierta autonomía administrativa en sus operaciones, dicha autonomía conlleva un grado de responsabilidad y fiabilidad equivalente; el Parlamento, teniendo en cuenta que es el único órgano elegido directamente y que uno de sus cometidos es, actuando por recomendación del Consejo, aprobar la gestión en la ejecución del presupuesto general de la Unión, ha decidido reflejar esta autonomía en el procedimiento de aprobación de la gestión y separar las secciones del presupuesto general que son gestionadas de manera autónoma por cada una de las otras instituciones de la Unión, así como aprobar la gestión de cada una de esas instituciones;

3.  Lamenta las dificultades a que tuvo que hacer frente en los procedimientos de aprobación de la gestión 2007 y 2008, y reitera la posición que ya expresó en su Resolución, de 16 de junio de 2010, sobre la aprobación de la gestión del Consejo en la ejecución del presupuesto para 2008(13), en particular su llamamiento al Consejo para que establezca junto con el Parlamento un procedimiento anual en el marco del procedimiento de aprobación de la gestión que permita facilitar toda la información necesaria en lo que se refiere a la ejecución del presupuesto del Consejo;

4.  Reitera que el gasto del Consejo se ha de supervisar siguiendo el mismo método empleado para las demás instituciones de la Unión, y sugiere que el método más adecuado es el indicado en su Resolución de 16 de junio de 2010, en particular que «esta supervisión debe basarse en los siguientes documentos escritos presentados por todas las instituciones:

   las cuentas del ejercicio cerrado relativas a las operaciones del presupuesto,
   un balance financiero del activo y pasivo,
   el informe anual de actividad sobre la gestión presupuestaria y financiera,
   el informe del auditor interno,
  

así como en una presentación oral facilitada en la reunión de la comisión competente para el procedimiento de aprobación de la gestión»;

5.  Lamenta profundamente que la Presidencia del Consejo declinara las invitaciones para asistir a la reunión de la comisión responsable del procedimiento de aprobación de la gestión, en la que estaba previsto examinar la posición de la Presidencia del Consejo sobre el procedimiento propuesto y las posibles modalidades de cooperación con respecto a la aprobación de la gestión, y también que el Secretario General del Consejo declinara la invitación para asistir a la reunión de la comisión responsable del procedimiento de aprobación de la gestión e intercambiar puntos de vista sobre el procedimiento de aprobación de la gestión del Consejo;

6.  Toma nota del memorándum de acuerdo propuesto entre el Parlamento y el Consejo sobre la cooperación durante sus procedimientos anuales de aprobación de la gestión, adjunto a la carta del Secretario General del Consejo de 4 de marzo de 2011, y toma nota de que el Consejo está dispuesto a tratar el procedimiento de aprobación de la gestión al margen del procedimiento presupuestario, pero reitera que debe mantenerse una distinción en lo que respecta a las funciones diferentes del Parlamento y del Consejo en el procedimiento de aprobación de la gestión y que, en cualquier caso, ninguna razón debe eximir al Consejo de ser totalmente responsable ante los ciudadanos de los fondos puestos a su disposición; lamenta profundamente que la Presidencia del Consejo y el Secretario General del Consejo declinaran la invitación para asistir a la reunión de la comisión responsable del procedimiento de aprobación de la gestión para informar y responder a las preguntas sobre la aprobación de la gestión del Consejo para el ejercicio 2009, y que declinaran igualmente responder por escrito al cuestionario presentado por el ponente;

7.  Es consciente de la buena voluntad de la Presidencia húngara y de los progresos alcanzados; propone, con el fin de mejorar el intercambio de información en el procedimiento de aprobación de la gestión, que se siga el mismo planteamiento empleado para las demás instituciones, cuyos elementos fundamentales han de ser:

   la celebración de una reunión oficial entre representantes del Consejo y las comisiones del Parlamento responsables del procedimiento de aprobación de la gestión en la que participarán el Secretario General del Consejo y la Presidencia en ejercicio, la mesa de la comisión responsable del procedimiento de aprobación de la gestión, el ponente y los miembros que representan a los grupos políticos (coordinadores y/o ponentes alternativos) con objeto de proporcionar toda la información necesaria sobre la ejecución del presupuesto del Consejo;
   que el Secretario General del Consejo responda a las cuestiones sometidas al Consejo por la comisión responsable de la aprobación de la gestión; así como
   que se fije un calendario para integrar y estabilizar esta solución provisional;
  

considera innecesaria, por tanto, la idea de celebrar un acuerdo interinstitucional con el Consejo acerca de la aprobación de la gestión presupuestaria de este;

8.  Insta al Tribunal de Cuentas a que lleve a cabo una evaluación en profundidad de los sistemas de supervisión y control utilizados en el Consejo, a semejanza de las realizadas en relación con el Tribunal de Justicia, el Defensor del Pueblo Europeo y el Supervisor Europeo de Protección de Datos durante la preparación del Informe anual del Tribunal de Cuentas para el ejercicio 2009;

Motivos para aplazar la decisión de aprobación de la gestión

9.  Indica que los motivos del aplazamiento son los siguientes:

   a) el Consejo no ha aceptado ninguna invitación a reunirse oficial y formalmente con la comisión parlamentaria responsable del procedimiento de aprobación o su ponente para debatir cuestiones relativas a la ejecución de su presupuesto de 2009;
   b) el Consejo se ha negado a responder por escrito al Parlamento aportando la información y los documentos solicitados al Consejo en el anexo a una carta de 14 de diciembre de 2010 firmada por el ponente;
   c) el Parlamento no ha recibido documentos fundamentales del Consejo, como la lista completa de las transferencias presupuestarias;

Medidas que ha de adoptar el Consejo

10.  Pide al Secretario General del Consejo que facilite a la comisión parlamentaria responsable del procedimiento de aprobación de la gestión, a más tardar para el 15 de junio de 2011, respuestas detalladas por escrito a las siguientes preguntas:

   a) En relación con debates anteriores en la comisión parlamentaria responsable del procedimiento de aprobación de la gestión en relación con la aprobación de la gestión del Consejo, el Consejo no asistió con regularidad a esas cuestiones, cuando se considera de la mayor importancia la asistencia del Consejo para que pueda responder a las cuestiones de los miembros de la comisión a propósito de la aprobación de la gestión del Consejo. ¿Acepta el Consejo asistir a los futuros debates en la comisión del Parlamento responsable del procedimiento de aprobación de la gestión en relación con la aprobación de la gestión del Consejo?
   b) ¿Por qué cambia el Consejo la presentación o el formato de la auditoría interna todos los años? ¿Por qué todos los años la auditoría interna es tan breve, genérica y poco clara? ¿Tendría el Consejo la amabilidad de presentar, a partir del procedimiento de aprobación de la gestión de 2010, la auditoría interna en otra u otras lenguas además del francés?
   c) ¿Se ha realizado una auditoría externa? De ser así, ¿podría examinarla la comisión parlamentaria responsable del procedimiento de aprobación de la gestión? De no existir una auditoría externa, ¿por qué ha decidido el Consejo no realizarla?
   d) Hasta la fecha, la actividad de Consejo implicaba cofinanciación con la Comisión, que ha aumentado tras la entrada en vigor del Tratado de Lisboa. ¿Qué sistemas de auditoría y control se han establecido para garantizar que la transparencia sea completa? Dado que el Tratado de Lisboa ha aumentado la cofinanciación con la Comisión, ¿qué entiende el Consejo por «responder a las indagaciones apropiadas»?
   e) En su Informe anual relativo al ejercicio 2009, el Tribunal de Cuentas constató que, en dos de seis procedimientos de contratación pública auditados, el Consejo no respetó las disposiciones del Reglamento financiero en lo que se refiere a la publicación del resultado del procedimiento. ¿Ha examinado el Consejo otras muestras de procedimientos similares? ¿Se ha racionalizado el procedimiento interno para evitar casos similares en el futuro?
   f) Personal de los Representantes Especiales de la Unión Europea (REUE): Se ruega que indique el personal (todo él, en plantilla y demás; número de puestos, grado) que trabajó para los REUE en el Consejo en 2009. ¿Cómo y cuándo se repartirán los puestos de los REUE entre el Consejo y el Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE)? ¿Cuál fue el presupuesto para viajes de cada REUE? ¿Cuántos miembros del personal de los REUE fueron transferidos al SEAE el 1 de enero de 2011? ¿Cuántos seguirán en el Consejo y por qué?
   g) El Consejo pone de relieve cuestiones presupuestarias derivadas del Tratado de Lisboa en el apartado 2.2 de su Informe de actividades financieras (11327/10, FIN 278). ¿Ha resuelto el Consejo los problemas relativos a los gastos del Sr. Solana? ¿Qué parte de los gastos corresponden al presupuesto del Consejo y qué parte al presupuesto de la Comisión?
   h) ¿Qué gastos operativos, administrativos, de personal, inmobiliarios, etc. previó el Consejo para 2009 con el fin de establecer el cargo de Alto Representante/Vicepresidente de la Comisión (AR/VP)?
   i) La AR/VP asumió sus funciones el 1 de diciembre de 2009. ¿Cómo se repartieron los costes entre el Consejo y la Comisión (de personal, viajes, etc.)? ¿Como preparó el Consejo el presupuesto 2010 para la AR/VP? ¿Qué líneas presupuestarias y qué importes se reservaron para sus actividades?
   j) ¿Cómo influirá el espacio de oficinas liberado por el proceso de transferencia de personal al SEAE en los planes inmobiliarios del Consejo? ¿Se han adoptado medidas para el uso posterior de dicho espacio de oficinas? ¿Cuál es el coste previsto de la mudanza? ¿Se ha publicado alguna licitación para las mudanzas?
   k) ¿Cuáles fueron los gastos administrativos y operativos relativos a las actividades de la Política Exterior y de Seguridad Común (PESC)/Política Común de Seguridad y Defensa (PCSD), que fueron al menos cofinanciadas por el presupuesto de la Unión en 2009? ¿Cuál fue el importe total de gasto de la PESC en 2009? ¿Podría señalar el Consejo al menos las principales misiones y su coste en 2009?
   l) ¿Cuál fue el coste de las reuniones de los grupos de trabajo del Consejo sobre la PESC/PCSD en Bruselas y en otros lugares y cuándo tuvieron lugar estas reuniones?
   m) ¿Cuáles fueron los gastos administrativos relativos a la ejecución de las operaciones militares de la Política Europea de Seguridad y Defensa (PESD)/PCSD? ¿Que parte del importe total de los gastos de las operaciones militares se ha hecho recaer en el presupuesto de la Unión?
   n) ¿Cuál fue el gasto administrativo destinado al funcionamiento del mecanismo «Athena»? ¿Cuántos puestos se requirieron para dicho mecanismo? ¿Se transferirá alguno de esos puestos al SEAE? ¿De quién dependerán quienes ocupen esos puestos?
   o) El porcentaje de ocupación de puestos de la plantilla del Consejo es bajo (91% en 2009, 90% en 2008). ¿Este porcentaje permanentemente bajo tiene repercusiones en el funcionamiento de la Secretaría General del Consejo? ¿Puede esta Secretaría General desempeñar todas sus funciones con el porcentaje de ocupación actual? ¿Son estos bajos porcentajes de ocupación específicos de algún servicio en concreto? ¿A qué se debe esta persistente divergencia?
   p) ¿Cuál es número total de puestos asignados a las funciones de coordinación política y apoyo administrativo (definidas en los informes anuales de evaluación del personal de la Comisión)? ¿Cuál es su porcentaje con respecto al número total de puestos?
   q) Para conseguir los objetivos administrativos en 2009, el Consejo incorporó el teletrabajo a sus métodos de trabajo. ¿Cómo determina el Consejo la eficiencia de este método de trabajo? Se pide asimismo al Consejo que informe sobre otras medidas adoptadas a este respecto y, en particular, las destinadas a mejorar la calidad de la gestión financiera, así como sobre sus efectos;
   r) El Consejo añadió 15 puestos (8 AD y 7 AST) para cubrir las necesidades de personal de la unidad lingüística irlandesa. ¿Con qué personal cuentan las demás lenguas (personal por lengua)? ¿Ya existe personal para los países solicitantes y procedente de estos? En caso de respuesta afirmativa, ¿de cuántos puestos se trata (desglosados por país y lengua)?
   s) El Grupo de Reflexión se creó el 14 de diciembre de 2007 y sus miembros fueron nombrados los días 15 y 16 de octubre de 2008; ¿a qué se debe que la financiación necesaria no se pudiera prever e incluir en el presupuesto 2009? ¿Es estrictamente neutro desde el punto de vista presupuestario que en el presupuesto 2009 se realizara una transferencia desde la reserva para imprevistos a una dotación presupuestaria destinada a una estructura diseñada en 2007? El Consejo asignó 1 060 000 EUR al Grupo de Reflexión. ¿Cuántos puestos se pueden atribuir a este Grupo?
   t) Parece que los gastos relativos a los viajes de las delegaciones siguen resultando problemáticos (véase la nota del Consejo de 15 de junio de 2010, SGS10 8254, segundo punto, página 4). ¿Por qué estos gastos aparecen en tantas líneas presupuestarias diferentes?
   u) ¿Por qué la auditoría interna sigue considerando necesario añadir «les frais de voyage des délégués et les frais d'interprétation» (gastos de viaje de los delegados y gastos de interpretación) después de las duras críticas formuladas en las dos últimas resoluciones del Parlamento sobre la aprobación de la gestión del Consejo?
   v) El Consejo se sirvió de nuevo del dinero no utilizado de la interpretación para dotar de financiación adicional a los gastos de viaje de las delegaciones. Por esta razón, los compromisos reales en 2009 para los gastos de viaje fueron muy inferiores a los inicialmente presupuestados, representando menos de la mitad del importe disponible tras la transferencia (36 100 000 EUR iniciales y 48 100 000 EUR disponibles tras la transferencia, frente a los 22 700 000 EUR comprometidos). ¿Qué motivó la transferencia de 12 000 000 EUR (véase el Informe de actividades financieras – 11327/10, FIN 278 - apartado 3.3.2 - cuarto punto)? ¿Por qué la transferencia destinada a los gastos de viajes de los delegados a partir de la interpretación se estima en 12 000 000 EUR en la página 12 y en 10 558 362 EUR en la página 13? ¿A qué se ha dedicado la cantidad restante de la transferencia procedente de la interpretación (la cantidad total transferida de la interpretación es de 17 798 362 EUR)? Además, se pide al Consejo que explique la gran cantidad de órdenes de ingreso anteriores a 2009 y prorrogadas a 2009 (12 300 000 EUR) así como las cantidades recuperadas a partir de declaraciones relativas a 2007 (6 300 000 EUR);
   w) Al igual que en 2008, el Consejo reasignó en 2009 una parte importante de su presupuesto a la política inmobiliaria, en particular dedicando más del doble de la dotación inicial a la adquisición del edificio Residence Palace (17 800 000 EUR reasignados además de 15 000 000 EUR consignados en el presupuesto 2009); ¿qué razones explican este hecho? ¿Puede la Secretaría General del Consejo aportar cifras concretas de los ahorros logrados de este modo? ¿Cuál era el coste del edificio Residence Palace previsto inicialmente? ¿Considera el Consejo que el importe previsto se mantendrá o que será mayor de lo estimado? ¿Qué medidas están previstas para financiar el edificio?
   x) Ejecución del presupuesto del Consejo - créditos prorrogados: ¿Podría presentar el Consejo el importe estimado y el objeto de las facturas para 2009 que no se habían recibido en junio de 2010 y que, por consiguiente, fueron prorrogadas?
   y) Los créditos de ingresos asignados correspondientes a 2009 que fueron prorrogados a 2010 ascendieron a 31 800 000 EUR, lo que supone aproximadamente el 70% de los ingresos asignados de 2009. ¿A qué se debe este elevado porcentaje de créditos prorrogados? ¿Qué ocurre o ha ocurrido con estos ingresos en 2010?
   z) ¿Qué significa «provisión técnica de 25 000 000 EUR para la celebración del Consejo Europeo 2010»? (véase el Informe de actividades financieras – 11327/10, FIN 278 - punto 3.1, cuarto punto)
   aa) ¿Cuál es el grado de confidencialidad del presupuesto del Consejo especificado por las diferentes líneas presupuestarias?
   ab) ¿Puede indicar el Consejo las medidas concretas adoptadas para mejorar la calidad de la gestión financiera del Consejo, en particular en lo que respecta a las cuestiones planteadas en el apartado 5 de la Resolución del Parlamento(14), de 25 de noviembre de 2009, que acompaña su decisión sobre la aprobación de la gestión del Consejo para el ejercicio 2007?

Documentos que se han de presentar al Parlamento

11.  Pide al Secretario General del Consejo que, a más tardar el 15 de junio de 2011, facilite a la comisión parlamentaria responsable del procedimiento de aprobación de la gestión lo siguiente:

   a) la lista completa de las transferencias relativas al presupuesto 2009 del Consejo;
   b) una declaración escrita relativa a los gastos de misión del Consejo en que incurrieran los REUE;
   c) la declaración de los Estados miembros correspondiente a 2007 (véase el Informe de actividades financieras – 11327/10, FIN 278 - punto 3.2.2, segundo punto), y
   d) el informe del «Grupo de Reflexión» para comprender por qué razón este informe cuesta 1 060 000 EUR (véase el Informe de actividades financieras – 11327/10, FIN 278 - punto 2.2).

(1) DO L 69 de 13.3.2009.
(2) DO C 308 de 12.11.2010, p. 1.
(3) DO C 303 de 9.11.2010, p. 1.
(4) DO C 308 de 12.11.2010, p. 129.
(5) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.
(6) Decisión del Consejo, de 22 de julio de 2002, por la que se aprueba su Reglamento interno (DO L 230 de 28.8.2002, p. 7).
(7) DO C 139 de 14.6.2006, p. 1.
(8) Iniciativa europea en favor de la transparencia.
(9) DO L 63 de 28.2.2004, p. 68.
(10) DO L 261 de 6.8.2004, p. 125.
(11) DO L 57 de 2.3.2000, p. 1.
(12) DO L 27 de 30.1.2001, p. 7.
(13) DO L 252 de 25.9.2010, p. 24.
(14) DO L 19 de 23.1.2010, p. 9.

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